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lunes, 31 de marzo de 2025

Pilar Rahola, Manuel Valls, Vargas Llosa

Pilar Rahola, Manuel Valls, Vargas Llosa
 
Pilar Rahola, Manuel Valls, Vargas Llosa
 
Nobel, primer ministro, diputada hace años


Pilar Rahola Martínez (Barcelona, 21 de octubre de 1958)​ es una filóloga, política, y periodista española, tertuliana radiofónica, y habitual de TV3 y de televisión española de ideología independentista catalana.
Fue diputada por Barcelona en el Congreso dentro del Grupo Parlamentario Mixto entre 1993 y 2000.

wiki

Pilar Rahola Martínez, wiki


​Es columnista en el diario La Vanguardia​ y es o ha sido colaboradora o tertuliana de programas radiofónicos y televisivos como Julia en la onda, 8 al día o La noria. Fue miembro del Consejo Asesor para la Transición Nacional, un organismo adscrito al Departamento de la Presidencia de la Generalidad creado en 2013 para asesorar sobre el proceso de independencia de Cataluña.

Esquerra Republicana de Catalunya, Partit per la Independència

Militante y dirigente de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) en su carrera política, y tras su abandono de la formación siendo una de las cabezas visibles del Partit per la Independència, Rahola se autodefinió en 2006 como «de izquierda».

Fue calificada como «periodista de izquierda» en 2004, aunque se ha señalado más recientemente su acercamiento a posiciones de la centro-derechista Convergència Democràtica de Catalunya (CDC).

Fue autora también en 2010 de la biografía —calificada por analistas críticos con formato «de loa»—​ de Artur Mas, presidente de CDC, de CiU y de la Generalidad de Cataluña y en la que parte de la crítica señaló en 2010 un «profundo resentimiento» hacia ERC y el tripartito de izquierdas.

Ha sido destacado su papel como «gran amiga del pueblo de Israel».También se la ha caracterizado como «hipercrítica» respecto al mundo Islámico.

Fue la única representante de Esquerra Republicana de Catalunya en el Congreso de los Diputados en la V y VI Legislatura (1993-2000), así como teniente de alcalde de Barcelona.

Formó parte de diversas comisiones de investigación, entre ellas, la comisión Roldán, que investigó el caso más grave de corrupción del último gobierno socialista (anterior a los ERE) de Felipe González.

También ha sido miembro de múltiples comisiones parlamentarias, entre ellas la comisión de exteriores.

En 1996 abandonó ERC para fundar, junto a Àngel Colom y Joan Laporta, el Partit per la Independència (PI), que no obtuvo representación parlamentaria. Tras el fracaso político del PI abandonó la política activa para volver al periodismo y la escritura.

Desde 2013 fue miembro del Consejo Asesor para la Transición Nacional, órgano de la Generalitat encargado de preparar una consulta por la independencia de Cataluña,  butifarréndum , hasta que éste fue suprimido el 27 de octubre de 2017 por el gobierno de España en aplicación del artículo 155 de la Constitución española.

Y Montoro dice que no hay malversación.

Rahola es licenciada en Filología Hispánica y Filología Catalana por la Universidad de Barcelona. Es autora de diversos libros publicados en castellano y catalán, ha colaborado con diversos periódicos españoles, como El País, y ahora es colaboradora fija del periódico La Vanguardia. También ha colaborado con el diario argentino La Nación y el periódico electrónico Diario de América que se edita en Estados Unidos.

Desde 1987 hasta 1990, fue directora de la editorial catalana Pòrtic, con diversas colecciones literarias a su mando.

Publicó, entre otros, Bella del señor de Albert Cohen y La hoguera de las vanidades de Tom Wolfe

Además, hasta 2003 fue directora de la Fundación Acta, para la difusión del pensamiento y el debate.
Como periodista, estuvo en diversos conflictos como la guerra entre Etiopía y Eritrea, la guerra de los Balcanes, la primera guerra del Golfo (desde Jerusalén), la caída del muro de Berlín, el asalto al Parlamento Ruso y el proceso de independencia de los países bálticos.

Ha sido colaboradora en varios programas de televisión como Els Matins de TV3 y 8 al día de 8tv, en ambos con Josep Cuní o Crónicas Marcianas, La noria y Sábado Deluxe de Telecinco. En la radio presentó Vis à vis, programa de entrevistas -exclusivamente a hombres- que se emitió en Ona Catalana de 2000 a 2003 y que en 2006 se adaptó a la televisión para emitirse por BTV.

Desde 2007 colabora en el programa de radio Julia en la Onda en Onda Cero, con Julia Otero, en el que da su opinión sobre diversos temas, entre los que se cuentan el nacionalismo catalán, los derechos de la mujer y el conflicto árabe-israelí. Respecto a este último tema, su posicionamiento a favor de Israel y sus críticas hacia determinados aspectos del islam la ha llevado a recibir críticas en varios medios, algunos de ellos de tendencia islámica.

Ha dado conferencias en Universidades de Argentina, Colombia, Brasil, México, Costa Rica, Israel, Perú y Chile. También las ha dado en diversas ciudades norteamericanas, entre ellas Miami, San Diego, Palm Beach, así como en Puerto Rico, en el Palacio Legislativo de Uruguay y en Panamá, donde Jordi Pujol llevaba calerons.

Diversos familiares se han dedicado a la política. Uno de ellos, Pedro Rahola, fue dirigente de la Lliga Catalana, diputado, senador, ministro sucesivamente de Marina y sin cartera en los últimos gobiernos del bienio radical-cedista durante la Segunda República y amigo de Francisco Cambó. Otro, Frederic Rahola, fue el primer Síndico de Agravios (greuges) de Cataluña tras la restauración de la Generalidad. También es familiar de Carles Rahola, intelectual catalán condenado a muerte por el franquismo en 1939. A cualquiera llaman intelectual.

Está casada y tiene tres hijos, dos de ellos adoptados en Barcelona y Siberia respectivamente. Este último no es de raza pura catalana, si conseguís la independencia lo van a mirar con malos ojos. 

En 2014 saltó la noticia de que la versión en español de su currículum en su página web personal había estado errado durante varios años, acreditándose en él dos doctorados inexistentes.
Espero que Ignacio Sorolla Vidal tenga al menos uno.

  • Aquell estiu color de vent - Editorial Pòrtic 1983. ISBN 84-7306-208-6
  • Color de verano - Editorial Pòrtic 1983. ISBN 84-7306-208-6
  • Aperitiu nocturn - Editorial Pòrtic 1985. ISBN 84-7306-260-4
  • La qüestió catalana - Editorial Columna 1993. ISBN 84-7809-515-2
  • Mujer liberada, hombre cabreado - Editorial Planeta 2000 ISBN 84-08-03499-5
  • Dona alliberada, home emprenyat - Editorial Planeta 2000 ISBN 84-08-03477-4
  • Carta a mi hijo adoptado - Editorial Planeta 2001 ISBN 84-08-03886-9
  • L'adopció un acte d'amor - Editorial Columna 2001 ISBN 84-8300-760-6
  • Carta ao meu filho adoptado - Editorial Ambar 2003 ISBN 972-43-0654-2
  • Historia de Ada - Editorial RandomHouse Mondadori 2002 ISBN 84-97590-26-6
  • 3x1: El món actual a través de 3 generacions - Editoral Plaza & Janes 2003 ISBN 84-01-38626-8
  • Catalunya, any zero -Editorial Ara llibres 2004 ISBN 84-96201-16-3
  • A favor de Israel -Editorial Certeza (2005) ISBN 84-96219-20-8
  • Atrapados en la discordia: conversaciones sobre el conflicto Israel-Palestina -Editorial Destino (2009) ISBN 978-84-2334-169-6
  • La máscara del rey Arturo -Editorial RBA libros (2010) ISBN 978-84-9867-817-8
  • La República Islámica de España -Editorial RBA libros (2011). ISBN 978-84-9867-986-1
  • El carrer de l'embut Editorial RBA libros (2013). ISBN 978-84-826-4629-9

En la misma entrevista se muestra crítica con «la izquierda antimoderna, reaccionaria y antisemita que se enamoró de Stalin y de Castro y que ahora está enamorada de Chávez» y afirma que «combate a la izquierda que siempre se enamora de monstruos»

