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jueves, 14 de marzo de 2024

Christophe-André Frassa, degradación, francés, escuelas andaluzas

Christophe-André Frassa, senador galo: “La degradación del francés en escuelas andaluzas rompe el pacto España-Francia”.

https://www.eldiario.es/autores/sara-rojas/

Christophe-André Frassa, senador galo: “La degradación del francés en escuelas andaluzas rompe el pacto España-Francia”

El senador francés Christophe-André Frassa, del partido Los Republicanos Senado de Francia.

Miembro del partido Los Republicanos, afirma que “no respetar los acuerdos” europeos e hispanofranceses en materia plurilingüe es “un problema importante” en la relación bilateral entre Francia y España.

https://www.eldiario.es/andalucia/partido-sarkozy-lleva-senado-francia-alarmante-reduccion-horas-frances-escuelas-andaluzas_1_10922814.html

El senador francés Christophe-André Frassa, del partido conservador Los Republicanos, ha denunciado desde la Cámara Alta de la República Francesa la “alarmante” situación de la enseñanza del francés en la educación pública andaluza, después de que el Gobierno de Juan Manuel Moreno haya suprimido la obligatoriedad de la segunda lengua extranjera en primero de Bachillerato y recortado la carga lectiva en segundo a partir de este curso 2023-2024. Años antes, la Junta ya redujo a la mitad la carga horaria semanal dedicada al segundo idioma en Educación Primaria (en 2019) y eliminó esta asignatura de tercero y cuarto (en 2020).

https://www.eldiario.es/andalucia/profesores-andalucia-alertan-brecha-linguistica-dejaria-desventaja-alumnado-educacion-publica_1_9131864.html

En una entrevista con elDiario.es Andalucía, el también presidente de la Comisión Política de la Asamblea Parlamentaria de la Francofonía (APF) reitera que “la reciente y marcada degradación de la situación efectiva de la enseñanza del francés en España, especialmente en Andalucía, es una cuestión importante y muy preocupante”. De ahí que justifique su solicitud al Gobierno de Emmanuel Macron de llevar a cabo “una misión para evaluar la aplicación de todos los acuerdos de la Unión Europea firmados en 2002, así como los sucesivos acuerdos franco-españoles”, explica Frassa.

Mediante una pregunta registrada en el Journal Officiel de la République Française (el equivalente al Boletín Oficial del Estado en España) registrada el pasado 8 de febrero, Frassa se ha dirigido al ministro de Europa y Asuntos Exteriores de Francia para informarle de que en la comunidad al sur de su país vecino se están incumpliendo los acuerdos europeos e hispanofranceses suscritos por España en materia de plurilingüismo.

Los Republicanos es el nombre con el que el expresidente de la República Francesa Nicolas Sarkozy rebautizó la antigua Unión por un Movimiento Popular (UMP), que a su vez refundó la Agrupación por la República (RPR) de Jacques Chirac, heredera del gaullismo. Este partido de derechas galo forma parte del Partido Popular Europeo, junto al PP español. Aun así, uno de sus senadores, Christophe-André Frassa, ha trasladado a la Cámara Alta francesa un debate inédito sobre la reducción de horas lectivas en lengua francesa en las escuelas andaluzas.

"Andalucía, que lideraba España en 2018 en la enseñanza de idiomas extranjeros, no puede cerrarse hoy en sí misma."

Un escollo en la relación bilateral entre Francia y España.

“El Tratado de Barcelona de 2023 fortaleció las relaciones entre Francia y España, destacando el compromiso común con la educación”, recuerda Frassa en sus declaraciones a este periódico. “Sin embargo –continúa el senador conservador– en Andalucía, y tememos que en la mayoría de las regiones españolas, los acuerdos no se respetan si no se garantiza la enseñanza del francés en el sistema escolar público”.

En España, la competencia en educación está transferida a las comunidades autónomas, de modo que son los gobiernos autonómicos los responsables de diseñar el currículo escolar, partiendo del marco legislativo estatal que fija el Gobierno central (actualmente, con la LOMLOE). 

En el caso de la segunda lengua extranjera, la normativa estatal se limita a garantizar que la enseñanza del segundo idioma se oferte entre las optativas y deja en manos de las comunidades autónomas establecer su obligatoriedad. Así pues, mientras Galicia, Murcia, Aragón o Canarias contemplan al menos dos años de enseñanza obligatoria del segundo idioma en la etapa de Secundaria, otras regiones como Andalucía reducen la obligatoriedad tan solo al primer curso. En el extremo de la apuesta por la optatividad del alumnado, se encuentra Castilla y León o Cantabria, que dejan en manos del estudiante decidir si cursar otro idioma además del inglés en la ESO y Bachillerato.

Por esta razón, señalando el incumplimiento de la Carta Europea del Plurilingüismo, los acuerdos franco-españoles y la competencia plurilingüe prevista por la legislación española en materia de educación (LOMLOE), el también miembro de la Comisión de Asuntos Europeos en Francia concluye que la regresión que ha experimentado la segunda lengua extranjera en España, y concretamente, en Andalucía  “se ha convertido, sin lugar a dudas, en un problema importante en la calidad de nuestra relación bilateral con España”.

Acuerdos que no se respetan.

Entre los acuerdos que Frassa pide al Gobierno de su país que se revisen, se encuentra la Declaración conjunta del Tratado de Barcelona firmado entre Francia y España en enero de 2023, donde se recoge que “ambos países consideran la promoción de la enseñanza de las lenguas francesa y española en sus respectivos sistemas educativos como una prioridad”. Asimismo, el Tratado de Amistad entre Francia y España firmado ese mismo año establecía en su artículo 18 que “para favorecer el aprendizaje y la difusión mutuos”, las partes “desarrollarán la enseñanza de la lengua francesa y de la lengua española en sus respectivos países.”

Mucho antes, el Estado español ya asumió el compromiso de la citada Carta europea sobre el Plurilingüismo (2005), en cuyo apartado de educación incide precisamente en la necesidad de promover el aprendizaje de más de un idioma extranjero: “Desde Infantil, el sistema educativo debe ofrecer una educación plurilingüe y desarrollar las habilidades de aprendizaje autónomo necesarias para aprender nuevas lenguas a lo largo de la vida. Esta misión no consiste en absoluto en permitir que se consolide una única lengua extranjera como lengua de comunicación mínima con fines puramente comerciales”. 

Fuentes del Ministerio de Educación consultadas por este periódico discrepan con el senador francés y niegan que se estén quebrantando los pactos bilaterales “por no ser tan específicos” en su redacción. Apuntan también que la normativa andaluza “no contraviene la ley”, aunque recuerdan que el diseño curricular compete a los gobiernos autonómicos.

Concentrarse únicamente en la lengua materna y el inglés, es decir, un bilingüismo de facto, es un error y un empobrecimiento para Andalucía y para el futuro de Europa

El “error” de fomentar el bilingüismo y no el plurilingüismo.

Con todo, el senador de la República francesa se ha sumado a la preocupación de la plataforma andaluza por la Cultura y Enseñanza de Lenguas Europeas (CELE). Esta organización, que aglutina en su mayoría a docentes de segundas lenguas extranjeras, lleva años alertando de que “las políticas del PP al frente del Gobierno andaluz venían a certificar la muerte del plurilingüismo en el sistema público de Andalucía”, toda vez que se han traducido en recortes del segundo idioma en el diseño curricular. 

En línea con lo que defiende la plataforma CELE, el miembro de la Cámara Alta francesa rechaza la apuesta del Gobierno andaluz por “reforzar” la enseñanza del primer idioma (que suele ser el inglés), al otorgarle mayor carga lectiva junto a la Lengua Española y a las Matemáticas en su adaptación de la normativa estatal a la realidad de las aulas andaluzas.

“Concentrarse únicamente en la lengua materna y el inglés, es decir, un bilingüismo de facto, es un error y un empobrecimiento para Andalucía y para el futuro de Europa”, afirma a ese respecto Frassa. Al hilo, recuerda el liderazgo que hasta ahora ha ostentado la comunidad andaluza en materia de enseñanza de lenguas extranjeras: “Andalucía, que lideraba España en 2018 en la enseñanza de idiomas extranjeros, no puede cerrarse hoy en sí misma”, añade en su respuesta a las preguntas formuladas por la edición andaluza de elDiario.es

Por lo pronto, la decisión del Gobierno de Moreno de eliminar el segundo idioma de tercero y cuarto de Primaria en 2020 –tras haber reducido a la mitad, un año antes, el horario en quinto y sexto– se ha traducido en un desplome en el número de matriculaciones en el curso 2021-2022, según los últimos datos publicados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Si bien los estudiantes andaluces siguen a la cabeza en escoger una segunda lengua extranjera en Primaria y Bachillerato, las cifras confirman que la comunidad ha experimentado un retroceso en cinco años, pasando de un 67,7% de matriculaciones en el curso 2017-2018 a caer hasta el 40,3% un lustro después.

Lazos con Andalucía.

