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domingo, 22 de mayo de 2022

X. Cartas del marqués de Mondéjar al maestro Fr. Serafín Tomás Miguel

X.

Cartas del marqués de Mondéjar al maestro Fr. Serafín Tomás Miguel, del orden de Predicadores: se conservan en la biblioteca del Real convento de Predicadores de Valencia, tom, VI. Var. fol. 

I. 

Con singular gusto he recibido la carta de V. P. en fecha de 11 de Enero de este año: y en cumplimiento de lo que V. P. me dice en ella, ratifico el ofrecimiento de aprobar el primer tomo que V. P. dice me remitirá, añadiendo las circunstancias que se me ocurrieren al tiempo de leerle. Supongo tendrá V. P. la noticia de que no se llamó Félix el padre de Santo Domingo, sino D. Fernán Ruiz, como advierte D. Luis de Salazar y Castro en el fol. 320 del tomo III de la historia de casa de Lara (a); y así no repito los fundamentos de que lo justifica. 

(a) Sobre el verdadero nombre del padre de Santo Domingo padeció equivocación D. Luis de Salazar (casa de Lara lib. II. cap. XI pág. 89 y 348.), en cuyo testimonio apoyan su opinión así el Marqués de Mondéjar en el presente lugar, como Berganza en sus antigüedades de España (p. II. lib. VI. c. V. p. 99). La conjetura de Salazar de que F letra inicial de este nombre, en las antiguas escrituras de España significa Fernando, y no Félix, sería digna de consideración, cuando los antiguos escritores de la vida de Santo Domingo escribiesen el nombre de su padre con sola la inicial. Pero no le ponen así, sino con todas sus letras, llamándole Félix, y no Fernando, y menos Fernando Ruiz, como pretenden Salazar y Berganza. 

Bartolomé de Trento que floreció en el siglo XIII en su epílogo de las vidas de los santos, dice de Santo Domingo: patre Felice, matre Joanna editus. Constantino de Médicis, obispo de Orvieto, que floreció poco tiempo después en el mismo siglo, en las actas del Santo dice: patre Felice, matre verò Joanna nomine secundum carnem duxit originem. Teodorico de Apoldia hacia el fin del mismo siglo XIII: in Hispaniae partibus villa quae dicitur Calaroga... fuit vir unus qui vocabatur Felix, et accepit uxorem nomine Joannam. Pedro Esquilino: patre Felice, matre Joanna originem duxit.

Lo mismo se lee generalmente en los breviarios anteriores a la mitad del siglo XVI. Aun el romano impreso en París el año 1556, dice: natus est patre Felice, matre verò Joanna. Merecen leerse sobre esto las observaciones de Soler, y Cuper. comment. praec. ad acta S. Dominici §. VIII: n. 127. 

En cuanto a la duda que V. P. me pregunta, de si fue canonizado Santo Domingo el año 1233, en que se hizo su traslación, a 24 de Mayo, como muy por menor refiere Antonio de Paolo de Masini en su Bolonia ilustrada, advirtiendo fue autor de ella el B. Juan Sehio dominicano pág. 325; o el de 1234, según se contiene en la bula de su canonización, y que ofrece tratar el P. Bolando el día 4 de Agosto; como no ha pasado su impresión del mes de Junio, no se puede saber su sentir (a); (a) No obstante asegurar Humberto en su cronicón que fue canonizado Santo Domingo el año 1233, cuya sentencia siguió Alfonso Chacón en la vida de Gregorio IX, los editores de las actas de los santos en la disertación que precede a la vida de Santo Domingo, que no pudo ver el marqués de Mondéjar (§. XLVII. n. 871.), tienen por más fundada la opinión de Maluenda, que fija esta canonización en el año siguiente, esto es, el VIII del pontificado de Gregorio IX, añadiendo que se celebró no en Perusa, como había creído Humberto, sino en Rieti, como lo aseguran Martín Polono, Bernardo Guidon, y otros. (V. pág. Brev. roman. pontif. t. III. p. 273.) 

y consiste la dificultad en averiguar si todas las bulas que permanecen de las canonizaciones de los santos, tienen precisamente la fecha del día en que se ejecutó su canonización, como se observa en las modernas, o si en las antiguas se ponía el en que se despachaban, punto que no tocan ni Fortunato Scacco, ni Félix Contaloro, sin embargo de escribir entrambos de propósito de la canonización de los Santos; ni podré saber si le examina Juan Mabillon en el §. 6 de su prólogo al siglo quinto de las actas benedictinas, porque no tengo más que hasta el cuarto. Pero sin embargo de que asienta el P. Papebrochio en la disertación XX de su propyleo, precedían las canonizaciones a las traslaciones de los cuerpos santos, y parece lo da a entender así Nicolás Triveto en el cronicón que escribió por los años 1307, que se ofrece en el tomo VIII del spicilegio de D. Lucas de Achery, asegurando también, como todos los antiguos, fue canonizado el mismo año de 1233, según parece de sus palabras, que son como se siguen, hablando del propio año: Gregorius papa beatum Dominicum, qui primus ordinem Praedicatorum instituit, catalogo sanctorum adscripsit, cujus Corpus eodem anno in capitulo fratrum generali Bononiae praesentibus archiepiscopo Ravenatae, aliisque quatuor episcopis, ac potestate Bononiensi, cum multitudine civium ad eminentiorem translatum est locum. No parece se puede asegurar ejecutado lo mismo en la canonización de Santo Domingo; porque según se refiere en las actas de su traslación, sucedió a ella la información de los milagros que había obrado, y de la fragancia que salió de su santo sepulcro, en virtud de lo cual le canonizó el pontífice Gregorio IX. 

Sin embargo comprueba Papebrochio en el tomo I de Junio, fol. 98, que habiendo sido canonizado S. Simeón, recluso en la ciudad de Tréveris, a 8 de Septiembre del año 1042 por el papa Benedicto IX, no se despachó la bula de su canonización hasta 17 de Noviembre del mismo año; y así no es inverosímil, que llegando a Perusa la información que se hizo en Bolonia, sin mayor formalidad, con la noticia que el mismo pontífice confiesa tenía de las virtudes del Santo, con quien había tenido gran comunicación antes de llegar a la cátedra de S. Pedro, le canonizase el mismo año de 1233, dilatando expedir la bula hasta el siguiente de 1234; pues cuantos escritores hay antiguos, y más inmediatos a su canonización la refieren, resulta el mismo año de 1233, en que fue trasladado su sagrado cuerpo.

No quisiera ser prolijo; y así me contentaré con cerrar esta carta con otra traslación de la santa cabeza de Santo Domingo, que refiere el sobredicho Antonio de Paolo Masini en el lugar citado, por si tiene alguna circunstancia especial que no haya llegado a la noticia de V. P. (a) (a) De esta traslación de la cabeza de Santo Domingo habla también Sigonio (de episc. Bonon. lib. III. pág. 154), contestando también la aparición de la estrella por estas palabras: interim dum arca patuit, stella supra ecclesiam clarissimè fulsit: quae res animadversa, civitatis religionem erga sanctum confessorem accendit. Otras circunstancias omitidas por Masini, se refieren en el antiguo cronicón de Bolonia (ad ann. 1383), y las confirman varios documentos del archivo de dicha ciudad, a que se refiere Miguel Pío en su primer libro de los varones ilustres del orden de Predicadores. (V. Soler. loc. laud, §. XL. n. 898). 

Del 1383 á di 14 de Febrero alle hore 6 dinotte dal cardinale Philippo Carrafa vescovo di Bologna, presenti due altri vescovi, confaloniero, anciani, magistrati, dottori, è nobili della citta è li fratti di detto monastero, vestiti con veste sacre, con quantita di lumi, fú dal corpo di S. Domenico levato il capo, è posto in un precioso tabernacolo d' argento, mentre si faceva questa degna operatione, sopra detta chiesa una stella crinita con tre code da tutto il popolo fú veduta; e finita tal fonzione disparve. Si viddero ancora altri miracoli, fraguali Nicolo scoltore Bolognese, che si trovò presente, facendo per divozzione toca nil suo facioletto la cassa dou vera il santo corpo, ponendoselo nel seno, gionto che fú à cassa per riporlo, pieno di odoriferi fiori miracolosamente lo ritrovò. Edora insontuosa, é ben ornamentata capella finita del 1601, si conserva il santo corpo in un nobilissimo sepolcro di bianco marmo, evihan no lavorato et intagliato in varii templi famosi scoltori Nicolo Pisani, Nicolo de Bologna, detto dal Arca, Girolamo Cortellini, Alfonso Lombardi, é Michael Angelo Buonaroti, il quale fra l' alfre sue operationi fece l' Angelo á destra, et il S. Petronio, S. Francesco, é S. Procolo: et il Lombardi fece il bassamento devanti con moltissime figurine di messo rilievo della v tta del sudetto-santo: é fra le molte lampadi d' argento mandate da lontanissimi paesi stranieri al sepolcro di questo gran santo, una vi é mandata dall indie occidentali d' incomparabile artificio, é la manifattura dell artifice fabricatore di detta lampade, oltre l' argento, viene stimata circa otto milla ducati. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo. = Mondéjar y Febrero 6 de 1702. = B. L. M. de V. P. su servidor el Marqués de Mondéjar. 


