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lunes, 29 de abril de 2019

LA RECONQUISTA DE AÍNSA


2.17. LA RECONQUISTA DE AÍNSA (SIGLO VIII. AÍNSA)

Según la leyenda que explica el nacimiento del monasterio de San Juan de la Peña, García Jiménezfue elegido y nombrado allí como primer rey del reino de Sobrarbe. Una vez investido solemnemente de la autoridad real y apoyado por todos los suyos, decidió atacar a los moros que dominaban en la importante plaza de Aínsa, dando lugar a su primera gran acción bélica, de enorme resonancia en el menguado bando cristiano. Lo cierto es que, puesto al frente de no más de trescientos hombres armados y escogidos, cayó por sorpresa sobre la villa y, aprovechando las sombras de la noche, derrotó a los musulmanes tras encarnizada y sangrienta batalla.
Cuando amaneció el día siguiente, para reafirmar todavía más los ánimos enardecidos de sus victoriosos guerreros, en medio de la enorme plaza mayor de la villa, arengó a sus tropas, asegurándoles que la Divina Providencia estaba de su parte, de lo que era garantía la sorprendente visión que había tenido de una cruz iluminada situada sobre una encina del monte aledaño, señal inequívoca de la ayuda del cielo.
Con los ánimos renovados, ordenó a sus hombres que implorasen ayuda a Dios y a san Juan Bautista, y realizó con ellos nuevas incursiones victoriosas por los poblados vecinos del Ara y del Cinca, a la vez que se dispuso a fortificar la villa de Aínsa, a la que, por deseo personal y expreso, declaró capital del naciente reino de Sobrarbe.
A esta tradición se debe el que en el escudo de Sobrarbe exista una cruz roja sobre una encina y que sea éste uno de los cuarteles del histórico escudo de Aragón. Esta cruz de Sobrarbe se ofrece hoy en forma de monumento a dos kilómetros de la villa de Aínsa.

[La Ripa, Domingo, Defensa histórica... Zaragoza, 1675.
Faci, Roque A., Aragón..., I, págs. 1-2.
Sas, Antonio, Compendio histórico..., I, págs. 2-3.
Martínez y Herrero, Bartolomé, Sobrarbe y Aragón, I, págs. 65-73.]




La villa de Aínsa (en aragonés L'Aínsa),​ capital del municipio de Aínsa-Sobrarbe (aragonés, L'Aínsa-Sobrarbe),4​ es un pueblo de la provincia de Huesca, en la comarca de Sobrarbe, en la Comunidad Autónoma de Aragón (España).

Está situado en el alto Pirineo de Huesca, en la comarca del Sobrarbe. Es la capital junto a Boltaña del antiguo condado de Sobrarbe.


Parte de su término municipal está ocupado por el Parque natural de la Sierra y los Cañones de Guara.


Su núcleo original, que se emplaza en un promontorio sobre la confluencia de los ríos Cinca y Ara, está formado por dos calles casi paralelas, la calle Mayor y la calle Santa Cruz, por la plaza Mayor que se sitúa a continuación del castillo situado en una explanada, a proximidad de la Cruz Cubierta, templete donde la leyenda sitúa el milagro de la aparición de la cruz de fuego sobre una carrasca, que dio la victoria a las tropas cristianas al mando del rey García Jiménez.

Con clara distribución medieval, el casco histórico de Aínsa está declarado Conjunto Histórico-Artístico desde 1965. Actualmente es un relevante centro turístico de relevancia, tal y como constató su elección como capital de Turismo Rural 2018.


Aunque la leyenda sitúa el nacimiento de Aínsa en la conquista de la plaza por las tropas del rey Garcí Ximénez en el año 724 gracias al milagro de la cruz de fuego​ (desde el siglo xvi d. C. hay una cruz en el lugar donde supuestamente ocurrieron los hechos) las fuentes históricas apuntan que los musulmanes no llegaron a establecerse en esta tierras

El castillo de Aínsa, que data del siglo xi d. C., formó parte de la línea de defensa de los territorios cristianos (línea que se extendía hasta Abizanda), y se convirtió en el embrión de la villa, que en tiempos de la Edad Media fue amurallada, y se convirtió en la capital del condado de Sobrarbe que perteneció al reino de Nájera-Pamplona (antes de que este diera lugar al reino de Navarra) y luego se integrara en el reino de Aragón.


En 1124 el rey Alfonso I el batallador otorgó la Carta puebla por la que se beneficiaba a sus habitantes con el fuero de Jaca.

La importancia de la plaza llevó que la iglesia de Santa María fuera concebida también como defensa, tal y como atestiguan las saeteras de su torre.

La pérdida de importancia de la comarca del Sobrarbe llevó a una relajación de la actividad de Aínsa que se mantuvo en un estado de subsistencia hasta principios del siglo xx d. C. cuando las actividades tradicionales se vieron perturbadas con los planes de construcción de diferentes presas, pantanos y otros sistemas hidráulicos, destinados a la producción de electricidad y al suministro de agua para la llanuras del Ebro.

Esta actividad llevó a la expropiación y pérdida de las mejores tierras de cultivo de los valles y a la emigración de sus gentes. Muchos de los pueblos vecinos vieron cómo desaparecían la totalidad de sus habitantes y en otros como éstos disminuían drásticamente. Esto llevó a que pasaran a depender del ayuntamiento de Aínsa.

La limitación de recursos de todo tipo que la baja densidad de población y la complicada orografía provocan llevaron a una crisis importante a mediados del siglo xx d. C.. Esta crisis fue superada mediante el recurso turístico y el florecimiento del turismo rural y natural.

La creación de varios parques naturales, primero el del Ordesa y Monte Perdido seguido de otros como el de la Sierra de Guara y la afición a la montaña y a los deportes de aventura se convirtieron en la actividad económica más relevante.

En la década de 1960 Aínsa absorbió los municipios de Castejón de Sobrarbe, Coscojuela de Sobrarbe, Gerbe y Griébal, Guaso, Sinués y partes de Sieste y Santa María de Buil.

