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domingo, 12 de mayo de 2019

UN DETALLE DE LA BATALLA DE FRAGA, 1134


2.63. UN DETALLE DE LA BATALLA DE FRAGA(1134) (SIGLO XII. FRAGA)

La batalla de Fraga constituye uno de los hitos más importantes de la reconquista, y la derrota de Alfonso I el Batallador estuvo a punto de dar al traste con las ganancias obtenidas, incluida la ciudad de Zaragoza. Es rigurosamente cierto que la actitud de Alfonso I ante Fraga posibilitó no sólo la resistencia de los fragatinos sino también la llegada de socorros de Córdoba, de Lérida, de Valencia y Murcia (dirigidos estos últimos por Abén Ganya).

La táctica mora fue la misma que emplearon en Zalaca y la que utilizarían en Alarcos algo después: mientras los moros que atacaban de frente con escasas fuerzas eran derrotados, la parte más gruesa de su ejército atacaba por la espalda y asaltaba los campamentos cristianos, sembrando el pánico y provocando su derrota. En Fraga, fue Abén Ganya quien encabezó las tropas de refresco y quien se presentó como auténtico vencedor.
Naturalmente existe una parte legendaria según la cual los obispos y clérigos, mientras los guerreros peleaban, elevaban preces al cielo que no les oyó, pues, como dice la «Crónica de Alfonso VII», ni el arcángel Gabriel ni Miguel, príncipe de la milicia celestial, acudieron en ayuda de Alfonso I, que fue derrotado en toda regla.
Una crónica musulmana narra que, antes de que apareciera Abén Ganya con sus guerreros, se presentó al rey aragonés un monje francés diciéndole que, ante una invocación suya a Dios, los moros se rendirían. Obtuvo el monje permiso, ascendió a la colina más cercana al muro de Fraga y comenzó su imprecación. Los defensores, que tenían noticia de aquella intervención, ubicaron en aquel lado del muro un almajaneque potentísimo, colocando en la balanza una enorme piedra izada por más de veinte hombres. Cuando el fraile se hallaba en plena invocación, accionaron el almajaneque y la piedra impactó de lleno en él llevándose la mitad de su cuerpo.
Alfonso I el Batallador —que estaba preparado para atacar con sus guerreros, a los que había formado detrás del monje— quedó totalmente desconcertado y, con un susto de muerte en su cuerpo, se retiró a su campamento totalmente abatido. Allí fue donde le sorprendería Abén Ganya con sus soldados valencianos y murcianos causándole la derrota.

[Lacarra, José María - Vida de Alfonso el Batallador, págs. 128-129.]

UN DETALLE DE LA BATALLA DE FRAGA, 1134


https://journals.openedition.org/e-spanialivres/184

http://www.ibiza-hotels.com/hoteles/ibiza_museums/history4.php

https://es.wikipedia.org/wiki/Almajaneque



El almajaneque (del ár. and. "almanganíq”) era una máquina de guerra utilizada para lanzar grandes piedras de más de 500 kg de peso, con el fin de destruir las murallas o almenas de los castillos enemigos.

Su funcionamiento estaba basado en el sistema de palanca, con un brazo largo con el eje descentrado en cuyo extremo había un contrapeso; los más sofisticados tenían sistemas de reenvío mediante poleas. Habitualmente eran sencillos y se construían al pie de las murallas a derribar: disparaban los proyectiles en trayectoria baja y no alcanzaban gran altura, de manera que las piedras disparadas golpeaban contra las murallas, en vez de volar sobre ellas y caer en el interior del recinto.

Eran unas máquinas de diseño sencillo y rústico, pero a su vez eficaces y demoledoras.

Un gran almajaneque fue utilizado por Abderramán III en el asedio al castillo de Juviles, en las Alpujarras de Granada, con el que bombardeó con proyectiles de piedra sin cesar el castillo, hasta conseguir al cabo de 15 días la rendición del mismo.

Otros nombres:
Trebuchet
Mangonel
Maganel

http://terraimagina.blogspot.com/2007/06/armas-iv-maquinaria-de-asedios.html

https://es.wikipedia.org/wiki/Fraga_(Huesca)

Fraga es un municipio español situado en el extremo sureste de la provincia de Huesca, en la comunidad autónoma de Aragón, en el último tramo del Valle del río Cinca. Es cabeza de partido judicial y capital política de la comarca del Bajo Cinca. Cuenta con 14 979 habitantes (INE 2018).

En octubre de 2018, era único municipio aragonés con una población superior a 10.000 habitantes que conseguía el pleno empleo, es decir, una tasa de paro menor del 5%. El sector de la agroalimentación, la progresiva y dinámica expansión de la Plataforma Logística de Fraga y la estratégica localización de la ciudad han sido tres aspectos esenciales para la consecución de estos datos.

El origen y la antigüedad:
Se cree que la ciudad tiene origen prerromano, pero no hay pruebas fehacientes de ello. En las cercanías se han encontrado numerosos restos arqueológicos.

Edad del Bronce:
El yacimiento más antiguo es el del Barranco de Monreal, de entre el 1800 a. C. y el 1500 a. C.

Del bronce medio es el yacimiento de Punta Farisa, destruido en parte en la construcción de un camino. También son del bronce medio los inicios del yacimiento de Masada del Ratón, cercano al anterior. En ambos han aparecido cerámicas, elementos líticos y moldes de fundición para hachas y puntas de flecha.

Del bronce final son las capas superiores del yacimiento de Masada del Ratón, el yacimiento de Zafranales, a pocos metros del casco urbano y el de Lo Puntal, poblado en alto que se extiende por la ladera desde la que se domina la llanura de la Litera. Los restos de cerámica relacionan los asentamientos con la cultura de los campos de urnas.

Edad del Hierro:
De esta época no hay yacimientos estudiados en profundidad, aunque existen diversos indicios de poblamiento. No se conocen las causas de esta laguna, que puede ser debido a una disminución en la población por causas desconocidas o bien porque los poblados íberos se construyeron sobre los asentamientos del hierro.

Íberos:
El ibérico pleno se desarrolla en la zona a partir del año 400 a. C., a partir de la cultura de los campos de urnas. Se han encontrado diversos yacimientos en la comarca, como los del castillo de Chalamera, Lo Vedat de San Simón, La Noria, o Punta Calvari.

El más destacado es el de Lo Pilaret de Santa Quiteria, que se encuentra a pocos kilómetros de la ciudad. El poblado comenzó su andadura en las últimas décadas del siglo V a. C. y sobrevivió hasta época romana, en la que se supone que sirvió de base para una villa. A destacar una lápida encontrada por José Salarrullana de Dios en 1894 con una inscripción íbera:

aloŕiltu
i.belaśbais
ereban.keltaŕ
erkeryi.aye
teikeoen.ery
i
de la que se desconoce el paradero. Luis Silgo Gauche intentó en el 2003 una traducción como: «Aloŕiltu hijo de Belaśbaiser, hic situs est».

http://ibers.cat/


Fraga perteneció en época íbera al territorio ilergete.

Época romana:

Uno de los mosaicos romanos encontrados en Villa Fortunatus, de dónde procede el nombre. (Museo de Zaragoza)
No se tienen noticias concretas de las vicisitudes de la ciudad en época romana. Se supone que, al igual que el resto del territorio ilergete, compartiría la suerte de Ilerda en la romanización: participación en las guerras púnicas como aliados de Cartago, rebelión contra los romanos de Indíbil y conquista definitiva por los ejércitos romanos hacia el 205 a. C.

En época romana el área perteneció junto a Ilerda al convento de Caesaraugusta, dentro de la provincia de Tarraco. La ciudad se encuentra en la vía de Ilerda a Celsa, en el punto en el que el camino cruza el Cinca. El Cinca, al igual que el Ebro, eran navegables, con lo que el asentamiento representaría un cruce de rutas entre las fluviales y las calzadas. Es decir, por vía fluvial las comunicaciones serían a Caesaraugusta (Zaragoza), Tolous (Nuestra Señora de la Alegría, Monzón), Ilerda (Lérida) y Dertosa (Tortosa) y por vía terrestre a Celsa (y desde allí a Caesaraugusta) y a Ilerda (y desde allí a Tarraco (Tarragona) y a Roma).

No se han encontrado restos de la ciudad romana. Sin embargo a pocos kilómetros de la ciudad se pueden visitar las ruinas de una extensa villa del siglo II, llamada Villa Fortunatus. Aunque no debió ser el centro romano más importante de la zona, en la villa se han encontrado algunos de los mosaicos más hermosos de Aragón. Actualmente se encuentran dispersos en museos de Zaragoza y Barcelona, aunque los más sencillos se conserven en el lugar. También se encontraron algunas estatuas, una de las cuales, un niño montando a un delfín, se puede admirar en el museo de Huesca. El edificio continuará su actividad como basílica hasta el siglo V, ya en época visigoda.

Hay sospechas de que la ciudad de Gallica Flaouia mencionada por Ptolomeo es la ciudad de Fraga, aunque investigaciones recientes tienden a desmentirlo. Ptolomeo menciona la ciudad de Gallica Flaouia entre los ilergetes a orillas del Cinca, pero la sitúa a 3 leguas al norte y 1 legua al oeste de Lérida.

Medina Afraga:
La ciudad musulmana de la Marca Superior (714) tuvo una relativa importancia, menor que la de Lérida, pero suficiente para ser nombrada por numerosos cronistas de la época. Cuenta Al-Qazwini (1203 - 1283):

Fraga, ciudad de Al-Andalus, próxima a Lérida; hay en ella abundantes huertas, abundantes aguas, buenos edificios, y es tan hermosa en perspectiva, como buena en realidad... Está situada sobre el río de los olivos (río Cinca) y muy bien construida. Está provista de una fortaleza bien defendida e inaccesible y rodeada de numerosos huertos que no tienen igual...