CARTA II. 

Respondo a la carta de V. P. de 8 del mes pasado, que se retardan mucho por Madrid las cartas; y así para que lleguen con prontitud, podrá V. P. escribir por Pastrana a Mondéjar. En cuanto a la autoridad de Alberto, monje cisterciense del monasterio de Tresfuentes, en el ducado de Bar, diócesis de Chalon en Champaña (Champagne), es muy celebrada en los escritores del siglo pasado: y aun antes de imprimirse le citan Andrés Duchepre, Juan Jacobo Chifletio, David Blondelo, y Carlos Dufrene, y Gerardo Juan Vosio, que hace mención de él entre los históricos latinos. Juzga es el mismo que se cita con gran frecuencia en el grande cronicón bélgico (belga), asegurando se conserva un ejemplar suyo en Alemania en el monasterio de S. Gal, fundado en la ciudad del mismo nombre, capital de uno de los trece Cantones de los sguízaros; y el P. Felipe Labbé hace también memoria de otro ejemplar suyo que permanecía en la biblioteca de Juan Dubouchet; así como Godefrido Guillermo Leibnitio (Gottfried Wilhelm Leibnitz) que le publicó  en Lipsia (Leipzig) el año de 1698, hasta cuando no había visto la luz pública; dice le copió cotejado con dos ejemplares, que permanecían uno en la biblioteca augustana, y otro en el colegio claromontano de la compañía de Jesús de París. En cuanto al nombre del padre de Santo Domingo, no me hace gran fuerza el número de los que le llaman Félix; porque si el primero que hizo memoria de él, le puso abreviado en su letra inicial; y el que después erró en lo que denotaba, leyendo Félix en lugar de Fernando, no pueden tener los que le siguieron más autoridad que la que resulta de su equivocación, cuando es constante que en dos siglos antes, y después del tiempo en que floreció, no se hallaba en España usado este nombre; ni conduce en prueba de lo contrario, se hallen en los concilios toledanos algunos que le hubiesen tenido; mayormente cuando cuantos escritores cita V. P. que lo comprueban así, son extranjeros, y por ventura menos noticiosos de los nombres usuales entonces en nuestra provincia; de manera, que o no fue ricohombre el Padre de Santo Domingo, ni de la casa de Guzmán, si se llamó Félix, no hallándose confirmado en ninguno de tantos privilegios como se conservan de la edad en que floreció, y siendo constante que todos los hijos de la casa de Guzmán, como una de las que gozaban el honor de la ricahombría de sangre, se hallan confirmando; o no se llamó Félix, sino Fernando; pues en las escrituras 29 y 94 del apéndice a las relaciones genealógicas de D. Fernando de Alarcón se ofrece confirmando como ricohombre D. Ferrant Roiz de Guzmán; y es el mismo que casa con Doña Juana Daza. Lo mismo digo del origen que comúnmente se atribuye a la casa de Guzmán de la de los duques de Bretaña; porque apenas se ofrece origen en nuestros escritores de nuestras primeras familias que no esté lleno de fábulas, como se reconoce del mismo Fernán Pérez de Guzmán, en quien se ofrece esta, y a quien siguieron sin ningún apoyo Ambrosio de Morales y Argote de Molina; y así me dirá V. P. si basta que lo diga él, para que creamos que los Osorios proceden del Rey Osiris, o de San Juan Chrisóstomo, llamado en latín os auri, cuando el nombre de Nuño, y el patronímico de Núñez tan frecuente y común en este gran linaje, es tan propio de nuestra nación en los tiempos más antiguos a que pertenece su memoria. En cuanto al sentimiento que dice V. P. manifiestan los prebendados de Osma de que se escriba, se crió Santo Domingo en casa del archipreste (arcipreste, archi presbítero) de Gumiel de Hizán (a), 

(a) Pudo haber dado motivo a esta opinión lo que dice el B. Jordán (vit. Sanct. Dom. c. I.) quem (S. Dominicum) ab annis puerilibus parentum suorum, specialiter autem cujusdam archipresbyteri avunculi sui diligentia nutriebat. A este deudo alude Maluenda (ad. ann. 1176. cap. I.), cuando d¡ce: erat Joannae frater germanus archipresbyter in ecclesia Gumielis Isanensis, que es la que llama Castillo Gumiel de Izán.

se descubre en esto su grande ignorancia; porque no se les ocurre, asegura el arzobispo D. Rodrigo le dio la reina Doña Beatriz y S. Fernando su marido a los Infantes D. Felipe y D. Sancho para que los criase en su casa; y que él les dio a cada uno una prebenda en su iglesia de Toledo; de la manera que el Rey D. Alonso los envió a entrambos a París para que estudiasen en aquella universidad; y que no le embarazó al gran cardenal D. Pedro González de Mendoza, hijo de los marqueses de Santillana, y hermano del primer duque del Infantado, haber sido cura de Ita para llegar a las mayores dignidades de la Iglesia; con que no hay por qué hacer mucho caso de semejantes reparos ridículos. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo.= Mondéjar y Septiembre a 7 de 1702. = B. L. M. de V. P. su mayor servidor el marqués de Mondéjar. 


CARTA III 

(a: Copiada del original que se conserva en la citada biblioteca del convento de predicadores de Valencia tomo 6 Var.). 

Recibí por Pastrana su carta de vmd. de 23 del pasado, y por ella reconozco se ha perdido la que vmd. me escribía sobre los vaticinios del abad Joaquín, sobre que no puedo decir a vmd. nada hasta saber lo que vmd. me escribía en ella. En esta me pregunta vmd. cuando se empezó a usar en Alemania, en Italia, en España y en Francia a contar los años desde primero de Enero: cuya duda es tan difícil de satisfacer, que no es capaz de poderse resolver en la cortedad de una carta, no sin grande estudio y cotejo de las historias y de los monumentos de todas estas naciones; pues aún no se ofrece apurado, cuando se dejó de usar en ninguna de ellas los años de la Encarnación, estableciendo el cómputo por los de la Natividad (a); 

(a) Este punto le trató largamente el mismo marqués de Mondéjar en sus obras cronológicas, publicadas por Mayans el año 1744, cuyo principal objeto es probar que los 38 años en que precede a Cristo el principio de la era española, deben entenderse, no con respecto a la Natividad, sino a la Encarnación, época usada para el cómputo de la era vulgar o cristiana desde el abad Dionisio, llamado el pequeño, que floreció a principios del siglo VI, y continuada por algunos siglos en tiempo de los godos, y aun después: que en la reducción hecha posteriormente a la Natividad, debió añadirse un año por adelantarse el cómputo de la Encarnación los nueve meses que van desde 25 de Marzo hasta 25 de Diciembre; de suerte que en los sucesos reducidos al cómputo de la Natividad, deben rebajarse respecto de la era española, a juicio del marqués de Mondéjar, no ya 38 años como cuando empezaba la era cristiana por la Encarnación, sino 39 por la distancia entre el principio del año, tomada por 25 de Marzo, o por 25 de Diciembre, desde cuyo día fue fácil pasar al día 1.° de Enero en que comenzaba el año Juliano, para que coincidiese el principio del año cristiano con el del año civil. 

A esta conjetura de Mondéjar y a las razones con que la esforzó Mayans en el prólogo de su obra, alegando en confirmación de ella varios cronicones, inscripciones y escrituras antiguas, respondió sólidamente el M. Flórez en el tomo II de la España sagrada, demostrando a mi parecer, que el cómputo dionisiano no comenzó a usarse en algunas provincias de España hasta 600 años después de Dionisio, esto es, hasta que el concilio Tarraconense de 1180 decretó que en adelante no se rubricasen los instrumentos públicos con respecto a los años de los Reyes de Francia, como lo hacía aquella provincia desde Ludovico Pío (Zurita ann. lib. I, cap. 8.), sino por los años de Cristo, según el cómputo dionisiano: que desde este año hasta el de 1383 en que se le celebraron cortes en Segovia, en León y Castilla, se historiaban los sucesos no con respecto a la Natividad o la Encarnación del Señor, sino por la era española: que en el mismo siglo VI, y después, habiéndose usado tal cual vez en España reducir la era a los años de Cristo, se habló precisamente de la Natividad, y no de la Encarnación, y con la rebaja de 38 años, y que en este sentido deben entenderse Isidoro Pacense, San Julián, San Isidoro, y los primeros anales toledanos, escritos en la era 1257. Merecen leerse las juiciosas reflexiones de Flórez (loc. laud. pág. 5. seq) porque casi en todas se ofrecen a un mismo tiempo instrumentos calendados por entrambos cómputos. En Castilla se empezaba por el mismo día de la Natividad en el reino de D. Juan el II y los Reyes Católicos, de que hay expresos testimonios en Alvar García de Santa María en la crónica del primero y en la de Hernando del Pulgar del segundo: sin que se me ocurra, ni haya llegado a mi noticia desde cuando se empezó a contar por las calendas de Enero; ni el padre Juan Mabillon en sus eruditos libros de re diplomática, trata, como parece debía, este punto; ni se puede decidir con firmeza sin grande observación y muy prolijo estudio; que es cuanto se me ofrece que poder decir a V. P., cuya vida guarde Dios muchos años como deseo. = Mondéjar y Noviembre 12 de 1702. = B. L. M. &c. el marqués de Mondéjar. 