El senador Frassa representa, además, a los ciudadanos franceses que viven fuera del país galo y, en este sentido, recuerda que “los vínculos” entre su país y Andalucía “están arraigados en una historia rica, marcada por numerosas influencias culturales, científicas y comerciales a lo largo de los siglos”. Al enumerar los lazos que unen a la República Francesa con Andalucía, Frassa destaca también que “los diversos acuerdos de cooperación franco-españoles han estimulado el turismo y las inversiones” en esta comunidad.

lunes, 21 de marzo de 2022

FRANCISCO XAVIER BORRULL Y VILANOVA

D. FRANCISCO XAVIER BORRULL Y VILANOVA. 1829.

Nació en esta ciudad de Valencia en 3 de diciembre de 1745: fueron sus padres los Sres. D. Vicente Borrull, oidor de la real audiencia, y doña Esperanza María Vilanova consortes. Hallándose aún de corta edad experimentó la desgracia de morir su padre, y sus tíos el Sr. D. José Borrull, fiscal del consejo de Indias, y el ilustrísimo Sr. D. Francisco Borrull, obispo de Tortosa, que hubieran contribuido a sus adelantamientos; pero inflamado de los ejemplos que estos le habían dado quiso seguir también la carrera literaria: aprendió la gramática en las escuelas de la universidad, que regentaban los jesuitas, logrando por maestro de humanidades y retórica al célebre P. Antonio Eximeno. En aquel tiempo algunos genios ilustrados de la misma universidad ya habían sacudido el yugo de la secta peripatética, y con uno de ellos, que fue el Dr. Juan Bautista Jordá, estudió la filosofía ecléctica, y la jurisprudencia con el Sr. D. Félix Rico, promovido después al obispado de Teruel, mereciendo su estimación por el talento y juicio que manifestaba, feliz memoria que aún conserva y aplicación. Luego que obtuvo los grados de doctor en ambos derechos el Sr. D. Manuel Xaramillo, inquisidor de este tribunal, y elevado posteriormente al consejo, le proporcionó (con dispensa de su menor edad) la plaza de secretario del secreto del santo oficio, que regentaban entonces sujetos de distinguida nobleza; y le sirvió para enterarse cumplidamente de la lenidad y justificación de sus procedimientos, y poderlos defender en las llamadas cortes generales y extraordinarias. Pero este destino no le impidió emplearse en las pesadas tareas de las oposiciones a cátedras, para lo cual no contento con un extenso estudio de ambos derechos, y del natural y de gentes, obtenida licencia del ilustrísimo Sr. inquisidor general para leer los libros prohibidos que tratan del asunto, se dedicó también al de los fueros de Valencia, tan importantes para conocer las especiales regalías de este reino que quiso conservar su majestad, las facultades de varios tribunales, y decidir las controversias sobre diferentes establecimientos y vinculaciones antiguas; y tampoco quiso omitir el de la política y de la historia, muy propio de un jurisconsulto, que le suministró un apreciable caudal de erudición, como lo manifiestan varios escritos suyos. Acreditada en diferentes oposiciones su instrucción, el ayuntamiento de esta ciudad, patrono entonces de la universidad, le dio en 15 de enero de 1774 una cátedra de instituta civil, y aunque todas eran temporales, la regentó por espacio de cinco años, en los cuales dio a conocer su cuidado para el aprovechamiento de los discípulos, y el especial método de que se valía para su enseñanza, logrando graduar en dicha universidad de bachilleres con todos los honores a ciento y cuatro de los mismos, y a treinta y dos de doctores; y ha tenido la satisfacción de ver que algunos han obtenido cátedras en esta universidad, otros prebendas en las iglesias catedrales, otros plazas de ministros en las audiencias y otros tribunales, y lucido otros por su ciencia en el foro de Madrid y en el de Valencia. Ya le favorecían entonces con su amistad el Sr. D. Gregorio Mayans, dicípulo de su tío el Sr. D. José Borrull, su hermano D. Juan Antonio, el ilustrísimo Sr. D. Francisco Pérez Bayer, D. Francisco Cerdá y Rico, promovido en los años siguientes a camarista del consejo de Indias, y D. Pedro Joaquín de Murcia, que murió consejero de Castilla, y conservaba la que adquirió desde el tiempo de sus estudios con el eruditísimo P. Juan Andrés, y su hermano D. Carlos; y habiendo pasado a Madrid por un pleito de su madre en el año 1780, la contrajo con el Sr. D. Juan de Santander, bibliotecario mayor de su majestad, con D. Miguel Casiri y D. Juan Antonio Pellicer, también bibliotecarios suyos, el P. M. Fr. Raimundo Magí (pone Magi), obispo posteriormente de Guadix, y varios otros; y debió un grande concepto, y muchos favores, al excelentísimo Sr. inquisidor general D. Felipe Bertrán. La defensa de dicho pleito de su madre manifestó en la corte el grande conocimiento que tenía Borrull de los fueros de Valencia, y dio motivo para el establecimiento de una ley que decidió un asunto muy controvertido en los tribunales, y que ocasionaba indecibles costas a los particulares; pues sentenciando constantemente el consejo de hacienda, de conformidad con el juzgado de amortización, a favor del fisco, todos los pleitos sobre sucesión en los bienes raíces dejados a manos muertas que no estaban habilitadas con privilegio de amortización, demostró tan plenamente el derecho preferente de los parientes próximos del testador que los pedían, inmediatamente que había llegado el caso de su llamamiento, como lo había hecho su madre, que el fiscal del consejo se allanó por primera vez a esta solicitud; y el consejo por sentencias de vista y revista de 15 de junio de 1786, y 9 de julio de 1787, declaró pertenecerle dichos bienes con exclusión del fisco; y pareciéndole una cosa muy clara, y que no debían permitirse otros litigios sobre ella, formó expediente, y sin hacerle mudar de idea el libro que a favor del fisco publicó en 1789 D. José Villarrota, de que se trata en esta biblioteca página 255, consultó a su majestad en 23 de septiembre de 1796 para que así se declarase por punto general; y en su vista mandó por real cédula de 20 de diciembre de 1797, que los bienes raíces dejados a manos muertas, que no estuviesen capacitados con real privilegio, se aplicaran a los parientes más próximos del testador o donador, si los pedían en el término preciso de tres años desde el día de su muerte (1: es la ley 20, título 5.°, libro 1.° de la novísima recopilación. Artículo 13.). 

Enterado en el tiempo intermedio el Sr. D. Carlos III de las circunstancias de nuestro autor se dignó agraciarle con la plaza de juez real de diezmos, tercios-diezmos y primicias de este reino, que según dijo el Sr. D. Felipe II (2: inserta esta real orden el Sr. Mateu en su obra de Regim. civ. et R. Val. cap. 2.°, § 5.°, núm. 99) es la mayor preeminencia y regalía que tenía en el mismo; y por ello se le ha concedido que despache en el real nombre de su majestad y use de su sello; y habiendo tomado posesión en 27 de agosto de 1784 encontró al tribunal muy abandonado, pues no obstante de ser privativa su jurisdicción, se la apropiaban sin reparo diferentes alcaldes y tribunales: en efecto lo ejecutaban los de los pueblos de este reino, pertenecientes al obispado de Tortosa, y consiguió impedirlo: hubo de sostener un gran número de competencias con los alcaldes mayores de esta ciudad y otros pueblos, con la Curia eclesiástica, con algunos de los Sres. jueces de provincia, con el de los tercios diezmos del marqués de Santiago (con este, sobre el de los ganados de Onteniente que entran a pastar en término de Mogente) (Moixent) y con el Sr. fiscal de la real audiencia, comisionado del secuestro de las temporalidades del excelentísimo Sr. arzobispo Fuero: y logró que el real canceller, la audiencia, el consejo, la cámara y el rey respectivamente las decidieran a su favor. La real junta apostólica se entrometió a conocer de un asunto decimal de Museros, y por medio de una exposición consiguió que desistiera de sus procedimientos. Esta real audiencia quiso variar parte de la práctica de dicho tribunal, y el consejo, vistas las exposiciones de ambos, mandó la continuación de la misma (1: consta todo en el tribunal de diezmos en sus respectivos expedientes, y lo último también en el registro de reales órdenes). Y aunque por tres reales órdenes se había acordado que no conociera el juez real de diezmos, sino el eclesiástico, de los litigios sobre diezmos del obispado de Orihuela, añadiendo en la última, que no se permitiera excitar nueva competencia sobre ello; mas habiendo acudido el susodicho a su majestad, suplicándole que por las nuevas razones y fundamentos que exponía, y no se habían alegado en doscientos años de disputas, se dignara mandar que se examinara nuevamente el asunto, tuvo a bien adherir a ello, y encargarlo a esta real audiencia (2: estos autos existen en la escribanía de cámara de D. José Hurtado de Saracho). En el año de 1794 se vio precisado a dividir sus cuidados entre la administración de justicia y las fatigas militares, por obligarle el capitán general duque de la Roca, no obstante la exención que le dan las leyes, a encargarse con real despacho, del mando de una compañía de voluntarios honrados, que instruyó en el ejercicio, y lució por su buen porte y obediencia; y no pudo lograr la real licencia para el retiro de este destino hasta 6 de agosto de 1798. Continuaba en el desempeño de las obligaciones de su oficio y correspondencia con varios literatos, cuando en 23 de mayo de 1808 sucedió la gloriosa insurrección de esta ciudad (que fue la primera que tuvo la heroicidad de ejecutarlo) contra la perfidia de Bonaparte, que con apariencia de amistad atrajo y aprisionó a nuestro soberano, y quería apoderarse de sus estados. Valencia nombró al pronto una junta de sus vecinos para su gobierno y defensa, y considerando después lo mucho que convenía para la unión de todos los pueblos de este reino, y acierto de sus procedimientos, que se le agregara un sujeto de cada gobierno nombrado por sus personeros: los de la de Valencia, en 20 de enero de 1810, nombraron al Sr. Borrull con el salario de quince mil reales, que cedió para las urgencias del reino: hubo de cargar con este nuevo trabajo en las críticas circunstancias en que se hallaban las cosas, y más tristes después de la dispersión de la junta central que sucedió inmediatamente. El intendente se quejaba con frecuencia de la falta de numerario, y decía que iba a hacer punto en los pagos si la junta no le auxiliaba, la cual para el efecto nombró al susodicho y a otros dos vocales, que con su celo le proporcionaron considerables cantidades. Conociendo el mismo que el retardo en la satisfacción de las contribuciones consistía (según las ideas de aquel tiempo) en ignorar las gentes la legítima inversión de las mismas, propuso para facilitarlo, y aprobó la junta la formación de una tesorería patriótica, destinada sólo para el cobro de las contribuciones establecidas por la junta, y compuesta de tres sujetos de conocida honradez y patriotismo que sirvieran gratuitamente, y al fin cada semana publicasen en  el diario las personas que hubieran entregado algunas cantidades y su inversión, lo que produjo los más favorables efectos. Sostuvo con empeño el que para ocurrir a tantos gastos se plantificase en esta ciudad la fábrica de moneda: arreglados estos y otros puntos, y tratado con los diputados de las juntas de Cataluña, Aragón, Murcia y Cuenca, sobre la común defensa, ocurrió la invasión de Suchet en 5 de marzo: la junta había marchado en el día antecedente a S. Felipe para socorrer desde allí con gente, dinero y víveres; y el susodicho, a instancias del general, se quedó en esta ciudad, para que en representación de la junta (de que se le nombró después vice-presidente) le ayudara, tomase algunas providencias y animara a la gente: y huidos al cabo de cinco días los franceses contribuyó en gran manera, a fin de proporcionar más caudales para las urgencias del reino, a que se dispusiera el juego de la lotería, que aún no se había establecido en otra ciudad, y se ejecutó la primera extracción en la magnífica sala de la casa de la junta, que ahora es de la real audiencia, en el día 15 de abril de 1810 (1). (1: esta grande sala adornada en el siglo XVI con los bustos, según parece del Emperador Carlos V y Felipe II, con una graciosa galería que la rodea toda, y varias pinturas de los insignes profesores valencianos, había perdido por las injurias del tiempo parte de su magnificencia, y la restauró nuestro autor siendo vice-regente de la real audiencia a fines de 1826) 