El propio núcleo urbano original de Aínsa es en sí mismo un monumento digno de visitarse, tal como se reconoció en su declaración de Conjunto Histórico Artístico. Dentro de él destacan:

Castillo de Aínsa
Data de los siglos xi y xvii: siendo una obra de varios siglos que conserva muy pocos elementos del original edificio románico. Destacan en él la Torre del Tenente, de planta pentagonal, hoy convertida en un EcoMuseo, el gran patio de armas y un portalón que se abre a la plaza Mayor.
Iglesia parroquial de Santa María
Iglesia románica iniciada en el siglo xi d. C. y finalizada en el xii. Se consagró en 1181. De sencilla portada de cuatro arquivoltas apoyadas en otros tantos pares de columnas de capiteles labrados. Desde el interior del templo de única nave con bóveda de medio cañón apuntado. Su torre, de dimensiones únicas en el románico aragonés, hace imprescindible su visita, con saeteras para la defensa.
Casa de Bielsa
Del siglo xvi d. C. o xvii con unas ventanas reseñables que destacan de las construcciones del entorno.
Casa Arnal
Del siglo xvi d. C. ejemplo de edificación típica de la comarca con sus portadas y rejas. El concepto de casa no abarca únicamente el edificio físico, sino que se extiende a las propiedades familiares y a los miembros que componen la familia o conviven en ella.

Calle Mayor de Aínsa.
Plaza Mayor

Casa en la Plaza de Santo Domingo.
Presidida por el edificio del ayuntamiento y abierta al castillo, se rodea por soportales en ambos lados. En estos soportales se ubican sendas prensas comunitarias en las que se realizaba la prensa de la uva.


FIESTAS :

11 de enero: Hoguera de San Victorián

16 de enero: Hoguera de San Antón
19 de enero: víspera de San Sebastián, hogueras.
20 de enero: celebración de San Sebastián.
Primer fin de semana de febrero: Feria de la Trufa Negra del Pirineo
Primer domingo de febrero: celebración de la Ferieta de Aínsa.
Primer domingo de febrero: Premios "La Cruz de Sobrarbe"
Último domingo de agosto (antes era el primer domingo de septiembre), años pares: representación de «la Morisma», teatro popular que recrea la reconquista de la villa por parte de los ejércitos cristianos, ayudados según la leyenda por la aparición de una cruz de fuego encima de una carrasca.
Primer fin de semana de septiembre: Expoferia del Sobrarbe.
14 de septiembre: fiestas mayores en honor de la Exaltación de la Santa Cruz.
Octubre: SOBRARVERDE OTOÑO
Octubre o noviembre: jornadas micológicas.
Diciembre: jornadas de astronomía.
Diciembre: «Punchacubas», feria del vino artesano.



  1.  Consejo General de Procuradores de España.
  2. Andolz Canela, Rafael (junio de 2004). Diciconario aragonés (5ª edición). Zaragoza: Mira editores. ISBN 84-8465-160-6.
  3.  Topónimos: pueblos con nombre local en aragonés en Gran Enciclopedia Aragonesa
  4. Según aparece en el Decreto Legislativo 2/2006 (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial y la última versión)., de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Delimitación Comarcal de Aragón.

  5. Saltar a Martínez y Herrero, Bartolomé (1866). Sobrarbe y Aragón : estudios históricos sobre la fundación y progreso de estos reinos, hasta que se agregó á los mismos el Condado de Barcelona. pp. 67-75.
  6.  «Aínsa, capital de Turismo Rural 2018».
  7.  INE
  8.  FEMP. «Listado de corporaciones locales españolas hermanadas con Europa». Archivado desde el original el 24 de abril de 2014. Consultado el 20 de diciembre de 2013.
  9. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (Gobierno de España). «Treinta aniversario de las primeras elecciones municipales de la democracia». Archivado desde el original el 6 de marzo de 2014. Consultado el 6 de marzo de 2014.
  10.  Alcaldes de Aragón de las elecciones de 2011
  11.  «Alcaldes de todos los municipios de la provincia de Huesca»Heraldo.es. 14 de junio de 2015.
  12. Gobierno de Aragón. «Archivo Electoral de Aragón». Consultado el 13 de agosto de 2012.

jueves, 23 de mayo de 2019

DELIMITACIÓN DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BINÉFAR


2.83. DELIMITACIÓN DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BINÉFAR
(SIGLO XI. BINÉFAR)

DELIMITACIÓN DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE BINÉFAR  (SIGLO XI. BINÉFAR)


Monzón, tras varios intentos del ejército aragonés, cayó en manos cristianas y con la toma de su castillo toda la zona se aprestó a la tarea de la repoblación y organización del territorio. En aquellos momentos, Binéfar formaba parte del término de Monzón, pero el rápido crecimiento de su caserío animó a sus pobladores a reclamar su propio territorio municipal.
Tras largas conversaciones y propuestas de todo tipo, pudo llegarse, por fin, a un acuerdo de solución. Consistía éste en que al alba de un determinado día saldrían dos ancianas, una de Binéfar y otra de Monzón, andando por el camino que unía a ambas poblaciones: donde se encontraran, allí estaría la güega o muga. Naturalmente, en ambos lugares eligieron a las abuelas más ágiles y rápidas, a las que nadie podría ayudar.
Por parte de Binéfar, la comunidad de vecinos designó a una anciana de la calle Monzón. Pero ocurrió que estaba resfriada y, pensando en el compromiso que tenía al día siguiente, decidió superar la enfermedad por el procedimiento más expeditivo de la época: sudando bien arropada en la cama. Así es que la abuela binefarense, cuando se echó la noche, tomó unas peras que tenía colgadas en la falsa y se preparó un buen ponche caliente. Una vez cocidas las peras con miel, les añadió el preceptivo vino tinto de la tierra. Todo hubiera sido normal a no ser porque se pasó en la dosis recomendada por la receta, de modo que se acostó a la cama realmente «contenta».
Al despertar, el catarro estaba mucho mejor, pero el sol entraba ya por la ventana. Muy apurada, sin lavarse apenas, se vistió rápidamente, se calzó unas zapatillas cómodas, cogió una labor para el camino y se dispuso a plantarse lo más cerca posible de Monzón. Pero cual no sería su asombro cuando, nada más dejar las últimas casas de Binéfar, se topó con la «cabezuda» montisonense que, ligera y, sobre todo, madrugadora, había recorrido ya las dos leguas que separan a ambos pueblos.
Como les seguían a distancia varios vecinos de Binéfar y de Monzón, respectivamente, justamente allí donde se encontraron colocaron una muga de piedra para señalar la linde, haciendo que el notario diera fe de lo ocurrido. Por eso el término de Binéfar ha sido y es tan reducido.
[Datos proporcionados por José Peyrón Gimeno.]