CARTA IV. 

Respondo a la carta de V. P. de 12 del mes pasado, y no lo he ejecutado antes por haber llegado muy atrasada a mis manos. Y en cuanto a la primera pregunta que V. P. me hace es constante se observó en España contar por los años de la Encarnación en la misma forma que introdujo esta época Dionisio Exiguo (a) 

(a) Ya dijimos en la nota a la carta antecedente que no se halla historia ninguna antigua ni otro documento de España, anterior al siglo XII, por donde conste haberse admitido en estos reinos durante ese tiempo el cómputo de la era dionisiana, como atestigua haberlo sido en Francia el cronicón de Adón el de Viena, que llega al año de la Encarnación 879. 

Antes al contrario, de una memoria alegada por Colmenares (Hist. de Segovia cap. XV, §. 10.), donde se lee: anno ab Incarnatione Domini 1140, secundum Francorum computum; era autem secundum Hispanorun numerum 1178, se colige que aún en el siglo XII se tenía en España por francés el cómputo de la era dionisiana en contraposición de la era española. Es verosímil que esta práctica adoptada en Francia hubiese pasado a nuestro reino por la provincia Tarraconense, donde se admitió el año 1180, y de allí fuese introduciéndose hasta llegar dos siglos después a León y Castilla. 

desde 25 de Marzo (a), siempre que uno se regulaba por la era de César, en la conformidad que reconoce Juan Mabillon en el c. XXV. del lib. 2. de re diplomática, y cuya forma se observa en Cataluña todavía en el siglo XIV.... 1300, en que floreció Fr. Juan de Paguera, monje benito, cuyas palabras copia el mismo Mabillon, que son del tenor siguiente: sciendum quod in die Incarnationis Verbi, videlicet 25 mensis Martii, debet mutari in isto *cethario novo; ita quod illa die debet accipi illa littera quae immediatè subsequenter ordinatur post illam litteram anni finientis, sub qua debet pronunciari: ita lunae per totum annum. 

En Castilla desde que prohibió el Rey D. Juan el I el cómputo de la era, se empezó a usar el de la Natividad, contando el año desde su mismo día 25 de Diciembre, como se reconoce de varios lugares del Rey D. Juan el II, en que se asegura corría el año nuevo desde aquel mismo día; y lo mismo se comprueba en Aragón y Valencia de la historia que escribió el Rey D. Jayme el Conquistador de su propia vida. (Véase el libro “colección de cartas histórico-críticas en que se convence que el rey D. Jayme I. de Aragón no fue el verdadero autor de la crónica o comentarios que corren a su nombre.” Joseph Villarroya. )

En Francia se varió mucho el cómputo, usando en la tercera estirpe capetina (Capeto) de sus Reyes, empezar a contar el año desde la pascua de Resurrección, como difusamente comprueba Juan Mabillon en el c. XXIII. del mismo lib. 2, con que desde aquel día iba su cómputo igual con el de los romanos. 

En cuanto a la forma de los términos, intrante, vel exeunte Augusto, que V. P. me pregunta, copiaré en satisfacción de su duda el testimonio de Rolandino Patavino, por sobrenombre el gramático, que vivía en los años de 1263, y de quien hace muy especial memoria Bernardo Scardonio en las antigüedades de Padua, el cual en el arte de notaría, que se imprimió juntamente con sus doce libros de cronicón en Turín el año de 1479, dice: ponitur dies in intrumentis diversimodo: uno modo secundum consuetudinem Bononiensem in hoc exemplo: primo die intrante Maio, et sic de singulis usque ad 16. Transactis autem 16 ponuntur per exeunto hoc modo: decima quinta exeunte Maio, decima quarta die exeunte Maio, et sic de singulis usque ad penultimum diem. In penultimo dicunt: ultimo die Maii, et ita de singulis mensibus, qui habent 31 dies. In aliis autem qui habent 30 dies, procedunt similiter usque ad 15 per hanc dictionem: intrante, et finitis 15 diebus primis, descendunt per alios quindecim cum hac dictione: exeunte; con que die 14 exeunte Augusto sería el 18 de aquel mes. 

En cuanto a las armas que conserva su orden de V. P. sólo podré decir, que hablando Bernardo Justiniano en la historia de las órdenes de caballería, que escribió en italiano, de la de Santo Domingo, de quien también trata S. Antonino de Florencia y Francisco Menenio Antuerpiense (Antwerpen, Amberes) en el libro que intituló deliciae aequestrium, dice, usaba por armas la misma cruz floreteada, compuesta de los dos colores blanco y negro, como la traen los familiares, y para decirlo con sus mismos términos italianos: l' insigna di questi cabalieri fú una croce di forma consimile alla constantiniana: ne poteva fare cosi mirabili progresi se non coquello standardo che appunto de gl' heretici fú lo terrore: discordava solo dall' allegata nel colore, essendo divisata di nero é bianco, infausto, et annontio felice, á gl' inimici o di degurarsi (esto es purificarse, porque así se ha de entender en lugar de deguarsi, como erradamente está en el texto impreso): coll acquisto della santa gloria, ó di prepararsi all' eccidio della loro vita. Añadiendo fueron llamados: fratelli della milicia di Santo Domenico. 

E perche nella croce sopra l' habito bianco v' apparisce il labbaro constantiniano, furono anco chiamati: equites laborum: con que es muy regular fuese este el origen de conservarla como especial insignia, y propia de su orden de V. P.; que es cuanto se me ofrece en respuesta de las preguntas que me hace V. P., cuya vida guarde Dios muchos años como deseo. = Mondéjar y Abril 17 de 1703. = B. L. M. de V. P. su servidor el marqués de Mondéjar. 

(a) Por los concilios de Toledo, por S. Isidoro y otros historiadores y coronistas (cronistas) antiguos se echa de ver que la era española comenzó en las calendas de Enero y que sus años convenían en el principio y en el fin con el Juliano de los romanos. Siendo cierto que aún después de Dionisio hasta el siglo XIV continuó en León y Castilla el cómputo de la era española, lo es también que en todo este tiempo comenzaban los años, no en 25 de Marzo ni en 25 de Diciembre, sino en 1.° de Enero, en cuyo día se añadía un número a la era, como dice S. Isidoro: à die kalendarum Januariarum accrescit. Esta cuenta de los años desde 1.° de Enero era general en España por los tiempos de D. Alonso el Sabio, en cuyas partidas se lee que empezó a reinar en la era de la Encarnación (esto es, como advierte Flórez, en los años de Cristo) mi é doscientos é cincuenta y un años é ciento y cincuenta y dos días más (dias mas en el original). Si se contaran entonces los años de Cristo en España como en otras partes desde 25 de Marzo, habiendo comenzado a reinar don Alonso en 1.° de Junio del año de Cristo 1252 (y de la era española 1290) debieran contarse para denotar el principio de su reinado el año 1251, y los 68 días que hay desde 24 de Marzo hasta 1.° de Junio: mas contando los 152 días que median entre 1.° de Enero y 1.° de Junio, se convence que en España, aún los años de Cristo conocidos con el nombre de la Encarnación, tenían principio como los de la era y los del año civil en las calendas de Enero. A este tan claro testimonio añade Flórez el de S. Julián (lib. III. contra judaeos) el del cronicón de los visigodos, llamado vulgarmente de Vulsa, y el de otros documentos para probar contra la opinión de Mondéjar y de Mayans, que el cómputo dionisiano rigurosamente tomado en cuanto fijó en 25 de Marzo el principio de los años de la era cristiana, como no se introdujo en España en los doce primeros siglos, no sirve para explicar los años de los antiguos españoles; y de consiguiente, que la diferencia de nueve meses que tuvo adelante cuando pasó la cuenta desde la Encarnación a la Natividad, no causó variación ninguna en España, donde muchos siglos después de Dionisio, y aun de Beda, se conservó fija la época del año de la era española en las calendas de Enero. (V. Flórez Esp. sag. t. II. c. I, §. III.) 


CARTA V. 


Respondo a su carta de V. P. holgándome mucho con las buenas noticias que me da de su salud, y de tener tan adelantada la impresión de su obra, y diré a V. P. lo que se me ocurriere sobre las dudas que me propone. 

