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domingo, 12 de mayo de 2019

Lenguas en la Corona de Aragón

Lenguas en la Corona de Aragón
Lenguas en la Corona de Aragón, occitan, los parlars lenguadocians

La imposición que la Generalidad de Cataluña quiere imponer en los demás territorios que formaron la Corona Aragonesa junto con sus socios y la complicidad del Gobierno Central, no es nada nuevo, y están consiguiendo que incluso en estos territorios exista dudas sobre los orígenes y el camino recorrido en la historia. Dada la insistencia de varios seguidores en el afán de convencernos que el catalán es el origen de las lenguas romances que se hablaban en la Corona, consideramos que seria interesante hacer un recorrido en la historia con el único propósito de aportar un poco de luz a este asunto, aunque estoy totalmente convencido que:

“Intercambiar argumentos con alguien que ha renunciado a la lógica, es como darle medicina a un muerto” (Thomas Paine).
En el siglo VIII, comenzando la reconquista cristiana dirigida por los reyes francos, durante ese periodo, fue imponiendo la modalidad de la lengua proveniente de la Occitania, como lengua, sobre el romans vulgar muy arabizado que se hablaba en estas tierras. Esto sucedió por dos causas:
La primera por haber estado los habitantes de la región conquistada por los musulmanes en el año 714, refugiados en la Septimania Norte entre 90 y 435 años (tierras occitanas de habla lemosina).
Segunda, por los guerreros y nobles que conquistaron las tierras de los condados de Aragón, Sobrarbe, Ribagorza, Barcelona, Ausona, Besalú, Girona, Pallars: Jussá y Subirá, Ampurias y Urgel - Urgell, tierras todas ellas repobladas con gente occitana de habla d'oc o lemosina (existen un sinfín de cartas otorgadas por los reyes francos y los de Aragón. Las ultimas están fechadas por Pedro IV de Aragón). Al frente de los condados los reyes colocaron todos ellos nobles occitanos de lengua d'oc o lemosina.
Los Condes de Barcelona, eran occitanos de nacimiento o descendientes de ellos, desde el primer Conde Bera, hasta el último Ramón Berenguer IV. Todos ellos eran de habla lemosina (en 1.162, el condado pasó a formar parte de los reyes de Aragón con Alfonso II, también de lenga romans)
El Conde Ramón Berenguer III, al casarse con la condesa Dulce de Provenza, dejo escrito que con dicha boda entraba la cultura en el condado, cultura de la que estaba huérfana la gente de Barcelona, Barchinona - Barchinone, diciendo que: "con la Condesa Dulce entraba la lengua culta lemosina en el condado de Barcelona", condado que al estar solo habitado por gente guerrera y ruda, solo hablaban un romans muy basto e inculto.
En los archivos de la Corona de Aragón, se guardan unos documentos del Condado de Barcelona (tal vez por esto no son reclamados), donde Ramón Berenguer III escribió con motivo de su boda con la condesa Dulce de Provenza: "Siendo los condados de Barcelona y de Provenza una tierras muy parecidas, tener gente parecida y con una lengua común, el LEMOSIN, bien podrían formar un reino".
Principios del siglo XVI, con la unión de los reinos de Castilla y Aragón, el castellano fue relegando al lemosín, como lengua de uso de la corona de Aragón. Nació un interés entre los intelectuales de la Corona de Aragón y por ello fueron creándose organismos para su conservación.
En el Condado de Barcelona, se creó: "LA ACADEMIA DELS DESCONFIATS" de 1.510 a 1.650, que se transformó en "LA REAL ACADEMIA DE LAS BONES LLETRES DE BARCELONA" desde 1.650 a 1.912. Después de esta fecha se convirtió en "l'INSTITUT DE ESTUDIS CATALANS.
Anteriormente, nace el Siglo de Oro de las Letras Valencianas, abarca prácticamente todo el siglo XV y fue la época de máximo esplendor de la Lengua Valenciana escrita. Durante este siglo, autores tan reconocidos como Jordi de Sant Jordi, Ausiàs March, Joanot Martorell, Joan Roiç de Corella, Jaume Roig o Sor Isabel de Villena.
La lengua mallorquina y balear, fue reconocida en 1840 por la Real Academia de las Buenas Letras de Barcelona. Por la Real Academia Española en 1928. Por segunda vez por la Real Academia Española, cuando en 1959 ratificó la categoria de lengua independiente con la misma categoría que la valenciana y la catalana (Boletín de la R.A.E número correspondiente a los meses de septiembre/diciembre de 1959).
En 1833 el poeta Buenaventura Aribau compone “ Oda a La Patria “ un poema convencional , escrito en Madrid, en homenaje a su jefe comercial, un tal Remisa con motivo de su fiesta onomástica. En esta poesía, el tal Aribau no habla aún de “lengua catalana”. Sólo nombra, nada menos que cinco veces, a la “llengua llemosina” como su lengua materna. Los nacionalistas lo exaltan como una exaltación de la lengua catalana, pero si lo leen, verán que su exaltación es para el lemosín. La quinta estrofa dice así:
En llemosi soná lo meu primer vagit,
quant del mugró matem la dolça llet bebia;
en llemosi al Senyor pregaba cada dia,
e cántichs llemosins somiaba cada nit.
Esta oda inicial de Aribau fue seguida por Rubió y Orts en su Lo Gayter del Llobregat, en el año 1841.
En 1842 el Padre de la Romanística Europea, el alemán Friedrich Diez, publica la primera edición de su “Gramática de las Lengua Románicas “ en la que expone su clasificación de seis lenguas fundamentales “por su importancia literaria”, nacidas del rompimiento del latín :
Dos al este: Italiano y Rumano
Dos al sur-oeste: Español y Portugués
Dos al nor-oeste: Provenzal y Francés
En esta clasificación no se deja ningún sitio especial al catalán , que es asignado al “dominio del Provenzal” y no es considerada lengua romance independiente, “además de existir en estado latente su fraccionamiento dialectal” (V. E. Vidos: ”Manual de Lingüística Románica”. Universidad de Nimega. 1963). Cataluña fue, hasta el 1906, un mosaico de dialectos.
Antonio de Bofarull y Mariano Flotats, (catedráticos de la universidad de Barcelona y archiveros de la corona de Aragón) en 1.848 tradujeron al castellano y editaron “La Historia de la vida del Monarca don Jaime I de Aragón, el Conquistador”. Como ellos hacen constar, partiendo de lo escrito por el mismo monarca en LEMOSIN. En el prólogo de dicha biografía Antonio Bofarull, repite más de 20 veces las excelencias del limosín, pero 26 años más tarde edito Antonio Bofarull una gramática, la segunda de llengo catalana, haciendo costar en el prólogo que la llengo catalana no venia del lemosín. ¿Cuándo mintió, en 1848 o en 1878?.
En 1850 Antonio de Bofarull, traduce la crónica del Rey Pedro IV El Ceremonioso ó Punyalet, en la portada podemos leer: Escrita en Lemosin por el mismo Monarca, y traducida al castellano y anotada por Antonio de Bofarull. Unos años después, (1854), editan una segunda edición donde cambian el lemosin, por catalán.

