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jueves, 26 de mayo de 2022

CARTA XV. Noticias de las escuelas literarias de Valencia desde su conquista.

CARTA XV. 

Noticias de las escuelas literarias de Valencia desde su conquista. 

Mi querido hermano: La universidad de Valencia, cuyo estado antiguo deseas saber, no debe su origen, como otras de España, al poder de algún príncipe, sino a los conatos de algunos pocos sabios, y de un magistrado celoso, que venciendo lentamente los esfuerzos de la ignorancia, pudieron al fin zanjar y levantar este edificio tan útil al reino y a la nación. Casi tres siglos pasaron después de su conquista sin poderse verificar el establecimiento tan suspirado; no siendo acaso el menor estorbo la prepotencia de la universidad de Lérida, única por entonces en la corona de Aragón. Mayor fue la prudencia que mostraron ambos cabildos eclesiástico y secular en allanar las dificultades nacidas del derecho que ambos pretendían tener al establecimiento de los estudios: estos dos cuerpos pueden tener la gloria de haber criado esta escuela sin auxilio alguno de mano extranjera. Cuanto más agradable es la vista de un terreno fertilizado con los sudores y afanes del pobre labrador, que las perspectivas y concertadas arboledas de un jardín plantado de un golpe por la mano de un poderoso; así creo que te agraden las noticias que he recogido de esta universidad, donde fuiste educado, considerados sus pequeños principios, y los pasos por donde ha llegado a la grandeza que hoy tiene. Poco ha aliviado mi trabajo el libro que publicó en 1730 el canónigo de esta iglesia don Francisco Ortí Figuerola, intitulado memorias históricas de la universidad de Valencia; porque este escritor ocupado principalmente en publicar la vida de los literatos hijos de esta academia, olvidó o no pudo recoger todas las noticias anteriores a su erección. Algo más debo en esta parte al tratado que dejó MS. el padre fr. Joseph Texidor de los estudios antiguos y modernos de Valencia; bien que de esta obra sólo pude ver cuatro cuadernos sueltos, y aun esos rápidamente y en breves instantes, que no permitió más su poseedor. El principal caudal he recogido del archivo de esta muy ilustre ciudad por favor de su secretario don Joaquín Mascarós. Justo es que sepas los nombres de los buenos españoles, que pospuesta toda pasión o preocupación, coadyuvan a mis trabajos poniéndose de parte de nuestro fin, que es el lustre de la nación y el adelantamiento de la literatura. La primera memoria que hay de escuelas en esta ciudad después de su conquista es del año 1240, en que el obispo Ferrer de Sanmartí con su cabildo, distribuyendo entre sí las rentas, cargos &c., señalaron al preceptor, que entonces era un maestro Domingo, doscientos besantes (a), y el cargo de cuidar de la escuela de la ciudad. 
(a) Como son tan varias las opiniones acerca del valor de los besantes, singularmente de plata, que eran los que señalaban al precentor (así se lee), he querido copiar lo que dice el padre Texidor en sus antigüedades de Valencia (lib. I. c. 18) para fijar lo que valía esta moneda a mediados del siglo XIII: “en el archivo (dice) del real monasterio de Valdigna encontré una escritura en pergamino, que pasó ante Arnaldo Astruch, notar¡o en Valencia, en el mes de Mayo (no dice el día) del año 1254, en ka cual Guillem de Varre, como procurador de Gómez de Muñoz de Terhuel (así se lee), ajustando cuentas de lo que Ramón de Mirambell había recibido y entregado de cuenta, de dicho Gómez, le alcanzó seis mil besantes de plata: et muntant (son palabras de dicha escritura) viginti quatuor millia, et trecentos septuaginta et quinque solidos regalium Valentiae ad rationem quatuor solidorum et unius denari minus pugesa computato besantio. Tenemos pues que en el mes de Mayo de 1254 cada besante de plata valía cuatro sueldos y un dinero menos una pugesa, que es lo mismo que cuatro sueldos y tres cuartos de dinero valenciano, llamados reals de Valencia, que batió el rey don Jayme el conquistador. 

Así consta de la escritura que autorizó Pedro Salvat, notario de dicho obispo en la sacristía de la Seo, a 23 de Junio de dicho año, cuya copia se halla en el libro llamado de la Bisbaliia, fol. 8, que se guarda en el archivo de dicha iglesia, donde se lee: in praecentor autem ita statuimus et ordinamus quod praecentori asignat (assignat) episcopus ducentus besantios in sua parte reddituum vel in primitiis ecclesiarum aliquarum. Item assignamus ei scholam civitatis. No parece que estas palabras deban entenderse de escuela erigida en esta iglesia, tal que pudiera llamarse escuela del obispo o del cabildo. Porque en esta clase no se erigieron hasta pasados algunos años; es a saber, la de gramática en 1259, y la de teología en 1345: cumpliendo en la primera época con el precepto del concilio lateranense III, cap. 18, y en la segunda con el del lateranense IV, cap. II. Y pues entonces dicen expresamente que estas dos cátedras debían regentarse en la iglesia, y en la otra anterior consignación de escuelas sólo se dice: scholam civitatis, no hay fundamento para afirmar que fue escuela erigida en esta iglesia, ni aunque la regentase el mismo chantre; sino que probablemente se le encomendó el cuidado, o digamos superintendencia de las que se iban estableciendo en la ciudad. Según esto no es fácil averiguar qué escuela pudo ser la que regentó S. Pedro Pascual en esta iglesia, siendo su canónigo por tiempo de un año hacia el 1250, cosa que aseguran unánimemente los escritores de su vida y de la historia general de este reino, fundados en las palabras que el santo dejó escritas en la prefación de su biblia parva, donde dijo que había enseñado por espacio de treinta años teología y otras ciencias. Si esta serie de años se han de entender sin interrupción alguna, y sí esta pudo tener lugar en el único año de su prebenda, no estoy para averiguarlo ahora, ni creo que sea fácil. Lo que consta es que el obispo don fr. Andrés de Albalat decretó con su cabildo que hubiese en esta catedral un maestro que enseñase la gramática, que esto fue, como dije, en el año 1259. En el epítome de las constituciones de esta iglesia, tit. IX, se leen estas palabras: eadem constitutione statuerunt unum magistrum qui regat scholas in grammatica in ecclesia, expensis domini episcopi et capituli. Hállase esta constitución en la colección del cardenal Aguirre tomo IV. pág. 180. 

No dejó de contribuir a estos establecimientos del clero el celo y ejemplo del rey don Jayme, que apenas conquistada la ciudad, trató de establecer y fomentar en ella toda suerte de ilustración. Ortí publica en su libro un breve del papa Inocencio IV, dado en León a 15 de Julio año tercero de su pontificado, que fue el de 1245, por donde consta el proyecto que había formado dicho rey de erigir en esta ciudad un estudio general: cum tu, le dice el papa, ferventi cupias animo in ipsa civitate Valentia studium ordinari, quod utique non solum regno praedicto, sed aliis etiam vicinis erit utile; y seguidamente concede a todos los maestros eclesiásticos que en él se hallasen empleados la libre percepción de los frutos de sus beneficios, a excepción de las distribuciones cotidianas (quotidianas). Hizo además este rey un fuero sobre la libertad de escuelas, el cual, como diré después, hallé alegado por los jurados en una deliberación del año 1374. Por ser esta la única noticia que pude adquirir del tal fuero, me costó gran trabajo el buscarle en la colección de los de esta ciudad y reino. Al fin le' hallé en el libro IX, título de metges, apotecaris è speciers. rub. XXXII, n. 17, y dice así: atorgam que tot clergue ò altre hom pusque francament, è senstot servi è tribut tenir studi de gramatica ede (e de) totes altres arts, è de fisica (medicina) è dret è canonich en tot loch per tota la ciutat. Si la intención primera del rey don Jayme fue erigir un estudio general, como parece por el breve del papa Inocencio, algunos estorbos debió de experimentar en ello cuando se vio obligado a establecer un fuero tan opuesto en sus efectos a los que se propuso en su primer plan de estudios. Lo singular es que sobre no haber logrado el establecimiento de escuelas generales, ni aun esa libertad de enseñar todas las artes y ciencias, tuvo efecto en esta ciudad por espacio de muchos años, permitiéndose en ella solamente las escuelas de gramática y lógica hasta el de 1345. Prueba esto un privilegio del rey don Jayme II, dado en Barcelona a 30 de Abril de 1319, cuya copia he visto en un códice MS. en vitela, que contiene los privilegios concedidos a Xátiva, y posee en aquella ciudad el señor don Manuel Jordán. En este documento se ve que el justicia de Xátiva se oponía a la erección de escuelas de gramática y lógica, pretextando la prohibición real de que se enseñasen la filosofía, medicina, derecho canónico y civil en otras ciudades más que en la de Lérida. (Esta universidad es del año 1300)

El rey, suponiendo subsistente y dejando en su vigor esta prohibición, declara que no fue su ánimo extenderla a las escuelas de gramática y lógica, y en su consecuencia manda que se establezcan en Xátiva, como lo estaban, en otras villas y ciudades de sus dominios. De este documento, que para mayor ilustración de este punto va copiado al pie (a), resulta que a los principios del siglo XIV sólo en Lérida se permitía enseñar dichas facultades mayores, y que en Valencia no había más estudios que de gramática y lógica: digo estudios, que establecidos o autorizados por el gobierno civil o eclesiástico, mereciesen el nombre de públicos. 

(a) Carta com se po gues en Xativa legir gramatica et logica. Jacobus Dei gratia, rex Aragonum, Valentiae, Sardiniae, et Corsicae, comesque Barchinone, ac sanctae romanae ecclesiae vexillarius, amirantus, et capita neus generalis: fideli nostro justitiae Xativae aliisque officialibus nostris, vel eorum loca tenentibus ad quos praesentes pervenerint, salutem et gratiam. 

Cum ad audientiam nostram ex assertione pro parte juratorum et universitatis villae Xativae nobis facta pervenerit quod vos praetextu inhibitionis et mandati per nos facti nequis in civitatibus aut villis ditioni nostrae subjectis, praeterquam in civitate Ilerdae (aún se pronuncia Lleidae) sub certa poena audeat docere seu audire jura canonica vel civilia medicinam aut philosophiam, inhibetis ne in villa Xativae legantur grammaticalia et logicalia, et nos velimus quod sicuti in civitatibus et villis aliis ditionis nostrae grammaticalia et logicalia leguntur impune, sic in dicta villa Xativae legi permittantur, cum intentionis nostrae non sit inhibitionem praedictam ad grammaticalia et logicalia se extendere. Idcirco vobis  dicimus et mandamus quatenus permittatis in dicta villa Xativae grammaticalia et logicalia absque impedimento aliquo legi et doceri, et a legentibus seu audientibus poenam aliquam minime exigatis. Data Barchinone pridie kalendas Madii, anno Domini millesimo CCC nono decimo. 

Verdad es que por aquellos tiempos hubo en esta ciudad personas doctísimas de todos estados. Los conventos, singularmente el de santo Domingo, conservan en sus archivos memorias auténticas de muchos religiosos profesores de las lenguas árabe y hebrea, teólogos y oradores eminentes. Mas nada de esto prueba que hubiese estudios públicos de las ciencias eclesiásticas. Por lo que toca a la medicina se infiere lo mismo del decreto del rey don Alfonso IV de Aragón, expedido en 1329, en que manda que se elijan cada año dos médicos examinadores de los que pretendiesen ejercitar esta facultad en Valencia y su reino; y encargando que sean fisichs de auctoritat, no hace mención, como parecía regular, de los maestros que enseñasen esta arte por encargo del gobierno, ni aun de los que tenían escuelas separadas a su arbitrio (a: Vid. Collect. foror. regni Valentiae libro IX. rúbrica 32, número 4.). Lo mismo debemos conjeturar de las demás facultades, mientras no se descubran documentos que prueben lo contrario. Pasado el primer siglo, después de la conquista de esta ciudad, ya se muestra muy otro en ella el estado de la literatura. En el año 1345, a 30 de Marzo, el obispo don Raymundo Gastón instituyó en la catedral una lectura pública de teología. Esta es la memoria más antigua que nos queda de cátedra de esta ciencia, erigida y dotada perpetuamente en esta capital en la escritura de su erección, que publicó Diago (hist. de la prov. de Aragón lib. I. cap. 21), se estableció que fuese perpetuamente regentada por religiosos dominicos, y que se diesen al profesor doce libras en reales cada año por el obispo, y por cada uno de los doce pabordres veinte sueldos en su mes. 

