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lunes, 13 de febrero de 2023

Orden militar Grifo, Griu, Jarra, Estola, Banda, D. Fernando, Rey después de Aragón, 1403

XI.

Orden militar del Grifo, de la Jarra, y de la Estola o Banda fundada por 

D. Fernando, Rey después de Aragón, en 1403. (Vid. pág. 188).

(Una cruz grande que separa:)

In principio erat  verbum et verbum

Jhs  Natzarenus

erat apud Deum  et Deus erat verbum

Rex  Judeorum

Hoc erat in  principio apud Deum. 

Aquestes son les instituts del illustrissim Princeps del Senyor en Ferrando per la singular honor e devocio de la dulcissima verge Maria Mare de Deu; les quals son servadores a tots los nobles aportans nobleses de aquella.

En nom de Deu omnipotent Pare e Fill e Sant Sperit, tres en persones, e un assencia (: una essencia), lo qual viu e regne beneventuradament per los inffinits segles dels segles: lo qual en totes cosses ffahedores ell davem preposar, e dels manaments seus nunqua depertir. E maiorment aso se pertany a Reys e Princeps conexent que a vulgut umplir a ells de moltes gracies ffurtuides; e per tant que no es negu tan digne qui puga meritoriament en manera que a Deu sia plasent ha questes (aquestes) cosses artingre al seu proprii entaniment; per amor daso necessaria cossa es pregar a la verge Maria Mare de Deu molt piadossa, la qual nunqua deffall als seus pregadors, que ella jatsia no sien atrobats tan dignes, emperho que per los seus merits vulla ella aportar en la amor de Deu. Mes avant per (se lee pe,) tant que los actes militas sien loats entre los altres mundenals, (se lee mundenalsr) e qui aquelles exercira no sia lohat en la sua vida, e apres la sua mort ne lex noble memoria entre los vivents; Per amor daso yo Senyor en Ferrando, Inffant de Castella, Senyor de Lara, Duch de Petrefidelis, Compta de Alburquerque e de Mayorga, e Senyor de Castro et de Horo, ffiil del sublim e potentissim Princep e Senyor lo Senyor En Johan per gracia de Deu Rey de la regio de Castella e de Portogal, a honor e reverencia de la molta beneventurada verge Maria Mara de Deu, Salvador nostre; la qual tos (tots) temps tench en Senyora e molt singular advocada: E per la debota memoria de aquell subiran goig, lo qual rebe quant a ella langel Gabriell saluda: he rebut un insigne, ço es saber, del coll ornament, en senyal singular de les sues gerres (arres, arras) de la sua salutacio, del qual penge un griu en significacio mixia (mística); so es a saber que axi com aquest animal es mes ffort de tots los altres animals, axi tots los homens assenyalats daques (daquest, d' aquest) senyal fforts e fferms en lamor de Deu e de la Verge Maria deven esser trobats, e en cara (encara) en totes obres de cavallaria. E perque los primers nats dels Reys, e dels Princeps, e dels Senyors nobles los ffills primers, segons consuetut despanya, possehexen e possehir deuen maior dignitad que los altres seus germans, e son de spectable preminensia e excellencia: volent daqui anant la loable consuetud antiga approbable en la sua fforsa estar no corrumpuda, axi com dels nobles passats meus he (f. ha) tret principi: E de qui substituesch que lo Senyor Alfonso, primogenit meu, us es (usés) alegra daquest dret, mes avant da questa (daquesta, d' aquesta)  institucio, atorch a ell licencia que apres vida mia pusca dar e atorgar aquest insigne singular a tots los nobles cavallers, escuders, e a dones, e a donzelles, als qualls la sua gracia e prudencia en aso covinents iudicara a pendre e a sostenir, segons les ordinacions les quals yo do, de mentre que he vida: los quals de mi ho reben, et rebran daqui anant. Per la qual raho yo prech e man al demunt dit Alffonso, primogenit meu, ho a altre succehidor daquella primogenitura, ho a qualsevol qui apres aquella primogenitura succehira en la heretat sots pena de la benediccio (f. malediccio) de Deu, e de mi, que en tots los dies dela sua vida mantenga lo meu damunt dit singular insigne ab les regles et condicions, que devall se noten. Perque ell mes es obligat per tant com pus honradament precehex la primogenitura que tots los altres fills meus, amats germans seus. E encara tots los Senyors Cavallers nobles, e barons nobles, dones e donzelles, que per devocio da quest insigne volran pendre, presteran jurament per lo senyal de la creu, e als sants quatra evangelis, que serveran les regles e condicions que devall se saguexen, tan com ells millor poram (poran : podrán). 