https://es.wikipedia.org/wiki/Bin%C3%A9far

Binéfar es un municipio y población de España, perteneciente a la Comarca de la Litera, al este de la provincia de Huesca, comunidad autónoma de Aragón, a 76,7 km de Huesca y a 39 km de Lérida. Tiene un área de 25,10 km² con una población de 9435 habitantes (INE 2018) y una densidad de 370,04 hab/km². El código postal es 22500.

Se encuentra comunicado con la ciudad de Monzón y Almacellas (provincia de Lérida) por la carretera nacional 240 (N-240) y la autovía A-22, lo que hace que sea lugar de paso para todo aquel que quiera ir hasta la capital de la provincia, desde Cataluña.

El nombre primitivo de Binéfar, según el estudioso Benito Coll, pudiera proceder de un origen árabe-musulmán del municipio, cuyo máximo responsable sería Affa. De aquí que el pueblo de los súbditos o "hijos" de Affa o tal vez Effar, se denomine Ben-Affa y de aquí, y con el paso de los años, mutó en Abinéfar, Avenáfar, Benáfar o Bináfar y reconocido así por el reino de Monzón.

Binéfar aparece mencionado documentalmente por primera vez en el siglo XI. En 1169 los templarios de Monzón otorgaron carta de población. En octubre de 1363 se firmó el tratado de Binéfar entre Pedro IV el Ceremonioso de Aragón y Enrique de Trastámara. El pacto fue ratificado en marzo de 1366 en Zaragoza. En abril de 1467 se enfrentaron a San Esteban de Litera y en el siglo XVI Binéfar, a causa de la peste desatada en Monzón, fue sede de las Cortes de Aragón, presididas por Felipe II, en 1585.

Es villa desde 1785. En el siglo XIX llegó el ferrocarril a Binéfar y en 1906 Alfonso XIII inauguró el Canal de Aragón y Cataluña, ambos pilares de desarrollo económico y social del siglo XX.

En la Guerra Civil (1936-1939) se constituyó en una de las colectividades más importantes de Aragón, aunque no llegó a consolidarse. En 1970 fue inaugurada la sede central del Sindicato de Regantes del Canal de Aragón y Cataluña por Juan Carlos de Borbón.

En la actualidad, Binéfar destaca como centro comercial y de servicios de La Litera, con una importante actividad agropecuaria (cereales, plantas forrajeras, frutas y hortalizas, así como ganado ovino, bovino y porcino) e industrial (agroalimentarias, mecánicas, textiles y de materiales de la construcción). La lonja agropecuaria sirve de referencia a todas las demás lonjas del mercado nacional.

Han sido diversos los restos arqueológicos hallados en las proximidades de Binéfar. Todos ellos arrojan luces sobre los primeros pobladores de esta zona. Cabe destacar el asentamiento de La Vispesa (foco de romanización de la Ilergecia Occidental), en el que a principios del siglo XX, R. Donoso encontró un fragmento de una estela ibérica, de tipo funeraria, en piedra arenisca (1,44 metros de altura) que actualmente se encuentra en el museo de Huesca.

Arquitectura religiosa:

Iglesia de San Pedro: gótica se edificio en el siglo XV y se amplió en el siglo XVIII. Tiene planta rectangular y está formada por tres naves, crucero, ábside con capillas, coro y torre. La nave central se compone de cuatro tramos cubiertos con bóvedas nevadas de crucería estrelladas, pertenecientes a la primitiva iglesia gótica. Las naves laterales son más bajas que la central y corresponden al estilo barroco. Sobre el crucero se sitúa un amplio cimborrio, quedando los brazos cubiertos con bóvedas de lunetos. La torre presenta planta octogonal con cuatro cuerpos separados por impostas. En el lado opuesto se encuentra el baptisterio, en el que podemos admirar una puerta gótica convertida en ventanal con vidrieras. La portada es un ejemplar singular de gótico flamígero, único en Aragón. El retablo gótico mayor que se cerraba con dos puertas, quemado en la última contienda, era obra de Damián Forment, y a Felipe II en 1585 le impresionaron tanto que ordenó desmontarlas y llevarlas al monasterio del Escorial.

Ermita de San Quílez (1888).
Ermita de Nuestra Señora del Romeral (1955)
Arquitectura civil

El casco antiguo conserva algunas casas de cierta antigüedad como Casa Ruata, Casa Corzán, Casa de Cultura (estilo renacentista, s. XVI). Recorriendo las dos calles que unen la plaza de la iglesia (plaza Padre Llanas) con la plaza de la Litera encontramos algunos edificios de interés, aunque desgraciadamente la mayor parte de ellas se han derribado en el pasado siglo. Se pueden admirar la actual casa de la Cultura, que fue ayuntamiento y cárcel de la villa, restaurada en la década de los ochenta; casa Ruata, con escudo de armas, y algunas casas solariegas de la calle Mayor y de la plaza de La Litera. La cruz de término gótica, derribada en 1931, fue restaurada por el artista Pepe Beltrán. Se pueden admirar en la plaza de la iglesia y en la calle Mayor algunas cías, de la gran cantidad que existen, que se han protegido.

Binéfar se puede considerar como uno de los municipios con mayor relación en cuanto a producción de proyección nacional e internacional con respecto a su población. La Lonja Agropecuaria de Binéfar es la lonja más importante de España y referente europeo en cuanto al ganado bovino. Alberga la Cooperativa Joaquín Costa.