A la primera en que extraña V. P. como desde el día de la pascua cuentan los franceses los años según los romanos, debiendo añadir uno por la diferencia de contarlos, los unos por la Natividad, y los otros por la Encarnación o por la pascua; procede de que así como los romanos seguían el cómputo de Dionisio, los franceses y todas las demás naciones ultramontanas atrasaron un año la Encarnación, según el cómputo del Venerable Beda, que es el mismo que contaban demás hasta la misma Encarnación o pascua; corriendo desde allí uniformes con los romanos. Aunque es común en nuestros escritores, se transfirió la universidad de Palencia a la ciudad de Salamanca, es error notorio: porque al mismo tiempo se conservaban entrambas, la de Palencia como propia del reino de Castilla, que fue la más antigua, a cuya imitación fundó el Rey D. Alfonso, padre de S. Fernando, la de Salamanca para su reino de León; y la de Palencia no se incorporó en la de Salamanca, sino en la de Valladolid, como demuestra el doctor Bravo en la dedicatoria, que le hace en uno de sus tomos de medicina: y yo compruebo más difusamente en las memorias históricas de la vida y acciones del Emperador D. Alonso el Sabio: a que puede V. P. remitirse, que ahora no tengo tiempo para detenerme a justificarlo. En cuanto a la bula de Urbano IV, es cierto que la produce (reproduce) entera Pulgar, copiada del archivo de su iglesia, en data del día segundo de los idus de Mayo año segundo de su pontificado, que corresponde con el de 1263 de la Natividad; y por ella consta que habiéndose pervertido la universidad de Palencia, la concede a instancias de su obispo D. Tello de Meneses los privilegios que gozaba la de París; y así no funda nueva universidad, sino ilustra y aumenta la que había fundado el Rey D. Alonso el Noble; con que no se opone, ni esta ni la precedente noticia al magisterio que atribuyen a Santo Domingo los escritores que V. P. cita. 

Pero para que mejor conste a V. P, no fue esta nueva erección, copiaré aquí las mismas palabras de la bula de que se le justifica, que dicen: "colebat hactenus deliciarum hortum civitas Palentina, de et sub cujus portis fons irriguus emanabat. Hortus ille profectò fructus uberes producebat, quorum suavitatem, et dulcedinem ad diversas mundi partes, fontis affluentia derivabat. Erat enim in civitate Palentina, sicut ex parte vestra fuit propositum coram nobis, scientiarum studium generale, rudes erudiens, debiles reddens studiosos et viros efficiens virtutum varietate foecundos: horumque gratiosa foecunditas litterarum dogmate plurimos instruebat; et quia per hoc non solum Palentia, sed tota Hispania spiritualis, et temporalis solebat percipere commoditatis augmentum, supplicastis humiliter, ut ad reformationem praedicti studii (quod est non sine multo ejusdem provinciae dispendio dissolutum), apostolici favoris partes interponere curaremus. Cum igitur, sicut accepimus, ejusdem studii reformatio possit eidem multipliciter provinciae existere fructuosa; Nos nolentes quod lucerna tantae claritatis in commune litterarum dispendium, sic extincta remaneat; quin potiùs cupientes partes nostras adjicere, ut solito fortius accendatur; tuis, frater episcope, supplicationibus inclinati, et singulis doctoribus, et scholaribus, quibus in eadem civitate in quacumque facultate studere contigerit; quod illis privilegiis, indulgentiis, libertatibus, et immunitatibus gaudeant, quibus magistri, et scholastici gaudent Parisiis, vel in aliis locis, in quibus habetur studium generale, auctoritate praesentium indulgemus; nulli ergo omnino hominum... Datum apud urbem veterem 2 idus Maii, pontificatus nostri anno 2.” Dios guarde a V. P. muchos años como deseo. = Mondéjar y Junio 2 de 1703. = B. L. M. de V. P. su servidor el marqués de Mondéjar. 


CARTA VI. 

Con mucho cuidado me tenía la falta de noticias de V. P. hasta que me sacó de él con igual gusto su última carta de V. P. de 18 del mes pasado, con que venía acompañada la erudita disertación de la apología por la inocencia del abad Joaquín, cuyas obras todas tengo, y el libro de Laude en su defensa. Lo cierto es que la de V. P. convence enteramente las calumnias con que han intentado obscurecer su fama los que no le han entendido; y sólo me pareciera más agradable si estuviera dividida en párrafos, para que se pudiese leer a trozos, sin necesitar de pasarla toda para comprenderla (comprehenderla). Espero con alborozo la vida de Santo Domingo, sin negarme a formar el juicio sobre ella, que tengo ofrecido a V. P., y cumpliré con mucho gusto, dándome Dios vida, que en quien se halla con setenta y seis años, no es muy segura la vana esperanza de cumplir más. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo. = Mondéjar y Abril 12 de 1704. 

Si hallare vmd a mano la mistología de Olmo, estimaré mucho a V. P. me lo remita por medio del P. M. Pérez, avisándome de su coste para que se le dé. = B. L. M. de V. P. su mayor servidor el marqués de Mondéjar. 


CARTA VII. 

Respondo a la carta de V. P. de 6 del mes pasado, que el rodeo de venir de Alcalá, donde no hay estafeta, para esta villa, atrasa mucho las cartas: y me huelgo mucho de saber goza V. P. entera salud, y que esté tan adelantada la impresión de su obra. En cuanto a remitir a V. P. la del abad Joaquín que me pide, no tuviera dificultad, si no fuera tan contingente el que se pierda, habiendo de correr por tantas manos como V. P. me insinúa: y siendo libro tan raro como V. P. reconoce, sería mejor que me enviase a decir, pues tiene sacados sus apuntamientos, los lugares a la letra que necesita, que se los enviaré a V. P. con toda prontitud: pues aunque siento mucho no obedecerle enteramente, creo le servirán lo mismo. Dios guarde a V. P. muchos años como deseo.= Mondéjar y Junio 14 de 1704. = B. L. M. de V. P. su servidor el marqués de Mondéjar. 


CARTA VIII. 

Con el singular gusto que siempre recibo la carta de V. P. de 29 del mes pasado, alegrándome de que goce V. P. la salud que le deseo, y ofreciendo al servicio de V. P. la mía, que gracias a Dios es buena, sin embargo de los molestos achaches (achaques) de que se halla combatida mi crecida edad. Estimo mucho el cuidado que ha tenido V. P. en buscarme la litología de Olmo, que todavía no ha llegado a mis manos, aunque espero recibirla con brevedad, así como el fragmento que dice V. P. me remitirá de lo que tiene ya impreso de su obra, que ofrezco leer con atención, y expresar con toda ingenuidad mi parecer en su aprobación. Aunque he leído todo el capítulo IV del abad Joaquín sobre Jeremías (a), 

(a) Así en este comentario místico de Jeremías como en los demás sobre Isaías y algunos capítulos de Naum (Nahum), Abacuc (Abacuch), Zacarías, Malaquías y el libro del Apocalipsis, injirió este famoso abad cisterciense del siglo XII varios anuncios de lo que conjeturaba él que había de suceder, atendido el estado en que se hallaba por entonces la Iglesia. Aprovechóse de esta ocasión para reprehender (reprender) los vicios y desórdenes de aquella edad; tal vez precavió de algunos de ellos a los fieles con la amenaza de los trabajos pronosticados en sus escritos, algunos de los cuales se cumplieron, y otros no, como sucede comúnmente cuando se anuncia lo por venir por conjeturas de prudencia humana, y no por espíritu profético. Porque este don no le tuvo el abad Joaquín, como aseguran Santo Tomás, Guillermo de París, y otros sabios teólogos. El IV concilio de Letrán, celebrado en el pontificado de Inocencio III por los años 1215 c. II, condenó el tratado de este abad contra Pedro Lombardo sobre la unidad o la esencia de la Trinidad, explicando y confirmando la doctrina de Lombardo, a quien había pretendido él tratar de loco y de hereje: mas en nada intentó perjudicar al monasterio que había fundado Joaquín, teniendo en consideración, no sólo la observancia regular con que vivían sus monjes, sino principalmente que el abad había sujetado esta y las demás obras suyas al juicio y corrección de la Silla apostólica. Lo cual confirman los papas Honorio III (epistolam ad episcopos Lucaniae, y Inocencio III (cap. damnamus de summ. Trinit. et fide cathol.), libertándole por esta razón de la nota de hereje formal con que pretendían algunos denigrar su memoria. (V. Gabriel Baxius vit. abb. Joach. et Theoph. Rayn. Erotemata de malis ac bonis libris, partit. III. erot. II. n. 477.) Sin embargo, en la vida del abad Joaquín, escrita por Gregorio de Laude, e impresa en Nápoles el año 1666, mandó la Inquisición de Roma (en 6 de marzo de 1664), que en vez de las palabras: bene tamen intendimus Joachimi innocentiam defendere (c. 67. pág. 281), se sustituyesen estotras: conabimur tamen, si fieri potest, Joachimum defendere.   