colección documentos inéditos archivo corona Aragón, Próspero de Bofarull
El 1 de Mayo de 1859 se celebran los primeros “Juegos Florales de Barcelona: Patria. Fides. Amor” bajo los auspicios del archivero Próspero de Bofarull y Mascaró. En la convocatoria de 1860 se nombra secretario “dels Jochs Florals” de Barcelona a Adolfo Blanch en la que cada concursante todavía usaba "su" particular ortografía, lo que revela la caótica situación de la ortografía catalana, que todavía era llamada "llemosí" por Aribau y otros. El panorama catalán era el de un mosaico de dialectos provenzales de camino hacia la “selección natural” por imposición del dialecto barceloní ( al ser el más hablado).
El 9 de febrero de 1861 se intenta en Barcelona una nueva reunión para "unificar" la ortografía que, hasta entonces, era caótica. La reunión para "normalizar" en la que participaron Milá y Fontanals, Víctor Balaguer, Blanch, Flotats y Bofarull fue un auténtico fracaso.
El Consistorio de los Juegos Florales trataba de conseguir la "normalización" de la ortografía, que seguía caótica, y se presentan dos proyectos: uno de Milá y Fontanals y otro el de l´Academia de les Bones Lletres de Balari. El Consistorio de Barcelona se vio ante dos proyectos enfrentados pero, para evitar una especie de guerra civil interna, se evitó tomar una decisión.
1862:
El escritor de Fórnoles Braulio Foz en la Revista de Cataluña, escribe;
No sé hablar el catalán pero lo entiendo perfectamente, porque en mi tierra (la que llamamos Bajo Aragón) hay pueblos donde se confunden todas las que se han hablado en España, dominando empero la lemosina con un dialecto casi de ella en cada pueblo, así que los naturales de ellos tienen mucha facilidad para entender a los valencianos y a los catalanes (pág. 401) …… tiene pues aun más dialectos la lengua catalana o lemosina en estas nuestras provincias, distinguiéndose entre otros el catalán propio, el mallorquín, el valenciano, el ampurdanés y el que llamaremos literano -por errata, el original dice literario- (pág.404).
/ Literano, de La Litera, La Llitera, comarca de Huesca /
Como entre los dialectos del catalán he nombrado el literano, y podrá ser que hasta el nombre sea nuevo para muchos, me ha parecido declarar cual es, sin que por eso insista en que se conserve el nombre. Es pues el que se habla en algunos pueblos entre el Cinca y el Segre, especialmente en Tamarite. Y también es muy parecido y casi el mismo que se habla en varios pueblos de nuestra Tierra Baja entre Cataluña y Valencia, habiendo sido sus pobladores después de la reconquista, aragoneses de los llanos y de las montañas, catalanes de las riberas del Segre y aún del centro de Cataluña, y algunos antiguos pobladores (págs. 406-407).
En 1871 Friedrich Díez publica la tercera edición de su "Gramática de las Lenguas Románicas" en la que mantiene su clasificación anterior en las seis lenguas fundamentales por su importancia literaria, nacidas del rompimiento del Latín, dos años mas tarde Mayans i Siscar también afirmaba que “el catalán es un dialecto del lemosín” (“Orígenes del español”. Madrid 1873). Fue Milá i Fontanals quien propago el bulo sobre la “clasificación rigurosamente científica del catalán“.
En 1890 el filólogo suizo W. Meyer-Lübke publica su obra : ”Gramática de las Lenguas Románicas” en la que continúa la misma clasificación de Díez y donde dice (pág 4):” En el este la transición se opera poco a poco con el catalán en el Rosellón: esta última habla (parler), que no es más que un dialecto provenzal”...
"Le catalán qui n'est qu'un dialecte provenzal transporté en Espagne au VIII siècle, pénétra de plus en plus vers le Sud pendant la lutte des rois d'Aragón contre les Arabes."
En la revista "L´Avenç" del 31 de Marzo de 1891 el joven ingeniero cubano Pompeyo Fabra i Poch, Jaume Massó i Torrents, Joaquim Casas i Carbó dicen que una misma ortografía para el catalán, el valenciano y el mallorquín es "impossible perquè és contra natura”. (Algo muy distinto será el tono amenazante del mismo Pompeyo Fabra a los valencianos, en 1930, cuando quiso imponer su normativa I.E.C. del dialecto barceloní: “El que aneu a fer es molt arriscat”...). Los hombres de L´Avenç, desentendiéndose de la antigua koiné, se lanzaron a la actualización y sistematización del dialecto barceloní con el fin de convertirlo en el moderno catalán literario. Y así, entre todo el mosaico de dialectos catalanes nacidos del provenzal, eligieron e impusieron como “standard” de referencia el “infame e infecto dialecto barceloní”, según definición del erudito Padre Batllori.
valencià, català, valenciano, catalán

Pompeyo Fabra publica su “Ensayo de gramática del catalán moderno” donde explica que el sistema gramatical que se va a adoptar será una normativa que tome como modelo el dialecto barceloní y no el del interior, más rural, porque el barceloní era “la parla más viva” de las que entonces se hablaban....
En 1904 el cura payés mallorquín mosén Antoni Alcover organiza el I Congreso Internacional de la Lengua Catalana y utiliza al profesor alemán Bernhard (BernardoSchadel para hacer viable una primera gramática catalana, expuso a sus asesores barceloneses el proyecto del profesor alemán, pero lo encontraron irrealizable porque no existía en toda Cataluña ni una docena de lingüistas especializados capaces de hacer el estudio de una manera científica ni con garantías de seriedad. El 13 de Octubre se inauguró el congreso en el Teatro Principal de Barcelona con un discurso patriotero y de tintes exaltados por Mosén Alcover, alentando a todos los catalanes a "crear" la primera gramática y diccionario de la lengua catalana.
Prat de la Riba, quien creó el Instituto de Estudios Catalanes en 1912, presidente de la Diputación de Barcelona, y presidente de la primera Mancomunidad de Cataluña, sistematizador y potenciador del independentismo catalán, dice:
 “En las costas del mar Sardo va a encontrarse la etnos ibérica, la nacionalidad ibera extendida desde Murcia al Ródano, o sea desde las gentes libio fenicias de Andalucía oriental hasta los ligures de la Provenza”.
En el Levante de la península Ibérica se dan por lo menos los siguientes dialectos con las características precedente de una evolución del latín vulgar sobre un sustrato de la lengua ibera: Apitxat - apichat, Meridional, Alicantí, Mallorquí (de Tarbena i la Vall Gallinera), Valencià, Murciá (desaparecido), Ribagorçà, Pallarès, Lleidatà, Tortosí, Matarraña - Matarranya, Maestrat, Castellonenç Salat de la Costa Brava (Sa Costa Brava), Barceloní, Tarragoní, Xipella, Menorquí, Eivissenç. A las que hay que añadir el chapurriau de la franja oriental de Aragón. O la franja del meu cul.