También es citada en el Dikr bilad al-Andalus, una descripción anónima de al-Andalus del siglo XIV. En esta época la población ya haía mucho tiempo que había dejado de ser andalusí, aunque es probable que sus habitantes o parte de ellos siguieran siendo musulmanes (mudéjares):

Fraga es una de las capitales del oriente de al-Andalus, ciudad antigua y de remota fundación, sus habitantes son árabes de origen, pues en la época de la conquista se establecieron allí unas tribus yemeníes cuya descendencia continúa habitándola; son gente piadosa y de fe firme. Produce mucha miel y azafrán de calidad; en su territorio hay escarpadas montañas, castillos y gran cantidad de aldeas, cuyo número sobrepasa las tres mil; en todas ellas se realiza el sermón de los viernes.

El casco histórico es un típico ejemplo de ciudad árabe medieval, con su laberinto de estrechas callejuelas frescas en verano y protegidas del cierzo en invierno.

Entrada medieval de las murallas:
Los musulmanes crearon en las tierras del valle una red de regadío que daba a la ciudad su huerta, su riqueza y su renombre. Citando a Kitab ar-Rawd al-Mitar, está situada Fraga sobre el río de los olivos (Nahr al Zaitun) y bien construida. Se halla provista de una fortaleza bien defendida e inaccesible y rodeada de numerosos jardines que no tienen comparación.

A partir de la caída del Califato de Córdoba en 1010, Fraga pasó a depender de Zaragoza, Lérida o Huesca, según la suerte del reino taifa de turno. Ya en el siglo XI, llegaron Sancho Ramírez y Pedro I a las cercanías de la ciudad. Monzón cayó en 1089 y Zaidín en 1092. A partir de ese momento, Fraga pasaría a ser zona fronteriza de resistencia contra los cristianos.

Los cronistas también alaban el castillo y las murallas, que unidas a la red de túneles que todavía se conservan bajo el casco histórico, convertía la ciudad en casi inconquistable. Tuvo ocasión de comprobarlo el 17 de julio de 1134 Alfonso I el Batallador, que moriría a causa de las heridas sufridas en la batalla de Fraga.
Movió Alfonso I guerra a los reyes de Lérida y Fraga... Habiendo cobrado los moros gran soberbia. Y Abengania, rey de Lérida y el rey de Fraga, juntaron huestes con las cuales peleó el emperador Alfonso I (1133). La desgracia de Alfonso I fue que tropas de Córdoba (2000 jinetes), Valencia (500) y Lérida (200) se habían reunido tras las murallas de la ciudad para defenderla. Los caballeros musulmanes defensores arrollaron el campamento enemigo cuando la mayoría de los 12.000 caballeros cristianos se hallaban de permiso concedido por el rey tras el asedio a la ciudad. Sólo diez caballeros cristianos salvarían la vida, entre ellos don García Ramírez, señor de Monzón y futuro rey de Navarra.


Fraga y Lérida caerán en manos cristianas el mismo día, el 24 de octubre de 1149. En el momento de la conquista, parece que Fraga era un distrito inferior del amal de Lérida, que pertenecía al reino taifa de Zaragoza. Por lo menos técnicamente, ya que Ibn Mardanis, el último gobernador musulmán de Afraga, había convertido la ciudad en un taifa independiente aprovechando disputas familiares entre Zaragoza y Lérida.​ Ibn Mardanis, llamado el rey Llop o Lop (lobo), contando con tan sólo 25 años tuvo que negociar la rendición de la ciudad con Ramón Berenguer IV el 24 de octubre de 1149, consiguiendo un trato de favor para los musulmanes que quisieron quedarse, como el que pudieran regirse por sus propias leyes.

¿Aragonesa o catalana?

La pertenencia de la ciudad a Cataluña o Aragón en la Edad Media no está clara. Resulta difícil adscribir la ciudad a unos territorios que aún estaban en formación y no tenían su forma actual. Por ejemplo Ramón Berenguer IV se declaraba "Conde de Barcelona, Príncipe de Aragón, la reina era Petronila, hija del rey Ramiro II el monje, Duque de Lérida y Marqués de Tortosa" y decía "reinar en Zaragoza y en Aragón, en Sobrarbe y Ribagorza, en toda Barcelona, en Provenza y en Tortosa, junto con Zaragoza, Provenza y Calatayud".​ Ramón Berenguer IV NO reinaba, el rey seguía siendo Ramiro II.

http://www.donapetronila.es/historia/


http://blogs.iec.cat/scej/wp-content/uploads/sites/22/2011/05/5654_DonacionRamiroII.pdf

https://historiaragon.com/2017/08/10/los-acuerdos-de-barbastro-aragon-y-barcelona-unen-sus-fuerzas/

Tampoco facilita el asunto que los reyes modificaran la frontera varias veces durante sus reinados. Estas diferencias entre los conceptos de pertenencia medievales y los modernos y la falta de información e investigación exhaustiva llevan a diferentes autores a dar interpretaciones diversas.


Antonio Ubieto Arteta afirma en Historia de Aragón. La formación territorial que la incorporación inicial no fue ni a una ni a otra, sino al «patrimonio real»:

Los testimonios ambivalentes para Fraga, Lérida y Tortosa son debidos a que los territorios no se conquistaron para ser incorporados ni a Aragón, ni a Cataluña, sino al «patrimonio real» del rey de Aragón, que se consideraba inseparable.
Durante los siglos XI y XII, Fraga tendrá «tenencias», una institución claramente aragonesa, a pesar de que algunos tenentes pudieran ser catalanes, o de Montpellier, o mallorquines, valencianos, todos de la corona de Aragón.
La afirmación de las cortes de Lérida (1214) y de Tortosa (1218) de que Cataluña llegaba hasta el Cinca, se refiere al límite meridional (entre Salses al norte y el Cinca al sur), es decir a la confluencia del Cinca y el Segre antes de afluir al Ebro.
En 1248 se confirmó que el límite entre Aragón y Cataluña estaba en el Ebro entre Mequinenza y Tortosa.
En 1243, la donación de las tierras entre el Cinca y el Segre que hace Jaime I a su hijo Pedro serían las tierras, es decir, que los bienes los cobrase el infante Pedro, pero la «potestad real» se mantenía en Alfonso, su primogénito, ya que esta era indivisible para territorios heredados. La interpretación hecha por las cortes de Barcelona ya no fue como en 1214, la desembocadura del Cinca, sino que se tomaba el cauce completo del Cinca. En 1245, Jaime I divide de nuevo Aragón y Cataluña con fronteras más concretas, incluyendo Fraga y Mequinenza en Cataluña, aunque existen numerosas incongruencias en el documento. En 1257 concede a su hijo Pedro de nuevo el gobierno de toda Cataluña desde Salses al Cinca, tomando el río como frontera.
La teórica catalanidad de Fraga duró poco: en 1284 un noble fragatino aparece entre las tropas de la nobleza catalana; pero en 1289 el señor de Fraga aparece ya citado entre las poblaciones y señores aragonesas.
Posteriormente hubo problemas entre la población y los señores, algunos catalanes, que pretendían imponer cada uno sus estatutos jurídicos: la población los aragoneses y los señores los catalanes.
Joaquín Salleras Clarió en Comarca del Bajo Cinca considera que Fraga se incorporó a Cataluña tras la reconquista.

Cree que en las negociaciones entre Ramón Berenguer IV y Ramiro II el primero se reservó Fraga para sí y sus descendientes, entregando el señorío y gobierno de la villa al conde de Pallars Jussà Arnal Mir, vasallo suyo.
Ramón Berenguer VI usó durante un tiempo el título de «príncipe de Fraga».
En la Asamblea de la Fatarella, en 1173, Alfonso II de Aragón delimitó la frontera entre Cataluña y Aragón colocando la frontera en el Cinca, por lo que Fraga pasaría a ser catalana. Pedro II y Jaime I confirmarían este hecho.
La Gran Enciclopedia Aragonesa afirma que Fraga es aragonesa por lo menos desde 1244.

En 1214 se considera que Cataluña llega hasta el Cinca.
En 1244 se considera que Cataluña va «desde el Cinca hasta Salses». La excepción serían Monzón y Fraga, que permanecerían como aragonesas a pesar de estar en el lado izquierdo del río Cinca.
Lérida, que había acudido a las Cortes aragonesas, quedaba así en Cataluña.

Igualmente en 1244, se rechaza la pretensión aragonesa de hacer llegar Aragón hasta el Segre.
En 1283 también se confirma la pertenencia a Aragón de la Ribagorza hasta la clamor de Almacellas.
La Enciclopedia Catalana considera que Fraga fue catalana con seguridad desde 1244 y probablemente hasta finales del siglo XV.

La villa fue incorporada inmediatamente al obispado de Lérida.
En 1255 Jaime I entrega Fraga a Guillermo de Montcada, por lo que la villa pasa a formar parte del Condado de Barcelona.
En el testamento de Jaime I (HAY VARIOS) se divide Cataluña y Aragón entre sus dos hijos (tiene más, e hijas), fijando la frontera entre los dos territorios. Inicialmente estaría en el Segre (Lérida juró fidelidad al heredero de Aragón en las cortes de Daroca), sin embargo en las cortes de Barcelona de 1244 definiría Cataluña de «Salses al Cinca» a pesar de la oposición de los aragoneses que consideraban la Ribagorza, la margen derecha del Segre y Lérida, como territorio aragonés. Sólo la parte del término de Fraga a la derecha del Cinca sería aragonesa (la villa de encuentra al lado izquierdo).
Ximén Pérez de Salanova, Justicia de Aragón, afirma en 1311 explícitamente que Fraga pertenece a Cataluña.
Como parte de la veguería de Lérida, Fraga perteneció al Principado de Cataluña hasta época de Fernando II de Aragón a finales del siglo XV, con lo que se incorpora definitivamente a Aragón.
En 1707 los Decretos de Nueva Planta que Felipe V hizo para Aragón incorporaron Fraga en el corregimiento de Zaragoza.
Francisco Castillón Cortada en Fraga. La sultana del Cinca considera que Fraga fue aragonesa desde el principio:

Tanto Fraga como Lérida no se incorporaron a Cataluña tras la reconquista, puesto que esta todavía no existía como tal ente político. La pertenencia a Ramón Berenguer IV y a Cataluña son conceptos diferentes que no se implican el uno al otro. Todavía en 1337, Pedro IV se dirige a la Pahería (Ayuntamiento) en Lérida con las siguientes palabras: aunque Lérida estaba en Cataluña, no pertenecía al condado de Barcelona.
El problema se planteará por primera vez con Jaime I el Conquistador, que declara Mequinenza, Fraga y Monzón como catalanas. La división no se llevaría a cabo por la oposición de los nobles aragoneses. Así, mientras los nobles aragoneses pretendían extender sus tierras hasta el Segre, los catalanes pretendían extender las suyas hasta el Cinca.
Jaime I el Conquistador le otorga el fuero de Huesca en 1240, por la que se rige durante la Edad Media. Los usos y costumbres y la moneda serán aragonesas.
En el Atlas Catalán hecho por Cresques Abraham en 1375, el lugar aparece como aragonés.
A finales del siglo XIII la villa no fue incorporada en el censo de población de Cataluña, por lo que parece que en la época se consideraba una ciudad aragonesa.
Pedro IV de Aragón intentó de nuevo incorporar la ciudad a Cataluña, pero las protestas de fragatinos y aragoneses le llevaron a declarar en las Cortes Generales «...que certa cossa es, que la universitat de Fraga es poblada per privilegio a fur d'Aragó et de aquell observen en tempos esdevenidor, axi complidament com antigament han observat. Plau al Senyor Rey que los d'Arago ussen tota aquella possesió que han acostumbrat de ussar tro el día de huy et revoca totas quals se vol cosses feytes en contrari.»
E. Sarasa Sánchez afirma que «Jaime II había incluido en el reino [de Aragón la] Ribagorza, la Litera (hasta la denominada "clamor de Almacellas"), Fraga y el señorío de Albarracín.» en el Atlas de Historia de Aragón.13​

La cuestión ha vuelto a la actualidad en parte debido al nacionalismo catalán y el pancatalanismo, que pretende incluir la zona dentro de los Países Catalanes (Països Catalans) e incluso dentro de la propia Cataluña.

La ciudad cristiana
La villa, tras la reconquista en manos del Conde de Pallars Jussà Arnal Mir, al igual que otras similares, se convertirá en un mosaico de culturas y religiones en la que judíos, musulmanes y cristianos convivirán con mayor o menor acierto.

Los judíos de Fraga pertenecieron a la colecta de Lérida hasta 1294, año en que pasaron a depender del Conde de Montcada. Tras la muerte del Conde en 1328, se unieron a la colecta de Huesca para pagar sus impuestos reales.

Tras la conquista de Lérida, el obispado de Roda-Barbastro se traslada a Lérida, pasando a llamarse Lérida-Roda durante un tiempo. Así, todos los territorios que dependían del obispo de Roda, además de las nuevas conquistas como Fraga, pasan a depender eclesiásticamente de Lérida en 1149. La situación se mantuvo hasta 1995, en que las parroquias aragonesas pasan a depender también de diócesis aragonesas, en el caso de Fraga del obispado de Barbastro-Monzón. Este cambio ha llevado a una polémica por la entrega a los obispados correspondientesde las obras de arte de las parroquias aragonesas que se encuentran en el Museo Diocesano de Lérida.

Los templarios ocuparían el castillo y obtuvieron grandes haciendas en la zona.

Se celebraron en la iglesia de San Pedro dos veces Cortes Generales del Reino, en 1384 y 1460, una vez con presencia del rey Juan II. También se refugiaría en su castillo Leonor de Sicilia señora de la villa, durante su enfrentamiento con Pedro IV el Ceremonioso.

En 1391 Juan I de Aragón concede a la ciudad un mercado, que se instala en la Calle Mayor.

La historia moderna

Vista de Fraga en 1779, con el escudo de la ciudad.
La expulsión de los moriscos de 1610 tuvo un gran impacto en la economía fragatina. Durante 800 años los moriscos habían sido una parte muy importante de la población. La expulsión coincide con la llegada de los monjes trinitarios en 1550 y la Orden de San Agustín en 1615.14​

Felipe IV se asentó en la villa durante la Guerra de los Segadores. En esta ocasión lo acompañaría Velázquez, que pintaría dos cuadros durante la estancia: un retrato del rey (llamado Felipe IV de Fraga, Colección Frick de Nueva York) y un retrato de un enano de la corte, Diego de Acedo, apodado El Primo. Dicho cuadro se identifica con dudas con el conservado en el Museo del Prado de Madrid.

Durante la Guerra de Sucesión Española la ciudad cambió de manos en diversas ocasiones, pero por permanecer siempre fiel al rey Felipe V recibió los títulos de "ciudad" (1709), "vencedora y fidelísima" (1710), además del privilegio de añadir la flor de lis al escudo. También le fueron concedidas dos ferias francas en 1710, el que no pudieran ser confiscados sus bienes a los vecinos de la ciudad sino por crimen de lesa majestad, robos y homicidios y voto en cortes con preferencia a las demás ciudades, excepto Zaragoza, Tarragona y Jaén.15​16​

 El puente colgante fue inaugurado en 1847.
Fraga fue saqueada en diversas ocasiones, entre otras en 1642 durante la Guerra de los Segadores, en la Guerra de Sucesión, en la Guerra de la Independencia y durante la Guerra Civil. Durante la Guerra de Independencia, la ciudad fue ocupada por las tropas francesas; las tropas españolas volaron en mayo de 1810 el puente y las trincheras realizadas por los franceses.15​ Entre 1845 y 1847 se construyó un puente colgante sobre el Cinca, que se hundiría parcialmente en 1852, falleciendo doce personas.18​ Durante la Guerra Civil, bajo el gobierno de un comité de la CNT-FAI, se impuso un régimen de comunismo libertario en el que se colectivizaron todos los bienes, tierras y servicios y se abolió el dinero. En esa época también se fundó una Casa de los Ancianos para ancianos pobres y sin familia, muchos de los cuales se habían acercado a Fraga desde lugares cercanos.

Economía:
La actividad principal de la ciudad y la comarca circundante es la agricultura. Los terrenos del valle del Cinca (la "huerta") son desde antiguo de regadío, actualmente con plantaciones de árboles frutales (melocotón y manzana) y hortalizas (consumo propio). Fueron famosos los «higos de Fraga» y, aunque actualmente casi no se cultivan, Fraga sigue produciendo algunas especialidades propias de su célebre pan de higo.19​ Las zonas altas (el "monte") tradicionalmente se dedican al cereal y las laderas al olivo y la almendra. En los últimos años se ha introducido el regadío en algunas de las zonas de "monte" con lo que se han introducido, entre otros, el cultivo de girasol. Posee una depuradora de lechos biológicos con un caudal de 4208 metros cúbicos por día.

Para promocionar el sector agrario de la ciudad, se creó mercoFraga, un mercado en origen cuyos objetivos son promover el libre intercambio entre productores e intermediarios, mejorar la transparencia del mercado y asegurar la calidad del producto.

La ganadería también está muy presente en la economía de la localidad, pues son numerosas las instalaciones porcinas, avícolas y vacunas. Existen dos empresas con cierta importancia dentro del sector ganadero dedicadas a la fabricación de piensos, integración de granjas y también producción de ganado porcino.

También es importante el sector servicios, que en las áreas de comercio, mecánica, banca, sanidad, hostelería, transportes, educación, etc., ocupa un tercio de la población activa. A destacar la discoteca Florida 135, que atrae a visitantes no sólo de la comarca, sino también de Zaragoza y Barcelona.

Las industrias más importantes son la planta de Becton-Dickinson, donde se fabrican jeringuillas, otra de remolques cisterna y Precocinados Angel Bosh de pollos y pavos rellenos, de especial salida durante la época navideña. Además existen algunas otras industrias, pero de menor calado.


Todos los años se realiza Merco Equip, una pequeña feria de muestras para la promoción de las actividades locales y comarcales.

Lo fragatí


Lo fragatí, Fraga, als presentz, Osca, Pedro II
Romance aragonés

El fragatino, el habla local, es considerado por la mayoría de los estudiosos catalanistas como un dialecto del catalán nordoccidental, más concretamente del grupo ribagorzano, es decir, de lo que se conoce como hablas de la Franja del meu cul. Sin embargo, de forma parecida a lo que ocurre con la polémica del valenciano, también existen diferencias entre los hablantes sobre la pertenencia o no de la lengua al catalán. Estos últimos se dividen entre los que consideran el fragatino como un dialecto del aragonés o de transición entre el aragonés y el catalán, y los que creen que son hablas propias evolucionadas en la zona.

Los hablantes de fragatino, independientemente de que lo consideren un dialecto del catalán o no, hacen una distinción entre los hablantes de català y los de fragatí (dialecto de Fraga), mequinensà (dialecto de Mequinenza), torrentí (dialecto de Torrente de Cinca), saidiné (dialecto de Zaidín), etc. Esto puede dar una idea de la particularidad del dialecto, si tenemos en cuenta que se considera que hablantes de localidades a menos de 10  km hablan "catalán". El hecho se explica habitualmente por ser un dialecto de "frontera", con fuertes influencias del castellano y del aragonés.

Hasta finales del siglo XX todavía vivían algunas mujeres de avanzada edad que sólo hablaban fragatino. Actualmente los hablantes son bilingües en castellano, lengua en la que se recibe toda la educación primaria y secundaria. En la década de 1980 se introdujo la enseñanza del catalán en la educación secundaria.

