Pedro J Bel :
La Franja es una "entelequia" inventada pel nacionalisme catalá, i fomentada per alguns agitadors profesionals, venuts al catalanisme. La finalidat clara es la creació, dins de l´'Aragó, d'un pais catalanoparlant, per a integrar-lo, cuan puguen, a la fantasía dels "Països Catalans".
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Franja_de_Aragón
El término Franja de Aragón (Francha d'Aragón o Francha Oriental en aragonés; Franja d'Aragó, Franja de Ponent, o Franja Oriental en catalán) se aplica habitualmente al Aragón catalanófono (catalanófoBo no) que abarca la zona oriental de Aragón (España), limítrofe en su mayor parte con Cataluña (España), si bien con el tiempo han surgido nuevas y diversas aplicaciones no siempre coincidentes respecto al territorio al cual hacen referencia.La Franja es una "entelequia" inventada pel nacionalisme catalá, i fomentada per alguns agitadors profesionals, venuts al catalanisme. La finalidat clara es la creació, dins de l´'Aragó, d'un pais catalanoparlant, per a integrar-lo, cuan puguen, a la fantasía dels "Països Catalans".
https://es.m.wikipedia.org/wiki/Franja_de_Aragón
La aplicación del término Franja en referencia a la zona oriental de Aragón es reciente, aunque cabe remontarse a principios del siglo XX para encontrar sus precedentes, en concreto al año 1929, el geógrafo Pau Vila –quien posteriormente dibujaría el primer mapa comarcal de Cataluña durante la Segunda República española– bautiza al Aragón catalanohablante como Marcas de Poniente (en catalán: Marques de Ponent), siendo el primer intento de darle nombre a dicho territorio. Posteriormente la misma denominación sería empleada, ya en la segunda mitad del siglo XX, por filólogos como Joan Coromines, alternándose con otras denominaciones como Marcas de Aragón (Marques d'Aragó), Cataluña aragonesa (Catalunya aragonesa) o la raya de Aragón (la ratlla d'Aragó).
En todos los casos las distintas denominaciones empleadas aluden a un mismo ámbito territorial, el área oriental de Aragón de lengua catalana, siendo en todos los casos denominaciones creadas desde Cataluña, es decir, es un concepto creado desde un punto de vista exógeno para poder denominar sustantivamente a un territorio de habla catalana ubicado al oeste de Cataluña, de allí la adjetivación de Poniente (de Ponent).
Es durante la transición española (segunda mitad de los años 1970) cuando se aplica por primera vez el término Franja en referencia al Aragón catalanoparlante:
En el Segundo Congreso Internacional de la Lengua Catalana (Segon Congrés Internacional de la Llengua Catalana) celebrado en 1985 el Instituto de Estudios Catalanes, máxima autoridad científica de dicho idioma, adoptaría Franja de Aragón (Franja d'Aragó) como denominación para el Aragón catalanohablante desde un punto de vista académico. Mientras que la denominación Franja de Poniente (Franja de Ponent) quedaría relegada al ámbito político, en concreto en asociaciones, agrupaciones y partidos políticos afines al pancatalanismo.
Desde Aragón se emplean otras denominaciones alternativas como Aragón Oriental (Aragó Oriental), Franja Oriental, Comarcas Orientales o Franja de Levante (Franja de Llevant).