chapurriau
A estos dialectos, localizados en España hay que añadir todas las variantes de la lengua occitana, localizadas en el sur y centro de Francia, que tienen las mismas características de las españolas, entre ellas el limosín, el aranés ( que viene del auvernhat - gascón según fuentes), el gascón, el provenzal (la lengua de los trovadores), el vivaroaupenc.
Gerhard Rohlfs lingüista y Romanista Alemán, en 1926 Catedrático de Filología Románica en la Universidad de Tubinga, alumno de Friedrich Díez, defiende el mismo criterio científico que su profesor.
El Filólogo suizo-alemán Meyer Lübcke en su libro dice: “el catalán, que no es más que un dialecto del PROVENZAL” (Grammaire des Langues Romanes". Paris.1890. Pág. 13).

Otro filólogo José o Josep María Guinot (Castellón) afirma: "prenent com a base per a tota Catalunya la modalitat llingüística de Barcelona, dialecte barceloní, el més impur de tots” (“Qüestions de Llengua”. Real Academia Cultura Valenciana. Serie Filológica.1990). http://racv.es/
En 1946 Josep Romeu funda la Societat Catalana d'Estudis Històrics, brazo armado cultural de la burguesía feixista catalana para la reinterpretación" de la historia. A sus colaboradores, Miguel Dolç y Guillem Colom les obsesionaba una idea: extender el "normalitzat" al Reino de Valencia. Todavía no se habían fijado en Aragón.
En 1959 la Real Academia Española adoptó el importantísimo acuerdo, escamoteado, de sustituir el término dialecto por el de lengua, y ello especialmente por razones científicas. Poseemos el fidedigno testimonio de Julio Casares, Secretario Perpétuo a la sazón:
"También ha estado en cierto modo presente la política en las recientes deliberaciones de la Academia, SE HA DADO EL VISTO BUENO a totalitarismo, antimilitarismo, antisemita y antisemítico (...) Y no está exenta de alcance político la RECTIFICACIÓN QUE SE HA HECHO en las definiciones del catalán, valenciano, mallorquín y balear con el fin de AJUSTARLAS A LAS EXIGENCIAS DE LA LINGÜÍSTICA, dando de paso espontánea satisfacción a los naturales de las respectivas regiones. Del VALENCIANO, por ejemplo, se decía dialecto de los valencianos. AHORA SE LE RECONOCE LA CATEGORÍA DE LENGUA, y se añade que es la hablada en la mayor parte del antiguo reino de Valencia; y la nueva definición del catalán pondrá término a las consultas que recibo un día sí y otro no, para que diga si es lengua o dialecto. Hela aquí: Lengua romance vernácula que se habla en Cataluña y en otros dominios de la antigua corona de Aragón".
En 1972 D. Antonio Ubieto Arteta, catedrático de Historia Medieval de la Universidad de Valencia y archivero de la Corona de Aragón, lee en el Paraninfo su lección magistral “Los Orígenes del Reino de Valencia” en la inauguración de curso 1972-73. En esa investigación el profesor Ubieto desmonta todas las falsas teorías catalanas que se querían imponer en la Universitat de Valencia sobre la conquista del Reino de Valencia y demuestra que el porcentaje de catalanes venidos a Valencia fue escaso (algo que innumerables veces hemos denunciado en esta pagina), y no pudieron traer la lengua, porque “el romanç valencià” ya existía en el Reino moro de Valencia.
A partir de ese momento el profesor Ubieto y su equipo es acosado y amenazado de muerte por las nuevas huestes catalanizantes que se habían apoderado materialmente de la Universidad y tiene que trasladarse a la Universidad de Zaragoza, y así, poco a poco, el monolitismo histórico-lingüístico catalán acabó con el pluralismo libre pensante que durante tantos años había ilustrado las aulas literarias universitarias. Esa asfixiante situación es la que ha perdurado y perdura. Y la universidad de Zaragoza ya se ha contaminado. Un ejemplo: Javier Giralt Latorre, pero hay más.
Ver AVL = IEC = Ascuma en Calaceite.
En 2003 el Profesor Blanchet afirma que el catalán es un dialecto provenzal y advierte de las presiones lingüísticas desde Cataluña.
Francisco Rodríguez Adrados Filólogo y Académico experto en lenguas clásicas en febrero de 2008 recuerda que antes del siglo XX solo existían dialectos y fue Pompeyo Fabra quien estableció el catalán como una lengua. Miembro de la Real Academia Española y de la Real Academia de la Historia es autor de Historia de las lenguas de Europa.

José Angeles Castelló reconocido lingüista y profesor docente durante 18 años en Estados Unidos dirigiendo el departamento de Estudios Hispánicos en la Universidad del estado de Florida reconoce las diferencias lingüísticas de los territorios de la Corona de Aragón y citando a Kosh:
Las lenguas mueren por los niños, una persona mayor no puede renunciar a su lengua, pero el niño que de momento no tiene una lengua los maestros se la imponen (lo estamos viendo en la actualidad).
No es el catalán una lengua románica que siempre haya estado entre las lenguas en personalidad propia: todo lo contrario, era considerado como una variedad dialectal de la lengua provenzal, y sólo desde hace relativamente poco, ha merecido la categoría de lengua neolatina independiente (Gramática histórica catalana. Editorial Gredos).
A. Badia Margarit. Rector de la Universidad de Barcelona.
occitano, catalán

Resumiendo:
No fue hasta el I Congreso de la Lengua Catalana (1906) en la que el catalán abandonó su condición de dialecto para adquirir de forma oficial el estatus de lengua independiente por primera vez en su historia. Hasta entonces el catalán era considerado un dialecto de las lenguas de Oc.
Hoy, mayo 2016, los habitantes de Limoges (centro de Francia) que conozcan el limosín, no tienen dificultad para comprender los dialectos hablados en la región de Cataluña, o en la de Valencia, lo que confirma que existe una misma lengua fraccionada en dialectos, algunas de cuyas piezas son los dialectos usados en el pasado y en la actualidad en el territorio llamado Cataluña.
¿Porque si en Cataluña, como hemos probado no se crea una léxica común hasta 1906 quieren imponernos su léxica cuando los territorios en cuestión llevan siglos con su propia cultura y tradición?, ¿que interés sino es el meramente político mueve los hilos de esa imposición lingüística?
als presentz, als que son per venir, for durable que tots los omnes qui son e seran en Osca

Quiero invitar a las fuerzas políticas de Aragón, Baleares y Valencia a defender nuestra cultura que sin duda tiene mucho recorrido común con Cataluña, ante la imposición que desde la Generalidad catalana quieren imponernos. Durante siglos fuimos una Corona temida y respetada, que ese respeto se mantenga entre los territorios que en antaño formamos la gloriosa Corona de Aragón.

lunes, 29 de abril de 2019

LA RECONQUISTA DE ALQUÉZAR


2.25. LA RECONQUISTA DE ALQUÉZAR (SIGLO XI. ALQUÉZAR)

Alquézar, durante la dominación musulmana, era cabecera administrativa de la comarca. Su gobernador residía en el castillo y su poder era omnímodo no sólo ante sus correligionarios sino, y sobre todo, ante la población cristiana mozárabe que se quedó tras la conquista.