Así se cumplió por espacio de un siglo, comenzando en el año sobredicho fr. Guillermo Anglés, y leyendo hasta el de 1368. Siguiéronse fr. Juan Matheu hasta el 1380: fr. Juan Monzó, natural de Valencia (a), hasta 1385: S. Vicente Ferrer hasta 1390: fr. Antonio Canals, y por su ausencia su hermano fr. Pedro Canals, hasta 1405: fr. Juan Çaera hasta 1427, y fr. Arnaldo Corts hasta 1443. Muerto este último en Agosto de ese año, a 11 de Septiembre del mismo, el vicario general del obispo don Alfonso de Borja y el cabildo resolvieron que en adelante, excluidos los religiosos, regentasen dicha cátedra un canónigo o beneficiado de la catedral, y en su defecto cualquier clérigo de la Diócesis que estuviese graduado. Así se lee en el epítome constitut. sed. Valent. t. X. 

(a) Sobre las razones que alega Ximeno en su biblioteca tom. I. pág. 17 para probar que este religioso tan célebre, es natural de Valencia, y no de Monzón, como pretenden los aragoneses, tengo a mano una deliberación del consejo general de esta ciudad de 4 de Abril de 1375, en que se resuelve dar a dicho fr. Juan Monzón cien florines de oro para su viaje a París, y más doscientos para que se graduase de maestro en teología, y entre los motivos de esta donación alega el consejo el ser dicho fr. Juan natural de Valencia: è encara (dice) perço com es natural de la dita ciutat. Con esto se responde a Latasa, el cual en su biblioteca antigua de escritores aragoneses (tom. 2. p. 91), desentendiéndose de todos los argumentos de Ximeno, muchos de los cuales es cierto que no pasan de conjeturas, sin alegar uno siquiera que merezca este nombre, quiere hacerle natural de Monzón, fiado sólo en el testimonio de los PP. Quetif y Echard, y en la identidad de su apellido con el nombre de esta villa. Pero cualquiera ve cuan poco vale todo eso en contraposición de una prueba tan decisiva como la que he dicho. 

Esta lectura cuya provisión pertenecía al obispo y cabildo, no se tenía, como algunos creen, en el aula capitular de esta iglesia, la cual no se construyó hasta pasados trece años, en el de 1358, sino en la casa llamada de la almoyna, o limosna, domini de capitulo (dicen las constituciones tit. VI) ordinarunt quod in domo eleemosynae (elemosina : almoina) sedis non possit legi scientia cuiuscumque facultatis existat sive legum, sive canonum, nisi dumtaxat theologica, quae ibidem legi est consuetum. De estas palabras consta también que sólo se permitía enseñar teología; mas que esto se hiciese por el texto del maestro de las sentencias, consta por una carta que he visto en el archivo de esta ciudad (tomo VII de cartas), en la cual los jurados, con fecha de 29 de Enero de 1401, exponiendo al papa Benedicto XIII (Luna) los méritos del actual lector fr. Pedro Canals, dicen de él lo siguiente: eum libenter assumpsit (capitulum) ejusdem Valentinae ecclesiaein lectorem, in qua per duos annos elapsos, et tertium in quo sumus, tenens cathedram magistralem, legendo sententias, jam circa finem IV libri existens &c. 

Parece que con el establecimiento de esta cátedra dispertaron (despertaron) los ánimos de algunos maestros, y se movieron a abrir estudios de otras ciencias y artes. Por lo menos hacia los años 1373 se ven ya autorizadas por el gobierno, junto con las escuelas de gramática y lógica, las de otras artes, aunque no las especifica la deliberación del consejo general de 4 de Marzo de este año, que he copiado del manual número XVI, fol. 136 (a). Mándase en ella a los jurados que del dinero común compren una casa donde se reúnan todos los estudios, con lo cual se remedie la incomodidad que padecían los maestros, especialmente el llamado del capitol, y que andaban con sus escuelas divagando por la ciudad, sin hallar casa conveniente para la enseñanza. Si por maestro del capitol entendían el de la catedral, sería el profesor de gramática, que ya más de un siglo tenía esta iglesia, y no el de teología, cuya cátedra, como dije, tenía su asiento fijo en la almoyna, que era casa perteneciente a la iglesia desde los tiempos del obispo don fr. Raymundo Despont, a fines del siglo XIII. Por otra parte parece que hacia el mismo tiempo se suscitó cierta competencia entre el obispo y el magistrado sobre el derecho de establecer y arreglar las escuelas. 

(a) Dice así: "anno M. CCC. LXXIII die veneris de mane IV mensis Martii.... Item com fos proposat en lo dit consell que com les escoles de gramatica è logica è daltres arts ques mostren en la dita ciutat, no haguessen loch cert, ne alberch propri, e perço ses devengues (ses + salto línea + s'esdevengues) quels maestres, è specialment aquell qui es appellat de capitol havien a discorrer ça è la per diverses parts de la ciutat a cercar e trobar alberch e comunament, non podien haver, almenys covinent ò tal com pertany à escola, è per aquesta raho los escolans fills dells bons homens de la dita ciutat, e altres perdien lus (lur, lurs : su, sus) temps en havien altres dan a vegades. Per tal lo dit honrat consell volent provehir a aquesta indempnitat, ordena e comana als honrats jurats de la dita ciutat è à la maior part daquells que de la pecunia comuna de la dita ciutat compren un alberch pera les dites escoles, aytal è segons que a la saviea è discrecio lur o de la maior partida dells sera mils vist esser faedor.” 

Llegó el negocio a términos que el obispo don Jayme de Aragón echó mano de las excomuniones, y mandó encarcelar a un Pedro Costa, bachiller en artes, que por encargo de la ciudad tenía escuela en la casa que para este fin se había comprado en la parroquia de S. Bartolomé. A esta pretensión y a los procedimientos que de ella dimanaron se había ya opuesto el magistrado en 14 de Agosto de 1374; pero con mayor energía el domingo 17 de Septiembre siguiente, en que el consejo general protestó por medio de mensajeros al señor obispo esta violencia, y lograda la libertad de Costa, mandó se publicase el día siguiente un pregón, en el cual se mandaba que nadie se opusiese a la libertad concedida en esta parte por los fueros y privilegios antiguos, y en su cumplimiento pudiese cualquier clérigo o lego enseñar libremente donde y como le pareciere la gramática y otras artes, entre las cuales expresan la medicina y el derecho civil y canónico. Aludían en esto al fuero ya alegado del rey don Jayme I (a). 

(a) En el manual de consejos del archivo de esta ciudad núm. 16. fol. 220 se halla el pregón mandado publicar en la forma siguiente. “Ara ojats queus fan saber los honrats justicia, jurats, consellers e prohomens de la ciutat de Valencia, que com alcuns hajen intencio que escola o estudi de gramatica, o daltres arts en la dita ciutat nos puxa, nes deya tenir sino en cert nombre, o en certa manera, lo contrari de la qual cosa es ordenat expresament per fur: per tal a tolre la dita intencio los dits justicia, jurats, consellers e prohomens dels quals se pertany notificar los furs, privilegis, e libertats de la dita ciutat, e aquells defendre e matenir (mantenir); ab la present publica crida intimen e notifiquen a tots en general que per expres fur antich es ordenat e atorgat que tot clergue o altre hom puixa franchament e sens tot servy è tribut, tenir studi de gramatica o de totes altres arts e de fisica, e dret civil e canonich en tot loch per tota la ciutat: lo qual fur e coses en aquell contengudes los dits justicia, jurats, consellers e prohomens volen esser observades, e entenen aquelles legudament (degudament : debidamente) defendre e mantenir, si per alcun o alcuns era assajat lo contrari.”  

No es difícil calcular los daños que debía producir esta libertad verdaderamente opuesta a los progresos de la literatura, fomentada antes al parecer con la reunión de las escuelas. Aun cuando los maestros que las querían abrir sufriesen el correspondiente examen de su suficiencia, y se tomasen otras precauciones oportunas, era casi imposible que abierta una vez la puerta a muchos maestros, no se abriese igualmente a la división de sistemas y partidos; y siendo regular que en esta situación cada maestro intentase humillar a sus rivales, bien se echa de ver cuan poco medrarían las ciencias y artes por este medio. Al contrario, podía esperarse que la reunión de todas las escuelas en un cuerpo de universidad proporcionase a la juventud una instrucción ordenada y metódica, cual es la que nace y se perfecciona bajo unas mismas ideas. Cierto es que si este plan fuese parto de la ignorancia vendrían a ser las universidades los baluartes más inaccesibles al buen gusto y a la sólida literatura. Los sabios de aquel tiempo, a quienes tocaba remediar un daño sin ocasionar otro, trabajaron inútilmente mucho tiempo en unir estas escuelas separadas.

Con este objeto encargó varias veces el magistrado que se formasen nuevos estatutos. En 28 de Septiembre de 1389 mandó el consejo general que dos juristas, dos médicos, cuatro notarios y algunos prohombres de la ciudad examinasen los que había formado Pedro Figuerola, maestro en artes y en medicina; y a 12 de Octubre del mismo año resolvió que fuesen puestos en ejecución, siendo aprobados por el obispo y cabildo. Ambos acuerdos he visto en el manual de la ciudad, núm. 19, mas con el dolor de no hallar copiados allí los estatutos. Lo mismo me ha sucedido con otros que se presentaron en 27 de Septiembre de 1399, dispuestos por el célebre fr. Francisco Eximénez, de la orden de S. Francisco, Micer Pedro Catalá, licenciado en decretos, Francisco Tallat, licenciado en leyes, y Salvador Ferrando, notario (manual 21. fol. 294). No bastando tampoco estas constituciones para el provechoso establecimiento de las escuelas, la ciudad, que no perdía de vista objeto de tanta consideración, encargó de nuevo su reforma y arreglo en 28 de Febrero de 1410 (a). 

(a) En el manual 23 fol. 201 en el día y año dichos se lee la siguiente deliberación: "E deduhits en relacions los adops, correccions, e melloraments que merexien les escoles de arts e de gramatica e logica e filososofia de la ciutat de Valencia, axi en los maestres e cambrers, e lectura de aquells e studi, e doctrina, e salaris, e regiment, lo consell delibera, concorda e provehi recomanant als honorables jurats que tots o part dells ensemps ab los honorats Micer Guillem Strader, En Salvador Ferrando e En Pere Carcassona, e altres homens de sciencia quels pareguen esser apelladors, e deure entrevenir en lacte, sabessen los feyts e veessen, e mellorassen, e ordenassen en e de les dites escoles en lo cap, e en los membres per raho del studi, e doctrina, e salaris ço quels paregués esser fahedor, e deure esser possat (posat : puesto) en tall, e orde, e regla e manera bona a instruccio, e doctrina, e bones costums dels fills de la ciutat, heu (e ho) reduissen en memoria per capitols referidors al consell de la ciutat.”

Mas ni aun esta diligencia bastó ni bastaran cuantas se hubiesen hecho de nuevo, mientras no se allanasen dos dificultades radicales, que daban por el pie a estos y otros cualesquiera estatutos. Una era la repugnancia del obispo y cabildo en aprobar los formados por personas legas: y otra mucho mayor la que ya dije de la separación de las escuelas. Es muy verosímil que contribuyese mucho a vencer estos estorbos el ilustrado hijo de esta ciudad S. Vicente Ferrer, que se hallaba en ella a fines de ese año 1410, el cual sobre el respeto con que era oído de todos por su virtud, conocía por su doctrina y larga experiencia las ventajas que había de acarrear a su patria la reunión de escuelas, y la armonía y concordia con que debían proceder los encargados de su establecimiento. Produjeron al fin todos estos afanes el fruto deseado, y miércoles a 7 de Octubre de 1411 decretó segunda vez el consejo general la reunión de todos los estudios de la ciudad en la casa que era del noble mosen Pedro Vilaragut, mandando que los jurados tratasen con el cabildo de la Seo sobre los capítulos que debían regir, así en la doctrina, como en las dotaciones, y lo demás tocante al gobierno del nuevo edificio literario (a). 