Primerament que on se vulla a ells esdevendra la ffesta de la vigilia de la Assumpsio de nostra dona, quant pus utilment poran observar, hogen les vespres cantants: e en lo sequent dia que sera la ffesta hogen la missa encara cantant en la sglessia de la beneventurada verge Maria, si alin (f. si ia lin) pora aver, tots divisats da questa vestidura mongill, ensemps aiustats. E si les coses damunt dites no poran hoyr, cascu sia tengut dir, so es, per les vespres X. pater nostres, e atretantes ave maries, e per la missa vint.

Secundo: que tots los portants la dita devissa, sian tenguts aquell dia sinch pobres provehir en la sua taula per amor de Deu, e per amor de la devosio de la verge Maria. Empero si algu desliberara ali aquets pobres alimentar perque mes devotament e hutilment sia.

Tercio: que sien tenguts en la vigilia da questa ffestivitat, e lo dia, del principi de les vespres ffins a la ffi del dia de la ffestivitat vestirse de blanch, e porten aquest insigne de gerres, jatsia aparegan en lo publich en tal manera que la vestidura pus sobirana axi en les manegues, com en les altres coses, sia blanca. Empero poden portar ornaments ho brodaduras de qual se vulla collor, exceptat que no sia barradura daltra drap ho color. Item que les dones ho donzelles, que aquesta divissa pendran, que puguen portar de qual se vulla drap ho color.

Quarto; que tots los qui portaran (f. pendran) la dita divissa sian tenguts jurar que aquella portaran en vida sua; encara les dones e donzelles, que la dita divissa pendran, que aquella porteran tant quan seran donzelles ho maridades, e mes avant si aquella portar volra (volran). 

Quinto: que tots los daquesta divisa sien tenguts portar aquella tots los dissaptes. Empero que si legutim (legitim) impediment auran que non pugan portar per tot, aldamenys quen aporten en alguna part. Mes anant que sia en eleccio sua en tots los dissaptes vestirse tot de blanch, ho que porten una estola ho ffaxa, la qual sia de emplaria de tres dits, e que en lo mig noy haya neguna cultura, sino de perles ho pedres precioses blanques ho de alguna altre cossa blanca. Empero per los circuhiments de les exterias parts quey puguen posar de qual se vulla altre color, salvant tots temps tres dits de emplesa (emplaria, amplaria). E sien tenguts a portarho tots temps en les ffestivitats de la beneventurada Verge Maria axi com en los dissaptes.

Sexto: que encara que algu de la dita divisa aport dol, empero en la vigilia e ffestivitat de la dessus dita assumpcio, axi com los altres se deu vestir de blanc, e en les altres ffestivitats o dissaptes segons dessus es ordenat. E aso tant con (: com) millor se pora observar. Empero si algu per ayublit alguna cosa de les dessus dites nigligentment se aura gequit (iaquit, jaquit), no sia culpable de iurament, ni de alguna detraccio.

Empero que sis esdevindra algu dels dessus dits vestirse de dol, que del primer dia ffins a vuyt dies no sia tengut portar la dessus dita divissa en tot ni en part, sis volra; encara que dins aquest vuyt dies encorrega la ffesta de la assumpcio (se lee assempcio) de nostra dona Santa Maria: e apres tals vuyt dies sia tengut pendre aquella. E aso axi matex se enten en les altres vigilies e ffestivitats del cercol del any. E encara en los dissaptes si sesdavindra vestirse de dol, del primer dia quel rebran stans (f. ffins) al quinzen dia, sis volra, no sia tengut a portarne. Empero apres los dits quinze dies sia tengut ha portarne.