no he podido hallar en él el texto de Isaías, que V. P. cita: y aunque le he encontrado en el capítulo II sobre el mismo Profeta, no he hallado la cláusula de servus natus est nobis, aunque en la Escritura lo mismo significa puer, que servus: pero por si acaso puede servir a V. P. el texto de Isaías, me ha parecido copiarle con lo antecedente y subsecuente a él. Empieza pues el capítulo II, diciendo: “aures Hierusalem ad quos clamant praedicatores, discipuli veritatis, et Deum timentes, qui obediunt evangelio (recordatur) dominus (miserando) recolens tempora in quibus (sequuta est eum in deserto) propter fideles apostolos, et praedicatores novissimos miseretur dominus aliorum, qui vel sequuti sunt illos in gente, vel istos in religione poenitentiae (charitas) est in baptismate (desponsationis) fideli. In professione regulari. In praedicatione evangelii (terra quae non seminatur) justicia: scilicet idolatria culta sterilis permanebat (sanctus Israel domino primitiae frugum ejus) usque ad hunc locum distulimus intactum: quod pertransivimus in exordio libri hujus. Primo tempore, semen Abraham electum est ex omnibus gentibus; secundo, semen Christi, id est, apostoli ex judaeis; tertio, eligendi sunt alii ex omni Judaea, et gente, id est, omni ecclesia latina. Sicut enim fuerunt primitiae israelitarum in primo statu; apostoli in secundo renatorum: ita et nunc in exordio tertii status quaedam primitiae christianorum, clericorum utique, fide sanctificandi sunt Deo, et mittendi, et spargendi in universo orbe. Horum omnium Hieremias tipum portat, qui fuit unus de primitiis David, seu Deo, et agno sanctificatus; quod et ipse nazarenus Deo consecratus, nam omne masculinum adaperiens vulvam: videsne quod jam in lege praedictum erat de Hieremia isto, quod esset sanctificatus in vulva, nazarenus effectus non discrepans ab Isaac, et Joanne, qui de senescentis utero ecclesiae prodierunt, quae in dolore, et afflictione antichristi pariet filios inferentes clericis, et obstinatis aliis moerorem: poenitentibus gaudium: designatos in illo loco ubi dicitur: puer natus est nobis, et filius datus est nobis. Puer quoad obedientiam, et doctrinam praedicatoris; filius quoad excellentiam, et amorem contemplationis; sive pro eo quod Christus est Deus, et homo: geminus ordo erit duorum, Deus quoad flagellum doctrinae homo quoad ocium psalmodiae: sive quia alii eorum ibunt ad pugnam exhortationis, alii manebunt ad sarcinam orationis, ut Israeli fiat victoria ex elevatione manuum Moysi, scilicet praedicatorum sustentandorum ab Aaron, et ut scilicet ferentium sacrificia pro peccatis, et devotionis, ac desideriis charitatis. Noli, inquit, dicere, quia puer ego sum, quia jam non dicam vos servos, sed amicos meos, sponsi scilicet veritatis, sic igitur anima devota quasi regina ¡n confessione laudis; princeps in sanctificatione operis; sacerdos in perfectione virtutis, offerens Deo holocaustum suavitatis, et devotionis.” 

En cuanto a la aseveración de que fue canonizado Santo Domingo el año de 1233, sin embargo de ser la fecha del siguiente de 1234, parece lo comprueba la cláusula que dice: ipsum de fratrum nostrorum consilio, et assensu, ac omnium tunc apud sedem, catholicam consistentium praelatotum, cathalogo sanctorum adscribi decrevimus, que con poca diferencia se halla igualmente en la de S. Antonio de Padua, expedida el antecedente de 1233, en la de S. Edmundo, arzobispo de Canterbury (pone Cantorbery), el de 1247, en la de S. Estanislao en 1253, en la de Santa Clara en 1255, y en la de Santa Heduvigis, duquesa de Polonia, el de 1267, donde se lee: tam de ipsorum fratrum, quam praelatorum, qui tunc apud sedem morabantur eamdem consilio, sanctorum cathalogo decrevimus adscribendam; immo verius denuntiavimus adscriptam. Porque en las que se otorgaron el mismo día de la canonización, como en la de Santa Brígida a 7 de Octubre de 1391, dice el pontífice Bonifacio IX, que la expidió: decernimus, declaramus, definimus. pronuntiamus, bonae memoriae beatam Birgittam, alias Brigidam, superius nominatam, sanctam esse; et tamquam sanctam ab universali ecclesia venerari, ac sanctorum cathalogo adscribi debere, et ipsam nunc adscribimus de praesenti. Esta misma cláusula, aunque con diferentes términos, se ofrece en la de S. Buenaventura, expedida por Sixto IV a 14 de Abril del año 1482; y en la de San Leopoldo por Inocencio VIII a 8 de Julio del año 1485, donde se lee: publicè sanctum definimus profitemur, et veneramur. 

Que sea estilo de la curia romana poner en las bulas la fecha del día en que se expiden, y no el de la canonización, se comprueba con evidencia de la de S. Ricardo, obispo de Chichester, en la provincia de Susser (Sussex) en la Inglaterra, otorgada a 20 de Febrero del año 1260; pues asegura en ella Urbano IV le canonizó el día de S. Vicente Mártir, y mandó celebrar su fiesta a 3 de Abril. Lo mismo consta de la que expidió Pío II a 1.° de Octubre de 1458 sobre la canonización de San Vicente Ferrer, celebrada por Calixto III, su predecesor, el día de S. Pedro 29 de Junio el de 1455, así como habiendo canonizado Adriano VI a S. Benno, obispo de Misnia, y a S. Antonino, arzobispo de Florencia, el día 31 de Mayo del año 1522, y expedido la bula de canonización del primero el mismo día; no se despachó la de S. Antonino hasta 26 de Noviembre del siguiente de 1523, en que ya había muerto el mismo Adriano, y sucedídole Clemente VII, que fue quien la otorgó, según podrá V. P. reconocer en el bulario de Cherubino, donde se hallan todas las referidas; que es cuanto se me ofrece decir a V. P., cuya vida guarde Dios muchos años como deseo." = Mondéjar y Agosto 26 de 1704.

Para que con seguridad lleguen las cartas de V. P. a mis manos, aunque a veces con alguna detención, por no ofrecerse cada día propios que vayan a Madrid, sin embargo de ser rara la semana que no los haya, podrá V. P. poner el sobrescrito a mi hijo D. Mateo Ibáñez de Mendoza, caballero de la orden de Calatrava, y del consejo de S. M. en el supremo de las Indias; porque cuantos van de aquí a Madrid tienen cuidado de ir a su casa en la red de S. Luis. = B. L. M. de V. P. el marqués de Mondéjar. 

XI. Preces

domingo, 19 de diciembre de 2021

BIBLIOTECA VALENCIANA. ESCRITORES DEL SIGLO XIII.

BIBLIOTECA VALENCIANA.

BIBLIOTECA VALENCIANA.

ESCRITORES DEL SIGLO XIII.
(Al margen, año 1270)


MOSEN JORGE.

XIMENO, TOMO I, PÁG. 1.A

La antigüedad de Mosen Jordi, y la gloria que resultaba de copiar y apropiarse el Petrarca algunos versos suyos que publicó Ximeno; y que por espacio de algunos siglos habían reconocido, no sólo los españoles, sino también los italianos y los escritores de casi todas las Naciones; se ha puesto en duda por dos célebres autores, que son: el Maestro Sarmiento, en sus Memorias para la historia de la poesía, números 503 y siguientes; y Sánchez, en la Colección de poesías anteriores al siglo XV. Pero sin legítimo fundamento; pues porque diga el Marqués de Santillana: en estos nuestros tiempos floreció Mosen Jorge de Santjordi, no puede inferirse, que en el siglo XIII no hubiese florecido también otro sujeto del mismo nombre y apellido, y mucho menos alguno, que, aunque tuviese el mismo nombre, pero su apellido fuera distinto del que usaba aquel de quien habla el Marqués como existente en el siglo XV: con esta reflexión quedarían desvanecidos sus fútiles raciocinios; pero aún le da más fuerza el considerar, que era imposible que Beutér (Beuter), que nació en el mismo siglo XV en que escribía dicho Marqués, se atreviese a publicar que un poeta tan moderno y conocido, existía cerca de trescientos años antes, y acompañaba en sus expediciones al Rey D. Jaime I, pues habría muchos que le hubieran desmentido. Y sobre todo no se puede negar que vivía entonces Mosen Jorge del Rey, constando por el Registro Donat. Valentiae et termino de 1237, que el Rey D. Jaime, en premio de los servicios que le hacía en aquella conquista (aún no tomada Valencia, que fue en 1238), le concedió un heredamiento en la ciudad de Valencia; ni poner tampoco en duda que este fuera poeta, porque un sujeto tan instruido en la historia de la poesía valenciana, como fue el célebre Gaspar Gil Polo, dijo en el canto del Túria:
Jorge del Rey con verso aventajado
ha de dar honra a toda mi ribera,
y siendo por mis Ninfas coronado
resonará su nombre por do quiera:
el revolver del cielo apresurado
propicio le será de tal manera,
que Italia de su verso terná espanto,
y ha de morir de envidia de su canto.


Cuyos últimos versos pueden manifestar bastante el aprecio que merecieron los suyos en Italia, y al Petrarca mismo, que no reparó en adoptarlos.
Y así es visto, que el Jorge de San Jorge que dice Santillana florecía en su tiempo año 1450, e hizo la pasión de amor, en la que copiló muchas canciones antiguas, es distinto del Jorge del Rey que floreció dos siglos antes; lo que se comprueba por haber en aquella época familias de Sant Jorge, o Sent Jordi, según la escritura que recibió Mateo Esteve, notario, año 1436, y aún en el día de hoy los hay de este apellido.
El eruditísimo P. Juan Andrés ha tratado este artículo con la fina crítica y severo juicio que acostumbra en la célebre obra del Origen, progreso y estado actual de toda la literatura, tomo 2.° de la traducción, cap. II pág. 112, y así me remito a ella.


N'ALBERT D'ALAVANYA.