A consecuencia de esto a 5 de Enero de 1412 fueron leídos y aprobados en el mismo consejo los nuevos estatutos, después de haberlo sido por el obispo de esta iglesia don Hugo de Lupia y Bagés con su cabildo. El citado Ortí anticipa equivocadamente un año esta sesión: y es bien extraño que no publicase aquel documento, tan digno de la luz pública, por ser como la base de las constituciones que se formaron más adelante,

(a) Esta deliberación se halla en el manual núm, 23, fol. 460, y dice así: “item lo consell es de oppinio que les scoles de la ciutat sien sots doctrina è disciplina de mestres en lalberch que solia esser del noble mossen Pere de

Vilaragut, e ara es dels obrers de murs e de valls: e que los honorables jurats tracten ab lo capitol de la Seu, en facen capitols tals com los parega esser fahedors axi en la lectura, e doctrina, e regiment, e com en salaris.” 

y una muestra de las ideas literarias de aquel tiempo. Por lo mismo, aunque no he podido rastrear los autores de dichos capítulos, ni si fueron enteramente nuevos, o sólo reforma de los presupuestos anteriormente, he tenido por muy útil el trabajo que me he tomado en sacar por mi mano la adjunta copia de la que se conserva en el archivo de esta ciudad (a: Manual n. 23. f. 433. Se hallará en el apénd. n. VII.). 

Van también ilustrados con algunas notas, que me han parecido oportunas para aclarar los lugares oscuros. Con esto me dispenso de extenderme en su análisis. Lo que echo de menos en ellos es la deliberación del derecho en la provisión de cátedras, su número y salarios: cosas que sin duda quedaron unánimemente acordadas por ambos cuerpos. Muy pronto mostró la experiencia la utilidad que debía esperarse del nuevo estudio general en el número crecido de estudiantes que acudieron a él de todo el reino en tanto grado, que a pesar de lo mandado en los estatutos núm. I, tuvieron que sacar las escuelas de gramática de la casa señalada, y fijarlas en distintos parajes de la ciudad. El magistrado por su parte no descuidó en fomentar por los medios posibles la literatura. En el año 1420, para estimular al estudio de la jurisprudencia, logró del rey don Alfonso V un privilegio en que concedía los honores militares a todos los valencianos que ejerciesen los oficios de justicia civil o criminal, jurados, mustaçaf (almotacén) &c. (a). 

En 1424 dio cien florines de oro al maestro Guillem veneciano, para que leyese y explicase los poetas latinos que le fuesen señalados, continuando entretanto la lectura de la eneyda (Eneida) de Virgilio y de los libros de consolatione de Boecio (b). En 1427 consiguió que alternasen los valencianos con los catalanes y aragoneses en el rectorado de la universidad de Lérida.  

(a) Hállase este privilegio en la colección impresa de los de esta ciudad, folio 183. núm. II. Ortí le publicó también en las memorias citadas pág. 429. 

(b) Esta deliberación es de 28 de Septiembre de ese año: la he visto en el manual, núm. 28 fol: 83, dice así: "mes avant lo dit consell provehi que fossen donats e pagats de les pecunies de la dita ciutat a mestre Guillem veneciá, poeta, cent florins, los quals los honorables jurats de la dita ciutat havien promessos pagar al dit mestre Guillem qui sera profert (se había ofrecido), legir per hun any aquel libre o libres de poetes que volrien, la qual  lectura faria publicament en les cases de la dita ciutat; et lo qual dit mestre Guillem ja en lo temps de la juraderia passada (de los jurados anteriores) habia començat, e apres continuat loablement per cascuns dies, axi fayners, com de festes per alternats dies la lectura dels libres de Virgili eneydos, e del Boeci de consolacio. 

Trae esta noticia Escolano (p. I. lib. 5. cap. 24), en la cual no he podido certificarme por no haber hallado en el archivo de la ciudad el manual de los años 1426 y 1427. Con estos y otros estímulos se fomentaron maravillosamente los estudios, y vio nacer esta ciudad en su seno una porción de maestros ilustres, seculares y regulares que la honraron con su doctrina en todo el discurso de este siglo XV, cuyo catálogo se puede ver en las memorias de Ortí, cap. XI, y en la biblioteca de Ximeno. Nada diré de la literatura de aquel tiempo, que se hallaba aquí como en todas nuestras provincias, caminando hacia la perfección a que llegó en el siglo siguiente. Sin embargo, no quiero dejar de darte noticia de una obrita de este tiempo, desconocida hasta el nuestro, que vi y copié años pasados en la biblioteca de mi convento de S. Onofre, extramuros de esta ciudad, la cual puede servir de muestra del gusto con que entonces se trataba la filosofía moral. Con una muy linda alegoría del autor personifica la prudencia, la cual, vestida con propiedad supone bajar del cielo a dar al pueblo valenciano varios documentos sobre l'estament de la vida política. Es admirable la claridad, laconismo y sencillez de su estilo, el lenguaje sumamente gracioso y correcto. Es breve, y por lo mismo he querido añadir unas coplas lemosinas, las cuales nunca vi hasta ahora impresas (a: V. el apéndice núm. VIII.), y están en el mismo códice que fue de los duques antiguos de Segorbe, y a fines del siglo XVI vino a parar a manos del maestro fr. Tomás de Arteaga, hijo de aquella casa. Contiene además la vida de S. Onofre, y una relación del hallazgo del cuerpo de san Antonio Abad: escritos ambos llenos de noticias fabulosas creídas en aquel tiempo, pero documentos muy apreciables de la riqueza y propiedad de la lengua lemosina. Tal vez fue fruto de los progresos de este estudio general la presteza con que se adoptó en esta ciudad el arte de la imprenta, que tanto extiende y facilita los conocimientos literarios. El erudito don Joseph Villaroya, bien conocido por sus escritos (por ejemplo: COLECCIÓN DE CARTAS HISTÓRICO-CRÍTICASEN QUE SE CONVENCE QUE EL REY D. JAYME I. DE ARAGÓN NO FUE EL VERDADERO AUTOR DE LA CRÓNICA O COMENTARIOS QUE CORREN A SU NOMBRE. ESCRITAS A UN AMIGO POR D. JOSEPH VILLARROYA DEL CONSEJO DE S. M. Y SU ALCALDE DE CASA Y CORTE. - editado, está online), en una disertación impresa en 1796 demostró que la edición más antigua de España es la del libro que se conserva en la biblioteca de este mi convento, intitulado obres, ò trobes en llaor de la Verge Maria (llaor : loor), la cual se hizo en esta ciudad año de 1474, cuando se entendía en imprimir la voluminosa obra de un diccionario que se publicó por el mes de febrero de 1475, en el cual se imprimieron otros muchos libros. A esta gloria que resulta a Valencia de ser la primera ciudad que adoptó e introdujo la imprenta en la península, acompaña otra, que consiste en la abundancia de libros que publicó en lo restante de ese siglo, y en el esmero con que se ejecutaron algunas de estas ediciones, que cierto pocas de aquel tiempo les igualan. Aun en el nuestro es notorio cuanto debe el gusto tipográfico español a las imprentas de Valencia, señaladamente a la de Monfort, cuyo actual director ha sabido desprenderse de inmensos caudales para llevar al más alto punto de perfección el gusto y la finura de su padre don Benito, fundador de esta oficina. Si en esto se descubre la aptitud y el genio que tan acreditado tienen estos naturales para las bellas artes, en el primer siglo de la tipografía mostraron su amor a las ciencias, abrigando antes que nadie a los artistas extranjeros que les proporcionaban este secreto de promover la buena literatura. Mas volviendo a tomar el hilo de mi narración, bien se ve que a pesar de este y otros auxilios, no teniendo esta reciente academia la facultad de conferir grados, faltaba un grande estímulo a la juventud, y un escalón muy principal para que llegasen a su perfección las ciencias y artes. Habíanse ya extendido en aquel tiempo las reservas pontificias hasta los grados de doctor: oficio que en lo primitivo daban los obispos cuando se contaba entre los órdenes y grados de la jerarquía eclesiástica; de lo cual queda memoria en el concilio I de Zaragoza, celebrado el año 380. Donde no se hallaban universidades erigidas o confirmadas por el papa, sólo este daba facultad para que se confiriese el grado de doctor. Puedo citar de esta práctica un ejemplar perteneciente a esta ciudad, cuyos jurados escribieron a Benedicto XIII con fecha de 29 de Enero de 1401, pidiéndole que hiciese esta gracia al dominicano fr. Pedro Canals, a la sazón lector de teología de la catedral, interesando al mismo efecto al cardenal don Fernando Pérez Calvillo, obispo que fue de Vique, y después de Tarazona; y al general de la Cartuxa (cartuja) don Bonifacio Ferrer (hermano de Vicente, traductor de la Biblia en lengua valenciana, como él mismo lo escribe), que a la sazón se hallaba con dicho Benedicto. He visto copias de estas cartas en el archivo de esta ciudad (tom. VII. de cartas). Y es de notar que así al papa como al ven. don Bonifacio pidieron que dicho religioso fuese promovido al magisterio de teología por mano del maestro que ellos y el cabildo eclesiástico juntos o separadamente eligiesen: sub magistro, dicen al primero, quem nos et dictum capitulum simul vel separatim duxerimus eligendum; y al segundo: sots aquell maestre, lo qual nos, è lo capitol de la Seu ensemps, ò separadament eligiriem. Lo mismo puede conjeturarse que debió de suceder con algunos otros insignes varones de aquel tiempo; aunque la mayor parte conseguían el grado de doctor en Lérida, París, Oxford y otras academias, donde concurrían, con no pequeñas incomodidades, y exportación de sumas crecidas, al estudio de las facultades mayores señaladamente de la jurisprudencia. Deseaban aquellos verdaderos padres de la patria que las luces de sus hijos reconcentradas en esta capital atrajesen las de las otras academias, enriquecidas a costa de nuestros literatos. Logróse esto a fines del siglo XV: época la más oportuna para que nada estorbase los progresos del siglo de oro de nuestra nación. Comenzó el consejo general esta grande obra decretando en 14 de Agosto de 1498 la renovación y extensión del edificio destinado para estudio general, y encargando la formación de nuevas constituciones a los jurados mosen Jayme Vallés (pone Valles), caballero, don Damián Bonet, don Bernardo Vidal, don Luis Amalrich y don Pedro Belluga, ciudadanos mosen Juan de Vilarasa, don Gaspar Amat, ciudadano, Racional, y don Bernardo de Assio, síndico. Desempeñaron estos su comisión, juntándose el día 30 de Abril de 1499 en la casa del dicho Racional, que estaba frente de la iglesia de S. Martín, y publicando los estatutos y capítulos que formaron de nuevo, más apreciables que los antecedentes, porque especifican todas las clases de ciencias y artes que se habían de enseñar, el número de los maestros y su dotación, el nombre de los que entonces fueron escogidos, las horas del estudio, los libros, actos, penas, oficios y otras costumbres pertenecientes a la literatura y política de aquel siglo. Los encontré en el manual de deliberaciones núm. 50. fol. 316, y de allí es la adjunta copia que envío de mi mano, e ilustrada con algunas notas (a: V. el apéndice núm. IX.). 

En el capítulo LI dan facultad al rector para que con tres o cuatro maestros en teología y con el síndico de la ciudad ordene las constituciones interiores del estudio, determinando los libros que se han de leer y el modo de tener las lecciones y actos &c. De esto nada he podido ver.

En capítulo LV resolvieron que se escribiese al santo padre y al rey suplicándoles que concediesen a esta academia la facultad de conferir grados de doctor, bachiller &c., como se acostumbraba en Roma, Bolonia y Lérida. Era a la sazón sumo pontífice Alexandro VI, que de arzobispo de esta iglesia había sido elevado a la silla de S. Pedro. Enviaron pues a pedir a su santidad esta gracia con algunas otras por medio de Micer Juan Vera, capiscol y canónigo de esta catedral, en carta fecha a 5 de Mayo de 1500. De la cual y de las instrucciones que dieron al encargado por ser cosa curiosa, he sacado esa copia del archivo de la ciudad (tomo XXXIII de cartas) (a: V. el apéndice núm. X.): suplicaron esto los Jurados cuando estaba ya expedida la bula en 23 de Enero del mismo año, sin duda a solicitud del cardenal de Capua, como insinúan los mismos en la instrucción dada al canónigo Vera. Otra bula se había expedido también con la misma fecha, nombrando por jueces, conservadores de la nueva universidad al arcediano mayor, al deán y al chantre de esta santa iglesia; el rey don Fernando el Católico aprobó y confirmó todo lo hecho a 16 de Febrero de 1502. No diré más sobre estos documentos por haberlos publicado ya Ortí al fin de su libro con otros muchos pertenecientes al gobierno interior de la academia, distribución de cátedras y demás que sería largo referir. Reimprimiéronse después junto con las nuevas constituciones de la misma universidad en el año 1733.