Septimo: per tant com lo dit griu del dit collar ho divisa ha dues alas blanques, vuyll que si algun cavaller, o scuder, qui port aquesta divissa, ses devendra en alguna batalla, de lo nombre dels quals sia mes de doscents, ho en qual se vulla altra batalla en la qual sien doscents homens darmes, la qual sia justa batalla, ho un sol ab altre, ho ab altre terç nombre, lo qual nombre sia agual en la batalla, e que age justa causa, on sera algun Senyor qui tenga camp segur, e aquell tal sera vensador, ho de la part vensadora, que puga daurar la alla mes cuberta (f. uberta o descuberta) del griu. E aso se antenga en mar, e en terra, on sesdavendran armades de navilis.

Octavo: que aquell tal de la dita divissa qui aso complira, don age raho de daurar la dita alla, que si sesdevendra altra volta a ell en algun acte de cavalleria consemblant victoria a la dessus dita, que puga daurar la altra ala del dit griu. E cascun tal cavaller, o escuder, qui aquests dos tals actes aura complits, dels quals age raho de daurar aquestes dues ales del dit griu, que sia tengut intimarho a mi per un araut hon se vulla que yo sia, perque yo a tots de qualsevulla linatge de la dita divissa ho man intimar. 

E aquest singular insigne ha rebut lo dessus dit Senyor Inffant ab gran solempnitat e reverencia en la esglesia de Santa Maria de la antigua en la vila sua de Marinensa del Camp, del bisbat de Salamanca, en la ffesta de la Assumcio de nostra dona Santa Maria, fferia quarta a XV de agost, fflorint la sua iuventut sots vint e quatre, del any de la nativitat de nostre Senyor M.CCC.III (falta una C) ab lo dessus dit iurament. E encara lo dit Senyor a portada la dita divissa ab lo dessus dit iurament a la noblesa (noble) Infantessa consors sua, e encara al illustrissim e excellentissim Senyor Alffonso primogenit fill seu, e al noblisim Senyor en Johan son segon germa, e a molts altres nobles cavallers e donzelles qui aqui eran e encara ab lo iurament dessus dit. E yo Pere Fferrandi secratari del dit Senyor meu Inffant aquestes coses de ma propria ma e escrites.

En nom de nostro Senyor Deu, aiuda nostra, lo qual a ffet lo cel e la terra.

Senyal e benediccio de Deu omnipotent Pare e Ffill, e Sperit Sant davallant sobre aquesta movilia (f. monilia), so es, ornament de coll, e sobre sia ells a ornants, als quals a deffensar iusticia a ornants e pregants a tu Senyor Deus que aquells guarts e deffenes tu qui vius e regnes per tots los segles amen.

Senyor Deu Pare omnipotent, en la ma del qual victoria plena esta, a las pregaries de la gloriosissima Verge Maria mara tua, a la singular devocio de la qual aquest movili (monili), so es, ornament de coll, prenen los quals en ... car a David expugnant lo rebelle gulias (Goliat) fforses meravelloses as donades, la tua clemensia humilment prech que aquel movili, so es, ornament de coll, per la tua grandissima pietat vulles beneyr + e atorga al servent teu Fferrando, Inffant nostre aquella matexa victoria dessiyant gustar ten prest pugua esser deffancio de les esglesies vidues, orffens, e de tots los servents de Deu contra la ingrecia dels pagans, e altres asi inssiduants; axi dons terror e fformido a ell, e a tots los altros (: altres) la dita movilia, so es, ornament de coll de aquell prenents, e encara de persecusio e iusta deffencio effecta per ipsum Dnum. nostrum amen.

Lo Senyor nostre Papa Benet XIII a atorgada una sua bulla a tots los de la dita divissa, qui en presencia del dit Inffant, loffici (no se ve el apóstrofe l' offici) de la Verge Maria en la ffesta de la assumpcio ohiran, per les primeres vespres IIII anys de indulgencia, per les segons (segones) altres IIII. anys de indulgencias, per la missa VI. anys; e a tots los altres de la dita devissa, qui en absencia del dit Senyor Inffant ohiran e ffaran dir aquel dia huna missa solempna ab aquella matexa bulla VI. anys. 