Jurisconsulto valenciano, su familia vino a la conquista de este Reino; y una rama suya se estableció en la ciudad de Orihuela, luego que la ocupó D. Jaime I, según manifiesta el exactísimo historiador Viciana, en la segunda parte de la Crónica de Valencia, fol. 38v. Se dedicó Alberto al estudio de la jurisprudencia; y según la fama que tenía entonces, y el gran número de jóvenes de la España y otros Reinos, que atraía la Universidad de Bolonia, puede presumirse que se fue a estudiar en ella: hasta que pasados los cursos se graduó de doctor en leyes, de cuyo título usaba frecuentemente: y sin duda adquirió grandes créditos de literato, cuando el Rey D. Jaime lo elevó al cargo de consejero suyo, y lo era ya en el año de 1268, como lo acredita la célebre sentencia arbitral sobre pago de diezmos y primicias, que dio el referido Príncipe en Valencia en el palacio Episcopal, a los 4 días, a la deseixida (dice) del mes de abril del mismo año, y existe en varios libros del archivo de la bailía, y en la primera impresión de los fueros hecha en 1482, a continuación de estos, y en la cual se expresa haber sido testigo N'Albert (En Alberto) Dalavanya (de Alavanya), Maestre en lleys, y consejero suyo: lo cual da bastante motivo para presumir, que hubo de trabajar también en su arreglo. Se encontró en las turbulencias que suscitaron los abogados contra los fueros, por no quererse conformar con sus disposiciones, sino valerse de las del derecho canónico y civil, lo que obligó al Rey a prohibir su ejercicio en 1250 (Privil. 37); y aunque lo permitió en 1264 (Privil. 56), fue imponiéndoles graves penas, en caso de apartarse de lo prescrito en el código foral. Merece pues elogios este autor por haber sido el primero, que para desengaño de los ciegos entusiastas del derecho romano y del decreto, y facilitar el cumplimiento de lo mandado, se dedicó a comentar aquel código, y manifestar la sabiduría de sus leyes.
Las obras de este escritor fueron muy estimadas, y hablaron con elogio de ellas Guillermo Jaffer y Arnaldo Juan, que ocupan un distinguido lugar en esta Biblioteca; mas por desgracia ni Pedro Belluga, ni los jurisconsultos posteriores hacen la menor mención de ellos, y hubiera quedado sepultado en el olvido el nombre de este insigne varón y de otros comentadores de los fueros, que vivieron en los tiempos anteriores a Belluga, a no ser por el erudito Sr. D. Francisco Xavier Borrull, ministro decano de esta Real Audiencia, que movido de sus deseos de ilustrar en cuanto pudiera su patria, procuró examinar diferentes manuscritos del siglo XIV y XV, copiar algunos de ellos, y encontrándose con un gran número de comentarios de los fueros, formar un catálogo de sus autores, averiguar el tiempo en que florecieron, y cargos que desempeñaron, y comunicarlo todo al Ilmo. Señor D. Francisco Pérez Bayer, que haciendo un particular aprecio de estos trabajos, formó un breve compendio de ellos, y con elogio de dicho señor, lo insertó en la Biblioteca Hispana Vetus; y yo ejecutaré lo mismo en esta obra, añadiendo las preciosas noticias que me ha comunicado. Escribió:
1. Notae super Foris Regni Valentiae.
Están escritas con mucho juicio e instrucción, y tratan sólo de los Fueros de D. Jaime I, sin extenderse a fuero o privilegio alguno de sus hijos. Se conservan estas glosas, y las de los demás intérpretes anteriores a Belluga, en la selecta biblioteca del Sr. Borrull, en dos tomos en folio, uno del siglo XV, y el otro copiado de varios manuscritos de la misma edad.
2. Tractatus de contractu comande. Lo cita Arnaldo Juan en sus Comentarios.

MOSEN FEBRER.  

(Al margen, 1281) 

Ximeno, tomo 1, pág. 2.a y 363.

El maestro Sarmiento y D. Tomás Sánchez también han querido quitar del siglo XIII a Mosen Jaime Febrer, y trasladarlo al XV, fundados en la carta del Marqués de Santillana, mas no reparan que este sólo habla de un Mosen Febrer, pero no de Mosen Jaime Febrer, y así por ello quieren sin razón hacer de dos uno, y aunque le hubiera citado con dicho nombre, no dice que viviera en su tiempo, como lo asegura de Mosen Jordi: por lo que la mención que hace del mismo, no puede probar de modo alguno que no existiese en el siglo XIII, ni disminuir la fe que se merece Beuter en la relación de este hecho.

Además, que se cuenta entre los heredados por el Rey D. Jaime I.° en la conquista del castillo del Puig y ciudad de Valencia; como lo asegura la donación que hizo S. M. a Mosen Jaime Febrer, en premio de sus servicios, de ciertas tierras en la Alquería de Mormany, huerta de dicha ciudad, a 14 de las calendas de mayo 1237. Hállase registrada fol. 12 pág. 1 del Real Registro Donationes Valentiae, & term. de 1237.

Con más esfuerzo ha impugnado Sánchez la antigüedad de las trobas de las familias, que vinieron a la conquista de Valencia, y quedaron establecidas en esta ciudad y reino, que el doctor Ximeno y varios otros atribuyen a Mosen Jaime Febrer; el P. Maestro Ribelles se empeñó en demostrar y apoyar la opinión de Sánchez, pero desistió luego de la empresa. Ello es cierto o probable, que ni Beuter, ni Viciana, ni Escolano, ni Diago tuvieron noticia de tales trobas, puesto que no hacen mención de ellas cuando tratan de las familias de Valencia; pero también lo es, que si se examinan las que cuenta Ribera (1: Centuria primera de la Milicia Mercenaria) haber sido heredadas en Valencia y su término por el Rey D. Jaime en 1239, y en otras partes en los años posteriores, según los registros de sus donaciones custodiados en el Archivo de Barcelona, las que refiere Escolano, lib. 3, cap. último, núm. 8 de su historia, haberlo sido, como aparece del libro de la Obispalía, y las que lo fueron en Xátiva, que en vista del libro del repartimiento, copia él mismo en el libro 9, cap. 22, núm. 1.° y 2.° &c. se descubrirá la certidumbre de haber venido a la conquista muchos de los que menciona Febrer, y la de no ser supuesta dicha obra; y como nunca han existido los registros de dichas donaciones en este reino, y encontrándose el manuscrito en el siglo XVII antes que el P. Ribera publicase su Milicia Mercenaria, hay bastante motivo para asegurar, que escribió las trobas quien lo había presenciado todo, como fue Mosen Febrer.

El P. Maestro Teixidor empezó a comprobar con varios documentos el establecimiento en esta ciudad y reino de las familias contenidas en dichas trobas, y lo ejecutó en todas las comprendidas en la letra A. Es verdad, que no pudo continuar este ímprobo trabajo por hallarse en la edad de 76 años; mas parece que bastan sus esfuerzos y las reflexiones anteriormente propuestas, para que mientras que no se produzcan otros argumentos que prueban lo contrario, se repute antigua dicha obra, y se atribuya a Mosen Febrer. Porque tampoco es prueba de consideración el haber estado ocultas algunos siglos; pues esta ha sido desgracia común a otras muchas obras. Ni vale recurrir a alguna diferencia de estilo, puesto que es cosa harto sabida, que algunos con buena intención, y para hacerlas más inteligibles, las han variado en algún modo.

Según puede presumirse, en el siglo XVII, y en tiempos de Onofre Esquerdo, se descubrió un ejemplar de estas trobas, con la expresión de haberlas compuesto Mosen J. Febrer: Esquerdo procuró adquirirlo, y persuadido de que ni había otro, ni se habría esparcido la noticia del hallazgo, hizo sacar una copia atribuyendo el escrito a Mosen J. Esquerra, que suponía ascendiente suyo, y al que daba los empleos y demás cargos de Mosen Febrer; lo que a más de referirlo Ximeno, se confirma por existir en la biblioteca del Sr. Borrull un ejemplar escrito con elegancia, e iluminados los escudos de armas de las familias, como también las primeras letras de cada troba.

Pero después llegó a sus oídos no haber quedado enteramente oculta la noticia de ser Mosen Febrer el autor de dichas trobas, que consiguientemente no podían atribuirla a los Esquerras; y así hizo una traducción de ellas en prosa, y conservando el contenido de la troba de Febrer, añadió en la letra E un artículo de la familia de Esquerra, diciendo haber venido a la conquista los dos hermanos Bartolomé y Juan, de quien preciaba ser descendente, pues se quedó este segundo hermano establecido en Valencia, así como el primero en Benisa. Esta obra escrita de letra del mismo Esquerdo, se conserva en la referida biblioteca del Sr. Borrull, que ha advertido que aquel insertó alguna familia, que no vino al tiempo de la conquista, y que el Dr. D. Agustín Sales, cronista de esta ciudad, ingirió también en la suya.

A más de estos ejemplares, posee también dicho Sr. Borrull otro de muy buena letra, escrito a mediados del siglo pasado, y una traducción en verso castellano, hecha según denota en el frontis por el Doctor Tomás Izquierdo y Guerrero, ciudadano de Alicante, y vecino de la Corte.