LA RECONQUISTA DE ALQUÉZAR (SIGLO XI. ALQUÉZAR)


Era costumbre del gobernador, llamado Banu Jalafel, exigir a los cristianos un tributo consistente en la entrega de las más bellas doncellas de los poblados circundantes con destino a su harén. Todos los días se hacía llevar a palacio una muchacha distinta, con gran disgusto de los cristianos, que no veían la forma de terminar con aquel oprobio. Por fin idearon la manera.
Por aquel tiempo, la presión de los ejércitos cristianos frente a los dominadores musulmanes era ya ostensible, lo que daba ánimos a los sometidos mozárabes. En tales circunstancias, éstos creyeron llegado el momento de actuar ideando un plan que mantuvieron en secreto.
Una mañana, para cumplir con el tributo, tenía que ir al castillo una bella muchacha de Buera, llamada María, población que estaba cercana a Alquézar. Aparentemente, se resistió cuando pudo, pero acabó accediendo, aunque, eso sí, con un plan premeditado que cumplir.
Una vez en presencia del gobernador, cuando estaban a solas, la muchacha le clavó el cortaplumas que había introducido oculto entre sus trenzas, dándole muerte. Luego, con gran aplomo, empapó su propio pañuelo con la sangre del jefe moro, se asomó a la ventana de la estancia e hizo la señal convenida con los cabecillas cristianos. Todos, armados como pudieron, se dirigieron al castillo.
Cuando se corrió la noticia de la desaparición del gobernador entre la guarnición musulmana, atemorizados como estaban por la presión de los ejércitos cristianos en fortalezas contiguas a Alquézar, cundió el pánico y, antes que verse desamparados y sin guía para afrontar la lucha que se avecinaba, los soldados decidieron arrojarse al río desde las rocas altas del castillo y huir.
La fortaleza fue tomada en nombre del rey de Aragón, a quien enviaron emisarios con la buena nueva.
[Proporcionada por Adolfo Castán. Colegio «San Viator». Huesca, así como por Pilar Ballarín, Mª Carmen Cabrero, Eva Gilaberte, Elena Huguet y Silvia Lascorz.]


https://es.wikipedia.org/wiki/Alqu%C3%A9zar

Alquézar (Alquezra en aragonés) es un municipio de la comarca Somontano de Barbastro, en la Provincia de Huesca, comunidad autónoma de Aragón, España.

Está situado en la margen derecha del río Vero, en su último cañón, al pie de las sierras de Balcez y Olsón. Dista de Huesca 51 km.

Parte de su término municipal está ocupado por el Parque natural de la Sierra y los Cañones de Guara.

Radiquero
San Pelegrín

Debe su nombre al castillo o al-qasr construido para defender el acceso a la Barbitanya.
Siglo IX. Jalaf ibn Rasid mandó construir el castillo y se convirtió en el principal punto de defensa de Barbastro frente a los reinos cristianos del Sobrarbe.
El 28 de agosto de 1067, el rey Sancho Ramírez de Aragón concedió la villa de Beranuy y Santa María de Sabiñánigo al abad de Fanlo "porque fabricasteis la torre en Alquézar" (CANELLAS, Cartulario de Fanlo, nº. 46).
El 27 de abril de 1069 Sancho Ramírez, concedió fueros a Alquézar (LACARRA, Documentos, nº. 2).
https://ifc.dpz.es/recursos/publicaciones/03/52/11canellas.pdf

En 1075 Sancho Ramírez, concedió privilegios a Alquézar "cuando se levantó el sitio de los sarracenos" (MUÑOZ, Colección de fueros, p. 252).
En febrero de 1125 el rey Alfonso I el Batallador otorgó fueros a Alquézar (LACARRA, Documentos, nº. 115).
Fue de realengo desde su conquista hasta 1202 (MIRET, Itinerario de Pedro II, p. 266).
En 1218 el rey Jaime I de Aragón dio al obispo de Tortosa la iglesia de Alquézar (HUICI-CABANES, Documentos, nº. 12).
El 6 de febrero de 1233, estando en Sariñena, Jaime I de Aragón concedió a Artal de Foces el castillo y villa de Alquézar (HUICI-CABANES, Documentos de Jaime I, nº. 176).
El 25 de septiembre de 1245 Jaime I de Aragón confirmó a los hombres de Alquézar los fueros dados por el rey Sancho Ramírez, otorgando los privilegios de feria y mercado (HUICI-CABANES, Documentos, nº. 413).

Vista del valle del Vero desde la colegiata.
El 28 de enero de 1290 era de realengo (SINUÉS, Nº. 195).
En 1295 era de realengo (Codoín, 39, p. 299).
En 1327 se deslindaron los dominios entre los términos de Alquézar y Alberuela de la Liena (NAVARRO TOMÁS, Documentos lingüísticos, nº. 103).
El 5 de septiembre de 1357 el rey Pedro IV de Aragón vendió a Pedro Jordán de Urriés el castillo y villa de Alquézar (SINUÉS, nº. 196).
El 11 de junio de 1372 Pedro IV entregó el castillo y villa de Alquézar a Gonzalo González a cambio de Ricla (SINUÉS, nº. 198).
El 22 de marzo de 1380 Violante de Urrea vendió el castillo, villa y aldeas de Alquézar al rey Pedro IV (SINUÉS, nº. 203).
El 1 de junio de 1398 el rey Martín I de Aragón confirmó la compra de Colungo por los de Alquézar (SINUÉS, nº. 205).
En 1610 eran de Alquézar las poblaciones de Asque, Colungo, Buera, Radiquero y San Pelegrín (LABAÑA, p. 63).
1960 – 1970 se le unió Radiquero.
En 1966 la colegiata fue declarado Monumento Histórico Artístico Nacional.
En 1982 el casco urbano fue declarado Conjunto Histórico-Artístico.