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Pues en este volumen, fol. 108 v., se halla el documento raro que decía, perteneciente a la noticia de una orden militar conocida hasta aquí casi sólo en el nombre, que es la orden de la Jarra o del Grifo. Por lo mismo daré razón de ella, según lo que arroja de sí este documento, que es copia en lemosín de la escritura de fundación de la orden, de sus estatutos, fórmula de juramento y de bendición de la divisa, y por último, de las indulgencias concedidas a los caballeros. Llámase aquí orden del Griu (Grifo), cuya figura pendía de un collar en significación del valor que debían mostrar los que vestían aquella insignia; que axi, dice, com aquest animal es mes ffort de tots los altres animals, axi tots los homens assenyalats daquest senyal fforts e fferms en lamor de Deu e de la Verge Maria deuen esser trobats, e encara en totes obres de cavalleria. Fundola a honor de la Virgen María y en particular obsequio del misterio de su Asunción Don Fernando, Infante de Castilla, Señor de Lara, Duque de Peñafiel, Conde de Alburquerque y de Mayorga, Señor de Castro y de Haro, hijo de Don Juan, Rey de Castilla y de Portugal. Por estas señas no puede dejar de ser reconocido Don Fernando, hijo de Don Juan I de Castilla, tío y tutor de Don Juan II, y el mismo que en 1412 fue electo en Caspe Rey de Aragón. Este Príncipe, que es el que habla en esta escritura, llama a su padre Rey de Portugal por el pretendido derecho a aquella corona, aun después de la famosa batalla de Aljubarrota

Dice además que su hijo primogénito se llamaba Alfonso, que fue sin duda el Rey de Aragón, V de este nombre. Con este Don Fernando, que floreció a principios del siglo XV, no concuerda la fecha de la fundación de esta orden, que en este documento se dice fue en la ffesta de la Asuncio de nostra dona Santa Maria, fferia quarta a XV de agost ... del any de la Nativitat de nostre Senyor M.CCC.III. Porque en estos años 1303 ni hasta el 1379 no hubo Juan alguno Rey de Castilla, ni otro Fernando que el Emplazado a fines del siglo XIII. Por otra parte, en 1303 la fiesta de la Asunción de nuestra Señora no cayó en miércoles, sino en jueves, habiendo regido la letra dominical F. Así que es preciso suponer yerro del copiante que dejó de poner una C. en aquella fecha. De modo que el año de la fundación sea el de 1403. Con esta fecha dicen bien las señas del fundador Don Fernando, la fiesta de la Asunción, que fue miércoles ese año, en que fue la letra dominical G. y las indulgencias que el Papa Luna concedió a los que acompañasen al Infante en la dicha fiesta, cosa que no podía ser si no coexistían en un tiempo esos dos personajes (a: En una memoria presentada a la Academia de Barcelona en 1737 se dice que Don Alfonso V mudó al día de la Anunciación la costumbre de armar solemnemente caballeros, que Don Fernando su padre fijó en el de la Asunción, y que Benedicto XIII hizo fiesta en Morella en celebridad de esta orden.)

Fundose, pues, la nueva orden miércoles a 15 de agosto de 1403, día en que el Infante estando en la esglesia de Santa Maria de la antigua en la vila sua de Marinensa del camp, del bisbat de Salamanca, recibió con gran solemnidad la insignia del collar con la figura del griu y la entregó a la Infanta su mujer, y a su hijo primogénito Don Alfonso, y a Don Juan, su segundo hermano, y a otros muchos caballeros y doncellas que allí había; todo esto ante el secretario del Infante Pedro Ferrández, y prestando todos el juramento de observar los estatutos, que aquí se ven reducidos a ocho capítulos: I. Que en la fiesta de la Asunción asistan a vísperas solemnes y misa. II. Que tengan a su mesa cinco pobres en el mismo día. III. Que vistan de blanco dicho día. IV. Que lleven el collar toda su vida, dejando en libertad a las viudas. V. Que en todos los sábados y fiestas de la Virgen vistan de blanco, o a lo menos lleven una estola o faja blanca ancha tres dedos. VI. Se ordena lo que se debe observar en caso de luto. VII y VIII. Que en premio de las hazañas de armas puedan los caballeros dorar las alas blancas del griu. A esto se reducen los estatutos, aunque su lectura te lo dirá mejor (a Ap. núm. XI.).