La junta de Aragón, que ocupado su reino por los franceses, marchó con el tribunal de vigilancia, y los presos por delito de traición a Cataluña, y no considerándose allí segura, se refugió en la plaza de Peñíscola, solicitó que la de Valencia le concediera territorio para el ejercicio de la jurisdicción, y habiéndole esta pedido informe al Sr. Borrull, expuso: que podía concedérselo por ahora en la villa de Benicarló, mas sin poder ejecutar en la misma u otra parte del reino la pena de muerte ni de azotes (lo que no había permitido la circunspección de nuestros mayores en casos semejantes) ni prender en su término a los aragoneses, sin impartir el auxilio de la jurisdicción del territorio, ni examinar a ningún vecino de este reino, debiendo enviar requisitoria a la justicia que correspondía; lo que aprobó la junta, y en su nombre formó en 27 de abril una representación al consejo de regencia dándole cuenta y demostrando competirle facultades para ello; y en fin propuso varios proyectos para la defensa y beneficio del presente reino. Mas sólo pudo continuar en este destino hasta el mes de agosto del mismo año, con motivo de habérsele nombrado diputado para las cortes, no obstante las diligencias que practicó para evitarlo, por la dificultad que hallaba para poder desempeñar con la exactitud que exige el bien de la patria este delicado encargo; y habiendo venido la segunda convocación, fue preciso obedecer, y dirigirse por mar a la isla de León: tomó posesión de su empleo en 25 de octubre del mismo año de 1810, y permaneció allí sin interrupción alguna hasta después del 9 de septiembre de 1813, en que dijo su último discurso. La conformidad de ideas le proporcionó la amistad de los Sres. diputados D. Pedro Inguanzo, ahora cardenal, arzobispo de Toledo (2: véase su obra del dominio sagrado de la iglesia en los bienes temporales. Tomo 2.°, cap. 15, núm. 31), D. Alonso Cañedo, promovido al arzobispado de Burgos, D. Benito Hermida, secretario que fue del despacho de gracia y justicia, D. Francisco Gutiérrez de la Huerta, que murió siendo fiscal del real consejo y otros sujetos eruditos, entre ellos el conde de Maule, autor de la excelente obra de su viaje por España, Francia e Italia.

En los graves asuntos que al principio se trataron en el congreso se oía con atención cuanto exponía el Sr. Borrull; pero habiendo llegado el caso de empezarse a discutir la titulada Constitución política de España, cuando se creía que sería recibida con extraordinario aplauso, se vio que impugnaba los primeros y principales artículos, como eran las soberanía de la Nación, y las Cortes populares, y que se reputaban por juiciosos sus discursos; y así algunos genios díscolos procuraron impedir que hablase, o perturbarle al menos con el murmullo que se formaba en las galerías (1: véase el diario de las cortes, tomo 13, página 98, el Sensato, núm. 37); pero conteniéndolos con las palabras que les dirigía, o con la autoridad del presidente, y mirando con desprecio estos reprobados medios, y otros insultos que le hacían, continuó en hablar con la libertad propia del carácter de un diputado, en impugnar lo que no le parecía justo, y defender la buena causa, según consta por los diarios de cortes, y lo declaró su majestad, no sólo con el hecho de encargarle en 6 de agosto de 1814 el restablecimiento y ejercicio de la jurisdicción del tribunal real de diezmos extinguido por dicho congreso, sino principalmente con el de concederle (sin pretenderlo) en 27 de marzo de 1815 los honores de oidor de esta real audiencia, añadiendo (son palabras del real título) en premio de los servicios hechos a la religión, a mi persona y al estado en las cortes denominadas generales y extraordinarias. Y aumentando sus favores le confirió en 17 de abril siguiente el cargo de visitador de la universidad literaria de Valencia en compañía de su rector el canónigo D. Onofre Soler, y concluido este delicado negocio enviaron el expediente al real consejo con su informe, y un plan de estudios acomodado a esta universidad, que no pudo examinar aquel supremo  tribunal por los desagradables sucesos que sobrevinieron. En el día 24 del mismo mes de abril, con motivo de la suspensión de ocho ministros de esta real audiencia, le nombró oidor en comisión de la misma, confiriéndole después la propiedad, y aunque le expuso la dificultad de poder desempeñar con la exactitud que se requiere este destino, y el de la visita de la universidad, no tuvo a bien exonerarle de uno de ellos. Llegó a noticia de su majestad que por la demolición del palacio del real de esta ciudad, ejecutada en marzo de 1810, se trasladaron arrebatadamente los libros y papeles del real archivo del presente reino (que permanecía en el mismo palacio desde el año de 1419) a la casa de los jesuitas, llamada antes profesa, donde permanecían sin orden, colocados los unos en los estantes, y los otros amontonados en el suelo, y expuestos a ser pasto de la polilla y ocasión para la rapacidad de algún curioso; y deseoso de impedir la destrucción que les amenazaba, se dignó elegirlo en 11 de junio del mismo año por superintendente del citado archivo para que cuidase del cumplimiento de lo que había mandado sobre su arreglo, formación de índices, y extracto de documentos, que había encargado a D. Domingo Antonio Casanys, oficial del mismo archivo, y uno de los sujetos más hábiles que hay en esta ciudad en la paleografía; y bajo la dirección de nuestro autor, y con las instrucciones que ha dado, y celo de dicho Casanys, está muy adelantada esta obra, y cada tres meses da cuenta a su majestad, por la secretaría del despacho de gracia y justicia, de lo que se ha trabajado en ellos. En marzo de 1820 volvió a apoderarse del gobierno el partido constitucional, se juró de nuevo la Constitución en Valencia, y no pudiendo sufrir sus adictos que un sujeto que se había distinguido en impugnar sus ideas en las cortes generales y extraordinarias ocupase un lugar tan honorífico en el tribunal superior de la provincia, le suspendieron inmediatamente en el ejercicio de la plaza de oidor, y continuó en este estado mientras duró su predominio, y aunque permanecía retirado en su casa privado del trato de gentes y se ocupaba únicamente en sus libros y cuidado de su hacienda, llegó a ser insultado en los periódicos de aquel tiempo, sufriendo vejaciones y robo por algunos de los mismos a quienes se confiaba la seguridad de las personas y propiedades, contra los que se formó causa en que no quiso hacer parte en ella; y en fin en 13 de diciembre de 1822 le desterró aquel gobierno a la ciudad de S. Sebastián; pero restablecido el legítimo se le reintegró en dicha plaza de oidor, el consejo le declaró libre del juicio de purificación, hubo de cargar con el gobierno de la sala del crimen, fue nombrado juez director de la casa Galera, y ha procurado mejorar este establecimiento, así por lo tocante a la comodidad, como en orden a la corrección de las reclusas; en fin como decano le ha tocado el ser juez conservador del real hospital, y servir por tres veces la vice-regencia. Debió en el año 1814 a la real academia de S. Carlos, y después a la real de S. Fernando, que lo condecorasen con el título de académico de honor, habiéndolo propuesto a esta el serenísimo Sr. infante D. Carlos María, su jefe, con las apreciables expresiones de ser un magistrado benemérito, que a su literatura y amor a las artes, une la fidelidad más acreditada al rey nuestro señor y a su real familia: también lo ha distinguido con igual título la real academia de S. Luis, y con la de socio honorario la real sociedad económica de Valencia. 