La obra del Canal de Aragón y Cataluña (concluida en 1906) permitió la transformación agrícola del territorio. Además, su sede reside en Binéfar.

El mundo cultural de Binéfar se ve promovido con programas estables de carácter anual por el ayuntamiento: Circuito de Teatro Infantil, Teatro de Adultos, Espectáculos de Música y Danza, Folclore, Concursos, Pórtico Cultural (preliminares de fiestas), Imaginaria (Festival de títeres e imagen en movimiento), actividades literarias, Diverbiner... Además cuenta con diversos servicios y equipamientos culturales: biblioteca pública, escuela de música y danza donde también se imparte folclore, taller de artes y un centro cultural y juvenil.

Los Titiriteros de Binéfar es la formación cultural más importante, recibiendo en 2010 el I Premio Nacional de Teatro para la Infancia y la Juventud.



Teodoro Bardají recogió los ingredientes del recau y los llevó a los mejores fogones. Bardají, bajo la denominación de Recao de Binéfar, hace uso de la morigeración, debido a la falta de recursos más sustanciosos que condicionó su creación en los fogones populares oscenses, prescindiendo de los pecados de la carne en cualquiera de sus manifestaciones. La coyunda se mantiene sólo entre vegetales, / JA JA, esto para que veais lo buena que es la wikipedia / aunque con representación de suficientes especies como para presentar una dieta bastante completa de hidratos de carbono y distintas vitaminas. También se le puede llamar recau al plato más conocido en la villa de Binéfar.

Canal de Aragón y Cataluña
Iglesia de San Pedro
Ermita de Nuestra Señora del Romeral
Ermita de San Quílez
Teatro Municipal Los Titiriteros de Binéfar
Ayuntamiento "premio García Mercadal de arquitectura"

Benito Coll y Altabás, filólogo
Cervera Roche, banquero judío que fundó una casa de banca en 1560.
Eduardo Llanas, vicario general de la Escuelas Pías en 1900.
Miguel Ángel Fúster Coll, compositor
Tato Abadía, exfutbolista de Primera División
Teodoro Bardají Mas, maestro culinario

http://www.binefar.es/

https://www.researchgate.net/publication/304616382_Nuevos_Datos_sobre_el_Conocimiento_de_la_Ilergecia_Occidental_Prospecciones_Geofisicas_en_la_Litera_y_el_Bajo_Cinca

martes, 12 de junio de 2018

Los Fueros de Aragón. Una versión romance de mediados del siglo XIII

REVISTA DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA (RFE)









XCIII, 2.o, julio-diciembre, 2013, pp. 313-326

ISSN 0210-9174, eISSN 1988-8538

doi: 10.3989/rfe.2013.11

NOTAS

Los Fueros de Aragón. Una versión romance de mediados del siglo XIII

The Fueros of Aragon. A Romance version

from the Mid-13th  Century


Miguel Carabias Orgaz

IES El Greco (Toledo)


RESUMEN: Presentamos una versión hasta ahora inédita de los Fueros de Aragón, aprobados en las Cortes de Huesca de 1247, que nos ha llegado en un documento de mediados del siglo XIII. Se trata, por tanto, del testimonio más antiguo conocido de la llamada Compilatio Minor. El manuscrito, conservado fragmentariamente, contiene diez fueros pertenecientes al segundo libro, están escritos en romance aragonés y coinciden casi literalmente con la versión latina del texto foral.

Palabras clave: Fueros de Aragón, Compilación de Huesca, Compilatio Minor, derecho medieval, romance aragonés.

ABSTRACT: We present a hitherto unknown version of the Fueros of Aragon, approved by the Cortes of Huesca in 1247, that came to us in the form of a mid-13th Century document. This is, therefore, the oldest known testimony of the so-called Compilatio Minor. The fragmentarily-kept manuscript comprises ten fueros belonging to the second book which are written in Aragonese Romance language and are almost identical to the Latin version of the jurisdictional text.

Keywords: Fueros of Aragon, Huesca Compilation, Compilatio Minor, medieval law, Aragonese dialect.

1. LA COMPILACIÓN DE HUESCA DE 1247 Y LOS FUEROS DE ARAGÓN

Hacia el mes de enero de 1247 Jaime I de Aragón reunía las Cortes en su ciudad de Huesca con la intención de fijar —así nos lo explica el prólogo Cum
de foris— un texto legal que remediara la falta de documentos forales fiables. Durante aquellas Cortes se procedió a la lectura, corrección y expurgo de muy diversos materiales ya existentes, sobre todo los contenidos en el llamado Fuero de Jaca, y luego se añadieron otros nuevos. Una vez aprobada la que conocemos como Compilación de Huesca, se encomendó al obispo Vidal de Canellas que recogiera aquellos fueros en un libro. El resultado, sin embargo, quedó plasmado en dos obras diferentes: una extensa recopilación de fueros, glosados y ampliados por Vidal de acuerdo con el Derecho romano, la cual sería conocida como Compilatio Maior y rechazada como texto legal; y por otro lado la llamada Compilatio Minor, con similar ordenación que la Maior pero mucho más reducida y ajustada al derecho tradicional aragonés, la cual tuvo vigencia legal hasta el siglo XVIII y es el texto que hoy conocemos como el de los Fueros de Aragón.

De la Compilatio Minor tenemos hoy una versión latina recogida en doce códices manuscritos, todos ellos de entre los siglos XIV y XV. Éstos contienen una redacción de los Fueros muy similar, presentando escasas variantes y coincidiendo en lo esencial con las ediciones impresas que aparecieron a partir de 1476.

No sucede lo mismo, sin embargo, con las escasas fuentes en lengua romance hasta ahora conocidas. Todas ellas presentan notables diferencias entre sí y también con respecto a la redacción latina:

— El códice 458 de la Biblioteca Nacional de Madrid. Es un manuscrito de comienzos del siglo XIV editado y estudiado por Tilander (1937), quien ya observó que el texto recogido en él se aparta con frecuencia de la versión latina, coincidiendo en estos casos con el Vidal Mayor.