Mas porque la memoria que hace el estatuto V de estola o faja podía hacerte sospechar que fuese esta la orden antigua de Castilla, llamada de la Banda, fundada por Don Alfonso XI en 1330, diré algo sobre ello. Primeramente coteja estos estatutos con los del orden de la Banda, los cuales hallarás entre las cartas de Don Antonio de Guevara en la que escribió al Conde de Benavente, y verás cuán poco se parecen. 

En segundo lugar el distintivo característico y digamos el hábito de esta orden de Don Fernando I de Aragón, era un monili del coll ornament, del qual penge un griu, es decir, un collar con la figura del grifo. Esto era lo que se bendecía, como se ve en las oraciones que hallarás al fin de los estatutos: esto lo que recibían los caballeros y lo que les incorporaba en la orden y lo que eran obligados a llevar siempre; y en las alas de aquel animal dorándolas, denotaban sus proezas. Y como las órdenes toman su nombre de su principal y característica divisa, y en la de la Banda no se halle cosa que de mil leguas diga con esto, es claro que son distintas entre sí, y que la de que decimos debe llamarse orden del Grifo. La faja o estola que permitía vestir en los sábados era un adorno y supliendo de todo el vestido blanco que para ese día prescribe a sus individuos, del cual no usaban los otros días del año. Y así nada tiene que ver con la otra banda, que era el distintivo único perpetuo de los de aquella orden, y esta además debía tener cuatro dedos de ancha y ser de color rojo precisamente. Mas a la nuestra sólo se concedían tres dedos de ancho, y debía ser tan precisamente blanca que en el centro de ella no se permitían bordados ni pedrería de otro color. Pero lo que acaba de mostrar la diferencia de ambas órdenes es que en la de Don Alfonso eran excluidas las mujeres y todos los primogénitos, como que sólo se fundó para honrar con ella a los segundones de las casas ilustres; mas en estotra de Don Fernando eran admitidas señoras doncellas y casadas y toda clase de escuderos y caballeros, y particular y expresamente los primogénitos. Así el primero que la recibió fue Don Alfonso, primogénito del fundador. Electo después el fundador Rey de Aragón, se trajo consigo su fundación para honrar con ella y tener así contentos en su obediencia a los señores sus nuevos vasallos. Y aun esta debe ser la causa de hallarse esta copia de sus estatutos en lemosín, que probablemente no se hiciera, si la fundación quedara ahogada en su cuna. Así leemos en Zurita (libro XII, capítulo XXX) que entrando el Rey victorioso en Balaguer a 5 de noviembre de 1413 en llegando a la puerta de la ciudad tomó una espada desnuda de la vaina y dio encima de los almetes a los que habían de ser caballeros, y celebrada la misa con gran solemnidad dio su divisa del collar de las Jarras y Grifo a ochenta caballeros y escuderos así de Castilla como de estos reinos. En el mismo libro cap. 59 se lee como recibiendo Don Fernando la orden del Dragón del Emperador Sigismundo, le dio la de la Jarra y Grifo. En el lib. XV, cap. 44, se cuenta que el año 1446 Don Alfonso V dio su devisa de la Estola y Jarra al duque de Borgoña, de quien recibió la del Tuson (Toisón): y libro XVI, cap. 28, año 1454, concedió a los Reyes de Castilla que truxesen la devisa del collar de las Jarras de lirios y Grifo del Rey de Aragón con la estola los días de nuestra Señora y los sábados. Estas son las memorias que he encontrado de esta orden, la cual debió durar hasta la reunión de ambas coronas. Del título de las Jarras que le da este escritor y de llamarla también poco antes de los Lirios, ha nacido, a lo que yo creo, la equivocación de haber dicho los que de esto tratan, que la divisa de esta orden era un collar de oro compuesto de una Jarra y unas Azucenas en el centro con un Grifo, pendiente de él la imagen de nuestra Señora de la Antigua, vestida de azul, adornada, etc. Así se lee en el Diccionario de las órdenes que publicó Don Benito de Castro (V. Azucenas), y añade que la fundó Don Fernando I, Rey de Aragón, en la villa de Methimo Campense en 1413. Mucho hay que corregir aquí. Lo principal es que Don Fernando en ese año andaba muy lejos de Medina del campo, que así se llama, y que allí la fundó en 1403, y que la que en este año confiesa Castro haber sido fundada con el nombre de Lirios, no es distinta como él cree de la de las Azucenas. Que cierto por distintas que sean para los botánicos estas dos flores, nunca lo pudieron ser tanto para un Rey que en tan corta distancia de tiempo bastasen a caracterizar dos órdenes distintas. La verdad es que es una sola orden, y que nunca en su collar colgó vaso ni jarra de lirios o azucenas, y mucho menos la imagen de Nuestra Señora, que junto con el grifo harían una mezcla ridícula, informe y de risa. Confundiose con esta la orden de Don García VI de Navarra.