  1.  Biografía.
  2. González Cuevas, 2010, p. 12.
  3. Congreso de los Diputados (ed.). «Ficha de Pilar Rahola en la V Legislatura».
  4. Congreso de los Diputados (ed.). «Ficha de Pilar Rahola en la VI Legislatura».
  5. directe.cat, ed. (3 de diciembre de 2012). «La Vanguardia propugna la dimissió de Mas» (en catalán).
  6.  «Onda Cero rectifica y vuelve a contar con Pilar Rahola». Diario Público. 7 de octubre de 2011.
  7. Miguel Ángel Aguilar (24 de diciembre de 2013). «Autodeterminación y referéndum». El País.
  8. Europa Press, ed. (25 de abril de 2012). «'La Noria' se para en Telecinco».
  9. Cañizares, María José (30 de diciembre de 2013). ««Glamour» independentista». ABC.
  10. «Pilar Rahola: "La ONU actúa como esclava del mundo islámico"». La Nación.com. 4 de octubre de 2006. Consultado el 15 de enero de 2014.
  11. Perednik, 2004, p. 5.
  12. del Cañuelo, 2013, p. 7.
  13. Moreras, Jordi (2012). «Country surveys: Spain (páginas 545-562)». Yearbook of Muslims in Europe, Volumen 4 (en inglés). (editado por Jørgen S. Nielsen, Samim Akgönül, Ahmet Alibasi y Egdunas Racius). BRILL. pp. 560-561. ISBN 9004225218.
  14. Traducción: Partido por la independencia.
  15. http://www.broadcaster.cat/TV/default.cfm/ID/2720/SF/2684/PROGRAMES/vis-vis.htm
  16.  La Vanguardia, órgano oficial del Estado de Israel webislam, acceso 01 junio, 2010
  17.  El "hiyab" y la libertad amenazada webislam, acceso 1 de junio de 2010
  18. Keren Hoy Especial Rahola consultado el 17 de abril de 2007.
  19.  La periodista Pilar Rahola, Premio Daniel Pearl por su "lucha contra el antisemitismo" La Vanguardia, 4 de octubre de 2010
  20.  Los editores catalanes premian a Pep Guardiola y Pilar Rahola Europa Press, 10 de noviembre de 2010
  21.  V Premios CMN a la Excelencia Empresarial y Profesional de Mujeres de Negocios Círculo de Mujeres de Negocios, 25 de noviembre de 2010
  22.  Pilar Rahola, premiada por los agentes como Mosso d'Honor
  23.  El Fòrum Carlemany premia Pilar Rahola i Josep M. Soler (catalán)
  24.  «Pilar Rahola, Premi Ramon Llull». La Vanguardia. Consultado el 3 de febrero de 2017.
  25.  El País, Archivo-Hemeroteca, 24 de febrero de 1996 Pilar Rahola saca su coche del depósito de la grúa sin pagar la multa.
  26.  «Los falsos doctorados de Rahola». Elmundo.es. 5 de febrero de 2014.
  27. Pilar Rahola lleva a su hija a un colegio de 130.000 euros. El Economista.es. 29/07/2015, Eva Díaz. Consultado el 1 de febrero de 2018.
  28.  La Vanguardia, 30 de noviembre 2008 Sentencia contra los Mossos.
  29.  El País, 23 de noviembre 2012 El Gobierno concede un segundo indulto a cuatro mossos condenados por torturas.
  30.  Libertad Digital
  31.  Tous expulsa a Rahola y a la esposa de Artur Mas de su fundación para zanjar el boicot. El Confidencial, 21.11.2017, David Brunat. Consultado el 1 de febrero de 2018.
  • http://www.govern.cat/pres_gov/govern/ca/grans-reptes/transicio-nacional/notapremsa-192868.html
  • http://www.kkl.org.il/eng/about-kkl-jnf/green-israel-news/march-2013/pilar-rahola-visit-negev/
  • del Cañuelo, Luis G. (2013). «De cómo los líderes de ERC acaban casi todos en Convergència» (pdf). El Siglo de Europa (1002). ISSN 2254-9234.
  • Perednik, Gustavo D. (2004). «De judeofobia israelita y judeofilia cristiana». El Catoblepas, revista crítica del presente (28): 5. ISSN 1579-3974.
  • González Cuevas, Pedro Carlos (2010). «Retrato patético de un líder catalanista». El Catoblepas, revista crítica del presente (106): 12. ISSN 1579-3974.

martes, 12 de septiembre de 2017

Urna, referéndum, un de Octubre

Lo referéndum del 1 de Octubre, butifarréndum, ya té les urnes preparades, sirá un día mol mogut, anirem de cul, los de la Franja tamé podrán votá. Un de Octubre. De quín añ ere? Ya ni men enrecordo. Puigdemont.
 
Lo butifarréndum ya té les urnes preparades, sirá un día mol mogut, anirem de cul, los de la franja tamé podrán votá.

Dolso butifarréndum

La butifarra es un embutido típico de Cataluña, ses illes Balears o islas Baleares y Valencia, hecho principalmente con carne y tocino de cerdo, y condimentado con especias.
La original no es apta para veganos ni para Moros, musulmanes, u otras religiones y modelos de nutrición. Se puede hacer con otro tipo de carnes, o bien sucedáneos.

Por ejemplo, Juaquinico Monclús de Calaceite es un adicto a la butifarra.

ASCUMA junta presidente Joaquín Monclús, Juaquinico Monclús, Calaceite, butifarra


Existen dos tipos principales de butifarra: las frescas, que deben cocinarse antes de consumirse, y las cocidas, que se pueden comer directamente. Quizás alguno también cuelgue butifarras para que se sequen.
La butifarra catalana, en particular, está hecha con magro y panceta de cerdo, sal, azúcar, especias, estabilizadores y conservantes.
Además, la butifarra es un alimento principalmente proteico y se recomienda consumirla a temperatura ambiente.

La butifarra de payés es un tipo de embutido fresco elaborado con carne de cerdo, especias y otros ingredientes naturales, y su nombre proviene de la palabra "pagès", que significa campesino en catalán, reflejando su origen humilde y rural.

A este aragonés catalanista le gusta mucho la butifarra de Benabarre:

Ignacio Sorolla Vidal, sociolingüista, catalanista, imbécil, aragonés, origen humilde rural

viernes, 6 de febrero de 2026

25 OCTUBRE, 1349. Tomás Aguiló Forteza

EL 25 D'OCTUBRE

1349.

https://es.wikipedia.org/wiki/Batalla_de_Lluchmayor

EL 25 D'OCTUBRE 1349. Asseguda dins la cambra, La cambra de mes endins, Dona Costança, l'esposa D'en Ramon de Sant Martí

Asseguda dins la cambra,

La cambra de mes endins,

Dona Costança, l'esposa

D'en Ramon de Sant Martí,

Pròp d'una taula, ab el colze

Demunt un coxí molt rich,

S'aguantava el front, enveja

Dels llíris de son jardí.

Deu del cel! qui l' hagués vista

Aquell vespre malehit,

En que li estavan devora

Trists com ella els seus dos fills!

 

EL 25 DE OCTUBRE

1349.

Sentada junto a una mesa, en su más apartado retrete, Doña Constanza, la esposa de Ramón de Sant Martí.

Apoyado el codo en riquísima almohada, sosteníase la frente, cuya blancura envidiaran los lirios de su jardín.

Dios del cielo! quién la viera aquella malhadada noche, cuando, como ella tristes, rodeábanla sus dos hijos!


A tres anys un no arribava,

No arribava l'altre a cinch,

Y per cert que tots dos eran

Com dos ángels de garrits.

El mes grandet la tenia

Agafada p'el vestit,

Esglayat la se mirava

Demunt sa falda el petit.

¡Pobre mare que no feya

Jochs y festes als seus nins,

Perque plena d'amargura

Sols pensava en son marit!

Pensava qu'en aquella hora

Se trobava en gran perill,

Y ja a dolses esperançes

No gosava doná' abrig.

Els seus ulls li espiretjavan,

De son cor treya suspirs,

Y per molt que fés esfòrsos

No 'l tenia gens tranquil.