La fonética del fragatino es muy similar a la del valenciano y del ribagorzano. Quintana (1989) y Veny (1993) mencionan que el fragatino posee 19 fonemas, mientras que el catalán central posee 24. También es de destacar la aparición de grupos consonánticos palatalizados, como cllau (en catalán estándar clau, llave), pllat (plat, plato) o plle (ple, lleno), como ocurre en otras poblaciones cercanas, Tamarite de Litera.

fraga.org

https://es.wikipedia.org/wiki/Alfonso_I_de_Arag%C3%B3n

clamabanlo don Alfonso batallador porque en Espayna no ovo tan buen cavallero que veynte nueve batallas vençió.


miércoles, 22 de mayo de 2019

EL FRACASO DE LA RECONQUISTA DE IBIZA


2.77. EL FRACASO DE LA RECONQUISTA DE IBIZA (SIGLO XIII. TORLA Y BROTO)

EL FRACASO DE LA RECONQUISTA DE IBIZA (SIGLO XIII. TORLA Y BROTO)


Jaime I fue tutelado de niño por los Templarios en el castillo de Monzón, compartiendo educación y juegos con un muchacho de su edad, Íñigo Zaidín, descendiente de infanzones sobrarbenses. Cuando Jaime I dejó Monzón y accedió al trono, Íñigo marchó con él siendo nombrado alférez real.
Pasó el tiempo y, tras reconquistar Valencia, Jaime I planeó la toma de Mallorca y se lanzó al Mediterráneo. Con él se embarcó Iñigo Zaidín, que participó en la lucha y tomó con sus hombres la torre del homenaje del castillo mallorquín. El rey incorporó Mallorca, e Íñigo ganó fama, una grave herida y a la princesa Zoraida, hija del rey moro destronado, de la que se enamoró perdidamente y a la que debió la vida merced a los cuidados que le dispensara.

Meses después, el reyezuelo moro de Ibiza desafió a Jaime I al negarse a pagar el tributo que debía al rey aragonés, quien enojado decidió tomar la isla. Para ello —asuntos urgentes le requerían en tierras valencianas— encomendó la expedición a Íñigo Zaidín, ya repuesto de sus heridas.

Tras preparar la acción bélica, el ejército aragonés atacó, esperando para ello la oscuridad absoluta que proporciona siempre la luna nueva. Pero una vez comenzado el asalto, de repente, el cielo se iluminó con miles de antorchas, a la vez que enormes cubos de aceite caían sobre los soldados cristianos, que a duras penas pudieron huir hacia sus barcos. El ataque fue un total fracaso y del alférez Iñigo Zaidín jamás se supo nada, pues desapareció.

Meses más tarde, en Monte Perdido, guarecido en una rústica choza, apareció un eremita solitario, pronto conocido en la comarca tanto por el autocastigo que se aplicaba como por sus ayes lastimeros pidiendo perdón por una traición cometida en el pasado. Así vivió durante más de veinte años, hasta que una mañana un pastor lo encontró muerto. Pero también halló, escrita con su propia sangre en la piel blanca de un cordero, esta frase:
«Don Jaime, perdóname. Yo os traicioné y a mis compañeros también en la conquista de Ibiza».
Enterado el rey de la muerte de su amigo lloró por él, y construyó en su memoria una ermita en Monte Perdido, mientras todavía se pueden oír hoy los ecos de voces quedas pidiendo perdón por una traición que nadie reconoce.
[De Salas, Javier, «La leyenda de Monte Perdido», Folletón Altoaragón, 50, pág. XV.]

viernes, 3 de mayo de 2019

PEDRO I DE ARAGÓN LUCHA CONTRA EL CID CAMPEADOR


2.39. PEDRO I DE ARAGÓN LUCHA CONTRA EL CID (SIGLO XI. PERALTA)

Después de haber cometido verdaderos estragos a los moros levantinos en la comarca de Onda y Almenar y soportada una larga y fatigosa cabalgada de varias jornadas, llegó el Cid Campeador con sus hombres a las puertas de la musulmana ciudad de Zaragoza. Tal como era habitual, el guerrero castellano fue huésped en el palacio del rey moro de la Aljafería, donde recuperó fuerzas y recompuso su hueste.

PEDRO I DE ARAGÓN LUCHA CONTRA EL CID CAMPEADOR

Tras descansar unos días en la ciudad del Ebro, partió de nuevo con sus hombres en dirección a Huesca, primero, y más tarde hacia Monzón. Los vigías de Pedro I pusieron al monarca aragonés al corriente de las andanzas del Cid, de modo que, sabiendo que se acercaba, se aproximó con sus caballeros hasta Piedra Alta, donde decidió elegir un paraje adecuado y plantó sus tiendas de campaña para esperarle.
Llegado el Cid a Monzón, determinó pasar allí unos días, uno de los cuales salió a recorrer la comarca acompañado por doce caballeros de su confianza
«a holgarse por el campo,
armados de buena guisa»,
o sea, a divertirse un poco con un simple ejercicio. Enterados los aragoneses a través de su red de espías de los movimientos de esta partida, les salieron al paso desde su improvisado campamento con ciento cincuenta guerreros, entablando un lucha desigual contra el Cid y sus hombres, en una especie de improvisada justa o torneo, pues, de común acuerdo, decidieron luchar uno contra uno sucesivamente.
A pesar de ser muchos menos en número, el grupo del Cid venció a los caballeros aragoneses, apresando a siete de ellos con sus caballos y armas, mientras los demás huían temerosos del campo de batalla. Las horas que siguieron a la refriega fueron tensas, pero, tras suplicar los vencidos clemencia al Campeador para que los dejara en libertad, don Rodrigo,
«como es muy honrado»,
dice el legendario romance, accedió a su petición.
[Gella, José, Romancero Aragonés, págs. 53-55.]




Et él después que ovo leídas las cartas, como quier que ende oviese gran pesar, non quiso ý ál fazer, ca non avié plazo más de nueve días en que saliese. Enbió por sus parientes e por sus vasallos, e díxoles cómo el rey le mandava salir de su tierra e que non le dava de plazo más de nueve días, e que querié saber d’ellos cuáles querién ir con él o cuáles fincar. Minaya Álvar Fáñez le dixo: “Cid, todos iremos convusco e servos hemos leales vasallos”. Todos los otros dixieron otrosí que irién con él donde quier que él fuese, e que se non quitarién d’él nin le desamparién por ninguna guisa. El Cid gradeciógelo estonces mucho, e díxoles que si Dios le bien feziese, que gelo galardonarié muy bien. Otro día salió el Cid de Bivar con toda su compaña

lunes, 9 de diciembre de 2019

Roberto G. Bayod, Agustín Cabrera, Amado Forrolla

El concurso "Roberto G. Bayod" premia a Agustín Cabrera y Amado Forrolla.


El turolense Luis Arrufat también fue reconocido en la gala celebrada en Monzón.
09/12/2019

Agustín Cabrera, Amado Forrolla, Luis Arrufat


HUESCA.- La Federación de Asociaciones Culturales del Aragón Oriental (Facao) celebró el pasado fin de semana el acto de Entrega de los Premios del XVIII Concúrs Lliterari en Aragonés Oriental "Roberto G. Bayod", entre los que hubo varios premiados pertenecientes a la provincia de Huesca.
Más concretamente, entre los galardonados figuraron dos de los favoritos y que ya habían sido premiados en ediciones anteriores: Agustín Cabrera, de Fraga, por su sainete La roba bruta s´a de llabá dins de casa, y Luis Arrufat, de Valjunquera (Teruel), por su trabajo Cansó d´esperansa.
Según anunció la organización en un comunicado de prensa, el altorriconense Amado Forrolla, que presentó un ensayo titulado Una reflexió "tonta" sobre la mort, fue otro de los galardonados en el citado certamen.
Los Premios se entregaron en el marco de la Feria del Libro Aragonés de Monzón, en la cual Facao participa exponiendo y vendiendo libros en aragonés oriental ininterrumpidamente desde el año 2005.
Los organizadores agradecieron a todos los participantes su dedicación y constancia en pro del aragonés oriental y sus modalidades.
El momento más emotivo fue, sin duda, cuando se produjeron las intervenciones de los premiados, aseguraron desde el mismo comunicado de prensa.
Estos hicieron una cerrada y velada defensa del aragonés oriental y sus modalidades, reclamando que siga viviendo en la Comunidad y que se apoye desde las instituciones.
Además, el turolense Luis Arrufat hizo saltar las lágrimas entre diversos miembros del público con un sentido discurso en el que recordó, por un lado, a muchas de las personas que han trabajado por la lengua de la zona oriental de Aragón y, por otro, a padres, abuelos y ancestros que "con amor y orgullo nos han transmitido nuestra lengua", unas palabras que gustaron mucho en la Feria del Libro Aragonés.

domingo, 10 de julio de 2022

CARTA XLIV. Extracto de varios documentos tocantes a los templarios de la corona de Aragón

CARTA XLIV. 

Extracto de varios documentos tocantes a los templarios de la corona de Aragón: bula inédita de su extinción en el concilio vienense, copiada de los registros auténticos del rey D. Jayme el II (a). (a) Agrego a este tomo la presente carta que me envía mi hermano desde Barcelona, así por tratarse en la iglesia de Tortosa varios puntos conexos con la suerte de los templarios, como por anticipar a los eruditos españoles estas noticias, que ilustran uno de los puntos más obscuros de nuestra historia eclesiástica. 

Mi querido hermano: Como el remate que tuvo la orden de los templarios es tan famoso en el mundo, y tan poco lo que se sabe de la suerte de los de Aragón desde su decadencia; me ha parecido recoger las memorias que he hallado en el archivo real de Aragón, poniendo por orden cronológico los extractos que formaba de ellas, al paso que me venían a las manos. Otro más desocupado que yo podrá sobre estos materiales ordenar una historia completa de los templarios aragoneses. A mí me basta comunicar sin envidia mi trabajo para la común utilidad. Advierto que los instrumentos, cuya fuente no se cita, son del libro guardado en el dicho archivo con el título Regestrum templariorum, donde se extendían las órdenes reales, cartas y demás documentos que se expedían o recibían: libro auténtico cuanto necesita la historia. 

I. Carta del rey de Francia Felipe IV, llamado el Hermoso, al rey D. Jayme II de Aragón, en que le participa como se ha descubierto que los templarios eran reos de varios delitos: Videlicet (le dice) quòd in professione fratris cujuslibet dicti ordinis, seu in ingressu, quem occultum faciunt, quilibet frater qui recipitur, Jesum Christum D. N. 

ter ejus cruce praepositâ negat in facie figurae Domini, vice qualibet conspuendo. Recipiens insuper, exuto taliter recepto vestibus, osculatur receptum, primò in fine spinae dorsi subtus balteum, secundò in umbilico, tertio verò in ore; nec non recepto praecipit quod si quis ex suis fratribus sibi voluerit carnaliter comisceri, hoc sustinere debeat, ex eo quod ad haec ex statutis ordinis teneatur. 