Esta es la época de la academia literaria de esta ciudad, a quien sucesivamente honraron los reyes con privilegios, visitas personales y otras demostraciones. Su principal gloria consiste en haber florecido en ellas las ciencias, como consta de la historia de la literatura nacional. Desde su fundación comenzó a reinar en ella el nebrisense (Antonio de Nebrija), y con él el buen gusto en las humanidades, singularmente en las lenguas orientales. Verdad es que hubo aquí, como en otras escuelas de España, maestros de mal gusto, enemigos de las buenas letras. Uno de ellos, que lo fue de Juan Luis Vives, logró que este joven emplease su ingenio en componer declamaciones contra Nebrixa, yerro que enmendó después con ventajas, singularmente desde que en Lovaina comenzó a estudiar, olvidando lo que había aprendido en París. Es notorio lo que este célebre español contribuyó con sus luces y ejemplo a los progresos de las ciencias y artes en esta su patria: por otra parte son muy conocidos en Europa los dignos hijos de esta academia en los tres siglos que cuenta de duración. Al presente renacen en ella las ideas finas y sólidas, que por una suerte casi general habían desaparecido con el siglo XVI. Las luces que se han esparcido por toda la Europa han hecho ver la necesidad de reformar en parte el método antiguo de la pública enseñanza, y de clasificar mejor las escuelas. Cimiento es muy sólido de los progresos que de este nuevo plan espera, y ya comienza a experimentar el público, la necesidad de dedicarse los alumnos de estas escuelas al estudio de las lenguas orientales. Las cuales, aunque ya se enseñaban en ella desde su fundación, el rigor actual en los exámenes y la precisión de los ejercicios públicos de griego y hebreo, que debe hacer cualquiera para entrar en la clase de los opositores, estimula a que no se tome como de ceremonia un estudio tan necesario para el progreso de las buenas letras. La medicina que con tanto crédito se ha enseñado y enseña hoy día en esta universidad, cuenta para su adelantamiento con un nuevo jardín botánico que se está construyendo junto al convento de S. Sebastián de padres Mínimos de S. Francisco de Paula. La suavidad de este clima, la abundancia de aguas, y la inteligencia y el celo infatigable de los labradores hacen esperar que antes de mucho tiempo vengan a ser propias de este suelo las plantas más exóticas, con lo cual se proporcione a los profesores de medicina una muy completa instrucción en este ramo, que sólo se adquiere teniendo a la vista y vivas las reproducciones del reino vegetal.

Otro beneficio más general hizo a esta academia su digno hijo el ilustrísimo señor don Francisco Pérez Bayer, enriqueciéndola con su copiosa y exquisita biblioteca (que se perdió en gran parte en la guerra de la independencia), de la cual por un raro ejemplo se desprendió para este fin antes de su muerte. Por este medio ha venido a poseer la universidad, no sólo la gran colección de libros raros y singulares que poseía aquel célebre literato, sino también las obras magistrales de todas las ciencias y artes, que agregó él después a costa de grandes expensas para completar una biblioteca pública digna de esta academia, que le debía su nuevo lustre, y de esta ciudad, que tal vez será la más sobresaliente de España en el número de bibliotecas copiosas, así de monasterios, como de personas particulares. Me falta añadir que del origen de las diez y ocho cátedras que hay en esta universidad con el título de pabordrías, habla Ortí largamente. Se reduce a que don fr. Andrés de Albalat estableció en esta iglesia hacia el año 1259 doce prepósitos o ecónomos, a cuyo cargo estuviese recoger y administrar las rentas de la iglesia, repartiéndose esta carga por los meses del año, de los cuales tomaron el nombre con que se distinguían. De otras semejantes prebendas, erigidas en Tours, hace mención Ducange (V. praepositus), y en Barcelona los estatutos de esta iglesia de 1332, que publicó Martene (anecd. tom. IV. col. 612). Con el tiempo crecieron los de acá en rentas y exenciones, y así permanecieron hasta santo Tomás de Villanueva, el que en 1553 las suprimió todas, aplicando sus rentas a la mensa capitular, a excepción de la que llamaban del mes de Febrero, cuyos frutos al fin del mismo siglo, se aplicaron a diez y ocho cátedras de esta universidad, que han conservado el nombre antiguo de preposituras o pabordrías. Los naturales ya de antiguo llaman a los que las obtienen pabordes: palabra derivada, como parece, de la francesa prebotez (preboste). 

Basta ya de carta: si queda algo para contestar, lo diré otro día.

A Dios. Valencia 20 de Febrero de 1803. 

lunes, 21 de enero de 2019

El "Vocabulario valenciano" del catalán Rosanes

El "Vocabulario valenciano" del catalán Rosanes

Ricart García Moya

software Valencia El Vocabulario Valenciano Del Catalán Rosanes

Es falso que la castellanización de los valencianos se produjera antes del XIX, salvo en el funcionariado y capas dirigentes; el pueblo llano, en tiempos de Bernat y Baldoví, era incapaz de hablar correctamente el castellano.

La implantación sistemática fue iniciada hacia el 1869 por Miguel Rosanes, un catalán de Vic destinado al Reino y que se propuso enseñar la lengua de Cervantes a quienes no conocían más idioma que el valenciano. Según Rosanes, nombrado director de la Escuela Superior de Sueca, era empresa titánica: Es preciso tocarlo prácticamente para formarse una idea del ímprobo trabajo que esto ocasiona. Cuando tomamos nosotros posesión de la escuela que dirigimos, no hubo entre cincuenta niños mayores de 9 años uno solo que supiese el significado de la palabra ceniza. Dios sabe lo que esto nos desalentó (Rosanes: Miscelánea, 1864, p.78). El pedagogo catalán, tenaz, optó por publicar un Vocabulario valenciano-castellano destinado a introducir la gramática de Castilla en las poblaciones en que no se habla la lengua castellana. El manual tuvo éxito entre los maestros, usándose para la inmersión en castellano con el método de sustituir la voz valenciana por la castellana, táctica perfeccionada en el 2001 por la Generalidad, al prohibir vocablos valencianos e imponer los catalanes y castellanos.

Entre los sustantivos que recoge Rosanes hay algunos tan patrimoniales como chulla (catalán xulla), garró (cat. turmell), melic (cat. llombrígol), y bascoll (cat. clatell); el derivado bascollá (cat. clatellada), recurso pedagógico contundente, también lo incluye Rosanes. Aparte de estos vocablos figuran otros que son idénticos en valenciano y castellano, realidad que la inmersión rechaza sin razonar que la lengua valenciana posee tantas voces similares al catalán como al castellano, y que muchas de ellas surgieron en el Reino antes que en la meseta o en el condado levantino.
Así, la primera documentación de bufanda en castellano es de 1782, mientras que el bufanda recogido por Rosanes estaba arraigado en el idioma valenciano del XVIII: eixes bufandes tan fines (Coloqui de Pepo Canelles), de donde pasaría al catalán. En la lista de Rosanes encontramos al monstruito regnícola butoni, equivalente al coco castellano y papu catalán. Los filólogos catalanes (los que leen país donde dice Reino), han tratado de restarle encanto y misterio al atribuirle la etimología bu + Toni, sin documentación que la sustente. Parece que la forma buto era la más antigua, pues Escrig da preferencia a butoni (1871), y también existía un juego infantil con tal denominación: asó es chuar al butoni (El Mole, 1840, p. 10). Por los mismos años en que Rosanes redactaba su vocabulario en Sueca, el suecano Baldoví ofrecía en verso la sinonimia entre fantasma y butoni:
vore que les femelles / fasen també la fantasma (...)
anar fentmos el butoni /
a deshora de la nit (Pascualo y Visanteta, 1861, p.6).
Después de 1707 el idioma valenciano seguía tan vivo como en el 1400, asimilando voces foráneas y modelando morfologías propias, hasta tal punto que la lengua valenciana moderna apenas tiene parecido con el romance de 1238. Hay léxico que suponemos ancestral y no se remonta a más de dos siglos. Así, en la frase: Chiqueta, tingau trellat y no mos trenqueu eixos butacóns, usamos el sustantivo butacóns incorporado hacia el 1850, procedente del malsonante venezolano putaka. De igual modo, butoni o buto pudo estar asociado al valenciano bulto, imagen humana borrosa; o podría emparentar con el italianismo busto en su antigua acepción de cadáver (la generalización fonética y gráfica de sinyor, sinyora en el valenciano del XIX estaría vinculada al italiano signare, y plurales similares al italiano buoni podrían generar tras peripecias orales formas populares como butoni). El enmudecimiento consonántico también era decisivo en la creación de voces, de busto a buto pudo suceder como en el cambio morfológico y semántico del antiguo tresllat (traslado) al moderno trellat (cat. seny).

Los catalanes ambiciosos -los que llaman catalán a Sorolla
Arturo Quintana Font, filólogo catalán y catalanista ambicioso

 

 

 

 

 



Los catalanes ambiciosos -los que llaman catalán a Sorolla (a Ignacio Sorolla Vidal no, a Joaquín Sorolla) en la Gran Enc. Catalana-, han conseguido que nos avergoncemos del idioma valenciano del XIX, producto de la evolución independiente del mismo. En 1860 pudo constatar Rosanes que se mantenía la singularidad idiomática respetada incluso por Jaime I, cuando ordenó arromançar los Furs sin supeditarlos a ninguna lengua foránea.

https://www.levante-emv.com/opinion/2012/05/29/rigor-cientifico-frente-descalificacion-barbarie/908888.html

El vocabulario del aséptico Rosanes captó esta preciosa morfología valenciana: bol chaca (cat. butxaca); cona de cansalá (cat. cotna de cansalada),y robell o yema de huevo (cat. rovell), cultismo que enlaza con el étimo latino robigo, con bilabial (Ros, 1764). Frases como rama chiqueta que escomensa a arrailar (p.46) o Borracho, choquet de chica (p.59), erizarían pelusas de madame Parrús e incluso las de monsieur Tarancón.
Junto a voces surgidas después del 1238 (butacó, arbelló, bolchaca, butoni...), el idioma valenciano que recogió Rosanes contaba con joyas mozárabes como cuallá (p.16), / collá, collada / derivada del latín coagulare. Hasta los filólogos más rateros admiten la valencianía del mozarabismo: no tengo pruebas de que el valenciano quallar se haya empleado en catalán (Corominas, DCECH); y Gulsoy y Cahner también lo reconocen:
La gran vitalidad de quallar en Valencia se deberá al hecho de que allí haya continuado como mozarabismo (DECLLC,1992). No les queda más remedio que aceptarlo ante la documentación medieval en valenciano donde aparece quallar y derivados. Como es sabido, por la ruta valenciana a Lérida fue filtrándose nuestro idioma, aunque Gulsoy observó que, todavía en el siglo XVII, quallar debía ser poco conocido en el Principado (DECLLC). Ahora ya lo conocen y utilizan.
Una reflexión: si del latín coagulare -pasando por los mozárabes quwalyo, qalyo de 1106- , los valencianos creamos la familia semántica de quallar:

¿qué autoridad tienen los Rosanes de Ascensión -sean mallorquines como Hauf o fanáticos catalaneros como Verónica Cantó (AVL)-, para impedir que sigamos escribiendo y pronunciando la apócope en quallá o cuallá?

Tal morfología fue creada en el Reino por valencianos libres, no castellanizados ni supeditados a ninguna gestapo del IEC. Otra cosa es que toleremos que los catalanes sigan usando el arcaísmo valenciano quallada (que les prestamos gustosamente), pero nosotros tenemos derecho a apocopar sílabas y plasmarlo gráficamente sin sufrir imposiciones de los plomizos vecinos.
Y una duda bizantina: ¿por qué el suecano Joan Fuster, tan perspicaz y erudito, no se enteró de que el Reino -incluida Sueca- fue castellanizado a rajatabla por el catalán Rosanes en 1864?