Personas célebres nacidas en esta localidad:

Domingo Alquézar
Pedro Melero
Bartolomé de Lecina
Martín Garcés
Juan de Naya
José Azara Cáscaro
José Nicóstrato Belenguer
Francisco Tomás Vilellas Férriz
Blas Nasarre
Antonio Vicente Lamarta y Buil
José Cáscaro y Férriz
Rafael Fierro Trallero
Mariano Ordás López
Ramón Rosa
Elías López Sarrayo
Florentín Felipe Naya, Beato de la iglesia católica.
Mariano Sierra Almázor, Beato de la iglesia católica.
Antonio Buil Casquillo

UBIETO ARTETA, Antonio, "Historia de Aragón". Los pueblos y los despoblados I (Ed. Anubar. Zaragoza, 1984)
CONTE OLIVEROS, Jesús. “Personajes y Escritores de Huesca y Provincia”. Ed. Librería General (Zaragoza 1981)

martes, 12 de junio de 2018

Fueros, Huesca, Sobrarbe, E. M. Meijers

LOS FUEROS DE HUESCA Y SOBRARBE, E. M. Meijers

https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2051657.pdf

El texto está copiado desde el pdf y tiene muchos errores al pegar.

Mis investigaciones acerca del antiguo Derecho de sucesiones, me han conducido, hace ya mucho tiempo, a los fueros de los países situados a ambos lados de los Pirineos. Aunque me interesase especialmente por el derecho de los países vascos, necesitaba darme cuenta de las relaciones que existían entre los Fueros de Navarra y los de Aragón.

En cuanto a los Fueros de Aragón, todo se me presentaba oscuro al principio; pero un estudio de los manuscritos inéditos me ha dado más luz. Puesto que los Fueros antiguos de Aragón están ahora en el centro del interés científico, creo útil no aplazar los resultados de mis investigaciones hasta una fecha todavía incierta, sino exponer ya aquí mi punto de vista acerca del origen de los Fueros de Huesca de 1247 y de los pretendidos Fueros de Sobrarbe.

(Desde aquí ya no edito más)

El origen de los Fueros, que constituyen la codification promulgada en Huesca en 1247 por el rey de Aragón Jaime l, es todavia muy discutido. No obstante las muy exactas observaciones hechas por JOSÉ MARÍA RAMOS Y LOSCERTALES en la introduction de su edition del Fuero de Jaca, en 1927, todavia surge la opinion de que esta codification ha sido precedida por otra compilation oficial, los Fueros de Sobrarbe.
Un afortunado descubrimiento hecho antes de la guerra en los Archivos nacionales de Paris, me permite dar algunas informaciones precisas acerca de como han sido compuestos los Fueros de Huesca. El manuscrito signado en el Tressor des chartes J .J .O .O ., contiene las diversas fuentes que el redactor de los Fueros de Huesca ha empleado para su codification .
El manuscrito pertenece al tipo de borrador, tipo que es caracterizado por TILANDER, en la edition magistral de Los Fueros de Aragon segun el manuscrito 458, comp sigue : ((Al proponer nuevos Fueros a las Cortes, se hizo primero un borrador en lengua romance, el cual, luego de aprobados los Fueros por las Cortes, se tradujo al latin. El borrador se redactó en romance para hacer los Fueros comprensibles a los diputados iletrados de las Cortes»
(ps . XXVIII-IX).
Nuestro manuscrito J .J .O.O. tambien esta enteramente escrito en lengua romance. Conforme a su objeto, nos da al principio los textos que contienen algunas innovaciones para el derecho aragonés (f . i-f. 8v.) . Frecuentemente, estas reformas consistian en articulos enteramente nuevos ; pero son tambien numerosos los casos en que la reforma se limitaba a anadir un parrafo a un articulo ya existente.

Asi, hay articulos que comienzan : De fermaça de sagrament, aixi con en fuero es oltreyat, si no que y fo anadit, etc. 2. Atorgat es aço, anadit 3 . Aço y fo anadit 4. Et es asi emendat 5 . Es asi emendat 6.
En otros casos, el texto antiguo se menciona al principio con la observation : Vaylla a si com dit es, y seguidamente se indica la insertion que debe hacerse 7. Solo una vez se mencionan las primeras palabras del texto antiguo como, por ejemplo, El fuero qui comença, quan es iugat que algun om don testimonis. 8.
Despues de las reformas, vienen los textos antiguos, que se insertan en los Fueros de Huesca. Salvo algunas ordenanzas de los reyes Pedro II y Jaime, todos estos textos se toman de las colecciones privadas.
El numero de estas colecciones es probablemente cuatro.

Al principio, el Ms. de Paris reproduce la redaction latina publicada ya por RAMOS Y LOSCERTALES, y titulada por 6l Recompilatio II 9. Nuestro manuscrito presenta un texto romance (fol . 9r.-22r.) . A1 final, la coleccion es aumentada con algunas adiciones, que tambien se vuelven a encontrar en el Fuero de Jaca, editado por RAMOS Y LOSCERTALES en 1927.

La segunda serie de textos, que ocupan fol. 22r. a fol . 36v., proporciona i og articulos, que son desconocidos como coleccion . A exception de un articulo, todos estos textos se encuentran en el Fuero de Jaca.