Manifestados estos crímenes, le exhorta a que aprisione a todos los templarios que tenga en sus dominios, como lo había hecho él con los de su reino después de haber  tratado el negocio con el papa. La fecha es de París a 26 de Octubre, y aunque no expresa el año, por los extractos que siguen se conocerá que es el de 1307. 

2. Carta de Fr. Romeo Zabruguera (ça Bruguera), de la orden de predicadores, catedrático de teología en la universidad de París, al mismo rey de Aragón, fecha allí mismo en la vigilia de S. Simón y Judas de 1307: en la cual asegura que él fue uno de los testigos de la confesión que hizo el Gran Maestre del Templo con otros individuos de la misma orden en los días 25 y 26 del mismo mes de Octubre, cuando reconocieron y confesaron de plano los delitos, por los cuales habían sido presos todos los de Francia en una hora el día 13 del mismo Octubre. A los crímenes ya sabidos añade que in capitulis generalibus caput quoddam fictile argenteum, vel argentatum, et barbatum adorabatur à praesentibus ut creator omnium et redemptor. 

3. Respuesta de D. Jayme II de Aragón al rey Felipe de Francia, fecha en Teruel a 17 de Noviembre de 1307, en que muestra grande admiración de los delitos que se atribuían a los templarios; y después de hacer un grande elogio de los que estaban en sus dominios, dice que de ningún modo procedería a su aprehensión, hasta que le constase con certidumbre de sus crímenes, o se lo mandase el papa.

4. Dos días después de esta fecha escribe el rey al papa Clemente V, avisándole de haber llegado a su noticia por medio del rey de Francia la causa movida contra los templarios; y así ruega a S. S. le diga lo que en ello hay, y cómo debe proceder con los de sus dominios. 

5. El papa antes de recibir esta carta, tenía escrito al rey de Aragón desde Poitiers a 22 de Noviembre de 1307, refiriéndole la prisión de los templarios de Francia verificada en un día de orden del rey Felipe, y los delitos que el Gran Maestre y otros principales individuos de dicha orden habían confesado abiertamente a S. S., y el propósito en que estaba de examinar seriamente esta causa. Para lo cual le exhorta a que con todo sigilo proceda a la captura de los templarios existentes en sus dominios en un mismo día: se inventarien sus bienes: se cultiven a expensas de la orden sus heredades, y quede todo bien custodiado, o para restituirlo a los mismos si se hallasen inocentes, o para aplicarlo a la Tierra santa si saliesen culpados. 

Esta carta llegó a manos del rey estando en Valencia a 18 de Enero siguiente, y al otro día contestó a S. S. diciendo lo que ya tenía dispuesto en orden a los templarios a instancia de los obispos e inquisidores, y que proseguiría en ello con ardor. 

6. Breve expediente sobre los templarios formado en Valencia en el Real a 1.° de Diciembre de 1307 ante Bernardo de Aversona, que comprehende: 1.° nombramiento hecho por el rey D. Jayme II del obispo de Valencia D. Raymundo Despont, y del de Zaragoza D. Ximén, y de Fr. Juan Llotger, dominico, inquisidor de estos reinos, para que procediesen aquellos en sus diócesis, y este en todo el reino, a inquirir en la causa de los templarios: 2.° aceptación de los dichos, mas con la protesta de que les auxiliase el brazo real para impedir la fuga y el encerramiento en sus castillos, y de que se procediese al secuestro de todos los bienes de aquella orden. Testigos fueron D. Jayme Pérez y D. Juan, hermanos del rey, Fr. Guillermo Aranyon, dominico, y confesor del rey, Gonzalo García y Artal de Azlor sus consejeros, Pedro de Costa juez, y Bernardo de Albacia, vicecanciller. 

7. Real orden dada el mismo día a Gombaldo de Entenza, procurador real del reino de Valencia, para prender a los templarios, ocupar e inventariar sus bienes de dicho reino. 

8. La misma orden para los de Peñíscola y Xivert y los de Cataluña y Aragón, dada allí mismo el día siguiente 2 de Diciembre (en todas estas órdenes se pone por causal la instancia que sobre ello hacía el rey de Francia).

9. A 4 de Diciembre de 1307 escribe el rey al papa, avisándole como había procedido contra los templarios, según queda indicado; y que muchos de ellos, oídos los rumores de Francia, se habían refugiado y fortificado en castillos, los cuales tenía ánimo de sitiar y combatir. Excúsase con S. S. de haber obrado así, habiendo prometido en su carta última que nada haría sin su aviso y precepto; porque a esto le obligaron la requisición de sus obispos e inquisidor, y las repetidas instancias del rey de Francia. 

10. Con la misma fecha respondió el rey a la carta de Fr. Romeo Zabruguera, arriba citada núm. 2, diciendo que había recibido del rey de Francia el mismo aviso sobre los templarios, y que no había querido proceder contra ellos por no habérselo mandado el papa; pero que novísimamente a instancias de su inquisidor había decretado su prisión, y que ya se hallaban algunos en las cárceles reales. Además le ruega que envíe copia auténtica de los procesos que se hicieren en Francia sobre este negocio.

11. Otra con la misma fecha al rey de Francia diciendo lo mismo; a lo que añade que se había resuelto principalmente por haber sabido que el maestre y otros de la orden del Templo, tam milites, quàm capellani, quàm sargentes, habían confesado sus delitos. 

12. A 5 de Diciembre de 1307 desde Valencia despachó el rey convocatorias a los obispos de Valencia, Zaragoza, Tarazona, Huesca, Segorbe, Lérida, Barcelona, Vique, Gerona, Tortosa y Urgel, y al vicario general del arzobispado de Tarragona D. Rodrigo, para que acudiesen todos a Valencia en la próxima Epifanía a tratar sobre el modo de proceder contra los templarios.

13. Habíanse ya apoderado los del rey del castillo de Peñíscola a 12 de Diciembre de 1307, en que estando él en Silla, lugar junto a Valencia, mandó a Bernardo de Libiano (Llebia) que le trajese preso el comendador de aquel castillo, con todo lo que en él había hallado. 

14. De 29 del mismo mes y año hay una orden del rey, fecha en Valencia, dirigida al bayle de Tortosa, mandándole conducir a su presencia tres fratres templarios, qui rasis barbis, relicto dicto ordine fugiebant...quorum alter interrogatus qualiter fiebat professio et ingressus per fratres ipsius ordinis, respondit se hoc nec papae, nec alicui alio nisi nobis (regi) tantummodo revelaret. 

En un diario lemosín se lee lo siguiente: "En 1307 fon deposat l' orde dels templaris, e moriren la maior part a mala mort e degollats, per lo gran pecat que ab ells era.” 

15. Carta del papa al rey de 3 de Enero de 1308, exhortándole a que proceda contra los templarios. 

16. A 10 del mismo mes y año Fr. Juan Llotger, inquisidor, envió a la curia del papa a Fr. Bernardo de Boxados (Boxadors ?), dominico, para que se informase de lleno sobre lo que debía hacerse en la inquisición de los templarios. 

17. Carta del rey, fecha en Valencia a 23 de Enero de 1308, dirigida a D. Fr. Raymundo Despont, obispo de Valencia, residente en Tarragona, en que le encarga participar al concilio que allí se celebraba, como el papa le había mandado prender a todos los templarios en un día: precepto que no podía cumplir por haberse anticipado a prender algunos, de lo cual había resultado que muchos de ellos se habían fortificado en los castillos de Miravet, Ascon (Ascó), Monzón, Cantavieja, Vilell (Villel), Castellot (Castellote) y Chalamera; pero que los combatiría con todo su poder hasta apoderarse de ellos.

18. Tres días antes de esta fecha hay una citación a Raymundo Zaguardia (ça Guardia), lugarteniente del maestre del Templo en Aragón, existente en Miravet, demandándole comparecer con todos sus súbditos (De esta clase hay muchas citaciones con partidos ventajosos, algunos de los cuales se verán más adelante). 

19. El conde de Urgel y Dalmacio de Rocaberti y el obispo de Gerona se opusieron a la captura de los templarios y secuestro de sus bienes en sus estados y diócesis: con esta ocasión hay una orden del rey a los tres, para que obedezcan y auxilien su decreto, fecha en Valencia a 31 de Enero de 1308. 

20. A 17 de Febrero de 1308 envió el rey estando en Valencia fratrem Paschassium Tholosani ord. praed. por embajador al rey de Francia, para que se informase y certificase de los delitos y procesos de los templarios.

21. A 16 de Mayo de 1308 escribía el rey a Pedro de Queralt, mandándole intimar a los templarios encerrados en el castillo de Miravet, que se sujetasen al juicio del inquisidor. Los templarios respondieron que obedecerían gustosos la resolución que tomase el papa, si con el consejo de sus cardenales suprimía su orden, y les mandaba entrar en otra; mas no si los culpaban de herejes, porque en tal caso querían antes morir en sus castillos. 

22. Capítulos que propuso el rey a los templarios que se defendían en el castillo de Monzón a 18 de Junio de 1308: van copiados (a: N. I. Van al fin de esta carta con otros documentos inéditos de la misma historia.). 

23. Orden del rey a Berenguer de Thovia para trasladar los templarios de Cantavieja al lugar de Villarlongo (Villarluengo; longo, luengo : largo), y tenerlos allí presos. Manda que en los domingos, martes y jueves de cada semana les dé carne de carnero a razón de un carnero para veinte y cuatro personas: los otros días o huevos o pescado, sin mezclar ambas cosas, fecha en Valencia a 19 de Septiembre de 1308.

24. Otra orden para que del castillo de Miravet pudiesen salir el hijo de D. Pedro de Moncada y otros hijos de nobles, que todavía non sunt fratres, y volver a sus casas, fecha en Teruel a 11 de Octubre de 1308.