Permanecían manuscritas las trobas, cuando el diarista de esta ciudad, a instancia de D. José March, caballero erudito de la misma, empezó a insertarlas en el diario de 1 de Setiembre 1791, y después las publicó en el año de 1796 en un tomo en 4.°, con sus escudos, aunque grabados mezquinamente; y si hubiera cuidado de añadir en cada familia la donación de casa o tierras, que refiere el P. Ribera haberles concedido el Rey D. Jaime, y el registro en que estaba notada, se hubiera hecho más acreedor a la gratitud del público, dándole con ello a conocer, que las trobas eran ciertamente de Febrer, y bastante motivo para que algunos eruditos viesen si podían probar lo mismo que algunas otras; y manifestar las que hubiesen añadido algunos sujetos más modernos.

PEDRO GARCÍA DE XÁTIVA.

1300.

Tal vez por ser natural de S. Felipe, antes Xátiva. Habla de este autor D. Francisco Pérez Bayer, en las notas a la Biblioteca Vet. de D. Nicolás Antonio, tomo 2, pág. 103, col. 2, diciendo: Petrum Garciam de Xativa laudatum in Chrysopraso Ioannis Ekchii inter Scriptores Theológicos, apud Gesnerum. 

Siglo XIV

sábado, 12 de enero de 2019

Onofre Pou: Thesaurus Puerilis, ed. 1591

Golden Jacob:
Fa casi mig mileni un català feu un diccionari trillingüe catalana, valenciana, llatina. Hui volen que les dos primeres es convertixquen en una.
Onofre Pou: Thesaurus Puerilis, ed. 1591




Las Provincias 22 de Noviembre de 1993
LA ÉPOCA DE LOS THESAURUS PUERILIS
Por Ricart García Moya

Los "Thesaurus Puerilis"; claro está, no son saurios del Jurásico, sino humildes
vocabularios que un gerundense afincado en Valencia editó con su dinero, y la mejor voluntad del mundo. El bueno de Onophrio Povio (Onofre Pou para los amigos) fue "candidato Philosophiae" en la Universidad de Valencia, y aprovechó su estancia en el Reino para completar el vocabulario trilingüe en valenciano, catalán y latín; según especificó en el prólogo.
La edición príncipe salió en Valencia el año 1575, siendo el "Thesaurus" un híbrido entre el "Lexicón" típico de la época -en el que podían encontrarse vocablos en varios idiomas, más su traducción latina- y los actuales opúsculos con frases para aprender una lengua en quince días.
Con el léxico valenciano del Thesaurus -que Onofre escuchaba a sus compañeros de la Universidad de Valencia- podemos saber cómo hablaban y escribían nuestros antepasados en 1575.
Por ejemplo: "Lo mes chic dels estudiants y el cavallet chiquet; la rajola chica;
carchofa, Ilatuga". Las frases son acompañadas por su versión latina, "macho del carro o mulus quadrigarius".
En la edición barcelonesa de 1580 apenas se modifica el texto, aunque escribe que está en lengua "Cathalana y Valenciana" cuando en la primera puso "Valenciana y Cathalana".
También cambia alguna terminación (torra por torre), pero la permanencia del
valenciano es notable. Así, al tratar de las medidas: "un dit, es la mes chica mesura"; y que "la punta del dit chic estesa la ma, en Valencia quatre fan alma" (f.55); alma era una medida exclusiva del Reino.
También cita "les taronges de Xátiva", y no olvida "les barraques, alqueríes, iglesies y ornaments" (f. 110) .
Curiosamente, incluso en la edición de Perpiñán (año 1591) usa los verbos
valencianos "charrar" (f.117)y "eixir" (f.17), ignorando el "surtir".
No hay duda que en Perpiñán nadie pronunciaba ni escribía "chic y chiqueta, eixida, chulles, servicis, punches, olives del cuquillo", etc.
La finalidad de Onofre no era unificar las lenguas, pues respetaba la dualidad de vocablos para un mismo concepto:
"otonyo, tardor"; "safanoria, pastanaga"; "arena, sorra"; "ballena, balena".
Es decir, no eliminaba palabras como "otonyo" (f.209) por su coincidencia
castellana. Onofre era latinista y sabía la legitimidad etimológica de este derivado de "autumnus".
También está el adverbio hoy en valenciano y catalán, "huy" y "vuy",
respectivamente. La corrupción "avui" no había nacido aún.
No hay duda que Onofre había escuchado en Valencia frases como "hora y mija", "estufes o llochs pera suar", "lo cochero de dos cavalls", y no dudó en incorporarlas al "Thesaurus" con el mayor respeto.
Además ¿por qué iba a cuestionar una lengua que tenía su intérprete en la corte de Felipe II?
Este verano, en el Archivo de la Corona de Aragón, localicé un manuscrito del año 1586 que confirmaba que los reyes utilizaban a nobles valencianos que residían en Madrid -desde el valido marqués de Denia al jurista Crespí de Valldaura como intérpretes de los memoriales procedentes del Reino.
Analicen el exordio del documento:
"Envío a Vuestra Majestad una relación de lo que la ciudad de Valencia tiene 
resuelto hacer para solemnizar la entrada. Suplícole a Vuestra Majestad la mande ver, aunque escrita en Lengua Valenciana, pues podrá servir de intérprete el Marqués de Denia". (A.C.A.; Cortes, Leg. 1350, Doc. 31 /3. Año 1586).
En esta "Memoria de Ies invencions pera la entrada del don Phelip" -traducida por el marqués de Denia al emperador- el escribano del consell utiliza vocablos y ortografía como la del Thesaurus de Onofre Pou ("joyes pera les invencions de font de vi y aigua en el sarau de la Llonja").
EI documento no es único , pues otro posterior dirigido a Felipe III repite idéntica fórmula: "aunque escrito en Lengua Valenciana", deber ser traducido al monarca. (D. 31/12).
También Carlos V tuvo su traductor de valenciano en Honorato Juan, consejero
políglota y preceptor de Felipe II. Su actividad no se limitó a traducir, sino que trató de divulgar los clásicos valencianos en la corte. A tal fin utilizó un manuscrito de Ausiás March al que añadió comentarios en castellano y colaboró en un vocabulario para facilitar la lectura del poeta.
Por tanto, a fines del XVI la lengua valenciana era respetada por políticos
valencianos, latinistas catalanes y gramáticos castellanos; no existía un complejo de inferioridad como el que tenemos en la actualidad. Veamos el ejemplo de una palabra modesta: el catalán Pou escribe "chulla" en 1575; como palabra valenciana; y en 1611, el gramático tico castellano Covarrubias recalca que chulla, chuleta, es vocablo exclusivamente valenciano. Ahora, filólogos interesados -los mismos que pretendían eliminar la ñ del castellano- alteran, burlan y desprestigian los vocablos autóctonos con el fin que todos sabemos: implantar el catalán.


jueves, 26 de agosto de 2021

Al tren. Clarín.

AL TREN

(Lo texto del llibre de Clarín no sirá igual que este)

Leopoldo Enrique García-Alas y Ureña (Clarín).

Lo duc del Pergamino, marqués de Numancia, comte de Peñasarriba, consellé de ferrocarrils de vía ampla y de vía estreta, ex ministre de estat y de Ultramar...


Lo duc del Pergamino, marqués de Numancia, comte de Peñasarriba, consellé de ferrocarrils de vía ampla y de vía estreta, ex ministre de estat y de Ultramar... está que bufe y agarre lo sel... ras del coche de primera en les mans; y al seu juissi té raó que li sobre. Figúronse vostés que ell ve desde Madrid sol, tombat tot lo llarg que es a un reservat, en lo que ha tingut que contentás, perque no va ñabé a la seua dispossisió, per torpesa dels empleats, ni coche-llit, ni cosa pareguda. Y ara, cuan milló dormíe, a mija nit, a la mitat de Castilla, li obrin la porta del seu departamén y li demanen mil perdons... perque té que admití la compañía de dos viachés nada menos: una siñora enlutada, cuberta en un vel espés, y un tinén de artillería.

¡De cap manera! No ña cortessía que valgue; lo noble español es mol inglés cuan viache y no se entreté en miramens medievals: defén lo home lo seu resservat poc menos que al sport que ha adeprés a Eton, a Inglaterra, lo noble duc castellá, estudián inglés.

¡Un consellé, un senadó, un duc, un ex-ministre, consentí que entron dos desconeguts al seu coche, después de habé consentit en pressindí de una berlina-llit, al que té dret! ¡impossible! ¡Allí no entre ni una mosca!

La dama de dol, avergoñida, confusa, procure desapareixe, buscá refugi a consevol furgó aon pugue ñabé gossos mes fins... pero lo tinén de artillería li tanque lo pas ocupán la eixida, y en molta tranquilidat y finura defén lo seu dret, lo dels dos.

- Caballé, no nego lo dret de vosté a reclamá contra los descuidos de la Compañía... pero yo, y per lo vist esta siñora tamé, ting billet de primera; tots los demés coches de esta classe venen plens; an esta estassió no ña manera de aumentá lo servissi... aquí ñan assientos de sobres, y aquí mos embutirem. Lo jefe de la estassió apoye en timidés la pretensió del tinén; lo duc se creix, lo jefe sedix... y lo artillé cride a un cabo de la Guardia Sivil, que, enterat del cas, aplique la ley marsial al reglamén de ferrocarrils, y decrete que la viuda (ell la creu viuda) y lo seu tinén se quedon al resservat del duc, sense perjuissi de que este se queixo dabán de qui correspongue.