Diario de Valencia 16 de Diciembre de 2001

miércoles, 27 de diciembre de 2017

Toponimia comarca Matarranya, Juan Luís Camps Joan, Queretes

Toponimia comarca Matarranya, Juan Luís Camps Joan, Queretes

https://vilesigents.wordpress.com/2017/12/22/toponimia-de-la-comarca-del-matarranya/

Juan Luís Camps Joan, Queretes

(Publicat al Diario de Teruel el dissabte 16 de desembre del 2017)
 
Lo passat dissabte 25 de novembre va tenir lloc a Queretes la presentació del mapa toponímic del terme. És sens dubte una important fita d’un llarg procés iniciat des de l’Associació Cultural del Matarranya com a proposta de contingut del conveni establert entre esta organització i la Comarca del Matarraña. Los topònims dels nostres pobles són un tresor històric i lingüístic impressionant. Lo que vam presentar a Queretes van ser tres mapes on se recollien los topònims dels diferents elements del terme. L’acte, considerat de màxima importància, va comptar amb la presència del president de la Comarca del Matarranya i també de l’alcalde de Queretes. Desprès de les presentacions i actes protocol·laris les tècniques de la comarca Olga Ric i Anna Casasús van detallar com s’havia estructurat lo procés i la feina feta fins la data. Des de les primeres reunions amb ASCUMA, associació encarregada de la coordinació dels col·laboradors dels diferents pobles, la sintonia a estat total. La necessitat, avantatges i fruits que s’espera del treball són culturals, lingüístics, històrics, topogràfics, socioeconòmics (turisme), etc.
Com a coordinador de la recollida dels topònims de Queretes vaig agrair amb molt d’orgull la bona disposició d’un munt de vilatans que m’han ajudat de manera entusiasta. També que el tema va començar ja als anys 70 del segle passat en aquella organització nomenada Associació Cultural Gent Jove i que encara perviu. Allí treballava incansable Antoñico, Toni Llerda i amb ell vam fer los primers treballs.
Un dels seus fills, l’Andreu, Andresín, ha sigut una de les persones que més informació m’ha aportat. També pastors, grangers, agricultors, caçadors, especialment de los que mos trobem als esmorzars de dissabtes i diumenges. I gent de l’Associació Cultural Medievo. En total mes de 800 topònims i antropònims que hem tingut que reduir a 260 per poder plasmar-los en un mapa llegible. Visites in situ, localització topogràfica exacta, fotografies, exposicions, en fi, tot un seguit d’activitats i accions que en cap cas s’acaben amb la presentació feta dissabte per un motiu molt elemental: el tema es apassionant i com deia lo nostre estimat Desideri Lombarte, conèixer pam a pam la nostra pàtria menuda és un plaer indescriptible.

http://www.diariodeteruel.es/movil/noticia.asp?notid=1000688&secid=2

Toponimia comarca Matarranya, Juan Luís Camps Joan, Queretes
 
La Comarca del Matarraña presentó el sábado el Mapa toponímico de Cretas, que permanecerá en exposición pública en el Ayuntamiento durante varias semanas para atender correcciones y supervisar errores. Este es el primero que la institución realiza en el marco del proyecto de los Mapas Toponímicos de los municipios del Matarraña, impulsado por la institución comarcal y la Asociación Cultural del Matarraña (Ascuma) en un intento por conservar y proteger el patrimonio lingüístico y cultural del territorio, parte del cual se ha transmitido por vía oral.
El trabajo de Cretas ha corrido a cargo del historiador Juan Luis Camps, quien, décadas atrás, realizó un trabajo de recuperación de la toponimia local junto con el que fuera alcalde del pueblo Toni Llerda. “Mucho trabajo se adelantó entonces, y por eso Cretas ha sido la primera localidad en realizarse”, justificó Camps, quien calculó que, entre aquel trabajo y el que ha desarrollado en los últimos meses, se han recogido “en torno a 700 nombres” del término municipal.
El proyecto fue propuesto por Ascuma a la Comarca del Matarraña con el fin de que nombres de balsas, puntos del término municipal, partidas, accidentes geográficos o hídricos y todo tipo de elementos del paisaje no terminaran perdiéndose.
Como explicó la técnico de Patrimonio de la Comarca, Ana Casasús, coheta, durante la presentación del mapa el sábado por la tarde, “cada vez hay más desvinculación con las formas de vida tradicionales, se conocen menos los nombres con los que se identificaban accidentes geográficos, balsas, barrancos, etc, así que este proyecto busca documentarlos y transmitirlos”.
La iniciativa tiene un bajo coste, ya que para llevarla a cabo se requiere de la colaboración voluntaria de personas de los pueblos. “Ascuma aporta los medios personales y está fomentando que la gente de diferentes pueblos trabaje en esta primera fase de documentación y de recuperación de los nombres”, comentó Casasús. Una vez recuperados, “a través de un programa informático se ha implementado en el mapa”, donde como es evidente no cabrán todos los nombres y habrá que hacer selección.
Así ha ocurrido en el caso de Cretas. “Juan Luís Camps ha sido el encargado de recopilar todos los topónimos, y lo ha conseguido preguntando a cazadores, a pastores y a agricultores”. El resultado es una primera versión del mapa que podrá verse en la sala de exposiciones Tomás Riba de Cretas durante el mes de diciembre. “Esperamos que la gente  haga diferentes aportaciones”, apuntó Casasús.
La iniciativa es “de largo plazo”. No en vano, añadió la técnico que “al ser un trabajo voluntario dependemos de encontrar a personas que quieran colaborar en todos los pueblos, y si lo conseguimos cada municipio seguirá su ritmo”. En este sentido, deseó que “este primer mapa sirva de motor para que en adelante puedan surgir otros y se avance en la idea”.
Los 700 topónimos de Cretas han quedado reducidos a 260 en el mapa. “Había que hacer una selección, porque todos no cabían”, explicó el autor de la recopilación. Finalmente, “hemos escogido los que son más representativos”. 
El trabajo, según Camps, ha sido posible “gracias a la colaboración de personas del pueblo, entre ellas Andreu Llerda, hijo de Toni Llerda. “Hemos contado con otras 12 personas que nos han dado la información más directa, pero hay más que de forma indirecta también han participado”. Entre éstas, “pastores, cazadores, viticultores, etc, que son los que se conocen mejor el término”.
Hasta el demonio nos ha ayudado.
En total, el trabajo “ha durado dos años, un tiempo en el que han aparecido muchos nombres nuevos que no conocía, y estoy seguro que de seguir habrían aparecido muchísimos más”. En su opinión, “son nombres que han existido siempre, que unos se usan más y otros menos, que han aparecido en documentos públicos oficiales o en escrituras de propiedad, etc”.

viernes, 16 de noviembre de 2018

Caudete

En Caudete (Albacete) se utilizan una serie de palabras de origen valenciano, entremezcladas con el castellano que con el uso se han ido "castellanizando". Algunas de ellas están en desuso, aunque su utilización por personas de cierta edad suele ser más frecuente. Como en la comunidad valenciana / Aragón, Murcia / se utiliza mucho el diminutivo "ico", quizá por nuestra pertenencia en otros momentos históricos a esa comunidad y no es frecuente terminar las palabras en el lenguaje usual con la terminación "io". Nuestro acento se asemeja al de la región murciana, dejando las "eses" finales sin apenas sonido y pronunciando la última vocal de la palabra de forma abierta.
Aquí presentamos una relación de palabras colocadas por orden alfabético, recopiladas desde 1.968 por Luis Torres Martínez.

http://mural.uv.es/guiomar/vocabulario.htm

Ababol, ruella, roella, amapola
A

ABABOL: Amapola. // aragonés ababol, chapurriau ruella, roella
ABONICO: Despacio , flojo ( hablar a. andar a. )
ACUQUILLARSE : Ponerse en cuclillas. / Acuclillarse
AGONIZOS : Toque de campanas que indica la muerte de una persona. Dos toques para las mujeres y tres para los hombres.
ALARGAVISTAS : Prismáticos o anteojos. / llargavistes, allargavistes
ALBORGA : Alpargata.
ALBERCOQUE : Albaricoque.
ALCAGÜETA : Cacahuete.
ALMAINA: Martillo mediano que se usa en albañilería.
ALMEDROLAR : Campo o cultivo de almendros.
ALMENDROLERO : Almendro.
ALPICOZ : Bruño.
ALGEZÓN : Trozo de escombro.
ALGUNZAR : Mover un columpio. / gronsá, moure la andruja (Maella)
ALGUNZADERA : Columpio.
ALTIRIJAR: Altirijarse es cabrearse o "encenderse", como también decimos por aquí.
AMANOSO: pequeño, recogido
AMASADOR: Despensa.
AMOCHAR : Agachar o " pagar " en los juegos.
ASISCARSE : Asustarse.
ARDACHO . Lagarto.

B

BAJOCA : Judía.
BALLUECA : Familiarmente, persona llorona.
BALDOSA: Acera.
BAMBOLLA : Burbuja.
BARAJÓN : Grupo de papeles , hojas, cromos, billetes...
BARCA : Columpio.
BARCHILLA : Utensilio para medida de áridos.
BEZÓN : Hermano gemelo.
BIJÓN : Tronco o trozo grueso de madera sobre el que se parte leña , carne ,...
BISANCA : Contramuslo.
BOLAS : Pimiento pequeño y redondo.
Boñar: Abollar.
BORDOÑO : Borbollón.
BORNEO : Familiarmente paseo ( ir de borneo, dar un borneo.)
BRUJÓN : Bulto que sale por un golpe en el cuerpo. Abultamiento. / bulto, gaburro

BRONCHALES : Persona descuidada.

C

CA: Casa de (voy ca mi tío).
CABECERÓN : Almohada.
CABEZORRÓN : Familiarmente, persona que no desiste en su empeño. Obstinado.Renacuajo de las ranas.
CABRA : Roncha en las piernas. Cabrillas.
CACHAPAZO : Caída de una persona o animal.
CAGARNERA : Jilguero.
CALDA : Leña que se quemaba para calentar un horno.
CAMAL : Pernera del pantalón.
CAMBRA : Cámara o habitáculo superior de una casa..
CAMOCHA : Familiarmente, cabeza.
CANSINERA : Cansancio.
CAPUZÓN: Cuando te tiras a la piscina de cabeza / Cabussó
CHAICHO: Familiarmente muchacho.
CHAMBERGA : Trozo de tierra.
CHAMBI: Helado.
CHAVITO : Baile en el que se ha pujado por bailar con la reina (Propio de los bailes de Navidad).
CHICHE : Familiarmente , carne .
CHILE : Perro.
CHIMENERILLA: pieza del trabuco donde se pone el pistón.
CHUMARRERA : Humareda.
CHUPA : Chupete de los niños.
CHUCHURRIR : Marchitarse.
CHINCHIMONETE : Antiguo juego de niños.
CLE : Botón de presión.
CLINSE: pequeña siesta.
COBUL : Ajo tierno.
CO-CO : Andar a la pata coja. / a la coj coj (Pedro Saputo)
COLFA : Corteza o piel de semillas o frutas.
COLORÍN : Sarampión.
CONA : Corteza de cerdo, piel dura.
CORNETA : Guindilla.
CORRENTILLA : Coger carrera o andar rápido.
CORRUJERO : Persona que actúa o habla deprisa.
COSQUERETAS : Subir en la espalda de otro.
CUCA : Familiarmente, almendra.
CUCAR : guiñar un ojo.
CUCO : Familiarmente, garbanzo, fruto del cacahuete.
CUCÓN : Familiarmente, golpe flojo en la cabeza.
CUERDA : Traca.
CUERNA : Barra de pan. Suciedad que sale al frotar la piel.
CURRUSCÓN : Trozo de pan endurecido.

D

DESGALLITAR : Gritar al hablar. / Desgañitarse
DESPEPITARSE : Mondarse de risa.
DESVERBAJAR : Labor del campo consistente en quitar ramas en la viña.
DORMIJÓN : Dormilón.
DRAGÓN : Salamanquesa.

E

EMPANCINAR : Comer demasiado.
ENCARNADO : De color rojo.
ENDEÑAR : Infectar una herida.
ENFARINAR : Cubrir de harina.
ENDORMISCAR : Adormilarse.
ENJUGAZADO : Absorbido por el juego ( Se le dice a los niños ). / enjugassat, enjugassada
ENSISCARSE: Acabo de escuchar a mi tía la palabra "ensiscarse", en realidad estaba contando algo sobre unos niños que en la guerra se "ensiscaron" de piojos. "Ensiscaicos" de piojos decía mientras recordaba las penurias de la guerra. Debe ser algo así como llenarse de suciedad.
ESBARAR O ESFARAR : Resbalar.
ESCALABRADO : Descalabrado.
ESCARCIL : Alcachofa.
ESCLAFAR : Aplastar.
ESCLATAR : Romper un huevo.
ESCUAJARSE : Acobardarse .
ESPIZCAR : Desmenuzar
ESPOLSAR : Sacudir el polvo. / espolsá, espolsás
ESTORNIJA : Juego y juguete de niños.
ESTRALA : Hacha. / destral, estral, astral
ENVISCAR : Cazar pájaros con varillas untadas de sustancia pegajosa.
ESCAGARRITAR : Defecar fluidamente.