— El códice 7 (olim 207) de la Biblioteca Universitaria de Zaragoza, de comienzos del XV. Lo editaron Lacruz Berdejo (1945) y Bergua (1950). Fue considerada por Lalinde (1976: 67) como la versión más veraz de las que conocía, por ser más fiel que las otras al texto latino, pese a que reconoció en ella bastantes errores de copia.

— La  versión  de  los  Fueros  conservada  en  el  Archivo  Municipal  de Miravete de la Sierra, un códice de finales del siglo XIII o comienzos del XIV. Fue editada por Antonio Gargallo (1992), y presenta notables va-

1 No se ha conservado el texto latino original. Únicamente contamos con una versión roman-ce conservada en copia del siglo XIV. Es el llamado Vidal Mayor, cuya edición llevó a cabo Gunnar Tilander (1956).

2 La autoría de la Compilatio Minor ha sido muy discutida. Si para algunos autores, como Gonzalo Martínez Díez (1980), cabe dudar de que Vidal de Canellas participase en su redacción, otros autores como Antonio Pérez Martín (1985) o Jesús Delgado Echeverría (1989, 1997) de-fienden que a él se debe la ordenación de dicho texto.

3 Una edición crítica de las diversas fuentes conservadas del texto latino ha sido publicada por Antonio Pérez Martín (2010).


riantes con respecto a la versión latina. Incluye diversos fueros que no se hallan en ésta, y omite otros tantos.

— El códice J.J.N.N. de los Archivos Nacionales de París. Es un documento del siglo XIV que fue ya descrito por Molho (1964: XXII-XXIII) y publicado años después por Pérez Martín (1999). Presenta importantes coincidencias con respecto al códice 458 de Madrid, aunque no mantiene la división en libros y contiene frecuentes errores.

— Cabría añadir, por último, la versión fragmentaria contenida en un documento del Archivo Notarial de Tarazona, editada por Edo Quintana (1962), copia del siglo XV que contiene únicamente el prólogo Nos Iacobus y parte de los ocho primeros fueros. Coincide, a grandes rasgos, con el texto del manuscrito de la Biblioteca Nacional de Madrid.

Como puede verse, son importantes las divergencias entre los testimonios romances señalados, lo cual ha venido dificultando la tarea de fijar el texto. Además, todos estos testimonios han llegado a nosotros a través de manuscritos de los siglos XIV y XV, es decir, muy posteriores a la probable fecha de redacción (1247).

En las últimas décadas se ha venido planteando la necesidad de determinar cuál de las versiones conservadas cabe ser considerada como la más próxima al texto original, aunque desafortunadamente hasta ahora no se ha podido llegar a una respuesta convincente. Tal como ya señalasen hace años Feenstra (1961) y Lalinde (1976), aún carecemos de una edición del texto que nos permita un análisis preciso de la Compilación de Huesca.

Lalinde supuso que la versión latina era la más cercana a la redacción de 1247, y por ese motivo dio prioridad al códice zaragozano entre los textos romances (Lalinde, 1976: 67). Enseguida veremos que tal vez no estuviera desencaminado. Por su parte, Pérez Marín (1999: 13-15) y algún otro autor han considerado más fiel la versión contenida en el códice de Miravete, que suponen anterior a la redacción latina conservada.

El texto que presento a continuación, una versión romance de los Fueros totalmente desconocida hasta ahora, tal vez arrojará algo de luz en el complejo entramado textual de esta obra. Aunque se trata de un testimonio breve y fragmentario —contiene apenas diez fueros pertenecientes al segundo libro—, ofrece un doble atractivo: en primer lugar, el haber llegado a nosotros en un documento datable hacia 1250, es decir, muy próximo a la fecha de redacción de los Fueros; por otro lado, que en cuanto a su contenido y estructura coincide casi exactamente con la versión latina.


4 Entre los otros autores que han defendido recientemente la prioridad del códice de Miravete cabe mencionar a Jesús Morales Arrizabalaga (2007: 32-48).

REVISTA DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA (RFE), XCIII, 2.o, julio-diciembre, 2013, pp. 313-326 ISSN 0210-9174, eISSN 1988-8538, doi: 10.3989/rfe.2013.11
316 MIGUEL CARABIAS ORGAZ


2. FIJACIÓN Y TRANSMISIÓN DEL TEXTO

El texto que aprobaron las Cortes, la Compilatio Minor, seguramente fue redactado y corregido en lengua romance para que pudieran comprenderlo to-dos aquéllos que debían dar su aprobación. Así parece desprenderse del siguiente pasaje del Vidal Mayor (Tilender, 1956: 522):

La antiguidat es diuulgada por iuditio de fuero por unas palauras apropriadas [...] tanto son las palauras estranias del latín o encara tantas son estranias del lengoage de Aragón, que non pueden ser espuestas aqueillas palauras de rafez en latín si non por palabras que son ditas acerqua d’aqueillas, nin los qui fablan en su romantz pueden entender aillí, si non fueren mayestrados por sotil enseynnança [...]

Es un indicio de que los Fueros se vertieron del romance al latín, la lengua “oficial” que no podía ser comprendida por quienes sólo fablan en su romantz y no eran mayestrados por sotil enseynnança. Al habla vulgar debían de pertenecer esas palauras apropriadas de la antiguidat que precisaban de alguien que las “declarase”; es decir, que existía una terminología jurídica vinculada a conceptos nacidos en romance que no podían ser traducidos al latín si no era por medio de glosas y explicaciones (Frago: 1989, 106).

Una vez aprobados los fueros, el rey los haría leer públicamente y luego encargaría a un jurista que añadiera los títulos y tradujera el texto al latín, que era la lengua de la cancillería. Así explicó ya en su momento Gunnar Tilander (1937: XXVIII-XXIX) el proceso de redacción del texto foral de 1247, toman-do como referencia lo sucedido años después con respecto a los fueros introdu-cidos por Jaime II, que encomendó esta tarea a Jimeno Pérez de Salanova, justicia de Aragón: De romancio in latinum translatis, et sub debitis titulis collocatis.