En Gilabert de Centellas

De ciutat havia exit,

Y en son estol, gent valenta,

S'hi contavan molts de mils.


En los tres años frisaba el uno, el otro no llegaba a cinco, y eran los dos tan bellos que semejaban dos ángeles.

Teníala el mayorcito cogida de la falda de su brial, y en su regazo el pequeño mirábala aturdido.

¡Pobre madre, que no hacía mimos ni fiestas a los hijos de su amor, porque llena de amargura pensaba sólo en su marido!

Pensaba que en aquellos instantes hallábase en terrible riesgo, y no osaba dar albergue a lisonjeras esperanzas.

Asomó el llanto a sus ojos, exhalaba dolientes gemidos, y a pesar de sus esfuerzos no conseguía recobrar el perdido sosiego.

Gilaberto de Centellas había salido de la ciudad, y componíase su mesnada de muchos millares de valientes.


La llum del sol apagada,

S'anava el cel enfosquint,

Y a la cambra un esclau mòro

Ab un ciri entra summís.

- No guaytavas a la torre?

- En vench, senyora.- ¿Y qu'has vist?

- Ran de mar fòchs que servexen

Per doná' a ciutat avís.

- ¿Y res mes?- Fayes enceses

De Lluchmajor p'el camí.

- Y dius ver? Mon còr s'esclata,

Mon còr no'm cab dins el pit.

- De pols una nigulada

S'hi veya abans, y ferits

Del sòl los férros de llansa

Hi llambretjavan sovint.

- Ah! son ells, son ells que tornan,

Son els nostres inimichs;

¿Es que venen victoriosos

O s'en venen fugitius.

Y, digués, ¿son lluny encara?

- A retronar fins aquí

No 's tardará moltes hores

La remor del seus clarins.


Apagada ya la luz del sol, ennegrecíase el cielo; y con una vela en la mano entró humildemente en la cámara un esclavo moro.

- ¿No velabas en la torre? - De allí vengo señora. - ¿Y qué viste? - Orillas del mar grandes hogueras que deben ser aviso para los de la ciudad.

- ¿Nada más? - Antorchas encendidas camino de Lluchmayor. -

¿Es cierto? Se me rompe el corazón que no cabe, no, dentro mi pecho.

- Descubríase antes espesa nube de polvo, y los hierros de las lanzas reflejaban los rayos del sol poniente.

- Ah! son ellos los que vuelven; son sin duda nuestros enemigos: mas ¿es que vienen victoriosos o es que huyen derrotados?

Y, di, ¿están lejos todavía? - Dentro de breves horas se oirá desde aquí el sonido atronador de sus clarines.


- Vés, puja, puja a la torre,

Y si 's cumpleix mon desitj,

Si mon plant el cel escolta,

No serás ja mes catiu. -


D'exir lo esclau acabava,

Quant la dama exhala un crit,

Perque 's veu devant un frare

Que l'abrassa ab frenesí.

De fèrro una cervellera,

Un arnés mitj desguarnit,

Uns esperons sanguinosos,

Cubria el ropatje humil.

Espassada la sorpresa:

- Ramon! Esposa! qu'estim...

- ¿Y el Rey? - Amor de ma vida,

¿No estavas pensant en mí?

- El Rey?... Callas, y a la boca

l'' acòstas plorant el dit?

- En Centellas comandava

No soldats, sino botxins.

- ¿Qué vols dir? - Caygut en terra...

- ¡Pobre Don Jaume! Felis,

Qu'entre el desterro o l'afronta

No ha tengut temps d'elegir.



- Ve, sube, sube a la torre, y si mis anhelos se cumplen, si escucha el cielo mis suspiros, no seras ya cautivo. -

Acababa de salir el esclavo cuando lanzó la dama un grito de terror, al ver entre sus brazos a un fraile que la estrechaba con frenesí.

Cubría el humilde ropaje un acerado yelmo, un arnés desguarnecido y unas espuelas mojadas en sangre.

- Ramón! exclamó la dama, desvanecida su sorpresa. - Esposa adorada!.... - ¿Y el rey? - Amor de mi vida, ¿no estabas pensando en mí?

- El rey... Callas y llorando me impones silencio? - Los de Centellas no eran soldados sino verdugos.

- ¿Qué dices?- Caído en tierra... - Pobre Don Jaime! - Feliz, pues no pudo escoger entre el destierro y la afrenta.



- Deu etern! ¿y la justicia

Consent tan horrible crim?

- ¿Y ha de viure sens corona

Qui en son cap corona ha vist?

- Ingrata, ingrata Mallorca!

Y l'infant? - Está ferit.

- Tot perdut! - Tot, fòra l'honra

Guanyada aquex dematí.

- Els traydors tan valerosos!

Y els faels...- Mes qu'ells ardits,

Y per cada tres dels nostres

Ne duya en Centellas vint!

Tres llansades he rebudes...

- Ah!... - Mon cavall mes de sis.

Còps d'espasa, ¿quí los conta?

Sols sé que masell n'estich.

De la sang qu'ara 'm degota

N'está aquex trispol homit;

Ja 'l veurás com vermeyetja,

Ja 'l veurás demá matí.

Venturós si a les galeres

Viu encara jo hi arrib,

Y un poch de terra sagrada

Pot esser mon derrer llit. -

- Dios eterno! ¿y tu justicia consiente tan horrible crimen? - ¿Y puede vivir sin corona quién la llevó en su cabeza?

 

- Ingrata, ingrata Mallorca! ¿Y el infante? - Está herido. - Perdióse todo! - Todo, menos la honra alcanzada en este día.

- Los traidores tan valientes! y los leales... - Más esforzados que ellos; por cada uno de los nuestros llevaba Centellas veinte!


Tres lanzadas recibí... - Ah! - Mi caballo más de seis. Golpes de espada, ¿quién pudo contarlos?

Con la sangre que mana mi cuerpo humedécese el pavimento, a la luz de la mañana le verás todo enrojecido.

Dichoso si puedo llegar con vida a las galeras, y cubre mis huesos un puñado de tierra bendecida! -


Dona Costança esmortida

No sent ja lo que li diu,

Y als nins, Don Ramon abrassa

Plorant també com un nin.

El front gelat de sa esposa

Besa ja p'el derrer pich,

Y sortint d'aquella cambra

De sang dexa un regalim.

___

Desvanécese Doña Constanza y no oye ya la voz de su marido. Don Ramón estrecha contra su corazón a sus hijos llorando como un niño.

Besa por última vez la frente helada de su esposa, y al salir de aquella cámara deja en el suelo un reguero de sangre.

domingo, 10 de julio de 2022

CARTA XLIV. Extracto de varios documentos tocantes a los templarios de la corona de Aragón

CARTA XLIV. 

Extracto de varios documentos tocantes a los templarios de la corona de Aragón: bula inédita de su extinción en el concilio vienense, copiada de los registros auténticos del rey D. Jayme el II (a). (a) Agrego a este tomo la presente carta que me envía mi hermano desde Barcelona, así por tratarse en la iglesia de Tortosa varios puntos conexos con la suerte de los templarios, como por anticipar a los eruditos españoles estas noticias, que ilustran uno de los puntos más obscuros de nuestra historia eclesiástica. 

Mi querido hermano: Como el remate que tuvo la orden de los templarios es tan famoso en el mundo, y tan poco lo que se sabe de la suerte de los de Aragón desde su decadencia; me ha parecido recoger las memorias que he hallado en el archivo real de Aragón, poniendo por orden cronológico los extractos que formaba de ellas, al paso que me venían a las manos. Otro más desocupado que yo podrá sobre estos materiales ordenar una historia completa de los templarios aragoneses. A mí me basta comunicar sin envidia mi trabajo para la común utilidad. Advierto que los instrumentos, cuya fuente no se cita, son del libro guardado en el dicho archivo con el título Regestrum templariorum, donde se extendían las órdenes reales, cartas y demás documentos que se expedían o recibían: libro auténtico cuanto necesita la historia. 