F

FARINETA : Zona resbaladiza con desnivel.
FLORICOL : Coliflor.
FOGUERO : Hornillo.
FRAILE: acepción referente a un horco de panochas de maíz que se cuelga para secar.
FRESOL : Guisantes. / Fesol, fesols : judía blanca / pésol, pésols : guisante
FRISUELO : Judía o alubia pequeña. / Fesolet

G

GAMELLA : Recipiente para comer los cerdos.
GALGUEAR : Comer entre comidas.
GALLETE : Beber a chorro.
GALLICOMONTE : Abubilla.
GARCEAR : Desencajar ( una puerta , marco , ventana ...)
GARGUILOTE : Golpe que se da con el dedo.
GORRÍN : Cerdo.
GOBANILLA : Muñeca, carpo.
Gobanillera: de "gobanilla", muñequera.
GOLA : Envidia, deseo por tener algo.
GOMÁTICO: recámara del neumático.
GRAGEA : Lluvia fina y helada.
GRILLAR : Brotar los tallos en las patatas , ajos, cebollas, ... sin haberlos sembrado.
GÜEÑA : Salchicha con añadido de asadura, vinagre y ajo.
GUILINDAINAS : Persona con poca responsabilidad.
GUISADOR: Cocina (habitación).
GUÍSCANO : Níscalo.

H

HAIS : Habéis.
HELOR : Ambiente frío.
HOCETE : Navaja curva empleada para vendimiar.
HORCO : Ristra de ajos.
HUMAERA : Humareda.

I

IMPEDÍN : Costra o mancha en la piel.

J

JALABARDADA : Grupo de niños , pájaros,...
JERINGUILLA : Arbusto de flores blancas y olorosas que florece en el mes de mayo.
JONGUEAR: remover o amasar barro ensuciándose.

L

LENGÜETA : Bizcocho pequeño en forma de lengua.
LLANDA : Bandeja de hojalata para cocinar en horno. Punto de sutura metálico que se da en cirugía.

M

MAJINCAR : Quitar hierbas malas en un cultivo de maíz.

MANDRÓN : Persona desgarbada (ir a lo mandrón ). / que té mandra, manta, galbana, galvana

MANGARRO: Guarro.
MAÑACO : Nombre despectivo que se da a los niños
MAMPRENDER: incendiarse un objeto.
MANZANERO : Manzano.
MARRAJA : Garrafa.
MINICA : Petardo pequeño con mecha.
MONA : Pan dormido que se hace para la pascua.
MONEAR : Salir al campo para comerse la mona.
MORCAS : Borras o alpechín.
MORRALÓN: Persona poco tratable, adusta, sin conversación.

N

NARRIA : Familiarmente persona descuidada.
NOGUERA : Nogal.

Ñ

ÑACO : Niño.

O

ORAGE : Tiempo meteorológico. / Orache, tems meteorológic

P

PAJAREL : Tipo de pájaro. Persona avispada.
PALMERAS: Fuegos artificiales.
PARALÍS : Parálisis.
PASTERA : Recipiente para amasar en albañilería.
PATACAZO : Batacazo.
PATAZO : Golpe dado con el pie.
PEBRAZO : Robellón.
PEDRETA : Piedra de río marmórea.
PEGALOSO : Pegajoso. / pegalós, pegalosa (herba) apegalós, apegalosa
PEGÜETA : Mujer habladora y dicharachera.
PEÑAZO : Golpe dado o recibido al arrojar una piedra.
PEPE : Renacuajo de las ranas.
PERDIGUERA : Tos continua,...
PEROLA : Recipiente para hacer las paellas .
PICHINA : Pechina.
PÍNDOLA : Juego de niños (pídola).
POLSAGUERA : Polvareda.
POSTIZAS : Castañuelas.
PRÉSOLES : Guisantes. / pésols, pésol
PUJA : Acto típico de Navidad donde se puja para bailar en el escenario con la reina o con el rey.
PUL : Juego de niños .
PUNCHA : Clavo. Banderola que lleva el sargento en las comparsas de fiestas de moros y cristianos.

R

RAIJOS : Tallos tiernos de las alcachofas.
REBANIZA: tipo de flor o mala hierba que suele alternarse con los ababoles, creo que las comen los conejos
REBORNECIDO: persona que actúa con mala intención.
REBROTÍN: el brote que sale en el pie de la olivera.
REGALICIA : Raíz dulce.
REGOMELLO : Preocupación.
RELIENTE : Ambiente húmedo de la noche.
RELUZÁNGANA : Luciérnaga.
REPICACAMPANAS : Mantis religiosa.
RETESTÍN : Suciedad de las sartenes.
RETORCIJÓN : Retortijón. Retorcimiento de una extremidad.
RICO : Grillo.
RIJA : Herida ulcerosa en el lagrimal del ojo.
RODANCHA : Fuego artificial redondo que gira al encenderlo.
ROSIGAR : Mordisquear un alimento.
RULEJO : Trozo de azulejo que se emplea en ciertos juegos de niños.
RULÚ : Coger o pasear " a la silleta".
RUNA : Escombro.
RUSTIR : Familiarmente, comer.
RUYO : Rizo.

S

SACRISTANA : Lagartija. / Sargantana, sargantanes
SALICORNIO: aquellas ramas secas que forman una bola y que van rodando por los campos y carreteras.
SALSERO : Persona que toquetea las cosas.
SESTERO : Cúmulo de suciedad.
SOGUEO : Soga o cuerda de esparto.
SACRE : Escorpión. / Arrecláu, arracláu

T

TARATAÑA : Telaraña.
TÁRTAGO : Susto.
TEJAINO : Gorrión.
TIRICIA: Dentera. Sensación desagradable que se experimenta en los dientes y encías al comer sustancias agrias u oír ciertos ruidos desapacibles
TONGADA : Fila o grupo de cosas.
TONTO : Juego de naipes.
TORONDO : Chichón.
TOSIGUERA : Golpe de tos continuo.
TRAGÓN ( DRAGÓN ) : Salamanquesa.
TRAMALLÓN: Que hace las cosas sin cuidado.
TRAMUZO : Altramuz.
TRUQUE : Juego de niños.

V

VALLO : Variedad de hierba.
VERDEROL : Verderón.
VOLANTE : Paje del capitán en las fiestas de moros y cristianos.

verderol
Y

YUS : Pescadilla.
YESAIRE : Albañil especializado que enluce las paredes con yeso.

Z

ZAPUCAR: Echar algo en algún sitio, normalmente comida en un recipiente (cacharro para animales) (Ej.: Zapúcale la comida...). / abocá , abócali lo minjá al gorrino

ZUNZURRIÓN : Abejorro.

viernes, 8 de enero de 2021

LEGISLACIÓN FORAL ARAGONESA.

LEGISLACIÓN FORAL ARAGONESA.

fueros de Aragón, LEGISLACIÓN FORAL ARAGONESA.

La compilación romance de Huesca (1247/1300)

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En Aragón existía una gran inseguridad jurídica por la falta de una redacción oficial del derecho aragonés, ya que sólo había algunas redacciones privadas, que los abogados mostraban sólo cuando les interesaba. Por ello Jaime I, siguiendo el modelo del emperador Justiniano, después de haber puesto orden en el reino con las armas cree que ha llegado el momento de organizarlo con las leyes. Para ello reúne las Cortes en Huesca en enero de 1247.

http://bases.cortesaragon.es/bases/disca2.nsf/(DiscaID)/A1C419BAF64A109FC12577F8003D6C26?OpenDocument

En la 1ª ola de codificaciones europeas del siglo XIII, que se inicia con el Liber Augustalis de Federico, se encuentra la compilación del derecho aragonés, que se dice aprobada en las Cortes de Huesca de 1247. Hasta recientemente esta compilación se solía identificar con el cuerpo legal dividido en ocho libros que aparece recogido en todas las ediciones impresas a partir de la edición incunable e los Fueros y Observancias de Aragón hecha en torno a 1476.

Pero la cuestión no es tan simple, porque resulta que en realidad con la pretensión de ser un cuerpo legal aprobado en las Cortes de Huesca de 1247 se nos presentan actualmente varias obras, reducibles a cuatro, o incluso a dos, que denominaremos en adelante Compilatio maior y Compilatio minor. El problema se complica todavía más porque los prólogos que preceden a estas obras no siempre son los mismos, sino que se intercambian.

La Compilatio minor es un cuerpo legal en el que sólo se recoge la parte dispositiva de los fueros aragoneses, omitiendo en general los razonamientos y consideraciones doctrinales. Aparece denominada como Fori novi, Compilatio minor, Fueros de Aragón, Compilación o Código de Huesca. Esta obra se conserva tanto en versión latina como en diversas versiones romances.

Esta edición efectúa el cotejo de los cuatro códices romances conservados en Miravete de la Sierra, Biblioteca Nacional de Madrid, Archivos Nacionales de París y Universidad de Zaragoza.

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http://www.romanicoaragones.com/3-somontano/990390-hu-catedral.htm

martes, 12 de junio de 2018

Los Fueros de Aragón. Una versión romance de mediados del siglo XIII

REVISTA DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA (RFE)









XCIII, 2.o, julio-diciembre, 2013, pp. 313-326

ISSN 0210-9174, eISSN 1988-8538

doi: 10.3989/rfe.2013.11

NOTAS

Los Fueros de Aragón. Una versión romance de mediados del siglo XIII

The Fueros of Aragon. A Romance version

from the Mid-13th  Century


Miguel Carabias Orgaz

IES El Greco (Toledo)


RESUMEN: Presentamos una versión hasta ahora inédita de los Fueros de Aragón, aprobados en las Cortes de Huesca de 1247, que nos ha llegado en un documento de mediados del siglo XIII. Se trata, por tanto, del testimonio más antiguo conocido de la llamada Compilatio Minor. El manuscrito, conservado fragmentariamente, contiene diez fueros pertenecientes al segundo libro, están escritos en romance aragonés y coinciden casi literalmente con la versión latina del texto foral.

Palabras clave: Fueros de Aragón, Compilación de Huesca, Compilatio Minor, derecho medieval, romance aragonés.

ABSTRACT: We present a hitherto unknown version of the Fueros of Aragon, approved by the Cortes of Huesca in 1247, that came to us in the form of a mid-13th Century document. This is, therefore, the oldest known testimony of the so-called Compilatio Minor. The fragmentarily-kept manuscript comprises ten fueros belonging to the second book which are written in Aragonese Romance language and are almost identical to the Latin version of the jurisdictional text.

Keywords: Fueros of Aragon, Huesca Compilation, Compilatio Minor, medieval law, Aragonese dialect.

1. LA COMPILACIÓN DE HUESCA DE 1247 Y LOS FUEROS DE ARAGÓN

Hacia el mes de enero de 1247 Jaime I de Aragón reunía las Cortes en su ciudad de Huesca con la intención de fijar —así nos lo explica el prólogo Cum
de foris— un texto legal que remediara la falta de documentos forales fiables. Durante aquellas Cortes se procedió a la lectura, corrección y expurgo de muy diversos materiales ya existentes, sobre todo los contenidos en el llamado Fuero de Jaca, y luego se añadieron otros nuevos. Una vez aprobada la que conocemos como Compilación de Huesca, se encomendó al obispo Vidal de Canellas que recogiera aquellos fueros en un libro. El resultado, sin embargo, quedó plasmado en dos obras diferentes: una extensa recopilación de fueros, glosados y ampliados por Vidal de acuerdo con el Derecho romano, la cual sería conocida como Compilatio Maior y rechazada como texto legal; y por otro lado la llamada Compilatio Minor, con similar ordenación que la Maior pero mucho más reducida y ajustada al derecho tradicional aragonés, la cual tuvo vigencia legal hasta el siglo XVIII y es el texto que hoy conocemos como el de los Fueros de Aragón.