Por ese motivo, es bastante significativo que el texto que aquí presento no contenga ninguna clase de títulos o rúbricas, a diferencia del pasaje latino correspondiente. Si a ello añadimos el hecho de que ha llegado a nosotros en un manuscrito de mediados del siglo XIII, y que además coincide casi puntualmente con la versión latina considerada “oficial”, no sería aventurado pensar que nos encontramos ante un testimonio de la redacción primigenia, o que al menos está muy cerca de ella.

Sobre esta primera versión romance, poco después, se elaboraría el texto latino que conocemos, llevando a cabo una traducción casi literal y añadiendo las rúbricas pertinentes. El carácter “oficial” de la versión latina explicaría, en parte, la homogeneidad de los manuscritos que de la misma se han conservado.

Con posterioridad, años o décadas más tarde, debido seguramente a necesi-dades de la práctica jurídica, irían surgiendo diversas traducciones romances
destinadas a facilitar la comprensión de la versión latina “oficial”. El texto lati-no sería romanceado, por tanto, aunque no con demasiada fidelidad.

Así pues, el proceso de transmisión del texto partió de una primitiva redacción en lengua vulgar, que se tradujo al latín, y del texto latino surgieron con posterioridad varias y muy diversas versiones romances.

Naturalmente, hoy resulta difícil reconocer huellas de la traducción o las traducciones a que fue sometido el texto durante aquellos años. Entre otras co-sas, porque las fronteras lingüísticas en el ámbito románico del siglo XIII, especialmente en la lengua escrita, eran aún muy difusas. Por su parte, el latín hacía tiempo que se empleaba tan solo en determinados ámbitos, como el jurídico, y no era precisamente un latín depurado ni demasiado correcto, sino que mezcla-ba fórmulas jurídicas latinas y términos propios de la lengua vernácula, los cua-les no siempre tenían un equivalente culto. A todo ello hay que añadir el hecho de que, en la elaboración del texto de la Compilación de Huesca, se utilizaron muy diversos materiales, los cuales probablemente fueron redactados en diversas lenguas y terminaron dejando su impronta lingüística en muchos pasajes.

Pese a todo, podemos reconocer algunos rasgos lingüísticos que hacen pen-sar en la versión latina de los Fueros como una traducción. Se advierte cierta tendencia al literalismo de tipo estructural, pues hallamos estructuras calcadas que reproducen uno a uno los elementos de la oración traducida, incluso rompiendo con los mecanismos sintácticos propios del latín. También hay un literalismo de tipo semántico, pues algunos términos adquieren en el texto un valor que no es el propio de la lengua latina, y hay además un buen número de vocablos tomados de la lengua romance que aparecen allí latinizados. Estos dos fenómenos quedan sobradamente plasmados en el texto:
guerrae, medianeto, spondaleriis, cabeçaleriis, pignale, forum, torna, infantio, batalla, etc.

Por otro lado, es probable que, a consecuencia de las disposiciones introducidas por Jaime II en las Cortes de Zaragoza del año 1300, el texto foral experimentara algunos cambios a comienzos del siglo XIV. Éstos consistieron principalmente en una reordenación de los materiales ya existentes, que quedaron distribuidos en ocho libros, y a los que se añadió uno nuevo que sería el nove-no. Sin embargo, estoy convencido de que los cambios no afectaron al contenido ni a la estructura interna de los libros. Tal como ha señalado Delgado Echeverría (1997: 48), simplemente se llevó a cabo la unión del segundo y el tercer libro, dejando intacto todo lo demás. Es decir, que el texto aprobado en Huesca en 1247 permaneció prácticamente inalterado.

Ahora bien, ¿cómo se explica que las versiones romances posteriores presenten tal cantidad de variantes y se aparten de manera considerable del texto latino?...

Tal vez se deba, en primer lugar, a que éstas no recogían una versión “oficial” de los Fueros, algo que, tras su aprobación, correspondía exclusivamente al texto la-tino. Es decir, que se trataba de copias romanceadas destinadas a aclarar o glosar la versión en latín. Algo similar a lo que pudo llegar a ocurrir con la Compilatio Maior, y concretamente con su versión romance, el Vidal Mayor. Incluso se ha venido considerando que alguno de estos testimonios, como el códice de la Biblioteca Nacional, representa una “versión intermedia” entre la Compilatio Minor y la Maior (Delgado, 1989: 80) o un “resumen de Vidal Mayor” (Pérez, 1979: 8). Debemos recordar que en el periodo medieval la traducción no se ajustaba en absoluto a la noción actual de fidelidad. La frontera entre las palabras del autor y las del traductor era con frecuencia difusa y, por tanto, no había una distinción clara entre el texto original y su traducción. En ese sentido cabe interpretar el siguiente párrafo del Vidal Mayor (Tilander, 1956: 521-522):

[...] en el declaramiento de las quoales palauras conuiene que aqueill qui las declara que se departa de la propriedat d’aqueillas o usar de ordenamiento de palauras que es rudo del todo et indigesta, ço es non clara, empero quar millor cosa es saquar la uerdat por palauras rudas que aillenar la uerdat del sono de las palauras et del seso que deue auer, andando en uano por flores rethoricas, es assaber por palabras afeitadas. Mas aproueitable cosa es entender a las palauras de propriedat que son a pro que desuiar de la uirtud de la dreiturera sentencia [...]

Se proponía, como vemos, que el jurista buscase la manera más adecuada de dar a entender las palabras del fuero, lo cual había de hacerse por medio de comentarios, glosas y una traducción libre del texto.

Además, debemos tener presente que los testimonios romances de que estamos hablando han llegado a nosotros a través de copias al menos cincuenta años posteriores al texto que se aprobó en Huesca, y que por tanto se vieron sometidos a un proceso de transmisión salpicado de errores.

No sucede lo mismo con la versión de los Fueros que aquí presento. En este sentido, podríamos mencionar como ejemplo una cláusula que se halla en el fuero número 7 de nuestro manuscrito. En él, al hablar de los testigos y del modo en que deben utilizarse, encontramos la siguiente afirmación:

[...] si son de otro regno, puede se aiudar en medianedo.