I. Carta del rey de Francia Felipe IV, llamado el Hermoso, al rey D. Jayme II de Aragón, en que le participa como se ha descubierto que los templarios eran reos de varios delitos: Videlicet (le dice) quòd in professione fratris cujuslibet dicti ordinis, seu in ingressu, quem occultum faciunt, quilibet frater qui recipitur, Jesum Christum D. N. 

ter ejus cruce praepositâ negat in facie figurae Domini, vice qualibet conspuendo. Recipiens insuper, exuto taliter recepto vestibus, osculatur receptum, primò in fine spinae dorsi subtus balteum, secundò in umbilico, tertio verò in ore; nec non recepto praecipit quod si quis ex suis fratribus sibi voluerit carnaliter comisceri, hoc sustinere debeat, ex eo quod ad haec ex statutis ordinis teneatur. 

Manifestados estos crímenes, le exhorta a que aprisione a todos los templarios que tenga en sus dominios, como lo había hecho él con los de su reino después de haber  tratado el negocio con el papa. La fecha es de París a 26 de Octubre, y aunque no expresa el año, por los extractos que siguen se conocerá que es el de 1307. 

2. Carta de Fr. Romeo Zabruguera (ça Bruguera), de la orden de predicadores, catedrático de teología en la universidad de París, al mismo rey de Aragón, fecha allí mismo en la vigilia de S. Simón y Judas de 1307: en la cual asegura que él fue uno de los testigos de la confesión que hizo el Gran Maestre del Templo con otros individuos de la misma orden en los días 25 y 26 del mismo mes de Octubre, cuando reconocieron y confesaron de plano los delitos, por los cuales habían sido presos todos los de Francia en una hora el día 13 del mismo Octubre. A los crímenes ya sabidos añade que in capitulis generalibus caput quoddam fictile argenteum, vel argentatum, et barbatum adorabatur à praesentibus ut creator omnium et redemptor. 

3. Respuesta de D. Jayme II de Aragón al rey Felipe de Francia, fecha en Teruel a 17 de Noviembre de 1307, en que muestra grande admiración de los delitos que se atribuían a los templarios; y después de hacer un grande elogio de los que estaban en sus dominios, dice que de ningún modo procedería a su aprehensión, hasta que le constase con certidumbre de sus crímenes, o se lo mandase el papa.

4. Dos días después de esta fecha escribe el rey al papa Clemente V, avisándole de haber llegado a su noticia por medio del rey de Francia la causa movida contra los templarios; y así ruega a S. S. le diga lo que en ello hay, y cómo debe proceder con los de sus dominios. 

5. El papa antes de recibir esta carta, tenía escrito al rey de Aragón desde Poitiers a 22 de Noviembre de 1307, refiriéndole la prisión de los templarios de Francia verificada en un día de orden del rey Felipe, y los delitos que el Gran Maestre y otros principales individuos de dicha orden habían confesado abiertamente a S. S., y el propósito en que estaba de examinar seriamente esta causa. Para lo cual le exhorta a que con todo sigilo proceda a la captura de los templarios existentes en sus dominios en un mismo día: se inventarien sus bienes: se cultiven a expensas de la orden sus heredades, y quede todo bien custodiado, o para restituirlo a los mismos si se hallasen inocentes, o para aplicarlo a la Tierra santa si saliesen culpados. 

Esta carta llegó a manos del rey estando en Valencia a 18 de Enero siguiente, y al otro día contestó a S. S. diciendo lo que ya tenía dispuesto en orden a los templarios a instancia de los obispos e inquisidores, y que proseguiría en ello con ardor. 

6. Breve expediente sobre los templarios formado en Valencia en el Real a 1.° de Diciembre de 1307 ante Bernardo de Aversona, que comprehende: 1.° nombramiento hecho por el rey D. Jayme II del obispo de Valencia D. Raymundo Despont, y del de Zaragoza D. Ximén, y de Fr. Juan Llotger, dominico, inquisidor de estos reinos, para que procediesen aquellos en sus diócesis, y este en todo el reino, a inquirir en la causa de los templarios: 2.° aceptación de los dichos, mas con la protesta de que les auxiliase el brazo real para impedir la fuga y el encerramiento en sus castillos, y de que se procediese al secuestro de todos los bienes de aquella orden. Testigos fueron D. Jayme Pérez y D. Juan, hermanos del rey, Fr. Guillermo Aranyon, dominico, y confesor del rey, Gonzalo García y Artal de Azlor sus consejeros, Pedro de Costa juez, y Bernardo de Albacia, vicecanciller. 

7. Real orden dada el mismo día a Gombaldo de Entenza, procurador real del reino de Valencia, para prender a los templarios, ocupar e inventariar sus bienes de dicho reino. 

8. La misma orden para los de Peñíscola y Xivert y los de Cataluña y Aragón, dada allí mismo el día siguiente 2 de Diciembre (en todas estas órdenes se pone por causal la instancia que sobre ello hacía el rey de Francia).

9. A 4 de Diciembre de 1307 escribe el rey al papa, avisándole como había procedido contra los templarios, según queda indicado; y que muchos de ellos, oídos los rumores de Francia, se habían refugiado y fortificado en castillos, los cuales tenía ánimo de sitiar y combatir. Excúsase con S. S. de haber obrado así, habiendo prometido en su carta última que nada haría sin su aviso y precepto; porque a esto le obligaron la requisición de sus obispos e inquisidor, y las repetidas instancias del rey de Francia. 

10. Con la misma fecha respondió el rey a la carta de Fr. Romeo Zabruguera, arriba citada núm. 2, diciendo que había recibido del rey de Francia el mismo aviso sobre los templarios, y que no había querido proceder contra ellos por no habérselo mandado el papa; pero que novísimamente a instancias de su inquisidor había decretado su prisión, y que ya se hallaban algunos en las cárceles reales. Además le ruega que envíe copia auténtica de los procesos que se hicieren en Francia sobre este negocio.

11. Otra con la misma fecha al rey de Francia diciendo lo mismo; a lo que añade que se había resuelto principalmente por haber sabido que el maestre y otros de la orden del Templo, tam milites, quàm capellani, quàm sargentes, habían confesado sus delitos. 

12. A 5 de Diciembre de 1307 desde Valencia despachó el rey convocatorias a los obispos de Valencia, Zaragoza, Tarazona, Huesca, Segorbe, Lérida, Barcelona, Vique, Gerona, Tortosa y Urgel, y al vicario general del arzobispado de Tarragona D. Rodrigo, para que acudiesen todos a Valencia en la próxima Epifanía a tratar sobre el modo de proceder contra los templarios.

13. Habíanse ya apoderado los del rey del castillo de Peñíscola a 12 de Diciembre de 1307, en que estando él en Silla, lugar junto a Valencia, mandó a Bernardo de Libiano (Llebia) que le trajese preso el comendador de aquel castillo, con todo lo que en él había hallado. 

14. De 29 del mismo mes y año hay una orden del rey, fecha en Valencia, dirigida al bayle de Tortosa, mandándole conducir a su presencia tres fratres templarios, qui rasis barbis, relicto dicto ordine fugiebant...quorum alter interrogatus qualiter fiebat professio et ingressus per fratres ipsius ordinis, respondit se hoc nec papae, nec alicui alio nisi nobis (regi) tantummodo revelaret. 

En un diario lemosín se lee lo siguiente: "En 1307 fon deposat l' orde dels templaris, e moriren la maior part a mala mort e degollats, per lo gran pecat que ab ells era.” 

15. Carta del papa al rey de 3 de Enero de 1308, exhortándole a que proceda contra los templarios. 

16. A 10 del mismo mes y año Fr. Juan Llotger, inquisidor, envió a la curia del papa a Fr. Bernardo de Boxados (Boxadors ?), dominico, para que se informase de lleno sobre lo que debía hacerse en la inquisición de los templarios. 

17. Carta del rey, fecha en Valencia a 23 de Enero de 1308, dirigida a D. Fr. Raymundo Despont, obispo de Valencia, residente en Tarragona, en que le encarga participar al concilio que allí se celebraba, como el papa le había mandado prender a todos los templarios en un día: precepto que no podía cumplir por haberse anticipado a prender algunos, de lo cual había resultado que muchos de ellos se habían fortificado en los castillos de Miravet, Ascon (Ascó), Monzón, Cantavieja, Vilell (Villel), Castellot (Castellote) y Chalamera; pero que los combatiría con todo su poder hasta apoderarse de ellos.