La tercera serie, que ocupa fol. 36v.-53r., no es sino la Recompilatio I editada por RAMOS Y LOSCERTALES en el tomo II de este ANUARIO, pigs. 491 y sigs . En la traduccion romance de nuestro manuscrito faltan los arts . i-9. Continuan luego hasta el 134 de la edition de RAMOS Y LOSCERTALES, donde se encuentra probablemente el fin de la redaction primitiva '° . Todavia siguen algunos articulos dispersos, que se encuentran tambien en la Recompilatio I ". '
La cuarta serie de los articulos (fol . 53r.-57v.) es tambien una pequeña coleccion, desconocida como tal . No se encuentran estos articulos mas que parcialmente en el Fuero de Jaca.
Tras de estas colecciones sigue una ordenanza de Paz dictada
en 1208 por el rey Pedro III, hijo de Alfonso (fol. 57v.-6 i r.) .
En el Fuero de Jaca y los Fueros de Huesca, los capitulos de esta ordenanza se encuentran separados unos de otros de tal manera, que no se puede reconocer en ellos la unidad de aquella disposition . Solamente en el titulo De Pace, de los Fueros de Huesca (SAVALL Y PENEN, 1346, b ; TILANDER, 26o) se reproduce el primer capitulo con la mention de que el rey Pedro I ha dictado una ordenanza concerniente a la guerra privada entre infanzones".
~Qué nos enseñan los textos contenidos en el Ms. J .J.O.O. y anteriormente enumerados? En principio, nos demuestran el valor y el interes del pretendido Fuero de Jaca. Esta redaction proporciona una coleccion privada de textos de Derecho aragones, clasificada sistematicamente segun las materias. El autor ha aprovechado todas las pequenas redacciones privadas que los practicos empleaban antes de la codification de 1247 . No solamente se encuentran alli las cuatro colecciones empleadas para la recopilacion de 1247, mas aun,
otras hasta ahora no publicadas. Es preciso notar, por elemplo, que se encuentran alli bastantes articulos de la Lex Visigothorum, tambien contenidos en otras compilaciones privadas.
Asi, el Fuero de Jaca nos da acerca de la venta dos articulos (64 y 65) tomados de la Lex Visigothorum V,4+3 " Y V-4 .9. Estos son los mismos articulos que se encuentran en el Manuscrito de Zaragoza 41, que contiene la Recopilacion 11 . Todavia siguen alli los capitulos 11,4,1- 11,4,2 . y 11,4,3 . de la Lex Visigothorum ; todos han encontrado un sitio en el Fuero de Jaca (268, 265, 266 y
263) ".
El Fuero de Jaca no contiene ninguna de las enmiendas adoptadas en 1247 en Huesca ; prueba suficiente, si es todavia necesario, de que el Fuero de Jaca fue compuesto antes de 1247.
En segundo lugar, nos informan exactamente de las fuentes empleadas para la redaction de los Fueros de Huesca. Son cuatro compilaciones privadas, y algunas ordenanzas, las que han- dado el texto de estos fueros. Es un hecho curioso que las dos colecciones conocidas como Recopilacion I y II son traducidas en lengua romance y en seguida retraducidas en latin para el texto oficial. Se puede seguir este procedimiento en diferentes articulos . No doy aqui mas que algunos ejemplos mas diç a la fiança : tono me es tengut do dar aquella pynnora que as pynnorada al deudor. Sobre aço ditz lo fuero que aquella fiança non deu dar pynnora al deudor, mas en qualque manera pot, deu dar obra que faga pagar al de crededor. / nn todavía no se escribía ñ, pero se pronunciaba ñ, nasal /
Muchos más ejemplos en el pdf
La comparacion del texto vulgar de las correcciones y del texto latino de los fueros prueba tambien que este ofrece una traduccion de aquel.
El texto primitivo explica de este modo el termino de derecho
foraneus : si hom foraner ço es estrayn. El texto latino dice : si extraneus homo id est foraneus . / forano en aragonés / forasté , extrangé, extrañ, pos de La Portellada
Fallos al pegar! :
El texto primitivo dice : els omnes daylli son tengutz de encalçar aquel homi.zier e ffer offortz c'om to prengan. El texto la-tino : homines ipsius villae vel castri tenentur incakare illum et esfortium facere, quod capiant eum Z' .
El texto primitivo dice :, quay totas iusticias corporales e las estemas dels omnes al seynnor Rei pertaynen "- . El texto latino to reproduce asi : quia omnes ,ittstitiae aut estemae corporates spectant ad dominum Regem 21 .
El texto primitivo dice : asi Pero qtte no meta f erre en la stil de aqcona ni de dart ni de lanfa tit agut ni destruncat 21 . La traduccion : ita tamen quod non ponat in 6ofordo ferro azconae, dardi vellanceae nec acutum nec truncatum 25 2°.
IV
Algunas veces, el traductor ha olvidado anadir una correccion al texto. Asi, en el primer capitulo del titulo si quadrupes pauperiem fecisse dicatur (S. y P. I, i oq,a,2), este fin falta : Es assaber pero que st tala sera feita en vinna o en campo semnado, sta en plazer del seynnor de la heredat de prende .tala enpero iuran o de cada una oveilla de 1111 entroa C. E st la oveillas seran glues de C., no pasca fer plus redemer, e aquest es to fuero . E ado meyx es st son
trobadas en soto on nodreys omne arbores'-'.
Otro caso en que el traductor ha hecho negligentemente su trabajo, lo muestra un articulo del titulo : de communt dividundo
(S. y P. 1, 1 1 1 jb,2). Este articulo esta tornado de la Rec. II, y se encuentra en e1 Ms. Paris, fol. 53r. b ; el articulo aparece tambien en el Fuero de Jaca (art . 76). Sobre este articulo se han hecho tres correcciones, que estan escritas en el Ms. de Paris, fol. 6v. Dos de estas correcciones .se encuentran en el texto official latino de los Fueros de Huesca ; la tercera, que dice aquel qui aura la heredat comprada ture aqo que tant It costa quam a en la carta, es olvidada 2.
La traduccion latina del articulo que regula la no responsabilidad de la muier por las deudas de su marido, revela una negligencia semejante. La correction dice : e specialment los dotz It sian salvos que It' sont assignatz, y agrega : encaro o It st an asstgnatz dotz o no, los dotz que 1i devian esser assignat segontz fuero It start salvos.
La traduccion latina, por error, no distingue los dos casos, y traduce : et specialiter sin salvae sibi dotae assignatae secundum forum'.
Aparte los casos de negligencia, el redactor encargado de reuriir
las antiguas redacciones y las enmiendas en un solo texto latino,
no ha comprendido siempre, o no ha querido comprender, la importancia de estas. Un ejemplo caracteristico nos to dan las prescripciones acerca de los derechos del banero, tabernero o molinero.
El art . 27 de la Rec. I habia denegado a estas personas todo derecho a una pena pecuniaria (calonia) en el caso de que ellos fueran ofendidos en una pelea en su establecimiento «quia alli se deshonorant quando de tali pravo opere se intromittunt» 3°. Los baneros, molineros y taberneros han intentado despues obtener una indemnizacion por la ruptura de la paz de su establecimiento en el caso de una rina en la que ellos no se mezclasen (Si alguns ferran altros omnes foras del seyner del baynno o del molin o de la taverna publica). Una enmienda al art . 27 les denego tambien esta action, por el motivo de que ellos tenian una casa abierta al público 3' . ~Que se encuentra de todo en los Fueros de Huesca? Solamente la enmienda sin el texto principal (ed . S- Y P- 1,345,a) ".
Igualmente una adicion al art. 118 de la Rec. I no es reconocido como tal por el redactor . El art. i 18 mismo se coloca en el titulo De sacramento deferendo (S. y P- 11,103',b, sub 5). La adici6n, en el titulo de justitia reddenda et non vendenda (S. y P. 11,1 o8,b) 33 .
Muy notable es tambien la historia del articulo que comienza Qui aliquis homo f uerit tintedectus en el titulo De homicidio (S. y P. I,3i8,b). Este articulo se encuentra en el folio 3r. de nuestro manuscrito . Da una ampliacion al art . 22 de la Recomp. II . El articulo esta construido sistematicamente ; tras haber mencionado el de ber de perseguir (encal~ar) al homicida, trata, sucesivamente, cinco
casos : i . st un homo regis tue un homo regis in villa infanzonts ;
2 . st un homo regis tue un homo infanzonis, castro vel terminis infanzonts ; 3 . st un homo infanzonis tue un homo regis in villa infanzonis ; 4 . si tin homo infanzonis tue tin homo infanzonts ; 5, si un homo infanzonts tue quelqu'un in villa regis.
Que se encuentra anadido al texto latino de los Fueros de Huesca? Se menciona todavia al fin un sexto caso : si forte homo regis in castro villa vel termints infanzonis occiderit infanzonts.
Pero este caso es en todo semejante al num. 2. Como es posible
explicar esta duplication? No es posible sino esta explication : Despues de que el redactor habia traducido el texto romance, se dio cuenta de que no habia traducido exactamente el caso 2 ; habia olvidado traducir las palabras la justicia prengal hotnicier et rendo to al seynor Rei o a so baylle. Entonces traduio de nuevo este parrafo, y el copista que multiplico los ejemplares, no compreindiendo que debia borrar la primera traduccion, considero la segunda
como un paragrafo final que debia anadir al articulo . Esta opinion es reforzada por el hecho de que la traduccion de los Fueros de Huesca en el Ms. de Paris J .J .N.N. no menciona todavia este paragrafo final ".