De la Compilatio Minor tenemos hoy una versión latina recogida en doce códices manuscritos, todos ellos de entre los siglos XIV y XV. Éstos contienen una redacción de los Fueros muy similar, presentando escasas variantes y coincidiendo en lo esencial con las ediciones impresas que aparecieron a partir de 1476.

No sucede lo mismo, sin embargo, con las escasas fuentes en lengua romance hasta ahora conocidas. Todas ellas presentan notables diferencias entre sí y también con respecto a la redacción latina:

— El códice 458 de la Biblioteca Nacional de Madrid. Es un manuscrito de comienzos del siglo XIV editado y estudiado por Tilander (1937), quien ya observó que el texto recogido en él se aparta con frecuencia de la versión latina, coincidiendo en estos casos con el Vidal Mayor.

— El códice 7 (olim 207) de la Biblioteca Universitaria de Zaragoza, de comienzos del XV. Lo editaron Lacruz Berdejo (1945) y Bergua (1950). Fue considerada por Lalinde (1976: 67) como la versión más veraz de las que conocía, por ser más fiel que las otras al texto latino, pese a que reconoció en ella bastantes errores de copia.

— La  versión  de  los  Fueros  conservada  en  el  Archivo  Municipal  de Miravete de la Sierra, un códice de finales del siglo XIII o comienzos del XIV. Fue editada por Antonio Gargallo (1992), y presenta notables va-

1 No se ha conservado el texto latino original. Únicamente contamos con una versión roman-ce conservada en copia del siglo XIV. Es el llamado Vidal Mayor, cuya edición llevó a cabo Gunnar Tilander (1956).

2 La autoría de la Compilatio Minor ha sido muy discutida. Si para algunos autores, como Gonzalo Martínez Díez (1980), cabe dudar de que Vidal de Canellas participase en su redacción, otros autores como Antonio Pérez Martín (1985) o Jesús Delgado Echeverría (1989, 1997) de-fienden que a él se debe la ordenación de dicho texto.

3 Una edición crítica de las diversas fuentes conservadas del texto latino ha sido publicada por Antonio Pérez Martín (2010).


riantes con respecto a la versión latina. Incluye diversos fueros que no se hallan en ésta, y omite otros tantos.

— El códice J.J.N.N. de los Archivos Nacionales de París. Es un documento del siglo XIV que fue ya descrito por Molho (1964: XXII-XXIII) y publicado años después por Pérez Martín (1999). Presenta importantes coincidencias con respecto al códice 458 de Madrid, aunque no mantiene la división en libros y contiene frecuentes errores.

— Cabría añadir, por último, la versión fragmentaria contenida en un documento del Archivo Notarial de Tarazona, editada por Edo Quintana (1962), copia del siglo XV que contiene únicamente el prólogo Nos Iacobus y parte de los ocho primeros fueros. Coincide, a grandes rasgos, con el texto del manuscrito de la Biblioteca Nacional de Madrid.

Como puede verse, son importantes las divergencias entre los testimonios romances señalados, lo cual ha venido dificultando la tarea de fijar el texto. Además, todos estos testimonios han llegado a nosotros a través de manuscritos de los siglos XIV y XV, es decir, muy posteriores a la probable fecha de redacción (1247).

En las últimas décadas se ha venido planteando la necesidad de determinar cuál de las versiones conservadas cabe ser considerada como la más próxima al texto original, aunque desafortunadamente hasta ahora no se ha podido llegar a una respuesta convincente. Tal como ya señalasen hace años Feenstra (1961) y Lalinde (1976), aún carecemos de una edición del texto que nos permita un análisis preciso de la Compilación de Huesca.

Lalinde supuso que la versión latina era la más cercana a la redacción de 1247, y por ese motivo dio prioridad al códice zaragozano entre los textos romances (Lalinde, 1976: 67). Enseguida veremos que tal vez no estuviera desencaminado. Por su parte, Pérez Marín (1999: 13-15) y algún otro autor han considerado más fiel la versión contenida en el códice de Miravete, que suponen anterior a la redacción latina conservada.

El texto que presento a continuación, una versión romance de los Fueros totalmente desconocida hasta ahora, tal vez arrojará algo de luz en el complejo entramado textual de esta obra. Aunque se trata de un testimonio breve y fragmentario —contiene apenas diez fueros pertenecientes al segundo libro—, ofrece un doble atractivo: en primer lugar, el haber llegado a nosotros en un documento datable hacia 1250, es decir, muy próximo a la fecha de redacción de los Fueros; por otro lado, que en cuanto a su contenido y estructura coincide casi exactamente con la versión latina.


4 Entre los otros autores que han defendido recientemente la prioridad del códice de Miravete cabe mencionar a Jesús Morales Arrizabalaga (2007: 32-48).

REVISTA DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA (RFE), XCIII, 2.o, julio-diciembre, 2013, pp. 313-326 ISSN 0210-9174, eISSN 1988-8538, doi: 10.3989/rfe.2013.11
316 MIGUEL CARABIAS ORGAZ


2. FIJACIÓN Y TRANSMISIÓN DEL TEXTO

El texto que aprobaron las Cortes, la Compilatio Minor, seguramente fue redactado y corregido en lengua romance para que pudieran comprenderlo to-dos aquéllos que debían dar su aprobación. Así parece desprenderse del siguiente pasaje del Vidal Mayor (Tilender, 1956: 522):

La antiguidat es diuulgada por iuditio de fuero por unas palauras apropriadas [...] tanto son las palauras estranias del latín o encara tantas son estranias del lengoage de Aragón, que non pueden ser espuestas aqueillas palauras de rafez en latín si non por palabras que son ditas acerqua d’aqueillas, nin los qui fablan en su romantz pueden entender aillí, si non fueren mayestrados por sotil enseynnança [...]

Es un indicio de que los Fueros se vertieron del romance al latín, la lengua “oficial” que no podía ser comprendida por quienes sólo fablan en su romantz y no eran mayestrados por sotil enseynnança. Al habla vulgar debían de pertenecer esas palauras apropriadas de la antiguidat que precisaban de alguien que las “declarase”; es decir, que existía una terminología jurídica vinculada a conceptos nacidos en romance que no podían ser traducidos al latín si no era por medio de glosas y explicaciones (Frago: 1989, 106).

Una vez aprobados los fueros, el rey los haría leer públicamente y luego encargaría a un jurista que añadiera los títulos y tradujera el texto al latín, que era la lengua de la cancillería. Así explicó ya en su momento Gunnar Tilander (1937: XXVIII-XXIX) el proceso de redacción del texto foral de 1247, toman-do como referencia lo sucedido años después con respecto a los fueros introdu-cidos por Jaime II, que encomendó esta tarea a Jimeno Pérez de Salanova, justicia de Aragón: De romancio in latinum translatis, et sub debitis titulis collocatis.

Por ese motivo, es bastante significativo que el texto que aquí presento no contenga ninguna clase de títulos o rúbricas, a diferencia del pasaje latino correspondiente. Si a ello añadimos el hecho de que ha llegado a nosotros en un manuscrito de mediados del siglo XIII, y que además coincide casi puntualmente con la versión latina considerada “oficial”, no sería aventurado pensar que nos encontramos ante un testimonio de la redacción primigenia, o que al menos está muy cerca de ella.

Sobre esta primera versión romance, poco después, se elaboraría el texto latino que conocemos, llevando a cabo una traducción casi literal y añadiendo las rúbricas pertinentes. El carácter “oficial” de la versión latina explicaría, en parte, la homogeneidad de los manuscritos que de la misma se han conservado.

Con posterioridad, años o décadas más tarde, debido seguramente a necesi-dades de la práctica jurídica, irían surgiendo diversas traducciones romances
destinadas a facilitar la comprensión de la versión latina “oficial”. El texto lati-no sería romanceado, por tanto, aunque no con demasiada fidelidad.

Así pues, el proceso de transmisión del texto partió de una primitiva redacción en lengua vulgar, que se tradujo al latín, y del texto latino surgieron con posterioridad varias y muy diversas versiones romances.

Naturalmente, hoy resulta difícil reconocer huellas de la traducción o las traducciones a que fue sometido el texto durante aquellos años. Entre otras co-sas, porque las fronteras lingüísticas en el ámbito románico del siglo XIII, especialmente en la lengua escrita, eran aún muy difusas. Por su parte, el latín hacía tiempo que se empleaba tan solo en determinados ámbitos, como el jurídico, y no era precisamente un latín depurado ni demasiado correcto, sino que mezcla-ba fórmulas jurídicas latinas y términos propios de la lengua vernácula, los cua-les no siempre tenían un equivalente culto. A todo ello hay que añadir el hecho de que, en la elaboración del texto de la Compilación de Huesca, se utilizaron muy diversos materiales, los cuales probablemente fueron redactados en diversas lenguas y terminaron dejando su impronta lingüística en muchos pasajes.

Pese a todo, podemos reconocer algunos rasgos lingüísticos que hacen pen-sar en la versión latina de los Fueros como una traducción. Se advierte cierta tendencia al literalismo de tipo estructural, pues hallamos estructuras calcadas que reproducen uno a uno los elementos de la oración traducida, incluso rompiendo con los mecanismos sintácticos propios del latín. También hay un literalismo de tipo semántico, pues algunos términos adquieren en el texto un valor que no es el propio de la lengua latina, y hay además un buen número de vocablos tomados de la lengua romance que aparecen allí latinizados. Estos dos fenómenos quedan sobradamente plasmados en el texto:
guerrae, medianeto, spondaleriis, cabeçaleriis, pignale, forum, torna, infantio, batalla, etc.

Por otro lado, es probable que, a consecuencia de las disposiciones introducidas por Jaime II en las Cortes de Zaragoza del año 1300, el texto foral experimentara algunos cambios a comienzos del siglo XIV. Éstos consistieron principalmente en una reordenación de los materiales ya existentes, que quedaron distribuidos en ocho libros, y a los que se añadió uno nuevo que sería el nove-no. Sin embargo, estoy convencido de que los cambios no afectaron al contenido ni a la estructura interna de los libros. Tal como ha señalado Delgado Echeverría (1997: 48), simplemente se llevó a cabo la unión del segundo y el tercer libro, dejando intacto todo lo demás. Es decir, que el texto aprobado en Huesca en 1247 permaneció prácticamente inalterado.

Ahora bien, ¿cómo se explica que las versiones romances posteriores presenten tal cantidad de variantes y se aparten de manera considerable del texto latino?...

Tal vez se deba, en primer lugar, a que éstas no recogían una versión “oficial” de los Fueros, algo que, tras su aprobación, correspondía exclusivamente al texto la-tino. Es decir, que se trataba de copias romanceadas destinadas a aclarar o glosar la versión en latín. Algo similar a lo que pudo llegar a ocurrir con la Compilatio Maior, y concretamente con su versión romance, el Vidal Mayor. Incluso se ha venido considerando que alguno de estos testimonios, como el códice de la Biblioteca Nacional, representa una “versión intermedia” entre la Compilatio Minor y la Maior (Delgado, 1989: 80) o un “resumen de Vidal Mayor” (Pérez, 1979: 8). Debemos recordar que en el periodo medieval la traducción no se ajustaba en absoluto a la noción actual de fidelidad. La frontera entre las palabras del autor y las del traductor era con frecuencia difusa y, por tanto, no había una distinción clara entre el texto original y su traducción. En ese sentido cabe interpretar el siguiente párrafo del Vidal Mayor (Tilander, 1956: 521-522):

[...] en el declaramiento de las quoales palauras conuiene que aqueill qui las declara que se departa de la propriedat d’aqueillas o usar de ordenamiento de palauras que es rudo del todo et indigesta, ço es non clara, empero quar millor cosa es saquar la uerdat por palauras rudas que aillenar la uerdat del sono de las palauras et del seso que deue auer, andando en uano por flores rethoricas, es assaber por palabras afeitadas. Mas aproueitable cosa es entender a las palauras de propriedat que son a pro que desuiar de la uirtud de la dreiturera sentencia [...]

Se proponía, como vemos, que el jurista buscase la manera más adecuada de dar a entender las palabras del fuero, lo cual había de hacerse por medio de comentarios, glosas y una traducción libre del texto.

Además, debemos tener presente que los testimonios romances de que estamos hablando han llegado a nosotros a través de copias al menos cincuenta años posteriores al texto que se aprobó en Huesca, y que por tanto se vieron sometidos a un proceso de transmisión salpicado de errores.