Posee una biblioteca selecta que ha aumentado con un considerable número de libros raros y de ediciones antiguas hechas en esta ciudad, y de manuscritos de los antiguos comentadores de los fueros del presente reino, y también un monetario, aunque no copioso, pero estimable por diferentes monedas que contiene. Ha escrito:

1. Observaciones sobre el autor de la Diana enamorada que se publicó por Gaspar Gil Polo. El Sr. D. Francisco Cerdá y Rico formó un breve extracto de ellas, que imprimió en las notas a dicha obra en 1779; pero pueden verse con extensión en el primer tomo de esta biblioteca página 150.

2. Carta del abate D. Juan Andrés al comendador Fr. Cayetano Valenti (o Valentí) Gonzaga sobre una pretendida causa de la corrupción del gusto italianbo, que tradujo, aunque no puso su nombre, como ni tampoco en las de los números 4.° y 5.°, impresa en Madrid por D. Antonio Sancha, 1780, en 8.° 

3. Discurso por doña Esperanza María Vilanova en el pleito con el fiscal de su majestad y el clero de la villa de Cálig, sobre que por no tener este privilegio de amortización, ser la parienta más próxima y haberlos pedido desde luego, le habían pertenecido, ab intestato, los bienes raíces que Casimiro Cerdá dejó a dicho clero. En Madrid, por Andrés de Sotos, en 1781 en folio. Aunque trabajó este discurso, no pudo firmarlo, por no estar incorporado en el colegio de abogados de la corte. Y anteriormente se ha manifestado los favorables efectos que produjo.

4. Carta del abate D. Juan Andrés al conde de Muraribra (o Mararibra, no se lee bien), acerca de un medallón del museo Blanchim que no entendió el marqués Mafei. En Madrid, por Sancha, 1782, en 8.° Traducido por el susodicho.

5. Carta del abate D. Antonio Eximeno al R. P. maestro Mamachi sobre la opinión que defiende el abate Andrés en orden a la literatura de los siglos bárbaros. Madrid, por Sancha, en 1814, en 4.° Traducido por el dicho.

6. Breve descripción del estado en que se hallaba el famoso teatro saguntino, y de las funciones dramáticas que se representaron en él en 30 de agosto 1, 3, y 4, de septiembre de 1785. Por la grande novedad de ejecutarse ahora estas funciones en un teatro construido tantos siglos ha, y cuando otros se hallan enteramente destruidos, le encargó el Sr. D. Eugenio Laguno su descripción, que se publicó en la gaceta de Madrid de 14 de octubre, en la gaceta universale de 19 de noviembre, en el correo de Europa, y en otras de los países extranjeros.

7. Exposición a su majestad suplicando que no obstante de haberse acordado tres veces tocar el conocimiento de los pleitos sobre el pago de los diezmos de Orihuela al eclesiástico, y mandado en la última que no se permitiese nueva competencia sobre ello; pero que por las nuevas razones que alegaba en defensa de la jurisdicción real, y no se habían propuesto en doscientos años de disputas, se examinase nuevamente el asunto. Anteriormente se ha dicho que el rey adhirió a esto, encargándolo a la real audiencia de Valencia, y en los autos formados sobre ello está la referida exposición.

8. Disertación contra Mr. Frankenau, que publicó ser pocos los comentadores de los fueros de Valencia, demostrando que hubo diez y nueve antes de Belluga, la edad en que vivieron, sus empleos y escritos que compusieron. El ilustrísimo Sr. Bayer insertó en las notas al tomo segundo de la Biblioteca Hispana vetus de D. Nicolás Antonio, página 99, un extracto de ella elogiando al autor.

9. Catálogo de los lugartenientes generales de la orden de Montesa, posteriores a los que refiere Samper en su Montesa ilustrada, añadiendo los diferentes sucesos que experimentó la orden en el espacio de estos cien años. Se lo encargó el R. P. Roberto Muñiz, y lo publicó en el tomo 8.° de su médula cisterciense.

10. Biblioteca Montesiana, o de los individuos de esta orden, que se han dado a conocer por sus escritos en la república literaria. Lo insertó el mismo en dicho tomo.

11. Discurso sobre la Constitución que dio al reino de Valencia su invicto conquistador el Sr. D. Jayme I. En Valencia, por D. Benito Monfort, 1810. Un tomo en 4.° que contiene también los efectos favorables que produjo, las ventajas que lleva a otras, y una impugnación de la que quiso dar a España el tirano Bonaparte en el ilegítimo congreso de Bayona.

12. Fidelidad de la ciudad y reino de Valencia en tiempo de las guerras civiles que empezaron en el año de 1705. En Valencia, en la misma imprenta y año. Un tomo en 4.° Se anunció con elogio en el diario de la tarde de 17 de noviembre de 1811, y también se lo da, refiriendo esta obra, el Sr. D. Nicolás María de Sierra en la del origen progresos y variaciones del consejo de estado. Impreso en Cádiz en 1812.

13. Relación del sitio que intentó poner a la ciudad de Valencia el mariscal Suchet en 5 de marzo, y de su ignominiosa fuga al cabo de cinco días. Se publicó en la gaceta extraordinaria de Valencia de 14 de marzo de 1810, en la de la regencia de 2 de abril siguiente, y en muchas otras nacionales y extranjeras. 

14. Discurso que dijo en las sesiones públicas de las llamadas cortes generales y extraordinarias en 16 de diciembre de 1810, proponiendo el método más conveniente al estado y a los particulares para el cobro de las contribuciones. Impreso en el tomo segundo del diario de cortes, página 5 y siguientes; y no refiero otros anteriores por no haberse impreso en el tomo primero. 

15. Otro en 29 de diciembre sobre la nulidad de los actos o convenios ejecutados por los reyes de España estando en poder de los enemigos que puedan ocasionar algu´n perjuicio al reino. Tomo segundo, página 153. Los taquígrafos omitieron varias cosas que expuso, y lo dijo con la idea de impedir que la desmedida ambición de Bonaparte intentara obligar al rey a convenir en algunos de dichos asuntos favorables a sus proyectos: otros diputados añadieron diferentes especies en que no tuvo intervención alguna.

Otro en 25 de enero de 1811 sobre no deberse dar a la América representación en estas cortes igual a la de la península, sino la dispuesta por la junta central. Tomo tercero, página 88. = No se le dio.

17. Otro en 31 de enero, oponiéndose a la revocación del decreto sobre enviar para su examen a la inquisición el papel de la triple alianza. Tomo tercero, página 182. Este discurso en los términos en que está concebido, es obra de los taquígrafos, por haber omitido varias razones que dijo, puesto otras que les han parecido, y achacado que alegó una práctica que sabía ser falsa. - No se revocó.

18. Otro en 3 de febrero, impugnando la proposición de Rodrigo sobre la extinción de las juntas provinciales, en que habló en particular de la de Valencia. Tomo tercero, página 229. Los taquígrafos han omitido muchas cosas que dijo, y manifiestan los puntos que han puesto de una cláusula a otra. - Se negó la extinción.

19. Otro en 8 de febrero sobre que el tribunal que ha de conocer de las causas de los diputados de cortes ha de componerse de individuos de las mismas y variarse para cada causa. Tomo tercero, página 293.

20. Otro en 4 de marzo, manifestando deberse extinguir la junta de represalias por los muchos perjuicios que resultan de multiplicarse las autoridades &c. Tomo cuarto, página 122. Se omiten muchas cosas que dijo, como lo manifiestan los puntos puestos de una cláusula a otra. - Se extinguió.

21. Otro en 18 de marzo sobre creación del tribunal de honor, declarar las verdaderas ideas de este, y no corresponder que conozca primero el mismo, y después el militar. Tomo cuarto, página 266.

22. Otro impugnando el proyecto de Canga Argüelles sobre que en lugar de la contribución extraordinaria de guerra, se imponga un 30 por 100 a los diezmos eclesiásticos, un 45, 50, 60 0 65 por 100 a los seculares poseedores de diezmos, atendido el origen de las adquisiciones, y que los intendentes exijan el tanto que estimen a los poseedores de los oficios de la república &c., título 4.°, página 321. - Se desechó.

23. Otro en 26 de marzo sobre las ventajas que en todos tiempos ha proporcionado la táctica militar, que en la celebrada de Bonaparte reconoce el mismo sus defectos, y que se nombre una comisión para mejorarla. Tomo 4.°, página 365 y 369.

24. Otro en 16 de abril impugnando el proyecto sobre arreglo de comisiones del congreso nacional. Se cita, mas no se inserta en el tomo sexto, página 94; pero se imprimió en la imprenta real en 1811. - Se desechó el proyecto.

25. Otro en 26 de mayo oponiéndose al nombramiento de diputados de cortes para la intervención y asistencia en la tesorería, y manifestando que si ocupan esta sujetos de confianza, resultarán efectos muy favorables, como se vio en la tesorería pública de Valencia. Tomo sexto, página 90. - Se denegó. 