La copia de estos estatutos que digo es de aquel tiempo, y especifica muy por menor toda la divisa de la orden de Don Fernando y no hay más sino un collar de que pende un grifo. Y esto es muy verosímil, y muy análogo a lo que son las otras órdenes, de cuya gravedad desdice la reunión de aquellas tres divisas.

Una observación resta que hacer, y es, que este documento, en el estatuto III, llama al collar insigne de gerres. Y como esta palabra lemosina es la jarra, de aquí pudo nacer dicha denominación. Mas sobre que no hay aquí memoria de otro distintivo más que el grifo, como tengo dicho, yo sospecho que esta palabra en este documento no significa jarras, sino arras. Sólo otra vez usa de tal expresión, y en ella es claro lo que digo. Oye cómo habla el Infante Don Fernando: è per la devota memoria de aquell subiran goig, lo qual rebe quant à ella (la Virgen María) langell Gabriell saluda, he rebut un insigne, ço es à saber, del coll ornament, en senyal singular de les sues GERRES, de la sua salutacio. Quién traducirá aquí jarras? No es más llano las sus arras de su salutacion? Así pudo llamar collar de arras, como la muestra pública de la consagración de los que se ofrecían al culto de María Santísima.

En resolución, por lo que resulta de este documento, precioso y único hasta ahora en su clase, Don Fernando I, Rey de Aragón, fundó antes de serlo la orden del Grifo, y nada más. 

He dicho que esta orden estuvo aquí en práctica hasta la reunión de esta corona con la de Castilla. A lo menos me consta que en el año 1457 Don Alfonso V dio facultad para vestir la insignia a Lucrecia Dezsoler, Valenciana, como consta de la copia adjunta, sacada del archivo de la bailía de Valencia (a: Ap. núm. XII.). En ella son notables estas palabras: possitis conferre amprisiam (empresa) nostram, stolam videlicet candidam cum languncula, quam in honorem Virginis Mariae singulis diebus sabbatinis et festivitatibus suis gestare solemus. La dificultad está en la palabra languncula, o más bien laguncula (diminutivo de lagena), que significa jarra pequeña. Y si esto es así, la divisa de dicha orden, que supone y dice fundada por su padre Don Fernando, era una jarra y estola, y no grifo. Entre estos documentos contrarios aténgome a los estatutos, o más bien abrazo los dos sentidos; por eso dijo gerres.

miércoles, 27 de noviembre de 2019

LO REY. Fernando, Ferrando, Aragó, Antequera

Núm. 6. Reg. 2401. Fol. 35.

Lo Rey. - En Ramon Fivaller: com per rao de la entrada per nos Deu migençant e en breu faedora en aquexa ciudat vullam haver aquella jornada per servey de nostra persona una cota un manto e un juppo de drap daur de aquell tall e manera e semblants que eren les cota manto et juppo ab que entra novellament com a rey en aquexa ciutat lo senyor rey en Marti de bona memoria oncle nostre e per aquesta rao nos trametam aqui lo feel sastre nostre mestre Johan Dalverniapregamvos et manam que decontinent donets recapte que sia comprat tant drap daur com a aço sia manester et axi mateix arminis per afolradures et que prestament se façan los dits manto cota et juppo a fi que un dia abans de la nostra entrada aqui nos puscam haver les dites robes acabades: car en Barthomeu Gras regent nostra tresoreria dara o fara donar bon recapte aqui sobre la paga dels dits drap e arminis e altres coses a aço necessaries. E en aço dats aquella bona cura et diligencia ques pertany. Dada en Tortosa sots nostre segell secret a XVII dies de noembre del any MCCCCXII. - Rex Ferdinandus. - Gabriel Mascaroni mandato domini regis facto ad relationem Didaci Fernandez de Vadillo secretarii.  
LO REY. Fernando, Ferrando, Aragó, Antequera