18. Tres días antes de esta fecha hay una citación a Raymundo Zaguardia (ça Guardia), lugarteniente del maestre del Templo en Aragón, existente en Miravet, demandándole comparecer con todos sus súbditos (De esta clase hay muchas citaciones con partidos ventajosos, algunos de los cuales se verán más adelante). 

19. El conde de Urgel y Dalmacio de Rocaberti y el obispo de Gerona se opusieron a la captura de los templarios y secuestro de sus bienes en sus estados y diócesis: con esta ocasión hay una orden del rey a los tres, para que obedezcan y auxilien su decreto, fecha en Valencia a 31 de Enero de 1308. 

20. A 17 de Febrero de 1308 envió el rey estando en Valencia fratrem Paschassium Tholosani ord. praed. por embajador al rey de Francia, para que se informase y certificase de los delitos y procesos de los templarios.

21. A 16 de Mayo de 1308 escribía el rey a Pedro de Queralt, mandándole intimar a los templarios encerrados en el castillo de Miravet, que se sujetasen al juicio del inquisidor. Los templarios respondieron que obedecerían gustosos la resolución que tomase el papa, si con el consejo de sus cardenales suprimía su orden, y les mandaba entrar en otra; mas no si los culpaban de herejes, porque en tal caso querían antes morir en sus castillos. 

22. Capítulos que propuso el rey a los templarios que se defendían en el castillo de Monzón a 18 de Junio de 1308: van copiados (a: N. I. Van al fin de esta carta con otros documentos inéditos de la misma historia.). 

23. Orden del rey a Berenguer de Thovia para trasladar los templarios de Cantavieja al lugar de Villarlongo (Villarluengo; longo, luengo : largo), y tenerlos allí presos. Manda que en los domingos, martes y jueves de cada semana les dé carne de carnero a razón de un carnero para veinte y cuatro personas: los otros días o huevos o pescado, sin mezclar ambas cosas, fecha en Valencia a 19 de Septiembre de 1308.

24. Otra orden para que del castillo de Miravet pudiesen salir el hijo de D. Pedro de Moncada y otros hijos de nobles, que todavía non sunt fratres, y volver a sus casas, fecha en Teruel a 11 de Octubre de 1308.

25. Con la misma fecha, salvoconducto a los templarios de Miravet para poder enviar uno que trate su negocio con el rey.

26. Inventario de varios libros hallados en poder de los templarios, y entregados al rey, fecha en Daroca a 24 de Octubre de 1308 (copiado núm. 2). 

27. Carta de Fr. Raymundo Zaguardia, lugarteniente del maestre del Templo en Aragón y Cataluña, a Arnaldo abad de Fuenfría, vicecanciller del papa, en que, referido el sitio de nueve meses que él con sus hermanos padecía en el castillo de Miravet, y la resolución en que estaban todos de no entregar un fuerte que con tanto trabajo conquistaron de los moros sus antepasados, le ruegan que se interese con el papa, a fin de que mande al rey alzar el cerco; que en lo tocante a sus delitos estaban prontos purgare nos ef fratres nostros ut milites veri et catholici christiani per bellum, vel alias, juxta canonicas et legitimas sanctiones, vel alio quocumque modo domino papae videbitur faciendum. 

28. Del mismo día y fecha de Daroca son los tratados que propuso el rey a los de Miravet sobre su rendición (van copiados núm. 3). 

29. Orden del rey a Bartolomé Tharin sobrejuntero (suprajunctario) (1) de Zaragoza, dada en Calatayud a 13 de Noviembre de 1308 para que a los templarios de Castellot no les permitiese entrar en las iglesias al tiempo de celebrarse en ellas los divinos oficios, sino sólo a otras horas. 

(1) Suprajunctarii o sobrejunteros eran en Aragón los ejecutores de las sentencias del Justicia de Aragón y de los otros jueces. Llamáronse vicarii y paciarii hasta las cortes de Zaragoza celebradas por D. Jayme II en 1300, desde cuyo tiempo fueron conocidos con el título de suprajunctarii. Tratan de este oficio los Fueros de Aragón lib. I. p 7.13. 15. y en otros lugares. 

30. A 16 de Noviembre de 1308 envió el rey desde Calatayud su ultimátum a los capítulos que propusieron los de Miravet (va copia núm. 4). 

31. Carta de Fr. Raymundo Zaguardia y los otros templarios de Miravet al papa, en que le hacen presente su inocencia y los trabajos pasados en defensa de la religión de Jesucristo, la malicia de sus acusadores, y la perversidad con que no pudiendo probar los delitos que les imputaban, pasaron a la fuerza y a los tormentos, obligando con ellos a que los confesasen algunos religiosos, y que por esta causa les tenía el rey muy apretados en el castillo de Miravet; y así le suplican que mande al rey aflojar en esta demanda, ofreciendo purgarse como arriba: fecha en Miravet a 22 de Noviembre de 1308. 

32. Debió luego rendirse esta fortaleza, puesto que a 19 de Diciembre del mismo año ya dio el rey, estando en Épila, orden a Mascaros Garidell para que le traiga duo volumina bibliae, et alios libros hallados en el castillo de Miravet. Praeterea, le dice, mittatis nobis illud ferrum lanceae quod fuit comitis Barchinonae, quodque sicut intelleximus, in dicto castro inventum est. Recibió todo esto el rey estando en Zaragoza, como lo dice en carta de 26 de Diciembre del mismo año.

33. Con fecha de Zaragoza de 24 del mismo escribió al dicho Mascaros, pidiéndole toda la pedrería y tesoro hallado en Miravet; mandándole tener en depósito las lámparas, ornamentos y vasos de la iglesia.

34. Ibid. a 26 del mismo dio permiso a Fr. Raymundo Zaguardia para permanecer preso en el mismo castillo de Miravet. 

35. A 30 de Diciembre del mismo año escribió el papa al rey instándole de nuevo a la prisión de los templarios, y que los entregase a los respectivos ordinarios para ser juzgados. 

36. Otra carta del mismo papa al arzobispo de Tarragona y sus sufragáneos, en que les dice, que habiéndole manifestado los templarios que querían poner en manos de S. S. sus castillos y bienes, había nombrado para apoderarse de ellos a Bertrando, prior de Casiano, y les manda que le auxilien: fecha 5 de Enero de 1309. 

37. Lo mismo dice al rey con carta fecha el día siguiente: y añade que luego que Bertrando se apoderase de dichos castillos y tierras, debía entregarlos al rey, para que él los tuviese en nombre de la silla apostólica.

38. De una carta de 24 de Enero del mismo año consta que en ese día sólo quedaba por rendir el castillo de Monzón, con el pequeño subalterno de Chalamera: los cuales se entregaron a fines de Junio siguiente.

39. A 22 de Marzo de 1309 se trajeron a Barcelona (ACA, Archivo Corona Aragón) todas las escrituras y privilegios hallados en Miravet, cuyo arancel se halla armario de templarios extra sacos número 410.

40. De una orden al bayle de Lérida de 4 de Marzo de 1309 se colige la repugnancia con que los de aquella ciudad y otros lugares iban a sitiar el castillo de Monzón.

41. Rendido el castillo de Miravet, D. Fr. Raymundo Zaguardia, que estaba en él, y era el lugarteniente general de maestre del Templo en Aragón y Cataluña, quedó preso en Miravet, y luego fue conducido a Lérida; de allí otra vez a Miravet, y por fin a Barcelona. Estando allí pidió el rey licencia al papa para conducirle a Mallorca, donde había sido comendador mansi Dei (a: Masdeu, Encomienda del Rosellón, y por ello perteneciente al reino de Mallorca), y esto a petición del rey de aquellas islas. La carta al papa es fecha en Barcelona a 7 de Junio de 1309. (Respondió el papa concediendo lo pedido desde Aviñón a 8 del Agosto siguiente.)

42. A instancias del obispo de Valencia mandó el rey a los vegueres de sus reinos que presentasen todos los templarios a los ordinarios e inquisidores cuando fuesen por ellos requeridos, para entender en la averiguación de sus delitos: fecha en Valencia a 14 de Julio de 1309.