(Es normal que cuando agarraron el poder los rojillos de entonces, como Pedro Sánchez en nuestros días, se lo quisieran quitar de encima de cualquier forma).

26. Otro en el mismo día manifestando el grande aprecio que el famoso teatro saguntino había merecido a los príncipes y eruditos; que la nación no podría evitar la nota de barbarie que le achacaban los forasteros si ahora que estaba reunida permitía su destrucción, como la proyectaban los encargados de la fortificación del castillo de Murviedro, y así pedía que se le continuara la protección que le dispensó el rey D. Carlos III, y se acordara que no pudiera derribarse sin especial orden del congreso: a lo cual adhirió este. Tomo sexto, página 98.

27. Otro en 7 de junio sobre las proposiciones del diputado García Herreros, manifestando no proceder la incorporación de los señores jurisdiccionales, y menos en Valencia la de la jurisdicción alfonsina, ni tampoco la de los derechos que se cobran por el establecimiento de las heredades (sobre que propuso un medio que podía adoptarse) que debía ser libre la fabricación de las almazaras, y que en caso de abolirse los derechos privativos debían exceptuarse los de las aguas, y que de otro modo, en perjuicio del estado, quedaría arruinada la preciosa huerta de Valencia. Tomo sexto, página 212. - Sólo se aprobó el pago de derechos.

28. Otro en 7 de julio demostrando los defectos del reglamento de la libertad de imprenta y medios de corregirlos. Tomo siete, página 56. (La libertad de escribir mentiras y que la gente que lee esos panfletos las vaya esparciendo. ¿Os suena?)

29. Otro breve en 25 de julio contra el proyecto de anular todas las distinciones militares concedidas por juntas o jefes particulares. Tomo siete, página 185. - El diputado Mexía (Mejía) reconoció la fuerta de este discurso. Se suspendió por entonces la aprobación.

30. Otro en el mismo día sobre no haber necesidad para crear una nueva orden militar, ni motivo para la supresión de las que hay. Tomo siete, página 192. - Se acordó que no se suprimieran estas.

31. Otro en agosto impugnando el dictamen de la comisión de guerra, sobre admitir en los colegios y cuerpos militares privilegiados a los de familias honradas, y defendiendo a la nobleza de las notas que se le imponían. Impreso en Cádiz por D. Antonio Murquía, 1811, en 4.° 

32. Otro en 28 de agosto contra el artículo tercero de la Constitución política de la monarquía, probando no residir esencialmente la soberanía en la nación. Tomo octavo, página 54. - El excelentísimo Sr. arzobispo Vélez, no sólo lo cita en el título segundo de su apología del altar y del trono, página 139, sino que forma un extracto de él, y lo defiende en el tomo tercero de su apología, página 78, de la interpretación que le dio el diputado Villanueva. - Se sabe lo acordado sobre los principales artículos de la Constitución, y así no se reproduce, y añado que el dicho fue uno de los veinte y cuatro que reprobaron el artículo, aprobándolo ciento veinte y ocho.

33. Otro en 12 de septiembre contra los artículos 27 y 29 de dicha Constitución, probando la necesidad de componerse las cortes de estamentos y facilidad de formarlos aun dada representación a la América. Tomo octavo, página 255. - El Sensato, número 37, dice, que lo defendió con energía.

34. Otro en 20 de septiembre contra el artículo 31 de dicha Constitución, manifestando los grandes perjuicios que resultan de la multitud de votos. Tomo octavo, página 392.

35. Otro en 28 de septiembre contra el artículo 92 de la misma, probando que para ser diputado no es menester que su renta sea de bienes propios; y perjuicios que resultarán de lo contrario. Tomo nueve, página 21.

36. Otro en 4 de octubre contra el artículo 139 de la misma, por no bastar para la formación de las leyes la cuarta parte y uno más de la totalidad de los diputados. Tomo nueve, página 104.

37. Otro en 7 de octubre contra el artículo 155 de la misma, en cuanto dispone que en la fórmula para promulgar las leyes se titule a su majestad Rey por la Constitución de la Monarquía Española. Tomo nueve, página 139. - En el diario de la tarde se dice que lo probó con una erudición majestuosa.

38. Otro en 20 de octubre defendiendo que el reino o las cortes que lo representan, deben prestar juramento al príncipe de Asturias e insertarse su fórmula en la Constitución, y respuesta a la objeción del diputado Argüelles. Tomo nueve, página 350.

39. Otro en 22 de octubre sobre deberse conceder a D. José Colón, decano del consejo, la venia que solicitaba para representar a las cortes lo que creyese corresponder a su derecho sobre las providencias del tribunal creado para conocer de la causa instada contra los consejeros, por haber tratado de representar a las cortes contra la soberanía del pueblo. Tomo nueve, página 406. - Pretensión de Colón muy controvertida, de que resultaron funestas consecuencias. 

40. Otro en 22 de noviembre contra la proposición del conde Toreno, sobre que a más del tribunal supremo de justicia se formase otro para hacer efectiva la responsabilidad de los magistrados. Tomo diez, página 200. - Retiró su proposición.

41. Otro en 30 de noviembre demostrando contra Argüelles estar mandado por las leyes, hechas en las cortes de Castilla, que haya cuarta instancia en los juicios, si la tercera sentencia es revocatoria de los dos anteriores. Título 10, página 263. - Hay un extracto en que los taquígrafos le achacan las especies que no dijo, y omiten las que dijo, y para que conozca todo lo dicho véase el de 26 de enero de 1812. Tomo once, página 398.

42. Otro en 21 de diciembre contra la ordenanza de montes, en cuanto prohíbe cortar los árboles. Tomo diez, página 434. - Se revocó dicha ordenanza. - Es notable y erudito este discurso.

43. Otro en 31 de diciembre contra la proposición de Argüelles, de que no se pueda nombrar a alguna persona real para la regencia del reino. Tomo once, página 59. - No pudo sostenerla, y la limitó al tiempo presente.

44. Otro en 23 de enero de 1812 contra los artículos 379 y 383 de la Constitución, sobre necesitarse de las dos terceras partes de votos para revocar cualquier artículo de la Constitución. Tomo once, página 354.

45. Otro en 4 de marzo contra el informe de la comisión, que opinaba que debían establecerse nuevas leyes sobre la fidelidad o infidelidad de los juramentos. Tomo doce, página 173. - Se suspendió tratar sobre esto hasta después de publicada la Constitución. 

46. Otro en 17 de marzo contra la proposición de Anerde, que mientras se plantifica la Constitución pueda responder la regencia por informes privados a los magistrados. Tomo doce, página 303. - En el diario de la tarde se titula erudito y fundado en razones sólidas a este discurso. - Se reprobó la proposición.

47. Otro en 25 de marzo en defensa de la proposición que hizo sobre que para oficiales de la secretaría del despacho se nombrase a sujetos de talento que hayan seguido la carrera propia de la secretaría y acreditado su instrucción en ella. Tomo doce, página 325, pero no se admitió a discusión con admiración universal. 

48. Otro en 4 de abril contra el restablecimiento del tribunal especial de hacienda, propuesto por la comisión de Constitución. Tomo doce, página 408. Se negó. - Es notable este discurso.

49. Otro en 13 de abril, probando la nulidad del nombramiento de consejero de estado hecho por las cortes a favor del general Blake. Tomo trece, página 18 y 106.

50. Otro en 22 de abril, demostrando que por la extinción de los consejos no quedó extinguido el de la inquisición. Título 13 y 98. - El excelentísimo Sr. arzobispo Vélez, tomo primero de su apología, página 217, dice que habló con la mayor solidez. En el diario de la tarde del día siguiente se titula elocuente a este discurso, manifestando la frecuencia con que desde las galerías le interrumpen cuando habla (gente pagada por los rojos de antes); y el sensato, número tercero, explica lo mismo. - Se volvió el expediente a la comisión.

51. Otro respondiendo a una impugnación de este discurso que antecede que hizo el redactor general, impreso en el periódico el sol de Cádiz, número primero.

52. Discurso en 4 de mayo demostrando la precisión de disolver estas cortes, y que no deben concurrir a las otras los mismos diputados. Tomo trece, página 183. = En el diario de la tarde se habló del ruido que se movió en las galerías cuando este diputado tomó la palabra (los voncingleros y bocachanclas rojos pagados de entonces) - Se acordó que las cortes podrían cerrar sus sesiones, mas no disolverse.

53. Otro en 5 de mayo sobre deberse empezar las cortes siguientes no en 1.° de octubre de 1813, como opina la comisión, sino en 1.° de marzo con arreglo a la Constitución, y modo de suplir los diputados que no hubiesen llegado, y respuesta a la impugnación del mismo que hizo García Herreros. Tomo trece, página 195 y 107. - En el diario de aquella tarde se dice que estaba fundado el discurso en sólidas razones, y que fue oído con gusto del pueblo. - Se adoptó el modo de suplir los diputados ausentes. 

54. Otro en 5 de junio probando que estas cortes deben cerrar sus sesiones algún tiempo antes de la reunión de las ordinarias. Tomo trece, página 189. - En el diario de la tarde del 7 se dice que hizo un sólido discurso con el decoro que le es característico.

55. Otros en 17 y 18 de agosto sobre la averiguación de los culpados en la desgraciada batalla de Castalla de 21 de julio, nombrando para ello al general Copons. Tomo catorce, página 439, y tomo quince, página 10.