25. Con la misma fecha, salvoconducto a los templarios de Miravet para poder enviar uno que trate su negocio con el rey.

26. Inventario de varios libros hallados en poder de los templarios, y entregados al rey, fecha en Daroca a 24 de Octubre de 1308 (copiado núm. 2). 

27. Carta de Fr. Raymundo Zaguardia, lugarteniente del maestre del Templo en Aragón y Cataluña, a Arnaldo abad de Fuenfría, vicecanciller del papa, en que, referido el sitio de nueve meses que él con sus hermanos padecía en el castillo de Miravet, y la resolución en que estaban todos de no entregar un fuerte que con tanto trabajo conquistaron de los moros sus antepasados, le ruegan que se interese con el papa, a fin de que mande al rey alzar el cerco; que en lo tocante a sus delitos estaban prontos purgare nos ef fratres nostros ut milites veri et catholici christiani per bellum, vel alias, juxta canonicas et legitimas sanctiones, vel alio quocumque modo domino papae videbitur faciendum. 

28. Del mismo día y fecha de Daroca son los tratados que propuso el rey a los de Miravet sobre su rendición (van copiados núm. 3). 

29. Orden del rey a Bartolomé Tharin sobrejuntero (suprajunctario) (1) de Zaragoza, dada en Calatayud a 13 de Noviembre de 1308 para que a los templarios de Castellot no les permitiese entrar en las iglesias al tiempo de celebrarse en ellas los divinos oficios, sino sólo a otras horas. 

(1) Suprajunctarii o sobrejunteros eran en Aragón los ejecutores de las sentencias del Justicia de Aragón y de los otros jueces. Llamáronse vicarii y paciarii hasta las cortes de Zaragoza celebradas por D. Jayme II en 1300, desde cuyo tiempo fueron conocidos con el título de suprajunctarii. Tratan de este oficio los Fueros de Aragón lib. I. p 7.13. 15. y en otros lugares. 

30. A 16 de Noviembre de 1308 envió el rey desde Calatayud su ultimátum a los capítulos que propusieron los de Miravet (va copia núm. 4). 

31. Carta de Fr. Raymundo Zaguardia y los otros templarios de Miravet al papa, en que le hacen presente su inocencia y los trabajos pasados en defensa de la religión de Jesucristo, la malicia de sus acusadores, y la perversidad con que no pudiendo probar los delitos que les imputaban, pasaron a la fuerza y a los tormentos, obligando con ellos a que los confesasen algunos religiosos, y que por esta causa les tenía el rey muy apretados en el castillo de Miravet; y así le suplican que mande al rey aflojar en esta demanda, ofreciendo purgarse como arriba: fecha en Miravet a 22 de Noviembre de 1308. 

32. Debió luego rendirse esta fortaleza, puesto que a 19 de Diciembre del mismo año ya dio el rey, estando en Épila, orden a Mascaros Garidell para que le traiga duo volumina bibliae, et alios libros hallados en el castillo de Miravet. Praeterea, le dice, mittatis nobis illud ferrum lanceae quod fuit comitis Barchinonae, quodque sicut intelleximus, in dicto castro inventum est. Recibió todo esto el rey estando en Zaragoza, como lo dice en carta de 26 de Diciembre del mismo año.

33. Con fecha de Zaragoza de 24 del mismo escribió al dicho Mascaros, pidiéndole toda la pedrería y tesoro hallado en Miravet; mandándole tener en depósito las lámparas, ornamentos y vasos de la iglesia.

34. Ibid. a 26 del mismo dio permiso a Fr. Raymundo Zaguardia para permanecer preso en el mismo castillo de Miravet. 

35. A 30 de Diciembre del mismo año escribió el papa al rey instándole de nuevo a la prisión de los templarios, y que los entregase a los respectivos ordinarios para ser juzgados. 

36. Otra carta del mismo papa al arzobispo de Tarragona y sus sufragáneos, en que les dice, que habiéndole manifestado los templarios que querían poner en manos de S. S. sus castillos y bienes, había nombrado para apoderarse de ellos a Bertrando, prior de Casiano, y les manda que le auxilien: fecha 5 de Enero de 1309. 

37. Lo mismo dice al rey con carta fecha el día siguiente: y añade que luego que Bertrando se apoderase de dichos castillos y tierras, debía entregarlos al rey, para que él los tuviese en nombre de la silla apostólica.

38. De una carta de 24 de Enero del mismo año consta que en ese día sólo quedaba por rendir el castillo de Monzón, con el pequeño subalterno de Chalamera: los cuales se entregaron a fines de Junio siguiente.

39. A 22 de Marzo de 1309 se trajeron a Barcelona (ACA, Archivo Corona Aragón) todas las escrituras y privilegios hallados en Miravet, cuyo arancel se halla armario de templarios extra sacos número 410.

40. De una orden al bayle de Lérida de 4 de Marzo de 1309 se colige la repugnancia con que los de aquella ciudad y otros lugares iban a sitiar el castillo de Monzón.

41. Rendido el castillo de Miravet, D. Fr. Raymundo Zaguardia, que estaba en él, y era el lugarteniente general de maestre del Templo en Aragón y Cataluña, quedó preso en Miravet, y luego fue conducido a Lérida; de allí otra vez a Miravet, y por fin a Barcelona. Estando allí pidió el rey licencia al papa para conducirle a Mallorca, donde había sido comendador mansi Dei (a: Masdeu, Encomienda del Rosellón, y por ello perteneciente al reino de Mallorca), y esto a petición del rey de aquellas islas. La carta al papa es fecha en Barcelona a 7 de Junio de 1309. (Respondió el papa concediendo lo pedido desde Aviñón a 8 del Agosto siguiente.)

42. A instancias del obispo de Valencia mandó el rey a los vegueres de sus reinos que presentasen todos los templarios a los ordinarios e inquisidores cuando fuesen por ellos requeridos, para entender en la averiguación de sus delitos: fecha en Valencia a 14 de Julio de 1309.

43. Carta del rey al papa desde Valencia de 30 de Marzo de 1310, la cual llevó Pedro de Speluncis (Esplugues) (Espelunca) su embajador. Dícele que el arzobispo de Tarragona y el obispo de Valencia, nombrados por S. S. colectores de todos los bienes de los templarios del reino de Aragón, luego que volvieron del sitio de Almería, instaron al rey que les entregase los castillos y tierras de dicha orden. Respondió el rey que gran parte de ello era de la corona, y dado a los templarios con ciertas restricciones: item que él había gastado mucho de su erario en combatir a los de Monzón, Miravet y otros; y así que nada entregaría hasta que S. S. resolviese con el concilio que para ello estaba convocado. Esto pone en consideración de S. S. ofreciendo poner en sus manos todos los bienes de dicha orden en caso de ser abolida, salvo su derecho y dominio. 

44. Carta del papa al rey, dada en Aviñón a 4 de Abril de 1310, diciendo que aunque le había convocado al concilio vienense para las próximas calendas de Octubre; mas como la inquisición de los templarios todavía no se había evacuado en algunas partes, ni había esperanza de que se evacuase en breve; para poder exponerlo todo al concilio, había resuelto prorrogarlo un año más adelante; y ruega al rey que se digne asistir personalmente.

45. En este año 1310 estaban deputados por la sede apostólica para inquirir en los delitos de los templarios de la diócesis de Lérida Petrus de S. Georgio, prior de Hermanicis, Nemausen. dioc. Joannes Burgundi, sacrista majoric. et Bertrandus de Podio Basconis, canonicus Reatinus, et capellanus domini papae. 

46. A 5 de Julio de 1310 real orden, fecha en Daroca, a todos los bayles para estrechar más la prisión de los templarios, poniéndoles grillos, conforme pedían los inquisidores apostólicos; y que esto se ejecutase en un día, que era el de Santa Magdalena próximo.

47. Pasado algún tiempo, esto es, a 20 de Octubre de 1310, estando el rey en Barcelona mandó a los vegueres que mitigasen aquel rigor, dejando libres a los templarios dentro de los castillos, jurando primero ellos no salir ni escaparse, so pena de ser tenidos y reputados por herejes. Dice el rey que esto ordenaba a instancias del 

concilio provincial tarraconense, celebrado aquellos días inmediatos, el cual le pidió que pues no se había sentenciado el negocio de los templarios, ni constaba con certidumbre de sus delitos, les mandase poner en custodia segura, mas no penal. 

48. Carta del papa al rey, fecha en Aviñón a 18 de Marzo de 1311, en que le dice que de los procesos que habían formado el arzobispo de Tarragona, obispo de Valencia y otros comisionados en la causa de los templarios, no quedaban convencidos los acusados, y sólo resultaba contra ellos una vehemente sospecha; y que por consiguiente había mandado que se procediese a la cuestión de tormentos, y suplicaba al rey que auxiliase y protegiese esta resolución.

49. Carta del rey al arzobispo de Tarragona, diciéndole que sentía no se hubiese sentenciado el negocio de los templarios en el concilio provincial del año anterior; y que ellos le ponían por medianero para que se sentenciase en el concilio próximo: fecha en Morella a 5 de Mayo de 1311. 

50. Nueva orden para poner grillos y apretar la prisión de los templarios: Barcelona 16 de Agosto de 1311. 

51. Carta del rey al de Castilla sobre la unión de ambos y el de Portugal, en orden a defender en la curia romana la posesión que habían tomado de los bienes de los templarios: fecha ibid. a 17 de Agosto del mismo año (va copiada núm. 5). 

52. Carta del papa al rey, dada en el priorato de Graussello a 23 de Agosto, año VII (1311), citándole para alegar los motivos por que no permitía que los bienes de los templarios se uniesen a la orden de S. Juan como se había hecho en otras partes. 

53. Estando el rey en Gerona a 29 de Septiembre de 1311 nombró a Umberto de Capitepontis (Cappont), doctor en leyes y juez de las curias, para que asistiese al juicio y sentencia de los templarios, que habían de dar los obispos de Lérida y Vique junto con Fr. Pedro de Monclús y Fr. Juan Llotger, inquisidores, substituidos por el papa en lugar del arzobispo de Tarragona y el obispo de Valencia: para esto se habían mandado llevar a Lérida los templarios para el juicio y examen de tormentos. 