No sucede lo mismo con la versión de los Fueros que aquí presento. En este sentido, podríamos mencionar como ejemplo una cláusula que se halla en el fuero número 7 de nuestro manuscrito. En él, al hablar de los testigos y del modo en que deben utilizarse, encontramos la siguiente afirmación:

[...] si son de otro regno, puede se aiudar en medianedo.

Con ese mismo sentido se redacta el texto latino:

[...] si sunt alterius regni, non potest se iuvare de eis, nisi in medianeto.

Sin embargo, el códice de la Biblioteca Nacional, que se redacta a la vista del texto latino, altera completamente su sentido:

[...] si son de otro regno, non se puede aiudar dellos en medianedo.

Todas estas variantes afectarán, no solo a la redacción del texto, sino tam-bién a la ordenación de los fueros. Como podrá verse en la tabla de concordancias que incluyo a continuación, nuestro manuscrito, que llamaré CA, coincide exactamente con el texto latino de la Compilación de Huesca (CH), al igual que el códice zaragozano (Z), que presenta solo variantes en su redacción. En cambio, las versiones de Miravete (M) y de la Biblioteca Nacional (FA) se van apartando hacia ordenaciones intermedias entre la Compilatio Minor y el Vidal Mayor (V).


3. DESCRIPCIÓN DEL MANUSCRITO

Se trata de un folio manuscrito sobre vitela, algo deteriorado, que hallé formando parte de la encuadernación que protegía un legajo con documentación notarial, de mediados del siglo XVI, relativa a la villa de Cantavieja (Teruel). El documento ha quedado depositado en la Biblioteca Nacional de España. Presenta unas dimensiones de 150 × 210 mm, y la caja de escritura es de 115 × 176 mm. El texto está copiado a línea tirada y presenta veintiséis renglones tanto en el recto como en el vuelto. El contenido aparece distribuido en diez párrafos, uno de ellos incompleto, y no presenta rúbricas ni títulos. Los párrafos, salvo el que está incompleto, aparecen encabezados por iniciales rojas y azules. Una posterior corrección del texto suprimió y añadió algunas palabras. Los añadidos aparecen interlineados, mediante reclamo, y se han hecho con tinta de color más claro. También se observa que algunos pasajes fueron borrados o raspados, escribiéndose encima con la misma tinta de color claro que la de los añadidos. Es muy escasa la puntuación, reducida exclusivamente al uso del punto (.) y del guión inclinado (/) para indicar la separación de palabras al final del renglón.

La letra del documento es gótica textual. Siguiendo la opinión del profesor José Manuel Ruiz Asencio, a quien manifiesto desde estas líneas mi más sincera gratitud, podemos detectar algunos rasgos que nos permiten datar el manuscrito: el predominio del ángulo y el contraste de gruesos y finos indican que se trata de letra gótica, pero con rasgos de la primera etapa, pues alternan la d minúscula y la d uncial, tanto en posición inicial como en el interior de palabra; no siempre se hace unión de curvas contrapuestas y se utiliza la s alta al final de palabra. Todo ello sitúa el documento hacia mediados del siglo XIII y, por tanto, en fechas muy cercanas a la de redacción de los Fueros de Aragón, esto es, 1247.

En lo que se refiere a la lengua empleada en el texto, podemos decir que, aunque presenta características comunes a diversos romances peninsulares del siglo XIII, destacan algunos rasgos que cabe poner en relación con el primitivo romance aragonés: la conservación del grupo inicial latino KL- (clama), el posesivo de tercera persona lures, la conservación de -D- intervocálica (fidança), o formas como juge, parçoneros, etc.


4. CONCLUSIONES

Aunque nos encontramos ante un pasaje breve y fragmentario, el texto aquí presentado merece especial atención, en primer lugar, por tratarse del testimonio documental más antiguo hasta ahora conocido de los Fueros de Aragón. Tal y como se desprende de un primer análisis paleográfico, el manuscrito segura-mente fue copiado hacia 1250, poco después de que el texto foral se aprobara en las Cortes de Huesca.

En segundo lugar, es significativo que el texto de nuestro manuscrito coincida fielmente con la versión latina considerada “oficial”, tanto en su contenido como en la ordenación de los fueros. Aunque a comienzos del siglo XIV se habían llevado a cabo algunas modificaciones en la Compilatio Minor, éstas apenas afectaron al contenido de los fueros ya existentes, como puede comprobarse al cotejar nuestro manuscrito, de mediados del siglo XIII, con los códices latinos de los siglos XIV y XV.
Es más que probable, por lo tanto, que nos hallemos ante el único testimonio conservado de la redacción primitiva en lengua romance, sobre la cual se llevó a cabo una traducción al latín que terminaría convirtiéndose en el texto “oficial” de los Fueros.

Posteriormente surgirían diversas versiones romances, pero éstas siguieron ya al texto latino. Serían traducciones más o menos libres, muy divergentes entre sí, pues no tuvieron un carácter “oficial”, sino que estaban destinadas probablemente a aclarar y facilitar la interpretación de los fueros redactados en latín.

A la vista de todo lo que acabo de mencionar, me atrevería a hablar de tres grupos o tradiciones en los testimonios conservados:

— La más antigua y más fiel al texto original, de la que son testimonio nuestro manuscrito (CA) y la redacción latina de la Compilación de Huesca (CH). El códice zaragozano (Z), aunque copiado ya en el siglo XV y con abundantes errores, se aproxima al texto latino y puede poner-se en relación con esta tradición.

— El códice de Miravete (M). Se aparta de manera significativa de la versión latina, aunque no tanto como el manuscrito 458 de la Biblioteca Nacional.

— La versión representada por el códice madrileño de la Biblioteca Nacio-nal (FA), que podríamos considerar una versión intermedia entre la Compilatio Minor y el Vidal Mayor (V). Dentro de este grupo cabría incluir el códice parisino J.J.N.N. y el fragmentario de Tarazona, que coinciden en gran medida con el texto del códice de Madrid.


5. CRITERIOS DE EDICIÓN

Transcribo el texto fielmente, aunque adaptándolo a la moderna puntuación y separando las palabras según criterios actuales. También el uso de las mayúsculas se ajusta a las normas ortográficas vigentes. No he tenido en cuenta la diferencia entre s alta y s de doble curva, aunque sí respeto los casos de elisión en el artículo, individualizándolo por medio de apóstrofo.

Las lagunas o carencias del texto debidas al deterioro en el documento son suplidas entre corchetes [ ]. El texto superfluo o tachado figura entre paréntesis ( ). Las palabras que he añadido para completar el sentido del texto aparecen entre paréntesis agudos < >. Las adiciones que hizo el corrector del manuscrito, tanto las interlineales como las que sustituyen al texto borrado, las transcribo entre líneas oblicuas convergentes \ /.

Las abreviaturas se han desarrollado en cursiva. El signo tironiano aparece transcrito como et. En cuanto a los numerales, mantengo la expresión numérica (I, II, etc.) cuando así aparece en el manuscrito.

Reservo las notas a pie de página para dar cuenta de aquellas particularidades que pueden contribuir a conocer mejor el documento y aclarar el sentido del texto.

6. TEXTO

Fol. 1r

[1]

...[predi]cho porq[ue] non pudo passar agua o muert o enfermeda[t] et por gu[e]ra <a la> que fuer[e] <o> otro uerdadero o sufficient enbargamiento, non seya auido por [u]encido, mas seya dado a elli otro dia a recebir los tes-tigos, et la tercera uocacion et el encendimiento del fuego no aya lugar.

[2]

Torna a batalla no a lugar entre cristiano et jodio et moro, mas qual se [defendie]re del otro (por propio) por propio sagrament en toda razon, enpero quiscuno jure por su ley. Enpero si el cristiano contra el jodio a carta sobre alguna cosa et lo quisiere prouar, por II testigos, et assaber cristiano et jodio son i menester. Et el jodio exament5 contra el cristiano, p[rueua c]on jodio et cristiano. Exament contra’l moro, en toda cosa prueua con cristiano et moro, et el contrario. El moro exa misma ment, prueua en toda cosa contra’l judio con moro et jodio.

[3]6

M[ui]tas ueg[ada]s alguno de qual condicion que seya non quisiere fer testi-monio a [ot]ro omne de qual condicion quiere que seya, el sennor o la cort de aquel lugar o [habit]are aquel testigo constrigan a el fer el testimonio.

[4]

De pla[zo] firmado \entre algunos que uengan/ delant el juge. Si el uno uinie[re] [d]elant el juge et no el otro, estando al dicho <del> juge 7 sobre la pres[enta]cion o el desestamiento del uno de ellos, et el su dicho aya u[alor] de II testigos.

[5]

Si el senno[r] de alguna uilla a aprouar alguna cosa contra alguno, se[gun]t del fuero non puede nin deue en aquella uilla o es el sennor \dar a/ su[s b]asall[o]s ni otros de su signo o de su honor \en testigos, mas/ puede dar infançones leales et hauientes 8 sennorio. Et si non puede auer [tale]s quales ju[z]ga [d]el fuero, reciba del otro del qual se clama I jura.

5 Una estructura adverbial semejante la encontramos en las llamadas redacción C y redacción E publicadas por Molho (1964: 454 y 597): Et yssament proua lo judeu de tot fayt. Tal vez podría ponerse en relación con el antiguo romance occitano.

6 La versión latina presenta la rúbrica De testibus cogendis.

7 Aunque puede tratarse de un error de copia, la elisión de la preposición de en formas equivalentes al genitivo posesivo es frecuente en el habla de comarcas del Alto Aragón.

8 Da la impresión de que el copista añadió con posterioridad la h inicial, cuyo valor sería meramente etimológico.

De aquel que conpra 9 o recibe en pennos alguna heredat; aquella mism[a] fidança et los testigos \segunt del fuero/ deuen seer de aquella uilla o es la heredat, et deuen saber et ueder aquella misma hereda[t], que por cierto se-pan de qual heredat son fidanças et testigos, que si assi feito non fuere, el conprador o el que el pennal recibe puede 10 a ella de cierto perderla, qual la fidança et los testigos non saben ont son fidanças o testigos. Exament, qui conpra o en pennos recibe, si non recibe testigos et fidança del heredat pue-de a ella por [l’]qual fallimiento perder, et si assi pudieren seer auidos los testigos o las fidanças del lugar o de la uilla o fuere la heredat, seya auida. O si auer no la pudieren, seya auida del regno, de qual que lugar, seyan buenos et leales o de cruz.

[7]

De espondaleros, cabeceleros o testigos; aquel que los faze o los estableçe, en qual que lugar los faze a ellos, i \se/ aura aju\d/ar de ellos 11, encara si son de otro regno puede se aiudar 12 en medianedo.

[8]

De aquestos cristianos que testimonian por jodios et por moros sobre qual quiere cosa, despues que aquel mismo cristiano jurare, despues por ninguna manera no lo podra el otro tornar a ninguna batalla.

[9]

De aquel que por mandamiento del judez aduze su[s t]estigos sobre alguna razon, et los testigos offrecen fidanças de [lu]res juras ad aquel \contra/ el qual quisieren testimoniar, ni esta por ellos qual cosa los testigos deuen fer. Si aquel contra al qual son aduchos non quiere recebir a ellos, demientre que fueren a la fidança abondantes, desent non son tenidos testimoniar ni dar fidanças de sus juras, qual el fuero cunplieron.

[10]

Como algun infançon o otro sobre alguna demanda al culpable alguno aduze testigos, \segunt del fuero/ non puede dar testigos parçoneros en la misma demanda.

9 Desarrollo la abreviatura con la grafía n pues parece ser esta la forma utilizada habitualmente en el texto delante de consonante labial.

10 Parece que el copista trató de modificar la última letra de esta palabra, de manera que podríamos leer pueda.

11 Quien corrigió el texto enmienda esta cláusula utilizando la misma tinta de color claro que usa otras veces. Originalmente se leía: i aurá a jurar de ellos. En la corrección añadió la forma pronominal se y escribió una d sobre la r de jurar.
12 Da la sensación de que el mismo copista ha alargado el rasgo de la i para que sea ajudar.


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Fecha de recepción: 3 de julio de 2012

Fecha de aceptación: 5 de noviembre de 2012

REVISTA DE FILOLOGÍA ESPAÑOLA (RFE), XCIII, 2.o, julio-diciembre, 2013, pp. 313-326 ISSN 0210-9174, eISSN 1988-8538, doi: 10.3989/rfe.2013.11