43. Carta del rey al papa desde Valencia de 30 de Marzo de 1310, la cual llevó Pedro de Speluncis (Esplugues) (Espelunca) su embajador. Dícele que el arzobispo de Tarragona y el obispo de Valencia, nombrados por S. S. colectores de todos los bienes de los templarios del reino de Aragón, luego que volvieron del sitio de Almería, instaron al rey que les entregase los castillos y tierras de dicha orden. Respondió el rey que gran parte de ello era de la corona, y dado a los templarios con ciertas restricciones: item que él había gastado mucho de su erario en combatir a los de Monzón, Miravet y otros; y así que nada entregaría hasta que S. S. resolviese con el concilio que para ello estaba convocado. Esto pone en consideración de S. S. ofreciendo poner en sus manos todos los bienes de dicha orden en caso de ser abolida, salvo su derecho y dominio. 

44. Carta del papa al rey, dada en Aviñón a 4 de Abril de 1310, diciendo que aunque le había convocado al concilio vienense para las próximas calendas de Octubre; mas como la inquisición de los templarios todavía no se había evacuado en algunas partes, ni había esperanza de que se evacuase en breve; para poder exponerlo todo al concilio, había resuelto prorrogarlo un año más adelante; y ruega al rey que se digne asistir personalmente.

45. En este año 1310 estaban deputados por la sede apostólica para inquirir en los delitos de los templarios de la diócesis de Lérida Petrus de S. Georgio, prior de Hermanicis, Nemausen. dioc. Joannes Burgundi, sacrista majoric. et Bertrandus de Podio Basconis, canonicus Reatinus, et capellanus domini papae. 

46. A 5 de Julio de 1310 real orden, fecha en Daroca, a todos los bayles para estrechar más la prisión de los templarios, poniéndoles grillos, conforme pedían los inquisidores apostólicos; y que esto se ejecutase en un día, que era el de Santa Magdalena próximo.

47. Pasado algún tiempo, esto es, a 20 de Octubre de 1310, estando el rey en Barcelona mandó a los vegueres que mitigasen aquel rigor, dejando libres a los templarios dentro de los castillos, jurando primero ellos no salir ni escaparse, so pena de ser tenidos y reputados por herejes. Dice el rey que esto ordenaba a instancias del 

concilio provincial tarraconense, celebrado aquellos días inmediatos, el cual le pidió que pues no se había sentenciado el negocio de los templarios, ni constaba con certidumbre de sus delitos, les mandase poner en custodia segura, mas no penal. 

48. Carta del papa al rey, fecha en Aviñón a 18 de Marzo de 1311, en que le dice que de los procesos que habían formado el arzobispo de Tarragona, obispo de Valencia y otros comisionados en la causa de los templarios, no quedaban convencidos los acusados, y sólo resultaba contra ellos una vehemente sospecha; y que por consiguiente había mandado que se procediese a la cuestión de tormentos, y suplicaba al rey que auxiliase y protegiese esta resolución.

49. Carta del rey al arzobispo de Tarragona, diciéndole que sentía no se hubiese sentenciado el negocio de los templarios en el concilio provincial del año anterior; y que ellos le ponían por medianero para que se sentenciase en el concilio próximo: fecha en Morella a 5 de Mayo de 1311. 

50. Nueva orden para poner grillos y apretar la prisión de los templarios: Barcelona 16 de Agosto de 1311. 

51. Carta del rey al de Castilla sobre la unión de ambos y el de Portugal, en orden a defender en la curia romana la posesión que habían tomado de los bienes de los templarios: fecha ibid. a 17 de Agosto del mismo año (va copiada núm. 5). 

52. Carta del papa al rey, dada en el priorato de Graussello a 23 de Agosto, año VII (1311), citándole para alegar los motivos por que no permitía que los bienes de los templarios se uniesen a la orden de S. Juan como se había hecho en otras partes. 

53. Estando el rey en Gerona a 29 de Septiembre de 1311 nombró a Umberto de Capitepontis (Cappont), doctor en leyes y juez de las curias, para que asistiese al juicio y sentencia de los templarios, que habían de dar los obispos de Lérida y Vique junto con Fr. Pedro de Monclús y Fr. Juan Llotger, inquisidores, substituidos por el papa en lugar del arzobispo de Tarragona y el obispo de Valencia: para esto se habían mandado llevar a Lérida los templarios para el juicio y examen de tormentos. 

54. A 3 de Diciembre siguiente mandó el rey que se propinasen medicinas a los templarios que las necesitasen, o por enfermedad o propter tormenta.

55. Con fecha de Aviñón a 20 de Febrero de 1312 escribió el papa al rey, para que de los bienes de los templarlos mandase pagar la dieta de cuatro florines de oro a Juan Burgundi, sacrista de Mallorca, enviado a ese reino y al de Navarra para el negocio de los delitos de aquella orden; la cual dieta debían pagar el arzobispo de Tarragona y el obispo de Valencia. 

56. Orden del rey a todos los que custodiaban los templarios para que los condujesen a Tarragona al concilio, quod ibidem nunc celebratur. El arzobispo de dicha metrópoli había rogado al rey que los hiciese ir allá desde el 1.° de Marzo hasta el 15 del mismo, porque no podía prorrogarse más el concilio.

57. Bula inédita de extinción de los templarios, que comienza: Vox in excelso audita est, expedida en el concilio vienense a 22 de Marzo de 1312, en que se extinguió la orden, y se procedió contra sus individuos, non per modum diffinitivae sententiae, sed per modum provisionis, como se lee también en la publicada por Labbé y otros. Pero esta tiene de antelación lo que va del 22 de Marzo al 2 de Mayo, que es la fecha de la última. Es también muy diferente en su contexto, aunque convengan en la substancia de la final condenación. Ha muchos años se halló una copia simple en papel y escritura de aquel tiempo en el archivo del arciprestazgo de Ager; de la cual habla el P. Caresmar en un discurso que se publicó en el Semanario erudito tom. VII. Posteriormente se ha hallado otra copia, que tiene la autenticidad necesaria, en el archivo real de Barcelona en el libro intitulado: Regestrum templariorum, de donde es la que acompaña (núm. 6). 

58. Otra bula inédita del mismo papa, dada en Viena a 6 de Mayo de 1312, en que suponiendo extinguidos los templarios, manda a los de todas las provincias (a excepción de los franceses) que comparezcan ante sus respectivos metropolitanos, para ser juzgados en los concilios provinciales, y castigados si fuesen reos de los delitos, o absueltos si fuesen inocentes: dando facultad a los dichos concilios para en el último caso señalarles una congrua dotación de los bienes de la misma orden (va copiada núm. 7). 

59. Carta del rey de Aragón a D. Dionís, rey de Portugal, sobre la unión de ambos con el de Castilla en orden a la posesión de los bienes de los templarios: fecha en Barcelona a 12 de Julio de 1312 (copiada núm. 8).

60. Orden general del rey mandando conducir todos los templarios a Barberá o a Monblanc a petición del arzobispo de Tarragona, para el concilio provincial, que debía comenzar en la próxima fiesta de San Lucas: dada en Lérida a 7 de Octubre de 1312. 

61. Sentencia a favor de los templarios, pronunciada en el concilio provincial tarraconense a 4 de Noviembre de 1312, y leída por Arnaldo Cescomes (ipses : ses, ces Comes), canónigo de Barcelona.

62. Orden del rey a Bertrán Desvall (d'es Vall; del Valle) o Zavall (ça Vall, la vall, el valle) para que ejecute lo mandado en dicho concilio sobre la distribución, destino y alimentos de los templarios, sin que por ello se les permita ir vagabundos, sino que vivan como deben: fecha en Exea (Ejea de los Caballeros) a 25 de Noviembre de 1312. 

63. Carta del arzobispo de Tarragona al rey, pidiéndole las reliquias, alhajas &c. de los templarios para poderles dar lo decretado en el sobredicho concilio: fecha como la antecedente. 

Año 1317 tomó posesión la orden de S. Juan de todos los castillos y bienes de los templarios de Aragón y Cataluña, como se ve en la memoria que queda en Tortosa junto a la puerta de la iglesia llamada del Temple.