Cual es el caracter de las reformas hechas por los Fueros de
Huesca? En general, se puede decir que las reformas tienen por
objeto derogar las normas que tenian un caracter demasiado arcaico e introducir los principios de Derecho canonico romano ensenados en las Universidades y aprobados por la Iglesia.
Las modificaciones mas importantes se refieren al Derecho de sucesion, al Derecho de contratos y al Derecho de los medios de prueba.
A. En cuanto al Derecho de sucesion, senalamos, en principio, la reforma de Jos derechos de Jos hijos ilegitimos. Segun la ley antigua, los hijos naturales no adulterinos - fillo o filla de ganancia - sucedian abintestato a su padre, de la misma manera que los hijos legitimos 35 .
En 1247 se deroga este derecho antiguo, que era contrano a los principios del Derecho canonico. Los hijos ilegitimos no heredaran ya a su padre ; este, como igualmente su madre, puede hacerles una donation 36 . Por to demas, el nuevo articulo confirms la exclusion de los hijos adulterinos ; tras esto. sigue el texto de la Recopilacion 11, art. 12. A continuation, le agrega que los bienes
dados a estos hijos volveran despues de su muerte a los parientes
del lado donde los bienes proceden 3' . Y al final, el articulo indica que el padre o la madre que donan alguna cosa a sus hijos adulterinos pueden gravar los bienes donados con una sustitucion fideicomisaria, prohibida en otro tiempo.
Esta modification nos lleva a una segunda innovation fundamental en el antiguo Derecho de Aragon. Es la introduction de la sustitucion fideicomisaria, tal como el Derecho de los glosadores del Derecho romano la conocia bajo el nombre de sustitucion compendiosa, sustitucion de doble finalidad, pues tenta su efecto tanto en el caso de que el heredero muriera antes de la mayoria de edad, como en el caso de que el heredero muriera incluso mayor, pero sin testamento 39 .
La tercera innovation se refiere a los casos de desheredacion.
La Recopilacion 11, en el art . 2o, .habia enumerado, con caracter limitativo, las causas de desheredar (desafillare) : i .', si filius aut ft*,lia percusserit patrem vel matren ; 2.', qualicumque occassione fecerit a os turare super altare aut super librum et crucem ; 3 .', aut dixerit contra eos capitale crimen. La Recopilacidn ha tomado estos casos de la Lex Vis. q, 5 I . Se encuentra alli, ademas, el caso
en que los hijos per pedem vel capillos ac per manum ettam vel quocumque inhonesto case abstrahere conturnehose presumant, caso olvidado por error en el Ms. editado por RAMOS LOSCERTALES, ya que to mencionan las traducciones de la Recopilacion 11 .
Por enmienda, en 1247, se ha anadido a estos cuatro casos st viderit patrem captum (vel sciverit Mum captivum) et non traxerit eum de captivitate ; 6-a, vel non tuvisserit ipsum si potent vel st cognovisset uxorem legitiman paths sui . En los casos anadidos, la desheredacion se efectua ibso iure ; no obstante, el padre o la madre pueden perdonar a su hijo e instituirle heredero. La correccion indica aun un caso especial en el que la desheredacion no produce efecto sino en el supuesto de que el. padre o la madre haya desheredado a su hijo en su testamento, es el caso en que el hijo fecit amittere bona patris vel matris 4' .
Todos estos nuevos casos de desheredacion estan tornados del Codigo de Justiniano (Nov. I 15 y Auth. non licet ad C. 6. 28).
La regulation del derecho de retracto se relaciona estrechamente con el derecho de sucesion. La Recomp. I, art. 54, no conocia mas.
que la obligation del propietario de un inmueble, de ofrecerlo a los
parientes antes de que él lo pueda vender o empenar. Sin embargo, la coleccion de reglas de Derecho, situada corno segunda en el
Ms. J .J.0.0. trae ya esta adicion : mas si no lis fa assaber e la verc
ad altres, qualque dels frayres o dels germans la volra, donan lo .
prez per quant fo venduda, francament e sens contradit dints unan e una dis segontz fuero deu recobrar a' .
Tal articulo, limitando un derecho de retracto al plazo de un año, es una consecuencia necesaria de la protection a la posesion de año y dia, introducida en Aragon en el siglo XI .

En 1247, el legislador, preparando los Fueros de Huesca, ha propuesto tres enmiendas al antiguo texto, que contienen las prescripciones tomadas al Derecho de otros países que conocían el retracto 4;
El comprador puede exigir del pariente retrayente que 
jure como reivindica la cosy vendida para si mismo y el pariente retrayente puede exigir que el comprador jure como el precio indicado en la escritura es el precio . verdadero. En tercer lugar, la enmienda dice que el pariente, que esti presente, debe reivindicar la cosa vendida dentro de los diez dias siguientes a tener conocimiento de la venta "' .
B. En cuanto a .los contratos, el Derecho aragones del siglo XI I I antes de 1247 era todavia, en principio, analogo al de la Lex Visigothorum (Fuero Juzgo) 45 . Una acción para ejecutar la obligacion no era posible mas que si el contrato se hacia por escrito o en el caso de que el contrato concluído verbalmente fuera reforza ....

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jueves, 23 de mayo de 2019

FUNDACIÓN DE LA VILLA DE ACUMUER


2.82. FUNDACIÓN DE LA VILLA DE ACUMUER (SIGLO IX. ACUMUER)

FUNDACIÓN DE LA VILLA DE ACUMUER (SIGLO IX. ACUMUER)


Muerto el conde don Aznar, el primer gran conde de los jacetanos, le sucedió en el gobierno del territorio su hijo primogénito don Galindo, hombre valeroso, aguerrido y religioso a la vez. En efecto, si junto al rey de Sobrarbe concurrió contra los moros en múltiples y variadas acciones bélicas, dio también muestras de su gran devoción religiosa, engrandeciendo con sus donaciones piadosas al monasterio de San Pedro de Siresa o fundando el cenobio de San Martín de Cercito.