56. Otro en 31 de agosto contra el artículo 33 del proyecto del arreglo de audiencias, probando no deber extinguirse los tribunales privativos hasta que se declare los que deben quedar, y que no procede la extinción del de los acequieros de Valencia (tribunal de las aguas, de les aigües). Tomo once, página 66.

57. Otro en 13 de octubre en defensa del voto de Santiago. Tomo 15, página 395.

58. Otro en 11 de diciembre sobre deberse establecer diputación provincial en Cádiz, y respuesta a la impugnación del diputado Morales Gallego. Tomo diez y seis, página 323. - El procurador general del 12 dice que hizo un largo y fundado discurso. - Se mandó establecer en Cádiz.

59. Otro en 19 de enero de 1813 sobre que el tribunal de la inquisición no es incompatible con la Constitución. - Impreso en el diario de cortes en el tomo de la discusión sobre la inquisición, página 353. También en el apéndice número 4 del procurador general, y después en Valencia por José Ferrer de Orga, dicho año, en 4.° 

- Lo celebraron el procurador general del 20 y muchos otros.

60. Otro en 29 de enero impugnando el artículo 3.° del capítulo 4.° del proyecto de decreto sobre los tribunales protectores de la religión, en que se prescribe que los obispos en el seguimiento de las causas de fe tengan por conciliarios a los cuatro canónigos de oficio, y que si disiente alguno lo note, y servirá para no imponer pena capital al reo. Impreso en el apéndice número 18 del procurador general; pero se cometieron dos faltas considerables, una en la página 3.a, línea 4.a, omitiendo después de la palabra Papa las siguientes: y los cabildos, y en la linea 11, después de la palabra Toledo, las de D. Bernardo, según él.

61. Otro en 17 de febrero contra la comisión que da a las pruebas suministradas durante la dominación enemiga la misma fuerza que si fueren dadas en el tiempo del gobierno legítimo; y que se deje conceder algún término para que los litigantes puedan producir otras. Tomo diez y siete, página 261.

62. Otro en 31 de marzo contra el artículo 1.° del capítulo 5.° del nuevo reglamento de la regencia, por el cual se exime de la responsabilidad a los regentes, imponiéndola a los secretarios del despacho. Tomo diez y ocho, página 122. - El procurador general en el de 1.° de abril celebra la solidez del discurso.

63. Otro en 21 de abril contra el artículo 4.° del proyecto de la comisión de agricultura en que se da la preferencia a un vecino en el arriendo de tierras concedido a un forastero que no se avecinde en el pueblo. Tomo diez y ocho, página 383.

64. Otro en 28 de abril contra el informe de la comisión que proponía la observancia sin  alteración del primitivo decreto sobre la libertad de imprenta, demostrando contener algunos puntos contrarios a la Constitución. Tomo diez y ocho, página 461. El procurador general en 30 celebra lo juicioso del discurso, y también Argüelles en el que dijo después. - Volvió a la comisión y se corrigió en parte. Tomo diez y nueve, página 268.

65. Otro en 12 de junio contra la comisión de Constitución, que propuso no pudieran ser diputados de cortes los M. R. arzobispos ni obispos, ni sus provisores por las provincias en que residen. Título 20, página 172.

66. Otro en 26 de julio contra la contribución directa. Tomo veinte y uno, página 220.

67. Otro en 31 de julio contra el artículo 7.° del mismo sistema de contribuciones, en que se prescribe que el censo de la riqueza territorial e industrial del año de 1799, publicado en el de 1803, sirva de regla para distribuir la contribución directa entre las provincias, manifestando los defectos insanables que equivocadamente supone ser la provincia de Valencia la más rica de España, que intenta imponer las contribuciones por los frutos de un año, y que ahora que España está arruinada pague las riquezas que tenía antes. Y respuesta a los reparos opuestos por el diputado Porcel. Tomo veinte y uno, página 310. Reimpreso en Cádiz por D. Antonio Muguía, dicho año, en 4.° El procurador general en el tomo 4.°, página 34 y 75 publicó un breve extracto de él. - El Atalaya de la Mancha en el número 44 de 10 de diciembre de 1813 dice: Discurso que no hizo fuerza; pero al cual no sé yo qué respuesta conveniente pueda darse.

68. Otro en 31 de julio sobre la distribución de las aguas del Turia en tantos canales, y deberse conservar en clase de especial el tribunal de los acequieros de la huerta de Valencia muy importante para conservar en un estado floreciente la agricultura. Tomo veinte y uno, página 300, y lo imprimió también el procurador general en el de 15 de agosto. Se tradujo al francés, y el erudito Mr. Jaubert de Passá, dando muchos elogios al autor, lo imprimió en su obra Recherches sur les arrosages etc. En París, en la oficina de madama Huzard en 1823. Las cortes lo mandaron pasar a una comisión, y ni las mismas, ni las demás que ha habido, han acordado providencia sobre ello, y no obstante de que por ser privativo este tribunal debía, según la Constitución, extinguirse, continuó en el ejercicio de sus funciones durante la denominación de la misma.

69. En resulta de haber aprobado las cortes dicho artículo 7.° del nuevo sistema de contribuciones, movido del deseo de aligerar las excesivas que habían de cargar sobre el reino de Valencia, hizo en 7 de agosto la siguiente adición al referido artículo. = Que estando lleno de enormes falsedades el censo de la riqueza territorial e industrial de 1799, y no correspondiendo imponer por las riquezas que en él se les atribuyen, y no han tenido ni tienen, se rebajen de dicho censo todas aquellas partidas, cuya falsedad consta por el mismo, o se acredite por otros medios. Se publicó esta adición sin el discurso que hizo en el tomo veinte y uno, página 379, añadiendo: no se admitió a discusión, lo que causó una extraordinaria admiración.

70. Otro en 15 de agosto sobre que la reunión de las cortes ordinarias debía ser en Madrid. Tomo veinte y dos, página 48. Hay muchas erratas: se imprimió también por el procurador general en el de 10 de septiembre.

71. Otro en 8 de septiembre sobre la precisión de establecer dos cátedras de cirugía, una de teórica y otra de clínica en la universidad de Valencia, y poderse hacer sin coste del real erario. Tomo veinte y dos, página 479: y reimpreso por el procurador general en el de 10 de septiembre. - Se mandó pasar a la regencia.

72. Otro en 9 de septiembre contra la injusta y exorbitante contribución de 50 millones impuesta al reino de Valencia, mayor que a los demás de España. - Se omite en el diario de cortes; pero lo imprimió el procurador general en el 11 del mismo.

En las sesiones secretas.

73. Otro en 2 de enero de 1811 sobre admitir al reverendo obispo de Orense a prestar el juramento a la Constitución, y permitirle restituirse a su diócesis. - Se le había negado dos veces, y en vista de este discurso se le concedió.

74. Otro en 5 de enero instando para que se socorriese a Tortosa y a Valencia, y proponiendo medios para lograrlo.

75. Otro en 19 de febrero contra la venta de los presidios menores, Melilla, Peñón y Alucemas, propuesta por la regencia para surtir de trigo a los ejércitos, manifestando otros medios para conseguirlo.

76. Otro en 26 de marzo para lo mismo. - Se negó también.

77. Otro en 9 de diciembre en que examinando la legislación de los diferentes reinos que componen la monarquía de España manifiesta el orden que debe seguirse en la sucesión de la misma.

78. Otro en 26 de febrero de 1812 contra la propuesta de la comisión de Constitución sobre excluir de la sucesión del reino a los Sres. infantes D. Francisco de Paula y doña María Luisa, reina que fue de Etruria, y habiéndose conformado las cortes con dicha propuesta presentó en el día siguiente su voto contrario a ella.

Muchos otros discursos dijo en el espacio de tres años que duraron las cortes, y no los refiero por no alargar demasiado este artículo; mas pueden verse en los diarios de las mismas.

Otras obras impresas.

79. Noticia de las nuevas misiones de los padres de la compañía de Jesús en la provincia de Saratowia del imperio ruso, traducida del italiano por susodicho que no puso su nombre. En Valencia, por D. Benito Monfort, 1815. Un tomo en 8.° 

80. Noticia del extraordinario mérito del célebre P. Juan Andrés de la compañía de Jesús, prefecto de la biblioteca del rey de Nápoles y de su muerte, que compuso el Sr. Borrull, y se publicó en el diario de Valencia de 10 de abril de 1817, y en la gaceta de Madrid de 28 del mismo.

81. Exposición a la real academia de S. Carlos en 23 de abril de 1821, sobre deber trasladarse a la misma los apreciables cuadros que existían en los monasterios de esta provincia. Impreso por acuerdo de dicha academia por D. Benito Monfort, 1821, en 4.° Y elevado al gobierno mandó ejecutarlo, y por diligencias de su autor se ha conseguido que para adelantamiento de los alumnos, y honor del reino, se entregaran a dicha academia por vía de depósito los retratos de valencianos ilustres que había en el monasterio de nuestra señora de la Murta.

82. Discurso leído en la real audiencia de Valencia en 2 de enero de 1827 sobre la dignidad y esplendor de la misma, especiales honras con que la han ennoblecido los soberanos, y calidad de ministros que la han ilustrado. En dicha ciudad y año, por Monfort, en 4.° mayor. 