Pergamino proteste; pero acabe per calmás y hasta li oferix un magnífic puro al militar, del que acabe de sabé, acsidentalmen, que va al expresso a incorporás al seu regimén, que se embarque cap a Cuba.

- ¿Aixina que va vosté a Ultramar a defendre la integridat de la patria? - Sí siñó, al radé sortech (o sorteo) me ha tocat la china.- ¡Y vaya chinada!-

Dixo a ma mare y a la meua dona dolentes y dixo dos chiquets de menos de sing añets. - be, sí; es lamentable... ¡Pero la patria, lo país, la bandera!

- Ya u crec, siñó duc. Aixó es lo primé. Per naixó hi vach. Pero séntigo separám de lo segón. Y vosté, siñó duc, ¿aón sen va?

- Phs... per lo pronte a Biarritz, después al Nort de Fransa... pero tot aixó está mol vist; passaré lo Canal y repartiré los mesos de agost y de setembre entre la isla de Wight, Cowes, Ventnor, Ryde y Osborn...
La dama del dol y del vel, ocupe silensiosa un racó del resservat. Lo duc no sen fixe en ella. Después de repassá un periódic, seguix la conversa en lo artillé, que es de poques paraules.

- Alló está mol mal. Cuan yo, per novatada de ministre, vach admití la cartera de Ultramar, pera adependre, me vach convense de que tenim que cauterisá la administrassió ultramarina, si se vol salvá.

- Y vosté ¿no va pugué aplicál?

- No vach tindre tems. Vach passá al estat, per los meus merits y servissis. Y ademés... ¡ñan tans compromisos! Oh, pero la insensata rebelió no durará; los nostres héroes defenen alló com a leons; miro vosté que es magnífica la mort del general Zutano... víctima de la seua valentía a la acsió de Tal... Zutano y un atre valén, un capitá... Lo capitá... no sé cuáns, van perí o morí allí pel mateix valor y lo mateix patriotisme que los mes renombrats martirs de la guerra. Zutano y lo atre, lo capitá aquell, se mereixen estatues; lletres de or a una lápida del Congrés... Pero de totes maneres, alló está mol futut... No tenim una administrassió... Conque ¿vosté se quede aquí pera pendre lo tren que lo porto a Santander? pos venga, bona sort, mols llorés y poques bales... Y si vol vosté algo per aquí... ya sap vosté, lo meu tinén, durán lo estiu, isla de Wight, Cowes, Ryde, Ventnor y Osborn...

Lo duc y la dama del dol y lo vel se queden sols al resservat. Lo ex-ministre procure, en discressió relativa, conversá.

La dama conteste en monossílabos, y a vegades en señes.

Lo de Pergamino, despechat, se aburrix. A una estassió, la enlutada mire en impassiensia per la finestreta.

- ¡Aquí, aquí! - cride de repén -; Fernando, Adela, aquí...

Una parella, tamé de dol, entre al resservat: la enlutada del coche los abrasse, plore damún del pit de l´atra dona, sofocán los gañols. Lo tren seguix lo seu viache. Despedida, abrassos un atra vegada, ploreres...

Se van torná a quedá sols la dama y lo duch.
Pergamino, mort de impassiensia, se aventure al terreno de les possibles indiscressions. Vol sabé a tota costa lo origen de aquelles penes, la causa de aquell dol... Y obté freda, seca, irónica, entre llágrimes, esta breve resposta:

- Soc la viuda del atre... del capitá Fernández.

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EN EL TREN.


El duque del Pergamino, marqués de Numancia, conde de Peñasarriba, consejero de ferrocarriles de vía ancha y de vía estrecha, ex ministro de Estado y de Ultramar… está que bufa y coge el cielo… raso del coche de primera con las manos; y a su juicio tiene razón que le sobra. Figúrense ustedes que él viene desde Madrid solo, tumbado cuan largo es en un reservado, con que ha tenido que contentarse, porque no hubo a su disposición, por torpeza de los empleados, ni coche-cama, ni cosa parecida. Y ahora, a lo mejor del sueño, a media noche, en mitad de Castilla, le abren la puerta de su departamento y le piden mil perdones… porque tiene que admitir la compañía de dos viajeros nada menos: una señora enlutada, cubierta con un velo espeso, y un teniente de artillería.

¡De ninguna manera! No hay cortesía que valga; el noble español es muy inglés cuando viaja y no se anda con miramientos medioevales: defiende el home de su reservado poco menos que con el sport que ha aprendido en Eton, en Inglaterra, el noble duque castellano, estudiante inglés.

¡Un consejero, un senador, un duque, un ex-ministro, consentir que entren dos desconocidos en su coche, después de haber consentido en prescindir de una berlina-cama, a que tiene derecho! ¡Imposible! ¡Allí no entra una mosca!

La dama de luto, avergonzada, confusa, procura desaparecer, buscar refugio en cualquier furgón donde pueda haber perros más finos… pero el teniente de artillería le cierra el paso ocupando la salida, y con mucha tranquilidad y finura defiende su derecho, el de ambos.

-Caballero, no niego el derecho de usted a reclamar contra los descuidos de la Compañía… pero yo, y por lo visto esta señora también, tengo billete de primera; todos los demás coches de esta clase vienen llenos; en esta estación no hay modo de aumentar el servicio… aquí hay asientos de sobra, y aquí nos metemos.

El jefe de la estación apoya con timidez la pretensión del teniente; el duque se crece, el jefe cede… y el artillero llama a un cabo de la Guardia civil, que, enterado del caso, aplica la ley marcial al reglamento de ferrocarriles, y decreta que la viuda (él la hace viuda) y su teniente se queden en el reservado del duque, sin perjuicio de que éste se llame a engaño ante quien corresponda.

Pergamino protesta; pero acaba por calmarse y hasta por ofrecer un magnífico puro al militar, del cual acaba de saber, accidentalmente, que va en el expreso a incorporarse a su regimiento, que se embarca para Cuba.

-¿Con que va usted a Ultramar a defender la integridad de la patria?

-Sí señor, en el último sorteo me ha tocado el chinazo.

-¿Cómo chinazo?

-Dejo a mi madre y a mi mujer enfermas y dejo dos niños de menos de cinco años.

-Bien, sí; es lamentable… ¡Pero la patria, el país, la bandera!

-Ya lo creo, señor duque. Eso es lo primero. Por eso voy. Pero siento separarme de lo segundo. Y usted, señor duque, ¿a dónde bueno?

-Phs… por de pronto a Biarritz, después al Norte de Francia… pero todo eso está muy visto; pasaré el Canal y repartiré el mes de Agosto y de Septiembre entre la isla de Wight, Cowes, Ventnor, Ryde y Osborn…

La dama del luto y del velo, ocupa silenciosa un rincón del reservado. El duque no repara en ella. Después de repasar un periódico, reanuda la conversación con el artillero, que es de pocas palabras.

-Aquello está muy malo. Cuando yo, allá en mi novatada de ministro, admití la cartera de Ultramar, por vía de aprendizaje, me convencí de que tenemos que aplicar el cauterio a la administración ultramarina, si ha de salvarse aquello.

-Y usted ¿no pudo aplicarlo?

-No tuve tiempo. Pasé a Estado, por mis méritos y servicios. Y además… ¡hay tantos compromisos! Oh, pero la insensata rebelión no prevalecerá; nuestros héroes defienden aquello como leones; mire usted que es magnífica la muerte del general Zutano… víctima de su arrojo en la acción de Tal… Zutano y otro valiente, un capitán… el capitán… no sé cuántos, perecieron allí con el mismo valor y el mismo patriotismo que los más renombrados mártires de la guerra. Zutano y el otro, el capitán aquél, merecen estatuas; letras de oro en una lápida del Congreso… Pero de todas maneras, aquello está muy malo… No tenemos una administración… Conque ¿usted se queda aquí para tomar el tren que le lleve a Santander? Pues ea; buena suerte, muchos laureles y pocos balazos… Y si quiere usted algo por acá… ya sabe usted, mi teniente, durante el verano, isla de Wight, Cowes, Ryde, Ventnor y Osborn…

El duque y la dama del luto y el velo quedan solos en el reservado. El ex-ministro procura, con discreción relativa, entablar conversación.

La dama contesta con monosílabos, y a veces con señas.

El de Pergamino, despechado, se aburre. En una estación, la enlutada mira con impaciencia por la ventanilla.

-¡Aquí, aquí! -grita de pronto-; Fernando, Adela, aquí…

Una pareja, también de luto, entra en el reservado: la enlutada del coche los abraza, sobre el pecho de la otra mujer llora, sofocando los sollozos.

El tren sigue su viaje. Despedida, abrazos otra vez, llanto…

Quedaron de nuevo solos la dama y el duque.

Pergamino, muerto de impaciencia, se aventura en el terreno de las posibles indiscreciones. Quiere saber a toda costa el origen de aquellas penas, la causa de aquel luto… Y obtiene fría, seca, irónica, entre lágrimas, esta breve respuesta:

-Soy la viuda del otro… del capitán Fernández.

FIN.