Lo que en un principio fuera una denominación relativa a un ámbito lingüístico posteriormente ha adquirido nuevas acepciones variando el ámbito territorial al que hace referencia. Principalmente, aparte de la acepción lingüística cabe mencionar las acepciones políticas formuladas desde el pancatalanismo, o algunas más recientes como la eclesiástica y socioeconómica. Según cada acepción los vínculos que agrupan a los municipios se ciñen a ligazones de distinta índole, en total se puede hablar de cuatro acepciones, a saber:
- Acepción eclesiástica
- Acepción lingüística
- Acepción política
- Acepción socioeconómica
- Arciprestazgo del Bajo Cinca
- Arciprestazgo del Cinca Medio
- Arciprestazgo de La Litera
- Arciprestazgo de la Ribagorza Occidental
- Arciprestazgo de la Ribagorza Oriental
Ámbito territorial
- Anexo:Municipios catalanófonos de Aragón según el Anteproyecto de la Ley de lenguas
Tabla y mapa comparativos según fuentes
Las autoridades eclesiásticas, siguiendo con el propósito de adecuar los límites diocesanos a la realidad política, en este caso de Aragón, mediante el Nuncio Apostólico de la Santa Sede en España notificó el 15 de junio de 1995 al presidente de la Conferencia Episcopal Española, el arzobispo de Zaragoza, Elías Yanes, la decisión de la Santa Sede de acoger la recomendación de ésta y realizar la transferencia de las 111 parroquias aragonesas hasta entonces pertenecientes a la Diócesis de Lérida a la nueva Diócesis de Barbastro-Monzón. La notificación en concreto se expresaba en los siguientes términos:
La transferencia de las parroquias, en relación a sus respectivos bienes y especialmente objetos artísticos o de arte sacro, dio lugar a un litigio hasta la fecha no solventando. Desde dicho momento más de un centenar de obras artísticas ubicadas en el Museo Diocesano de Léridai son retenidas por el obispado leridano negando su entrega a la Diócesis de Barbastro-Monzón. El litigio es popularmente conocido como el conflicto de los bienes/patrimonio eclesiástico de la Franja o del Aragón Oriental, y pese a comenzar siendo un debate de ámbito local, trascendió éste y pasó a ser noticia en la prensa diaria de ámbito nacional, debido especialmente al enfrentamiento entre fuerzas políticas de Aragón y Cataluña.
En este caso destaca cómo el conflicto sobre el patrimonio eclesiástico ha atribuido una nueva acepción territorial al término "Franja", la territorialidad a la que hace referencia no sigue criterio lingüístico alguno sino que se ciñe al ámbito territorial eclesiástico basado en arciprestazgos, incluyendo indiferentemente municipios castellanohablantes monolingües como municipios bilingües, y estando todos circunscritos a la provincia de Huesca.
Los arciprestazgos que abarcaría la Franja de Aragón en su acepción eclesiástica son:
El catalán es la lengua propia y tradicional en este territorio, es hablado por un sector significativo de la población (el 47,1% de la población lo usa como lengua habitual según una encuesta del Instituto Aragonés de Estadística porcentaje que sube al 73,6% según una encuesta realizada en las mismas fechas pero con un ámbito territorial menor por la Generalidad de Cataluña;ambas encuestas dan una cifra aproximada de 30.000 hablantes habituales de catalán), a pesar que no es una lengua oficial y que tiene una presencia casi nula en las instituciones públicas, muy limitada en la enseñanza, donde solo es posible estudiarla como optativa, la administración y actos públicos en general.
Los límites exactos de la Franja de Aragón difieren dependiendo de la fuente, ya que existen algunos municipios de la Ribagorza en los que existirían dudas sobre si incluirlos como hablantes del catalán o como de aragonés. La proporción de hablantes de una u otra lengua varía con el tiempo y la inmigración según el municipio, cosa que provoca que distintas fuentes establezcan fronteras ligeramente diferentes.
Según el anteproyecto de la Ley de lenguas
Durante la IV Legislatura de las Cortes de Aragón (1995-1999) bajo el gobierno de la coalición PP-PAR se emitió el Dictamen de la Comisión especial de estudio sobre la política lingüística en Aragón. El dictamen sentaría las bases para que en la siguiente legislatura (1999-2003) gobernando la coalición PSOE-PAR, se presentara el Anteproyecto de la Ley de Lenguas de Aragón, donde por primera vez se detallaría desde las Cortes de Aragón qué municipios aragoneses forman parte del ámbito lingüístico catalán, con la finalidad de reconocer la cooficialidad y potenciar el uso de la lengua catalana en el ámbito público y especialmente en la educación.
La ley no fue finalmente aprobada a causa de las protestas y recogidas de firmas en Aragón que se oponían a que el catalán se hiciera cooficial promovidas principalmente por FACAO y a la exigencia del ejecutivo de aprobarla desde el consenso de todas las fueras políticas, circunstancia que no se dio.