83. Discurso sobre las distribuciones de las aguas del Turia y tribunal de los acequieros. Tercera impresión española ilustrada con varias notas. En Valencia, por dicho Monfort en 1828. Un tomo en 4.° 

84. Observaciones de D. Ramón Diosdado, caballero sobre la patria del pintor José de Ribera, llamado el españoleto, traducidas del italiano, e ilustradas con algunas notas por el dicho, aunque no puso su nombre. En Valencia, por Monfort, 1828. Un tomo en 4.° 

85. Discurso leído en la real audiencia de Valencia en 2 de enero de 1829 sobre las dificultades de la interpretación de las leyes y últimas voluntades de los testadores y medios de vencerlas. En dicha ciudad, por Monfort. En 4.° mayor. 

Inéditas.

86. De asserenda Valentinorum eruditioe apologética narratio en 1776.

87. De vita et scriptis Fr. Josephi Emmanuelis Mignanae Ordinis Sanctiis. Trinitatis Redemptionis captivorum Commentarium.

88. Vida del insigne general valenciano D. Carlos Coloma, celebrado no menos por su escritos que por sus acciones militares y políticas.

89. Historia de la legislación con que se gobernó Valencia antes de la venida de los romanos, en tiempo de la denominación (dominación) de estos, de los godos y sarracenos, y de la particular que le dio el Sr. D. Jaime I.

90. Tratado de los tributos ordinarios y extraordinarios que se pagaban en el reino de Valencia cuando se gobernaba por sus fueros.

91. Demostración del día, mes y año en que se descubrió la imagen de nuestra señora de los ángeles, venerada en la villa de S. Mateo.

92. Explicación de una lápida que se descubrió en esta ciudad en 11 de junio de 1807, dedicada a M. Numio Senecion Albino, probando que fue el hermano del emperador Didio Juliano, y corrigiendo el árbol genealógico del Jeto. Salvio Juliano que formaron Reinesio y Heinecio.

93. Colección de las inscripciones romanas, descubiertas en esta ciudad y su reino. En la prefacion demuestra el aprecio que han hecho los valencianos de estas memorias de la antigüedad, que Juan Andrés Strany fue el primero de los españoles que formó una colección de ellas, y la falsedad de haber sepultado algunas en los cimientos del puente de Serranos. Un tomo en 4.° 

94. Diario de las sesiones secretas de las llamadas Cortes generales y extraordinarias que tuvo la curiosidad de notar en su casa. Un tomo en 4.° 

95. Colección de bulas y reales órdenes sobre diezmos del reino de Valencia. Un tomo en folio.

96. Sentencias que dio siendo juez de diezmos y fundamentos en que se apoyó. Un tomo en folio.

97. Competencias de jurisdicción que sostuvo regentando dicho cargo. Un tomo en folio.

98. Noticia de la memorable insurrección de este reino, dispuesta en 1823 por el general D. Rafael Sempere contra el gobierno constitucional, sus respectivos triunfos y creación acordada por el mismo de la junta gubernativa de dicho reino, sus providencias y sucesos. Nuestro autor recogió todas sus actas y papeles, y encuadernándolos en tres tomos en pasta, puso en el primero esta noticia, y los colocó en el real archivo del presente reino.

Y algunas otras menos considerables.

BIBLIOTECA VALENCIANA.

jueves, 20 de enero de 2022

Biblioteca valenciana. Escritores del siglo XVII. Parte 2.

BIBLIOTECA VALENCIANA.

FREY D. JAIME SALVADOR.

1678.

Nació en la villa de Cervera de este reino, por los años de 1620; fue hijo de Miguel Salvador, familiar del santo oficio, y de Esperanza Cardona, consortes: familias de las más antiguas y distinguidas de la citada villa; y manifestando mucho talento y grande afición al estudio, le enviaron sus padres a la villa de S. Mateo, para que aprendiera la gramática bajo la enseñanza de mosen Francisco Gavaldá, sujeto muy celebrado, y de quien hacen honorífica mención Rodríguez y Ximeno, en sus Bibliotecas. Pasó a Valencia a estudiar filosofía, y a Huesca la jurisprudencia, que concluyó después en esta universidad de Valencia: consiguió mucho crédito por su aplicación y adelantamiento en dichas ciencias, y movido del digno ejemplo que le dio su tío el Ilmo. Sr. Fr. D. Felipe Marimón, obispo de Ampurias, y electo arzobispo de Sacer, pretendió y logró que se le vistiese el hábito de fraile de nuestra señora de Montesa en 10 de mayo de 1643: profesó en el año siguiente; y en el de 1647 se le dio el curato de la parroquial de la villa de Albocácer, en cuyo destino acreditó su grande religión y celo, asistiendo a los enfermos de la peste que se introdujo en este Reino, y socorriendo sus necesidades, no sólo con las rentas del curato, sino también con las suyas propias: por lo cual se le eligió cura de la encomienda de Silla en 1651; mas no llegó a tomar posesión, porque instruido de su mérito el Sr. D. Felipe IV, le nombró en el mismo año por capellán de honor suyo, haciéndole merced en el siguiente de 200 libras de pensión sobre el arcedianato mayor de Valencia; y en el de 1653, de 150 libras de casa y aposento para sí y sus sucesores, sobre la receta de Mallorca. Hasta entonces el hospital de nuestra señora de Monserrate, de la Corona de Aragón, había tenido por administrador a un simple clérigo; pareció al Consejo que fuese mayor su representación para su mejor gobierno, y así en consulta de 7 de mayo de 1657, expuso: Que S. M. tenía Capellanes de Honor por la orden de Montesa, que siempre se atendía que lo fuesen los más adelantados, y que sería bien que en adelante se eligiese a uno de los mismos por administrador de dicho hospital. Vino bien S. M. en ello, y nombró a D. Jaime que entró en la administración en 23 de noviembre siguiente (Samper, colectoría de misas de dicha iglesia de Monserrate vindicada, impresa en 1694, número 18.) Y en 1661 le concedió el priorato de S. Jorge de Alfama. No considerándose sitio oportuno para la curación de los enfermos el barrio de Lavapiés, donde estaba el referido hospital, acordó S. M. que se fabricase en la calle de Atocha, casi enfrente del de Antón Martín; y en 21 de marzo de 1658, se puso la primera (primer) piedra del nuevo hospital, con asistencia del consejo de Aragón, ejecutándolo su regente, después cardenal, D. Pascual de Aragón, acompañándole con capas los tres Capellanes de honor, D. Mateo Fraso, D. José Valls y el susodicho (Samper, ibid. núm. 22). Fue mucho lo que trabajó en la citada obra, muchas las dificultades que tuvo que vencer, y disgustos que se le ocasionaron. Mereció por su gran ciencia y recomendables circunstancias, un alto concepto a los señores patriarcas, al Excmo. Sr.  Vice-Canciller del Consejo de Aragón, D. Cristóbal Crespí de Valldaura; a los regentes del Consejo de Aragón, y a los literatos; y así Samper, en su Montesa ilustrada, parte 4.°, número 284, le aclama por excelente jurisperito, celoso de la religión, y digno de mejores puestos. Y lo reconoció el consejo; pues habiendo muerto en 21 de julio de 1678 el Ilmo. Sr. D. José Verge, obispo de Orihuela, se le consultó para este obispado (consta por los papeles que he visto); pero habiéndose interesado eficazmente el arzobispo y virrey D. Juan Tomás de Rocabertí, por el P. M. Fr. Marcelo Marona, religioso de su orden, como lo dice el canónigo Prats, en su sermón de honras, se dio a este aquella mitra; y aunque por renuncia del mismo hubiera podido obtenerla, lo impidió su muerte acaecida en 20 de septiembre del mismo año, habiendo tenido la satisfacción de ver concluida la obra del hospital, bendecir él mismo su iglesia con licencia del Sr. patriarca en 20 de abril, y decir la primera misa en 1 de mayo del citado año, con asistencia del consejo de Aragón. Escribió: 

1. Historia de la fundación, traslación, y cosas notables del real hospital de nuestra señora de Monserrat, de la Corona de Aragón, lo que ejecutó por encargo del Excmo. Sr. Vice-canciller D. Cristóbal Crespí de Valldaura, cuya historia estaba escrita con mucho juicio y crítica; sirvió para que corrigiese Samper algunas equivocaciones en su Montesa ilustrada; tenía él mismo el autógrafo, y en lugar de conservarlo en el Archivo, lo presentó al Rey con dicha obra de Colectoría de misas (véanse los números 7, 13, 55 y 56 de ella).

2. Constituciones para el gobierno de dicho Hospital, que trabajó de orden del Consejo; y aunque Samper las intitula apuntamientos por no estar aprobadas aún por dicho Tribunal; pero hallando que su contenido era conforme a lo que dictaba el derecho, enseñaban los autores, y se observaba en este y en otros Hospitales Reales, se vale de las referidas constituciones, y copia algunos de sus artículos, así en papel que escribió con motivo de la competencia movia en 1683, por D. Bernardo Pujol (Pujól), secretario contador del hospital, núm. 9, como también en dicha obra de Colectoría de misas, número 126 y 127.

3. Discurso sobre competir la jurisdicción eclesiástica del real hospital de Monserrat al Sr. Patriarca, y no al Ordinario, como pretendían algunos que habían acudido con esta solicitud al Consejo de Aragón, lo presentó él mismo, el cual conformándose con su dictamen, acordó en 27 de abril el decreto siguiente: Corra esto que toca a la jurisdicción del Hospital de Aragón como hasta aquí (que era ejercerla el Sr. patriarca); y si entre el Sr. Patriarca y el Ordinario se moviere algún pleito, seguirán su justicia. Samper tenía este discurso escrito de mano del autor, y lo presentó al Rey con dicha obra. Colectoría de misas. (Ibid. núm. 55, y nota T, y nota C.)