lunes, 7 de enero de 2019

por qué el Reino de Cataluña nunca existió

La historia robada a la Corona de Aragón o por qué el Reino de Cataluña nunca existió.


https://www.abc.es/historia/abci-historia-robada-corona-aragon-o-reino-cataluna-nunca-existio-201901040221_noticia.html


En el año 987, el Conde de Barcelona, Borrell II, fue el primero en no prestar juramento al monarca de la dinastía de los Capetos, pero hay que recordar que se sometió en vasallaje al poderoso Califato de Córdoba.


La mitología nacionalista ha distorsionado y retorcido hasta la saciedad la naturaleza «catalana-aragonesa» de la Corona de Aragón para encontrar una justificación histórica a sus reclamaciones políticas. De ahí que algunos no hayan dudado en equiparar Países Catalanes (una denominación cultural acuñada en el siglo XIX) a Corona de Aragón, esto es, al conjunto de reinos que estuvieron sometidos al Rey de Aragón, entre los siglos XII XV, donde se encontraba la propia Aragón, Valencia, Mallorca, Sicilia, Córcega, Cerdeña, Nápoles, los ducados de Atenas y Neopatria y los distintos condados catalanes.

El mito de Wilfredo el independiente

La zona que hoy corresponde a la comunidad autónoma de Cataluña estuvo desde el siglo XII integrada en esta Corona de Aragón, y solo durante un breve periodo fue un ente propio, incluso entonces dependiente de otros reinos. Tras el colapso de la Hispania Visigoda y la invasión musulmana en el 718 d.C, el Imperio carolingio estableció una marca defensiva como frontera meridional con Al-Ándalus. Esto supuso la ocupación por los francos durante el último cuarto del siglo VIII de las actuales comarcas pirenaicas y de Gerona, así como de Barcelona / Barcino, Barchinona / en el año 801. El antiguo territorio visigodo se organizó así en diferentes condados dependientes del rey franco.
Conforme el poder central del Imperio se debilitaba, a lo largo de los siglos IX y X, los condados catalanes, que estaban vertebrados por Barcelona, Gerona y Osona, fueron progresivamente desvinculándose de los francos. En este punto, las leyendas nacionalistas sitúan erróneamente al noble Wifredo «el Velloso» –el último conde de Barcelona designado por la monarquía franca– como el artífice, no ya de la independencia de los condados catalanes, sino del nacimiento de Cataluña y sus símbolos. Como hicieron los cronistas castellanos con «El Cid Campeador», la mitología catalanista recurrió a un personaje real, que debió gozar de gran importancia en su tiempo pero del que se conocen pocos datos históricos, para moldear su biografía y cubrir los grandes huecos con datos legendarios.


Las Cortes Catalanas según una miniatura de un incunable del siglo XV
Las Cortes Catalanas según una miniatura de un incunable del siglo XV. Fernando II de Aragón en su trono enmarcado por dos escudos con el emblema del señal real.