Hízose esto en ejecución de la bula del papa Juan XXII, dada en Aviñón a 10 de Agosto de 1317, en que mandó entregar a Fr. Martín Pérez de Oros (Orós; Doros, Dorós, D'Orós), castellán de Amposta, los sobredichos bienes. Concordia entre el castellán de Amposta D. Fr. Martín Pérez de Oros y D. Fr. Raymundo de Ampurias, gran prior de Cataluña, sobre lo que debían pagar a los quondam templarios en sus respectivos distritos, fecha a 22 de Noviembre de 1319, con expresión de los nombres de dichos templarios, copiada del archivo de la religión de S. Juan de Malta en Barcelona (núm. 9). Deseo que publiques cuanto antes estas memorias, conforme las envió, en obsequio de los sabios, y para deshacer algunas equivocaciones nacidas de no haberse tenido presentes estos documentos. 

A Dios. Barcelona &c. 


I.

Capítulos propuestos por el rey de Aragón D. Jayme II a los templarios sitiados en el castillo de Monzón en 1308 (a: Copiados del archivo real de Barcelona libr. regestrum templariorum.). 

(N. E. algunas tildes no están en el original, ejemplo capítulos, él )

Nobili et dilecto Artaldo de Luna gerenti vices procuratoris in Aragoniâ pro ínclito inf. Jacobo charissimo primogenito nostro &c. Viemos Gonzalvo Gil que nos aduxo cartas vostras et capítulos que con él nos enviastes. E nos sobre aquellos avemos provisto et fecho fer cartas, las quales el dito Gonzalvo Gil vos traye. Quanto a lo de los freyres del Temple qui son en Monçon, nos y avemos provisto segunt que en la cédula, que dentro esta carta vos enviamos, veredes que se contiene. E si los freyres querrán fazer la una de las ditas cosas, fazetlo según la forma de la dita cédula. Dat. Valent. XIIII. kal. Jul. an. MCCCVIII. 

“Aquestes dues maneres tramet a dir lo senyor rey a Do (Don) Artal de Luna, que si los templers qui son en Montço volen estar a una daquelles, plau al senyor rey que sobre aço puscha venir un dells ab Nartal (N'Artal, En Artal), o ab un cavaller seu al senyor rey per posar lo fet en estament, et en seguritat. 

Primerament que si los dits templers volen et sofferen quel senyor rey los fassa guardar en totes aquelles maneres que puscha et vulla fora les parets del castell, en aquest cas fara cessar lo senyor rey de combatre e de destrenyerlos daltra guiza, tro quel senyor papa haia ordonat de lurs persones; e si ells volran estar a la dita ordinacio del papa, que fara en lurs persones, seguirse ha segons aquella. E si no que ço quel senyor rey per aquesta manera hauria fet tancar et obrar en torn del castell que fos derrocat et tornat en lestament que vuy es, et el fet aitambe axi como ara esta. E en aquest cas lo senyor rey no troba de consell quels pogues donar refrescament negu, ne ayuda de viandes, ne daltres coses.

La segona manera es que si los dits templers volen retre lo castell de Monço al senyor rey en la condicio de ius escrita, ço es a saber, que venga en poder et en ma duna persona, de que lo senyor rey et ells s'avenguen; axi que feta per lo papa ordinacio en lur fet; si la orde nes cassada, o ells jujats per culpables de ço de que son infamats, quel castell sia liurat al senyor rey; e si la orde e ells romanen en lur estament, quel castell lur sia tornat. En aquest cas lo senyor rey ab covinent guarda, axi com te frare Examen (Eximen, Ximén, Ximeno, Gimeno) de Lerida, et els altres frares, los tendra a Gardeny, o en altre loc covinent, o encara sis volen ab los dits frares a Valencia. E fara pensar de les demandes, e daltres coses complidament, axi com fa dels altres damunt dits. E aquesta forma enten lo senyor rey que sia tenguda et observada a tots los altres castells del Temple, qui son setiats." 

II.

Inventarium quorundam librorum qui fratribus templariis in usu fuerant (a: Ex arch. reg. Barchin. regest. templariorum, fol. 158.).

Nos Jacobus &c. Quia vos Mascharosius Garidelli ad mandatum nostrum literatorie vobis factum misistis nobis... templariorum qui ad manus vestras pervenerunt libros inferius comprehensos; videlicet, unum librum vocatum Codi cohopertum cum tabulis ligneis cum pargio viridi, et cum stotg de... scriptum in pergameno in romancio, qui incipit: Assi convencen (comencen) les rubriques del primer libre del Codi; et finit in ultima linea ipsius libri versatur amantis. Item alium librum cum tabulis ligneis cohopertum cum pargio viridi scriptum in pergameno, qui incipit: En nom de Deu comença lo Thederich. et finit in ultima linea ipsius libri, val mes que daltre et pedre un poch. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum cum pargio rubeo scriptum in pergameno, qui incipit: Assi commensen les costums de la ciutat de Leyda: 

Et finit: poble sens ley. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum aluda alba, scriptum in pergameno, qui incipit: De decayment de cabels (de la caída de cabellos; De caiguda de cabells): Et finit: certa cosa et provada es. Item quendam alium librum parvum cum cohoperta de pargio rubeo scriptum in pergameno, qui incipit: Assi comença lo prolec de la regla de la pobra cavalleria del Temple, el finit: darlis conseyl de lurs malalties. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum cum pargio viridi scriptum in pergameno, qui incipit: De rescripcio: et finit in ultima linea: Non praecor permittitus et &c. Item duos quaternos scriptos in pergameno, quorum unum incipit: En nom de Deu. Et finit: E si la nafra es en les parts. Alter vero incipit: El sia en caritat quel satisfassa. Et finit: Sens per ço que tu pusqes (pusques : pugues; puedas) tan bella joventut. Item quendam alium librum scriptum in papiro cum cohoperta pergameni, qui incipit: Beatus vir qui non abiit. Et finit: En... escrich als frares totes aquestes coses que jo usarey. Item quendam alium librum in pergameno scriptum cum 

cohoperta pergameni, qui incipit: De sobirana Trinitat, et de fe catholica. Et finit: Ve hom mort en ciutat. Item septem quaternos papiri scriptos, qui incipiunt: Ad mea principia sit praesens Virgo Maria. Et finiunt: Finito libro sit laus et gloria Christo. 

Item quendam alium librum in pergameno scriptum, qui incipit: Incipit prologus. 

Et finit: Frigus et cauma et &c. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno, qui incipit: Sicut in saecularibus libris et &c. Et finit: Et faciunt se similes illis. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno, qui incipit: Purpureas sanctorum coronas. Et finit: Cum turba discumbentium. Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno cum literis deauratis, vocatum Psalterium, et finit: Vita perempnis requies vera. Amen. Item quendam alium librum scriptum in pergameno cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo, qui incipit: Dominica prima de adventu Domini. Et finit: A remotis sit in fine requies. Amen. 

Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cohopertum panno lineo scriptum in pergameno, qui incipit: Prologus magistri et &c. Et finit: Facientes iniquitates. 

Item quendam alium librum cum tabulis ligneis cum pargio rubeo scriptum in pergameno, qui incipit: Homo quidam fecit coenam magnam. Et finit: Dominus super omnia bona sua &c. = Ideo de traditione seu deliberatione per vos de praedictis libris nobis facta praesentem cartam nostram vobis fieri mandavimus atque tradi; mandantes per eandem magistro rationali curiae nostrae vel cuicumque alio à nobis de bonis templi compotum recepturo, quos libros praedictos vobis in compotum recipiat et admitat. 

Datum Darocae IX. kalendas Novembris anno Domini M.CCC.VIII. = P. de S. 


III.

Legatio commisa Bn. de Libiano militi, ad fratres in Miraveto existentes. Dat. Darocae V. kalendas Novembris M.CCC.VIII (a: Regest. templariorum fol. 162.). 

CAPITULA.