Con ese mismo sentido se redacta el texto latino:

[...] si sunt alterius regni, non potest se iuvare de eis, nisi in medianeto.

Sin embargo, el códice de la Biblioteca Nacional, que se redacta a la vista del texto latino, altera completamente su sentido:

[...] si son de otro regno, non se puede aiudar dellos en medianedo.

Todas estas variantes afectarán, no solo a la redacción del texto, sino tam-bién a la ordenación de los fueros. Como podrá verse en la tabla de concordancias que incluyo a continuación, nuestro manuscrito, que llamaré CA, coincide exactamente con el texto latino de la Compilación de Huesca (CH), al igual que el códice zaragozano (Z), que presenta solo variantes en su redacción. En cambio, las versiones de Miravete (M) y de la Biblioteca Nacional (FA) se van apartando hacia ordenaciones intermedias entre la Compilatio Minor y el Vidal Mayor (V).


3. DESCRIPCIÓN DEL MANUSCRITO

Se trata de un folio manuscrito sobre vitela, algo deteriorado, que hallé formando parte de la encuadernación que protegía un legajo con documentación notarial, de mediados del siglo XVI, relativa a la villa de Cantavieja (Teruel). El documento ha quedado depositado en la Biblioteca Nacional de España. Presenta unas dimensiones de 150 × 210 mm, y la caja de escritura es de 115 × 176 mm. El texto está copiado a línea tirada y presenta veintiséis renglones tanto en el recto como en el vuelto. El contenido aparece distribuido en diez párrafos, uno de ellos incompleto, y no presenta rúbricas ni títulos. Los párrafos, salvo el que está incompleto, aparecen encabezados por iniciales rojas y azules. Una posterior corrección del texto suprimió y añadió algunas palabras. Los añadidos aparecen interlineados, mediante reclamo, y se han hecho con tinta de color más claro. También se observa que algunos pasajes fueron borrados o raspados, escribiéndose encima con la misma tinta de color claro que la de los añadidos. Es muy escasa la puntuación, reducida exclusivamente al uso del punto (.) y del guión inclinado (/) para indicar la separación de palabras al final del renglón.

La letra del documento es gótica textual. Siguiendo la opinión del profesor José Manuel Ruiz Asencio, a quien manifiesto desde estas líneas mi más sincera gratitud, podemos detectar algunos rasgos que nos permiten datar el manuscrito: el predominio del ángulo y el contraste de gruesos y finos indican que se trata de letra gótica, pero con rasgos de la primera etapa, pues alternan la d minúscula y la d uncial, tanto en posición inicial como en el interior de palabra; no siempre se hace unión de curvas contrapuestas y se utiliza la s alta al final de palabra. Todo ello sitúa el documento hacia mediados del siglo XIII y, por tanto, en fechas muy cercanas a la de redacción de los Fueros de Aragón, esto es, 1247.

En lo que se refiere a la lengua empleada en el texto, podemos decir que, aunque presenta características comunes a diversos romances peninsulares del siglo XIII, destacan algunos rasgos que cabe poner en relación con el primitivo romance aragonés: la conservación del grupo inicial latino KL- (clama), el posesivo de tercera persona lures, la conservación de -D- intervocálica (fidança), o formas como juge, parçoneros, etc.


4. CONCLUSIONES

Aunque nos encontramos ante un pasaje breve y fragmentario, el texto aquí presentado merece especial atención, en primer lugar, por tratarse del testimonio documental más antiguo hasta ahora conocido de los Fueros de Aragón. Tal y como se desprende de un primer análisis paleográfico, el manuscrito segura-mente fue copiado hacia 1250, poco después de que el texto foral se aprobara en las Cortes de Huesca.

En segundo lugar, es significativo que el texto de nuestro manuscrito coincida fielmente con la versión latina considerada “oficial”, tanto en su contenido como en la ordenación de los fueros. Aunque a comienzos del siglo XIV se habían llevado a cabo algunas modificaciones en la Compilatio Minor, éstas apenas afectaron al contenido de los fueros ya existentes, como puede comprobarse al cotejar nuestro manuscrito, de mediados del siglo XIII, con los códices latinos de los siglos XIV y XV.
Es más que probable, por lo tanto, que nos hallemos ante el único testimonio conservado de la redacción primitiva en lengua romance, sobre la cual se llevó a cabo una traducción al latín que terminaría convirtiéndose en el texto “oficial” de los Fueros.

Posteriormente surgirían diversas versiones romances, pero éstas siguieron ya al texto latino. Serían traducciones más o menos libres, muy divergentes entre sí, pues no tuvieron un carácter “oficial”, sino que estaban destinadas probablemente a aclarar y facilitar la interpretación de los fueros redactados en latín.

A la vista de todo lo que acabo de mencionar, me atrevería a hablar de tres grupos o tradiciones en los testimonios conservados:

— La más antigua y más fiel al texto original, de la que son testimonio nuestro manuscrito (CA) y la redacción latina de la Compilación de Huesca (CH). El códice zaragozano (Z), aunque copiado ya en el siglo XV y con abundantes errores, se aproxima al texto latino y puede poner-se en relación con esta tradición.

— El códice de Miravete (M). Se aparta de manera significativa de la versión latina, aunque no tanto como el manuscrito 458 de la Biblioteca Nacional.

— La versión representada por el códice madrileño de la Biblioteca Nacio-nal (FA), que podríamos considerar una versión intermedia entre la Compilatio Minor y el Vidal Mayor (V). Dentro de este grupo cabría incluir el códice parisino J.J.N.N. y el fragmentario de Tarazona, que coinciden en gran medida con el texto del códice de Madrid.


5. CRITERIOS DE EDICIÓN

Transcribo el texto fielmente, aunque adaptándolo a la moderna puntuación y separando las palabras según criterios actuales. También el uso de las mayúsculas se ajusta a las normas ortográficas vigentes. No he tenido en cuenta la diferencia entre s alta y s de doble curva, aunque sí respeto los casos de elisión en el artículo, individualizándolo por medio de apóstrofo.