Wilfredo pertenecía a un linaje hispanogodo de la región de Carcasona (la mitología catalana fija su nacimiento en la inmediaciones de Prades, en el condado de Conflent, actualmente en el Rosellón francés). En el año 873 heredó el Condado de Urgeltradicionalmente en manos de su familia. Aprovechando la fallida rebelión del Conde de Barcelona Bernardo de Gothia contra Carlos «El Calvo», la fidelidad de Wilfredo hacia el monarca le hizo ganarse como premio el apoyo del resto de condados. El noble fue el primero en aglutinar los títulos de cinco de los doce condados, siendo el fundador de la dinastía de la Casa de Barcelona. Esta dinastía necesitaría, sin embargo, varios siglos para concentrar en sus manos otros títulos menores.
Aquí habría que precisar que Wifredo «El Velloso», que había recibido los títulos por mediación de los francos, no buscó nunca la independencia de los condados y, por supuesto, no configuró ninguna nación catalana ni nada parecido. Fue con la Capitular de Quierz, https://es.wikipedia.org/wiki/Capitular_de_Quierzy
promulgada el 14 de junio de 877 por Carlos «El Calvo», cuando se sembró el auténtico germen de la separación de los condados catalanes del Imperio carolingio. Esta orden real estableció la heredabilidad de los honores otorgados por la corona. Es decir, que a la muerte de Wifredo «el Velloso» sus títulos pasaron a sus hijos sin que fuera necesario que el Emperador del declinante Imperio carolingio eligiera al sucesor.


Fue con la Capitular de Quierz, promulgada el 14 de junio de 877 por Carlos «El Calvo», cuando se sembró el auténtico germen de la separación de los condados catalanes del Imperio carolingio

Lo cual no significa que se pueda hablar desde ese momento de una entidad propia y unitaria en la región catalana. En 897, a la muerte de su padre, Wifredo II Borrell se hizo cargo conjuntamente con sus hermanos Sunifredo Miró, de los condados paternos, reservándose para él el gobierno de los condados principales, Barcelona, Gerona y Osona. Llegado el momento, Wifredo Borrell viajó a Francia para rendir tributo al nuevo Rey, Carlos «El Simple», donde fue investido oficialmente como conde en 899.
Hubo que esperar más de un siglo más para ver la completa desvinculación de los Condes de Barcelona con respecto la Corona franca. En el año 987, el Conde de Barcelona, Borrell II, fue el primero en no prestar juramento al monarca de la dinastía de los Capetos, pero hay que recordar que se sometió en vasallaje al poderoso Califato de Córdoba.

Génesis de la Corona de Aragón

En el siglo XII, el conde Ramón Berenguer IV se casó con Petronila de Aragón, hija de Ramiro II «el Monje», conforme al derecho de este reino, es decir, en un tipo de matrimonio donde el marido se integraba a la casa principal como un miembro de pleno derecho. El acuerdo supuso la unión de la Casa de Barcelona, que controlaba la mayor parte de los Condados catalanes, y del Reino de Aragón en la forma de lo que luego fue conocido como Corona de Aragón. De ahí que Corona de Aragón y Reino de Aragón no sean la misma cosa.
La Casa de Aragón dejó paso a una dinastía autóctona de Castilla. La muerte sin descendencia del Rey de la Corona de Aragón Martín I «el Humano», en 1410, abrió una grave crisis sucesoria. Los intereses comerciales terminaron favoreciendo al candidato de la dinastía castellana de los Trastámara, Fernando de Antequera –hermano del Rey de Castilla Enrique III–, quien, tras el llamado Compromiso de Caspe de 1412, fue nombrado Monarca de la Corona de Aragón. Posteriormente, el matrimonio de Fernando II de Trastámara con Isabel de Trastámara, Reina de Castilla, celebrado en Valladolid en 1469, condujo a la Corona de Aragón a una unión dinástica con Castilla, efectiva a la muerte del primero, en 1516, pero ambos reinos conservaron sus instituciones políticas y sus privilegios administrativos (lo que el independentismo catalán designa hoy como «libertades»). En un contexto de alianzas medievales, la asociación de ambos territorios no fue, pues, el fruto de una fusión ni de una conquista, sino el resultado de una unión dinástica pactada entre la Casa de Aragón y la poseedora del Condado de Barcelona.
De hecho, originalmente los territorios que formaron la Corona mantuvieron por separado sus leyes, costumbres e instituciones. A lo largo del segundo cuarto del siglo XIII, se incorporaron a esta Corona las Islas Baleares y Valencia. Este último territorio, el Reino de Valencia, pasó a convertirse en un reino con sus propias Cortes fueros.


¿Te encuentras a catalanista diciendo que Ramón Berenguer IV fue rey y que él como sus sucesores eran de una supuesta "Casa Real de Barcelona"? Dile que lea esto y que deje de hacerse el erudito.

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