54. A 3 de Diciembre siguiente mandó el rey que se propinasen medicinas a los templarios que las necesitasen, o por enfermedad o propter tormenta.

55. Con fecha de Aviñón a 20 de Febrero de 1312 escribió el papa al rey, para que de los bienes de los templarlos mandase pagar la dieta de cuatro florines de oro a Juan Burgundi, sacrista de Mallorca, enviado a ese reino y al de Navarra para el negocio de los delitos de aquella orden; la cual dieta debían pagar el arzobispo de Tarragona y el obispo de Valencia. 

56. Orden del rey a todos los que custodiaban los templarios para que los condujesen a Tarragona al concilio, quod ibidem nunc celebratur. El arzobispo de dicha metrópoli había rogado al rey que los hiciese ir allá desde el 1.° de Marzo hasta el 15 del mismo, porque no podía prorrogarse más el concilio.

57. Bula inédita de extinción de los templarios, que comienza: Vox in excelso audita est, expedida en el concilio vienense a 22 de Marzo de 1312, en que se extinguió la orden, y se procedió contra sus individuos, non per modum diffinitivae sententiae, sed per modum provisionis, como se lee también en la publicada por Labbé y otros. Pero esta tiene de antelación lo que va del 22 de Marzo al 2 de Mayo, que es la fecha de la última. Es también muy diferente en su contexto, aunque convengan en la substancia de la final condenación. Ha muchos años se halló una copia simple en papel y escritura de aquel tiempo en el archivo del arciprestazgo de Ager; de la cual habla el P. Caresmar en un discurso que se publicó en el Semanario erudito tom. VII. Posteriormente se ha hallado otra copia, que tiene la autenticidad necesaria, en el archivo real de Barcelona en el libro intitulado: Regestrum templariorum, de donde es la que acompaña (núm. 6). 

58. Otra bula inédita del mismo papa, dada en Viena a 6 de Mayo de 1312, en que suponiendo extinguidos los templarios, manda a los de todas las provincias (a excepción de los franceses) que comparezcan ante sus respectivos metropolitanos, para ser juzgados en los concilios provinciales, y castigados si fuesen reos de los delitos, o absueltos si fuesen inocentes: dando facultad a los dichos concilios para en el último caso señalarles una congrua dotación de los bienes de la misma orden (va copiada núm. 7). 

59. Carta del rey de Aragón a D. Dionís, rey de Portugal, sobre la unión de ambos con el de Castilla en orden a la posesión de los bienes de los templarios: fecha en Barcelona a 12 de Julio de 1312 (copiada núm. 8).

60. Orden general del rey mandando conducir todos los templarios a Barberá o a Monblanc a petición del arzobispo de Tarragona, para el concilio provincial, que debía comenzar en la próxima fiesta de San Lucas: dada en Lérida a 7 de Octubre de 1312. 

61. Sentencia a favor de los templarios, pronunciada en el concilio provincial tarraconense a 4 de Noviembre de 1312, y leída por Arnaldo Cescomes (ipses : ses, ces Comes), canónigo de Barcelona.

62. Orden del rey a Bertrán Desvall (d'es Vall; del Valle) o Zavall (ça Vall, la vall, el valle) para que ejecute lo mandado en dicho concilio sobre la distribución, destino y alimentos de los templarios, sin que por ello se les permita ir vagabundos, sino que vivan como deben: fecha en Exea (Ejea de los Caballeros) a 25 de Noviembre de 1312. 

63. Carta del arzobispo de Tarragona al rey, pidiéndole las reliquias, alhajas &c. de los templarios para poderles dar lo decretado en el sobredicho concilio: fecha como la antecedente. 

Año 1317 tomó posesión la orden de S. Juan de todos los castillos y bienes de los templarios de Aragón y Cataluña, como se ve en la memoria que queda en Tortosa junto a la puerta de la iglesia llamada del Temple.

Hízose esto en ejecución de la bula del papa Juan XXII, dada en Aviñón a 10 de Agosto de 1317, en que mandó entregar a Fr. Martín Pérez de Oros (Orós; Doros, Dorós, D'Orós), castellán de Amposta, los sobredichos bienes. Concordia entre el castellán de Amposta D. Fr. Martín Pérez de Oros y D. Fr. Raymundo de Ampurias, gran prior de Cataluña, sobre lo que debían pagar a los quondam templarios en sus respectivos distritos, fecha a 22 de Noviembre de 1319, con expresión de los nombres de dichos templarios, copiada del archivo de la religión de S. Juan de Malta en Barcelona (núm. 9). Deseo que publiques cuanto antes estas memorias, conforme las envió, en obsequio de los sabios, y para deshacer algunas equivocaciones nacidas de no haberse tenido presentes estos documentos. 

A Dios. Barcelona &c. 


I.

Capítulos propuestos por el rey de Aragón D. Jayme II a los templarios sitiados en el castillo de Monzón en 1308 (a: Copiados del archivo real de Barcelona libr. regestrum templariorum.). 

(N. E. algunas tildes no están en el original, ejemplo capítulos, él )

Nobili et dilecto Artaldo de Luna gerenti vices procuratoris in Aragoniâ pro ínclito inf. Jacobo charissimo primogenito nostro &c. Viemos Gonzalvo Gil que nos aduxo cartas vostras et capítulos que con él nos enviastes. E nos sobre aquellos avemos provisto et fecho fer cartas, las quales el dito Gonzalvo Gil vos traye. Quanto a lo de los freyres del Temple qui son en Monçon, nos y avemos provisto segunt que en la cédula, que dentro esta carta vos enviamos, veredes que se contiene. E si los freyres querrán fazer la una de las ditas cosas, fazetlo según la forma de la dita cédula. Dat. Valent. XIIII. kal. Jul. an. MCCCVIII. 

“Aquestes dues maneres tramet a dir lo senyor rey a Do (Don) Artal de Luna, que si los templers qui son en Montço volen estar a una daquelles, plau al senyor rey que sobre aço puscha venir un dells ab Nartal (N'Artal, En Artal), o ab un cavaller seu al senyor rey per posar lo fet en estament, et en seguritat. 

Primerament que si los dits templers volen et sofferen quel senyor rey los fassa guardar en totes aquelles maneres que puscha et vulla fora les parets del castell, en aquest cas fara cessar lo senyor rey de combatre e de destrenyerlos daltra guiza, tro quel senyor papa haia ordonat de lurs persones; e si ells volran estar a la dita ordinacio del papa, que fara en lurs persones, seguirse ha segons aquella. E si no que ço quel senyor rey per aquesta manera hauria fet tancar et obrar en torn del castell que fos derrocat et tornat en lestament que vuy es, et el fet aitambe axi como ara esta. E en aquest cas lo senyor rey no troba de consell quels pogues donar refrescament negu, ne ayuda de viandes, ne daltres coses.

La segona manera es que si los dits templers volen retre lo castell de Monço al senyor rey en la condicio de ius escrita, ço es a saber, que venga en poder et en ma duna persona, de que lo senyor rey et ells s'avenguen; axi que feta per lo papa ordinacio en lur fet; si la orde nes cassada, o ells jujats per culpables de ço de que son infamats, quel castell sia liurat al senyor rey; e si la orde e ells romanen en lur estament, quel castell lur sia tornat. En aquest cas lo senyor rey ab covinent guarda, axi com te frare Examen (Eximen, Ximén, Ximeno, Gimeno) de Lerida, et els altres frares, los tendra a Gardeny, o en altre loc covinent, o encara sis volen ab los dits frares a Valencia. E fara pensar de les demandes, e daltres coses complidament, axi com fa dels altres damunt dits. E aquesta forma enten lo senyor rey que sia tenguda et observada a tots los altres castells del Temple, qui son setiats." 

II.

Inventarium quorundam librorum qui fratribus templariis in usu fuerant (a: Ex arch. reg. Barchin. regest. templariorum, fol. 158.).

Nos Jacobus &c. Quia vos Mascharosius Garidelli ad mandatum nostrum literatorie vobis factum misistis nobis... templariorum qui ad manus vestras pervenerunt libros inferius comprehensos; videlicet, unum librum vocatum Codi cohopertum cum tabulis ligneis cum pargio viridi, et cum stotg de... scriptum in pergameno in romancio, qui incipit: Assi convencen (comencen) les rubriques del primer libre del Codi; et finit in ultima linea ipsius libri versatur amantis. Item alium librum cum tabulis ligneis cohopertum cum pargio viridi scriptum in pergameno, qui incipit: En nom de Deu comença lo Thederich. et finit in ultima linea ipsius libri, val mes que daltre et pedre un poch. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum cum pargio rubeo scriptum in pergameno, qui incipit: Assi commensen les costums de la ciutat de Leyda: 

Et finit: poble sens ley. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum aluda alba, scriptum in pergameno, qui incipit: De decayment de cabels (de la caída de cabellos; De caiguda de cabells): Et finit: certa cosa et provada es. Item quendam alium librum parvum cum cohoperta de pargio rubeo scriptum in pergameno, qui incipit: Assi comença lo prolec de la regla de la pobra cavalleria del Temple, el finit: darlis conseyl de lurs malalties. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum cum pargio viridi scriptum in pergameno, qui incipit: De rescripcio: et finit in ultima linea: Non praecor permittitus et &c. Item duos quaternos scriptos in pergameno, quorum unum incipit: En nom de Deu. Et finit: E si la nafra es en les parts. Alter vero incipit: El sia en caritat quel satisfassa. Et finit: Sens per ço que tu pusqes (pusques : pugues; puedas) tan bella joventut. Item quendam alium librum scriptum in papiro cum cohoperta pergameni, qui incipit: Beatus vir qui non abiit. Et finit: En... escrich als frares totes aquestes coses que jo usarey. Item quendam alium librum in pergameno scriptum cum 

cohoperta pergameni, qui incipit: De sobirana Trinitat, et de fe catholica. Et finit: Ve hom mort en ciutat. Item septem quaternos papiri scriptos, qui incipiunt: Ad mea principia sit praesens Virgo Maria. Et finiunt: Finito libro sit laus et gloria Christo. 