Las lagunas o carencias del texto debidas al deterioro en el documento son suplidas entre corchetes [ ]. El texto superfluo o tachado figura entre paréntesis ( ). Las palabras que he añadido para completar el sentido del texto aparecen entre paréntesis agudos < >. Las adiciones que hizo el corrector del manuscrito, tanto las interlineales como las que sustituyen al texto borrado, las transcribo entre líneas oblicuas convergentes \ /.

Las abreviaturas se han desarrollado en cursiva. El signo tironiano aparece transcrito como et. En cuanto a los numerales, mantengo la expresión numérica (I, II, etc.) cuando así aparece en el manuscrito.

Reservo las notas a pie de página para dar cuenta de aquellas particularidades que pueden contribuir a conocer mejor el documento y aclarar el sentido del texto.

6. TEXTO

Fol. 1r

[1]

...[predi]cho porq[ue] non pudo passar agua o muert o enfermeda[t] et por gu[e]ra <a la> que fuer[e] <o> otro uerdadero o sufficient enbargamiento, non seya auido por [u]encido, mas seya dado a elli otro dia a recebir los tes-tigos, et la tercera uocacion et el encendimiento del fuego no aya lugar.

[2]

Torna a batalla no a lugar entre cristiano et jodio et moro, mas qual se [defendie]re del otro (por propio) por propio sagrament en toda razon, enpero quiscuno jure por su ley. Enpero si el cristiano contra el jodio a carta sobre alguna cosa et lo quisiere prouar, por II testigos, et assaber cristiano et jodio son i menester. Et el jodio exament5 contra el cristiano, p[rueua c]on jodio et cristiano. Exament contra’l moro, en toda cosa prueua con cristiano et moro, et el contrario. El moro exa misma ment, prueua en toda cosa contra’l judio con moro et jodio.

[3]6

M[ui]tas ueg[ada]s alguno de qual condicion que seya non quisiere fer testi-monio a [ot]ro omne de qual condicion quiere que seya, el sennor o la cort de aquel lugar o [habit]are aquel testigo constrigan a el fer el testimonio.

[4]

De pla[zo] firmado \entre algunos que uengan/ delant el juge. Si el uno uinie[re] [d]elant el juge et no el otro, estando al dicho <del> juge 7 sobre la pres[enta]cion o el desestamiento del uno de ellos, et el su dicho aya u[alor] de II testigos.

[5]

Si el senno[r] de alguna uilla a aprouar alguna cosa contra alguno, se[gun]t del fuero non puede nin deue en aquella uilla o es el sennor \dar a/ su[s b]asall[o]s ni otros de su signo o de su honor \en testigos, mas/ puede dar infançones leales et hauientes 8 sennorio. Et si non puede auer [tale]s quales ju[z]ga [d]el fuero, reciba del otro del qual se clama I jura.

5 Una estructura adverbial semejante la encontramos en las llamadas redacción C y redacción E publicadas por Molho (1964: 454 y 597): Et yssament proua lo judeu de tot fayt. Tal vez podría ponerse en relación con el antiguo romance occitano.

6 La versión latina presenta la rúbrica De testibus cogendis.

7 Aunque puede tratarse de un error de copia, la elisión de la preposición de en formas equivalentes al genitivo posesivo es frecuente en el habla de comarcas del Alto Aragón.

8 Da la impresión de que el copista añadió con posterioridad la h inicial, cuyo valor sería meramente etimológico.

De aquel que conpra 9 o recibe en pennos alguna heredat; aquella mism[a] fidança et los testigos \segunt del fuero/ deuen seer de aquella uilla o es la heredat, et deuen saber et ueder aquella misma hereda[t], que por cierto se-pan de qual heredat son fidanças et testigos, que si assi feito non fuere, el conprador o el que el pennal recibe puede 10 a ella de cierto perderla, qual la fidança et los testigos non saben ont son fidanças o testigos. Exament, qui conpra o en pennos recibe, si non recibe testigos et fidança del heredat pue-de a ella por [l’]qual fallimiento perder, et si assi pudieren seer auidos los testigos o las fidanças del lugar o de la uilla o fuere la heredat, seya auida. O si auer no la pudieren, seya auida del regno, de qual que lugar, seyan buenos et leales o de cruz.

[7]

De espondaleros, cabeceleros o testigos; aquel que los faze o los estableçe, en qual que lugar los faze a ellos, i \se/ aura aju\d/ar de ellos 11, encara si son de otro regno puede se aiudar 12 en medianedo.

[8]

De aquestos cristianos que testimonian por jodios et por moros sobre qual quiere cosa, despues que aquel mismo cristiano jurare, despues por ninguna manera no lo podra el otro tornar a ninguna batalla.

[9]

De aquel que por mandamiento del judez aduze su[s t]estigos sobre alguna razon, et los testigos offrecen fidanças de [lu]res juras ad aquel \contra/ el qual quisieren testimoniar, ni esta por ellos qual cosa los testigos deuen fer. Si aquel contra al qual son aduchos non quiere recebir a ellos, demientre que fueren a la fidança abondantes, desent non son tenidos testimoniar ni dar fidanças de sus juras, qual el fuero cunplieron.

[10]

Como algun infançon o otro sobre alguna demanda al culpable alguno aduze testigos, \segunt del fuero/ non puede dar testigos parçoneros en la misma demanda.

9 Desarrollo la abreviatura con la grafía n pues parece ser esta la forma utilizada habitualmente en el texto delante de consonante labial.

10 Parece que el copista trató de modificar la última letra de esta palabra, de manera que podríamos leer pueda.

11 Quien corrigió el texto enmienda esta cláusula utilizando la misma tinta de color claro que usa otras veces. Originalmente se leía: i aurá a jurar de ellos. En la corrección añadió la forma pronominal se y escribió una d sobre la r de jurar.
12 Da la sensación de que el mismo copista ha alargado el rasgo de la i para que sea ajudar.


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Fecha de recepción: 3 de julio de 2012

Fecha de aceptación: 5 de noviembre de 2012

REVISTA DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA (RFE), XCIII, 2.o, julio-diciembre, 2013, pp. 313-326 ISSN 0210-9174, eISSN 1988-8538, doi: 10.3989/rfe.2013.11