Según el Instituto de Estudios Catalanes
Desde el punto de vista del Instituto de Estudios Catalanes el ámbito territorial es menor, debido a que al municipio de Torre la Ribera no lo considera catalanohablante, y a los municipios de Azanuy-Alins, Isábena, Lascuarre y San Esteban de Litera los clasifica como hablas de transición, por lo cual el ámbito territorial de la lengua catalana se reduce a un total de 57 municipios que abarca una extensión de 4.137,2 km² con una población de 46.442 habitantes (2007).
Según la Gran Enciclopedia Aragonesa
En el caso de la Gran Enciclopedia Aragonesa (GEA) ocurre la inversa, el ámbito territorial de la Franja de Aragón se incrementa. Cabe mencionar que no recoge la entrada "Franja" pero si "Catalán en Aragón", donde ofrece las cifras de 5.370 km² y 70.000 habitantes, sin especificar ni cuántos ni en qué municipios en concreto se habla catalán ni la fecha del censo de población de la cifra que ofrecen.
Según la Gran Geografía Comarcal del GREC
En el caso de la Gran Geografía Comarcal del Grupo Enciclopedia Catalana (GREC) el ámbito territorial de la Franja de Aragón también es mayor pero no tanto como en la GEA. Todos los municipios que añade al listado del anteproyecto de la Ley de lenguas son ribagorzanos y por tanto pertenecientes a la provincia de Huesca. En total añade 8 municipios y 3 núcleos de población, Güell, Laguarres y Torres del Obispo, que forman parte de dos municipios, de Graus en el caso del primero y el tercero, y de Capella en el caso del segundo. En la tabla que figura en el siguiente anexo se detallan las cifras oficiales de extensión y población de los municipios y núcleos de población:
En relación a la toponimia local en lengua o modalidad lingüística vernácula no hay consenso en todos los casos, habiendo en algunos municipios denominación diferente según el topónimo oficial propuesto por las leyes comarcales y los topónimos no oficiales propuestos por el Instituto de Estudios Catalanes (IEC), en el siguiente Anexo figura una tabla comparativa de las diferentes denominaciones:
La acepción política de la franja de Aragón va ligada a los movimientos políticos catalanistas. Desde el pancatalanismo siempre se ha considerado a dicha parte de Aragón como la Cataluña irredenta, que por avatares históricos ha quedado desmembrada de su comunidad cultural, comunidad sobre la cual se fundamenta según el pancatalanismo la nación catalana, abarcando todos los territorios de habla catalana en Andorra, España y Francia. El principal exponente de esta tendencia es el partido Esquerra Republicana de Catalunya. Esta nueva acepción de los Países Catalanes surge a lo largo del siglo XX, y especialmente a partir de los años 60 -impulsado principalmente por Joan Fuster-, el término recoge una nueva acepción política reivindicándose un estado nacional para los Países Catalanes fundamentado en una comunidad o étnia lingüística. Desde la Franja de Aragón, el movimiento político y social pancatalanista es minoritario y de hecho no cuenta con implantación municipal salvo un concejal que ERC obtuvo en Calaceite bajo la marca Entesa per Calaceit.
A principios de 2009 se formó como partido político el minoritario Convergencia Democrática de la Franja, patrocinado por Convergencia Democrática de Cataluña.
La acepción de la Franja de Aragón hace mención al área territorial aragonesa situada en la órbita económica de la ciudad catalana de Lérida, mucho mayor que Huesca y más cercana que Zaragoza. Dicha zona engloba a municipios de la provincia de Huesca y de la provincia de Zaragoza, tanto catalanohablantes como castellanohablantes (casos de Alcolea de Cinca, Binéfar, Monzón y otros). Dicha área de influencia económica se refleja en el hecho de que los aragoneses se desplacen a Lérida para realizar compras, trabajar, recibir asistencia sanitaria o estudiar, con independencia de la existencia de los límites político-administrativos vigentes.
No obstante, tal relación es la habitual en zonas limítrofes y también se produce en el sentido contrario, como queda de manifiesto por la práctica de muchos catalanes de ir a repostar a gasolineras de la Franja para evitar el pago de un impuesto regional.
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