Item quendam alium librum in pergameno scriptum, qui incipit: Incipit prologus. 

Et finit: Frigus et cauma et &c. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno, qui incipit: Sicut in saecularibus libris et &c. Et finit: Et faciunt se similes illis. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno, qui incipit: Purpureas sanctorum coronas. Et finit: Cum turba discumbentium. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno cum literis deauratis, vocatum Psalterium, et finit: Vita perempnis requies vera. Amen. Item quendam alium librum scriptum in pergameno cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo, qui incipit: Dominica prima de adventu Domini. Et finit: A remotis sit in fine requies. Amen. 

Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno, qui incipit: Prologus magistri et &c. Et finit: Facientes iniquitates. 

Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cum pargio rubeo scriptum in pergameno, qui incipit: Homo quidam fecit coenam magnam. Et finit: Dominus super omnia bona sua &c. = Ideo de traditione seu deliberatione per vos de praedictis libris nobis facta praesentem cartam nostram vobis fieri mandavimus atque tradi; mandantes per eandem magistro rationali curiae nostrae vel cuicumque alio à nobis de bonis templi compotum recepturo, quos libros praedictos vobis in compotum recipiat et admitat. 

Datum Darocae IX. kalendas Novembris anno Domini M.CCC.VIII. = P. de S. 


III.

Legatio commisa Bn. de Libiano militi, ad fratres in Miraveto existentes. Dat. Darocae V. kalendas Novembris M.CCC.VIII (a: Regest. templariorum fol. 162.). 

CAPITULA.

Memoria sia an Bn. de Libia que com sia a Miravet present ab en Bn. Zespujades (ces Pujades) ensems a frare R. Zaguardia et als altres frares qui son en Miravet, la letra de la creença quels porte; e digals la creença en aquesta forma. Diga lur en qual manera lo senyor rey ha reebuda lur letra en que li han soplegat (suplicat) que li plagues que degues guiar et assegurar vinent et estant et tornant lo dit frare R. Zaguardia et II dels frares de Miravet que poguessen anar als frares de Monço, et ab alcuns dells venir al senyor rey, en la qual letra lur specialment est contengut que com lo dit Bn. Zespujades per manament quen habia ahut del senyor rey los dixes que si ells volien metre si meteys et el castell de Miravet en poder del senyor rey, que plahia al dit senyor rey que venguessen denant ell; e sino, no. Ells li resposeren (respongueren) que tals coses dirien al senyor rey, que no dirien a ell, ne a nuyl hom. E axi lo senyor rey haven compassio de lur fet et del perill quels es damunt sil temps los passa. Si empero ells tort no tenen... posats, daria tota carrera et tota endreça perque lur fet vengues a be. 

E en axo ha feta moltes vegades sa punya per molts missatges seus quels ha trameses segons que ells saben. E specialment los ha feta mostrar la carta original del papa, en la qual reques et amonesta lo dit senyor rey que les persones et els bens dels templers venguessen en son poder. E per ço lo dit senyor rey ha a tenir et a seguir la provisio del papa, et daquella nos pot partir quant a les dites dues coses; ço es, que lurs persones, et lurs bens han a venir en son poder. E per aquesta raho lo senyor rey trametz los en Bn. de Libia cavaller de casa sua quels a menara salvament et segura al senyor rey. 

E ells faent aço lo senyor rey esguardan com los frares son sos naturals, et del quals desaria tot mal e tot enuig que deguessen haver enaytant com pogues, et sa honestat li sofris los dara favor et ajuda en ço que puga, de manera que ells conexeran que ell los sera favorable en aytant com podra sens lesio de sa honestat. E ells vinents en aquest cas entretant diga en Bn. de Libia an Bn. Zespujades que no faça negun combatiment ne enuig al castell. Per... no te per be lo senyor rey quels dits frares de Miravet vagen a Monço, nen parlen ab ells que par ver que ço que aquells de Miravet faran queu degen seguir aquells de Monço; si no, ells se estaran a lur cas. A la per fi si per aventura los dits frares de Miravet diran an Bn. de Libia que ells de tot en tot volen venir al senyor rey, et li diran coses que no dirien al dit Bn. ne a altre, en aquest cas aytanbe los amen (amenar, menar; conducir, guiar) lo dit en Bn. al senyor rey salvament et segura. 

Mas desenganlos, els diga clarament, que neguna cosa no poran fer ab lo senyor rey, sino fan les coses dues damunt dites de metre si meteys et el castell en son poder, segons la provisio del papa. Encara los diga cortesament com ya nes enformat que aquells qui exiran de Miravet, et vendran al senyor rey, non traguen neguna re, sino ço que hauran mester a lur messio, de la qual plau al senyor rey que lan traguen complidament. Encara faça de manera en Bn. de Libia que aquells de Miravet qui vendran ab ell, no puguen parlar ab null hom del mon que ell nou oja


IV. 


Capitula tradita Bn. de Libiano in civitate Calatayubii XVI kalendas Decembris anno Domini M.CCC.VIII (a: Regest. templariorum, fol. 174).

Al primer capitol respon lo senyor rey, et plauli, et atorga que als escuders qui estaven ab los frares quant se meseren els castells, et encara a vassals lurs quis meseren ab ells en los castells, que si a aquests aytals es estada emparada ne presa alcuna cosa de ço del lur, quels sia retuda. E encara li plau que a les persones dels dits escuders et vasalls negun embarch no sia feta per aquesta...; ans los puguen donar so que an fet per esta raho. 

Al segon capitol respon lo senyor rey que li plau et vol quen Bort Zaguardia, et els altres qui vengren es meseren per amor del frares del Temple al castells, que sen pusgen anar salvament la don partiren. 

Al ters capitol respon lo senyor rey et diu que per ço cor lo fet lur es espiritual, et toca a la fe, lo dit senyor rey enaytant como ell segons sa bona consciencia se pora enformar et conexer que els no sien en colpa, pregará lo senyor papa et fara son poder, quels sia favorable, e que la inquisicio sia feta benignament, et misericordiosament. 

Al quart capitol respon lo senyor rey que li plau que sia donada provisio de vida entretant a cascun dells, et a cascun segons son estat, ço es, que cascu frare comanador et frare cavaller aja son escuder, et quels sia donat a cascu dels comanadors cavallers XVIII. diners jaccen. (jacenses, Jaca) entre menjar et vestir seu, et del escuder; et daquells pach la soldada del escuder. Et a cascu frare servent qui comanador sia XII. diners jaccen. E als frares cavallers que son de covent, a cascu XII. diners jaccen. E als frares servens a cascu VIII. diners jaccen. 

Al quint capitol respon lo senyor rey et plauli que la on estaran pusquen anar deportar ab les guardes ensemps II. o III. tretz de ballesta entorn del loch; axi empero que ells elegen tal loch que no sia ciutat, ne loch gran, mas loch fora ciutat, et qui no sia fort assenyalat, en axi que vajen la primer vegada II., laltra III. a dos mes o meyns (menys) departidament, que com lor uns iran, los altres estien.

Al VI. capitol respon lo senyor rey et plauli que sils son presentades viandes o draps per vestir, ei calçar o pera lur lit, res daço nols sia tolt, ans ho puxen tenir et usar daquelles coses. 

Al VII. capitol respon lo senyor rey et plauli que ab tota lur roba, arnes et armadures de lur cors pusqen exir dels castells, portar et tenir la on seran; aixi empero que les armadures que les guart et les tenga aquell a qui seran comanatz.

Al VIII. capitol respon lo senyor rey et atorga que ell trametra son missatge, aytal com a ell se pertany, et el fet requer, al senyor papa per quel pregara que a ell plassia desembargar lur fet, ço es, que fassa manament al inquisidor desta terra, et als bisbes quel desembarguen, o quey tremetra altres persones, qui a ell plaura quel desembarguen.

Aquestes coses atorga lo senyor rey, sotz tal condicio que ells dins IIII. dies pus seran tornatz a Miravet, agen meses en poder del senyor rey lo castell, et les persones, et tot ço del lur, segons la provisio del senyor papa. 


V. 

Carta del rey D. Jayme II de Aragón al rey de Castilla D. Fernando IV el emplazado sobre la común defensa contra las pretensiones del papa en orden a los bienes de los templarios (a: Regest. templariorum, fol. 306), 

Al rey de Castiella &c. Don Jayme &c. Rey hermano, fazemos vos saber que recebiemos vuestra carta que nos enviastes sobre fecho desta demanda quel papa face de los bienes del Temple; sobre la qual el rey de Portogal e vos enviades allá al papa el arcebisbo de Bragana. Et enviastes nos rogar que sobre este mesmo enviassemos hi nuestro mandadero, enguissa quel papa entendiesse quel nuestro entendimiento et del rey de Portogal et nuestro es todo uno sobre este fecho.
Et entenduda muy bien la dicha vuestra carta, respondemos vos que tenemos por bien de enviar nuestro mandadero sobre este fecho al papa segunt vos nos lo enviastes rogar. Ca ya ante que la dicha vuestra carta recebiessemos, lo aviamos assi ordenado de enviar hi sobre esto et sobre otras cosas. Et mandar les hemos que en razonar et deffender muy bien todo nuestro drecho, sean unos con el arcebisbo en semble; enguissa quel papa et toda la corte conoscha que en esto, et en todas otras cosas el fecho de vos et del rey de Portogal et nuestro es todo uno. Et los mandaderos nuestros son un richombre et un cavallero; por que nos pareçe que seria bien que los vuestros mandaderos otrossi fuesen legos et personas tales que fuessen pora razonar et deffender tal fecho como este; porque mas cumple razonar lo legos, que clerigos. 

Dada en Barcelona XVII. dias andados de Agosto en el ayno (anyo, año) de mille CCC. et onze. = G. Palezini mandato regis. 

Continuará...