Precisamente la fundación de este último cenobio dio origen a una importante controversia, pues el lugar donde fue hallada la vieja capilla que dio origen al monasterio erigido por el propio don Galindo estaba ubicado fuera de los límites del condado. La pronta fama alcanzada por el nuevo monasterio motivó que varios pueblos cercanos reclamaran para sí la ubicación del mismo en su respectivo término jurisdiccional, controversia que les llevó incluso, en varias y repetidas ocasiones, al uso de las armas para tratar de dirimir la cuestión, actitud que disgustó enormemente al conde, quien se dispuso a intervenir de manera decidida y definitiva.
Entre los contendientes, destacaron los pueblos de Santa María de Eruson, que contaba entonces con un magnífico castillo, y Cercito, que también alardeaba de otro no menos importante, el llamado de Panifico. Llegadas hasta este extremo las cosas, el conde Galindo decidió poner fin a tales desavenencias mandando fundar y construir la villa de Acumuer, a la cual quedaron adscritos ambos pueblos en litigio, a la vez que declaraba corresponder al territorio de la misma el monasterio fundado por el propio Galindo, de modo que, desde aquel instante, pasó a conocerse de manera indistinta como monasterio de San Martín de Cercito o de Acumuer.
En realidad, la decisión adoptada por el joven conde jacetano no era sino una muestra más de la tarea repobladora emprendida en un territorio prácticamente vacío de gente.
[Blasco, Cosme, Historia de Jaca, págs. 56-61.]



Acumuer es una localidad española perteneciente al municipio de Sabiñánigo, en el Alto Gállego, provincia de Huesca, Aragón, situado al norte del término, en el Valle del río Aurín, que también recibe el nombre de la localidad o Valle de Acumuer.


Se accede desde Sabiñánigo por la carretera secundaria de Larrés -donde se encuentra el Museo de Dibujo Castillo de Larrés- pasando Isín, finalmente llega a Acumuer, donde ésta acaba.

Desde el pueblo de Acumuer por un camino forestal vetado al tráfico discurre paralelo al río un camino entre bosques de pinos, abetos y hayas que nos adentra a la cabecera del valle, una amplia zona de praderas salpicada de bordas. Siguiendo el curso del río, que se presenta abundante en pequeñas cascadas y gradas, y ascendiendo por el fondo del valle se llega hasta el ibón de Bucuesa, precioso lago natural de origen glaciar situado a más de 2.000 msnm.



Entre 1842 y 1857, se anexiona el término de Asqués y Bolás, el de Asún y el de Isín, por lo que desde ese censo el municipio de Acumuer cuenta con la población total de las cinco localidades.

En 1965, el antiguo municipio de Acumuer es absorbido por el término municipal de Sabiñánigo, de acuerdo con lo fijado en el Decreto 1121/65, de 8 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 104, de 1 de mayo. Desde la incorporación a Sabiñánigo la población de la localidad de Acumuer varía.

En el pueblo destaca la Iglesia Parroquial de La Asunción. Próximas a Acumuer están las ruinas de la Ermita de Nuestra Señora del Pueyo, lugar que albergaba a la Virgen del Pueyo, talla románica de principios del siglo XIII.

Pilar Gracia Oliván: Tradición oral en el Valle de Acumuer. Col. Yalliq 1, Comarca Alto Gállego (2002).
Jesús Montuenga Ruiz: Acumuer (1556-1965). Asociación de Amigos del Serrablo (2008).
Andolz Canela, Rafael (junio de 2004). Diccionario aragonés (5ª edición). Zaragoza: Mira editores. ISBN 84-8465-160-6.



jueves, 20 de septiembre de 2018

La marca hispánica a escomensaméns del siglo IX

La marca hispánica a escomensaméns del siglo IX

Pueblos vascos, Pamplona, Sangüesa, Jaca, Pallars, Urgel, Conflent, Cerdaña, Rosellón, Vallespir, Peralada, Ampurdán, Besalú, Osona, Gerona, Sobrarbe, Ribagorza, 

La marca hispánica a escomensaméns del siglo IX

miércoles, 1 de mayo de 2019

LA MUERTE DEL ÚLTIMO SEÑOR MORO DE MOMAGASTRE


2.32. LA MUERTE DEL ÚLTIMO SEÑOR MORO DE MOMAGASTRE
(SIGLO XI. PERALTA DE LA SAL)

A lo largo del siglo XI, la reconquista cristiana del territorio aragonés, aunque de manera lenta y con altibajos, fue progresando hacia el sur, empujando poco a poco a los musulmanes hacia el río Ebro, que constituía una auténtica barrera natural. No obstante, tanto en tierras del Sobrarbe como de la Ribagorza todavía quedaban algunos pequeños enclaves moros que se resistían de manera enconada, cual era el caso, entre otros varios, del señor musulmán de la fortaleza de Momagastre.

 torre del homenaje, castillo de la Mora, Monmagastre, Peralta de la Sal

No obstante, también este caudillo agareno, cada vez más aislado de sus correligionarios, se vio forzado como tantos otros a desalojar su fortificado y estratégico enclave, desde el que sus antecesores habían dominado durante más de trescientos cincuenta años la comarca circundante. Por lo tanto, no es de extrañar que lo hiciera no sólo entristecido sino también malhumorado, lo que le llevó a apoderarse por ira y despecho, durante la huida, de la imagen de la Virgen que presidía el altar principal de la cercana ermita de Peralta de la Sal.



Mico, Laborda, Valderrobres, piedra, pedrolo, roca, eixecacóduls, rabosí


En su forzado camino hacía el exilio, aún no se había distanciado mucho de la ermita que acababa de expoliar cuando una enorme piedra desprendida de la montaña, no se sabe si empujada o no por los cristianos, lo derribó de su cabalgadura, quedando sepultado bajo su enorme mole y causándole la muerte en el acto; otra piedra algo menor de tamaño hizo lo propio con su hermoso caballo. 

Moncho, Ramón Guimerá Lorente, piedra, pedrolo, roca, eixecacóduls, roquerol

La imagen de la Virgen, sin embargo, de manera inexplicable quedó absolutamente intacta y fue devuelta a su propia ermita por los cristianos que, desde entonces, dieron en llamarla «Virgen de la Mora».


Alejandro Zorrilla, piedra, pedrolo, roca, eixecacóduls, roquerol


Las dos piedras —la grande conocida todavía hoy como la «Piedra del Moro»— pueden verse aún, y es costumbre viva que quienes pasan junto a ambas, en señal de desaprobación, lancen una piedra contra la mayor, aquella que acabó con la vida del último señor moro del castillo de Momagastre, que no se resignaba a tener que abandonar la tierra de sus ancestros.

[Andolz, Rafael, «La piedra del Moro», Cuadernos Altoaragoneses, 103 (1989).]