Memoria sia an Bn. de Libia que com sia a Miravet present ab en Bn. Zespujades (ces Pujades) ensems a frare R. Zaguardia et als altres frares qui son en Miravet, la letra de la creença quels porte; e digals la creença en aquesta forma. Diga lur en qual manera lo senyor rey ha reebuda lur letra en que li han soplegat (suplicat) que li plagues que degues guiar et assegurar vinent et estant et tornant lo dit frare R. Zaguardia et II dels frares de Miravet que poguessen anar als frares de Monço, et ab alcuns dells venir al senyor rey, en la qual letra lur specialment est contengut que com lo dit Bn. Zespujades per manament quen habia ahut del senyor rey los dixes que si ells volien metre si meteys et el castell de Miravet en poder del senyor rey, que plahia al dit senyor rey que venguessen denant ell; e sino, no. Ells li resposeren (respongueren) que tals coses dirien al senyor rey, que no dirien a ell, ne a nuyl hom. E axi lo senyor rey haven compassio de lur fet et del perill quels es damunt sil temps los passa. Si empero ells tort no tenen... posats, daria tota carrera et tota endreça perque lur fet vengues a be. 

E en axo ha feta moltes vegades sa punya per molts missatges seus quels ha trameses segons que ells saben. E specialment los ha feta mostrar la carta original del papa, en la qual reques et amonesta lo dit senyor rey que les persones et els bens dels templers venguessen en son poder. E per ço lo dit senyor rey ha a tenir et a seguir la provisio del papa, et daquella nos pot partir quant a les dites dues coses; ço es, que lurs persones, et lurs bens han a venir en son poder. E per aquesta raho lo senyor rey trametz los en Bn. de Libia cavaller de casa sua quels a menara salvament et segura al senyor rey. 

E ells faent aço lo senyor rey esguardan com los frares son sos naturals, et del quals desaria tot mal e tot enuig que deguessen haver enaytant com pogues, et sa honestat li sofris los dara favor et ajuda en ço que puga, de manera que ells conexeran que ell los sera favorable en aytant com podra sens lesio de sa honestat. E ells vinents en aquest cas entretant diga en Bn. de Libia an Bn. Zespujades que no faça negun combatiment ne enuig al castell. Per... no te per be lo senyor rey quels dits frares de Miravet vagen a Monço, nen parlen ab ells que par ver que ço que aquells de Miravet faran queu degen seguir aquells de Monço; si no, ells se estaran a lur cas. A la per fi si per aventura los dits frares de Miravet diran an Bn. de Libia que ells de tot en tot volen venir al senyor rey, et li diran coses que no dirien al dit Bn. ne a altre, en aquest cas aytanbe los amen (amenar, menar; conducir, guiar) lo dit en Bn. al senyor rey salvament et segura. 

Mas desenganlos, els diga clarament, que neguna cosa no poran fer ab lo senyor rey, sino fan les coses dues damunt dites de metre si meteys et el castell en son poder, segons la provisio del papa. Encara los diga cortesament com ya nes enformat que aquells qui exiran de Miravet, et vendran al senyor rey, non traguen neguna re, sino ço que hauran mester a lur messio, de la qual plau al senyor rey que lan traguen complidament. Encara faça de manera en Bn. de Libia que aquells de Miravet qui vendran ab ell, no puguen parlar ab null hom del mon que ell nou oja


IV. 


Capitula tradita Bn. de Libiano in civitate Calatayubii XVI kalendas Decembris anno Domini M.CCC.VIII (a: Regest. templariorum, fol. 174).

Al primer capitol respon lo senyor rey, et plauli, et atorga que als escuders qui estaven ab los frares quant se meseren els castells, et encara a vassals lurs quis meseren ab ells en los castells, que si a aquests aytals es estada emparada ne presa alcuna cosa de ço del lur, quels sia retuda. E encara li plau que a les persones dels dits escuders et vasalls negun embarch no sia feta per aquesta...; ans los puguen donar so que an fet per esta raho. 

Al segon capitol respon lo senyor rey que li plau et vol quen Bort Zaguardia, et els altres qui vengren es meseren per amor del frares del Temple al castells, que sen pusgen anar salvament la don partiren. 

Al ters capitol respon lo senyor rey et diu que per ço cor lo fet lur es espiritual, et toca a la fe, lo dit senyor rey enaytant como ell segons sa bona consciencia se pora enformar et conexer que els no sien en colpa, pregará lo senyor papa et fara son poder, quels sia favorable, e que la inquisicio sia feta benignament, et misericordiosament. 

Al quart capitol respon lo senyor rey que li plau que sia donada provisio de vida entretant a cascun dells, et a cascun segons son estat, ço es, que cascu frare comanador et frare cavaller aja son escuder, et quels sia donat a cascu dels comanadors cavallers XVIII. diners jaccen. (jacenses, Jaca) entre menjar et vestir seu, et del escuder; et daquells pach la soldada del escuder. Et a cascu frare servent qui comanador sia XII. diners jaccen. E als frares cavallers que son de covent, a cascu XII. diners jaccen. E als frares servens a cascu VIII. diners jaccen. 

Al quint capitol respon lo senyor rey et plauli que la on estaran pusquen anar deportar ab les guardes ensemps II. o III. tretz de ballesta entorn del loch; axi empero que ells elegen tal loch que no sia ciutat, ne loch gran, mas loch fora ciutat, et qui no sia fort assenyalat, en axi que vajen la primer vegada II., laltra III. a dos mes o meyns (menys) departidament, que com lor uns iran, los altres estien.

Al VI. capitol respon lo senyor rey et plauli que sils son presentades viandes o draps per vestir, ei calçar o pera lur lit, res daço nols sia tolt, ans ho puxen tenir et usar daquelles coses. 

Al VII. capitol respon lo senyor rey et plauli que ab tota lur roba, arnes et armadures de lur cors pusqen exir dels castells, portar et tenir la on seran; aixi empero que les armadures que les guart et les tenga aquell a qui seran comanatz.

Al VIII. capitol respon lo senyor rey et atorga que ell trametra son missatge, aytal com a ell se pertany, et el fet requer, al senyor papa per quel pregara que a ell plassia desembargar lur fet, ço es, que fassa manament al inquisidor desta terra, et als bisbes quel desembarguen, o quey tremetra altres persones, qui a ell plaura quel desembarguen.

Aquestes coses atorga lo senyor rey, sotz tal condicio que ells dins IIII. dies pus seran tornatz a Miravet, agen meses en poder del senyor rey lo castell, et les persones, et tot ço del lur, segons la provisio del senyor papa. 


V. 

Carta del rey D. Jayme II de Aragón al rey de Castilla D. Fernando IV el emplazado sobre la común defensa contra las pretensiones del papa en orden a los bienes de los templarios (a: Regest. templariorum, fol. 306), 

Al rey de Castiella &c. Don Jayme &c. Rey hermano, fazemos vos saber que recebiemos vuestra carta que nos enviastes sobre fecho desta demanda quel papa face de los bienes del Temple; sobre la qual el rey de Portogal e vos enviades allá al papa el arcebisbo de Bragana. Et enviastes nos rogar que sobre este mesmo enviassemos hi nuestro mandadero, enguissa quel papa entendiesse quel nuestro entendimiento et del rey de Portogal et nuestro es todo uno sobre este fecho.
Et entenduda muy bien la dicha vuestra carta, respondemos vos que tenemos por bien de enviar nuestro mandadero sobre este fecho al papa segunt vos nos lo enviastes rogar. Ca ya ante que la dicha vuestra carta recebiessemos, lo aviamos assi ordenado de enviar hi sobre esto et sobre otras cosas. Et mandar les hemos que en razonar et deffender muy bien todo nuestro drecho, sean unos con el arcebisbo en semble; enguissa quel papa et toda la corte conoscha que en esto, et en todas otras cosas el fecho de vos et del rey de Portogal et nuestro es todo uno. Et los mandaderos nuestros son un richombre et un cavallero; por que nos pareçe que seria bien que los vuestros mandaderos otrossi fuesen legos et personas tales que fuessen pora razonar et deffender tal fecho como este; porque mas cumple razonar lo legos, que clerigos. 

Dada en Barcelona XVII. dias andados de Agosto en el ayno (anyo, año) de mille CCC. et onze. = G. Palezini mandato regis. 

Continuará...