ILMO. D. FR. JUAN BAUTISTA SORRIBAS.

1678.

Ximeno, tomo 2, pág. páginas 83 y 365.

Carmelita. Se añade que fue hijo de la parroquial de S. Miguel de Valencia, bautizado en su pila en junio de 1631. Tomó el hábito en el convento de su patria en 29 de abril de 1645. Profesó en 17 de junio 1647, en manos del M. Fr. Anastasio Vives de Rocamora, prior (después obispo de Segorbe, siendo provincial el Ilmo. Olginat de Médicis, después obispo de Orihuela). Habiendo pasado a Madrid por negocios importantes, fue nombrado predicador del rey Carlos II en 1 de junio de 1666. Después el mismo monarca le eligió para obispo de Ampurias en la isla de Cerdeña a 27 septiembre de 1674, y en 1 de abril del mismo año le consagró en el convento de Onda el Ilmo. Vives de Rocamora, con asistencia del recién electo obispo de Segorbe D. José Sanchiz, y de D. José Barberá, obispo Maronense. En el mismo año, día 2 de octubre, tomó posesión de su dignidad por medio de un procurador. Habiendo llegado a su iglesia en 10 enero de 1675, empezó a visitarla, no obstante el rigor del invierno, corriendo toda su diócesis hasta 4 de mayo, en que concluyó. Murió (según el libro de difuntos del convento del Carmen) en 11 diciembre 1678.

De la obra que trae Ximeno, núm. 1: Perfecto cura de almas, hizo de ella un compendio D. Fr. Antonio Agustín, monje jerónimo y obispo de Albarracín, del que habla Nicolás Antonio, tomo 2, diciendo que se imprimió en Gerona año 1665.

La obra del núm. 2: Sermones &c. dice Villiers, biblioteca carmelitana, que estaba para publicarse un segundo tomo de esta obra.


D. RODRIGO ARTÉS Y MUÑOZ.   

1680.

Caballero valenciano, hijo legítimo de las musas: “tan conocido por su nobleza, por su ingenio, por sus prendas y erudiciones, como lo acreditan las experiencias de sus aciertos en certámenes y academias.” Así se explicó el P. Fr. José Carbó en el vexamen de las obras poéticas que se trabajaron en las fiestas por el declarado culto inmemorial de San Juan de Mata y San Félix de Valois, a la pág. 535 del libro en que las historió el P. José Rodríguez, impreso en Valencia, año 1669, en el cual desde dicha página se lee el vexamen en verso que pronunció sobre el mérito de las obras el citado D. Rodrigo como juez de aquel certamen.

A la verdad, no hay una colección impresa de sus poesías; pero son tantas en número, que corren esparcidas en varios libros que manifiestan en evidencia el gran numen poético de nuestro Artés; daremos noticia de las que hemos visto en varios libros.

Al principio de la obra de Murs y Valls de D. José Llop, hay un soneto; igualmente hay versos del mismo en las páginas 32 y 51 de la real academia celebrada en Valencia en 6 de noviembre 1668, al cumplir siete años la majestad de Carlos II, impresa en dicha ciudad el año 1669, en 4.° También en la página 30 de otra academia celebrada en ella, que se tituló: Sol de academias, impreso en 1658, en 4.°, en la cual se lee (pág. 55) como el referido Artés era el tercero y último de sus hermanos; del mismo hay un soneto al fin del sermón de honras del venerable Arbuixec, predicado por el arcediano Ballester en 1671, en 4.° En el libro de fiestas celebradas en Valencia el año 1667, a la traslación de nuestra señora de los desamparados a su nueva capilla, historiadas por D. Francisco de la Torre, se lee desde la página 168 una discretísima introducción de dicho D. Rodrigo Artés, del cual dijo Latorre (pág. 157) que: “Arte es no solo, sino ingenio, cuanto respira su clara vena...” En el libro luces de la aurora, impreso en Valencia año 1665, se hallan versos de Artés en las páginas 394, 95; y en la pág. 397 comienza el vexamen que dio con ingeniosa erudición a las obras poéticas que por aquella función se compusieron, que fue en aplauso del decreto de Alejandro VII, expedido en 2 de julio de 1664, en honor de la Concepción de nuestra señora; y a la pág. 536 del mismo libro, comienza una descripción, que en verso trabajó el dicho D. Rodrigo, de la comedia que se representó con esta ocasión, y se halla inserta en el referido libro, en el cual a fojas 583, comienzan otras varias poesías del mismo, compuestas a diferentes asuntos. También en el libro intitulado: Varias y hermosas flores del Parnaso, que publicó Juan Bautista Aguilar, y se imprimió en Valencia por Francisco Mestre, año 1680, en 4.°; y en una colección de varios poetas de aquel tiempo, hay en la página 7 unas endechas a Cristo nuestro redentor en el calvario; otras a Jesús Niño abrazado con el árbol de la cruz, en la pág. 17; un romance a la imagen del Cristo del Salvador de Valencia, pág. 44.


D. LORENZO MATEU Y SANZ.

1680.

De quien hace honorífica memoria, Salazar, Casa de Silva, tomo 2, lib. II, pág. 675.

Se añade que compuso también: 1. Sumario de los señores Reyes de Aragón, manuscrito. Lo cita Ortí en la vida de Aranda, al folio VIII.

2. Práctica civil.

Consta haber compuesto esta obra por una deliberación de la ciudad de Valencia de 10 de diciembre 1676, por la que resulta que se estaba imprimiendo en León de Francia, y también habérsele mandado librar trescientas libras para ayuda a los gastos de su impresión; en lo que no hizo la ciudad más que cumplir su antigua y plausible costumbre de auxiliar bizarramente, y a cualquier persona que trabajaba alguna obra, para alentar con este fomento y aliciente a los estudios, de cuya frecuente práctica observada, hemos citado en esta Biblioteca muchísimos ejemplares, sin tener libertad para omitir, aunque brevemente, algunos otros.

En deliberación de 1 de febrero 1539, se mandaron librar cincuenta libras a cumplimiento de cien, que por otra de 19 de noviembre de 1537, se habían mandado dar a Pedro Antón Beuter para ayuda de costa de la impresión de su obra Chronica de les antiguetats ó Conquesta de la Ciutat de Valencia (es la edición lemosina de 1538). Por otra de 22 de diciembre 1574, se dieron a Martín de Viciana, notario, veinte y cinco libras, para subvención de las costas de la obra que había estampado en alabanza de la lengua valenciana: es un cuaderno en 4.° que no llega a tres pliegos, y después se reimprimió en 8.° 

Por otra deliberación de 5 marzo de 1575, consta, como prestando su consentimiento los catorce prohombres del Quitamiento, se le entregaron por la ciudad cien libras al P. M. Justiniano Antist, dominico, para ayuda de costa de la impresión de la vida de S. Vicente Ferrer, y habiéndola después adicionado, se le mandaron dar otras cien por deliberación de 9 de mayo de 1581, aunque no tuvo efecto este pago, ni la impresión, por haberse perdido el original, como dice Ximeno, tomo 1, pág. 212.

En el año 1620 hubo otra deliberación, por la que a D. Gerónimo de León, para subvención de los gastos de la impresión del tomo 1.° y 2.° de sus Decisiones, se le dieron mil libras, y después cuando imprimió el tomo 3.° otras mil. A D. Lorenzo Mateu y Sanz, además de lo ya antes insinuado, se le libraron otras trescientas libras para la obra de Regimine Regni Valentiae, según la deliberación ya al principio citada. Cuyas considerables asignaciones se libraban de cualquier clase que fuesen las obras: como la del grabado y láminas de anatomía, para lo que aún antes de efectuarse, le asignaron 800 libras a Crisóstomo Martínez; por otra de Cirugía a Miguel de Leriza; por otra geográfica al P. Tosca, cuyas deliberaciones y cantidades respectivamente asignadas pudiera individuar, y mediante ellas le quedaba al autor franca la obra, y a su beneficio el producto de su venta, siendo la ciudad un mecenas continuo, que fomentando las letras sacaba Virgilios, como lo cantó Marcial:

Sint Moecenates, non deerunt, Flacce Marones.

Virgiliumque tibi ad tua rura dabunt.


D. ANTONIO JUAN DE CENTELLES.

1681.

Primer marqués de Centelles, natural de la ciudad de Valencia, parroquia de S. Martín, del que habla Ximeno, tomo 2, pág. 365. Añádense a sus obras:

1. Tratado histórico de las dignidades, oficios y cargos en las casas de Ioan y de Centelles. Nápoles, sin año, en folio.

La inscripción que trae Ximeno copiada de Topio, biblioteca napolitana, está equivocada, y trasladada por mí fielmente, es la siguiente:

D. ANTONIO IOANNI DE CENTELLAS

MARCHIONI

VALENTIAE, NOBILISSIMIS PARENTIBUS, ORTO

SED E REGNO NEAPOLITANO

ORIGINEM HABENTI.

EQUITI ORDINIS CALATRAVAE

REGIAM CANCELLARIAM REGENTI,

REGIAE CAMERAE LOCUMTENENTI,

AD REGIUM IN APULIA PATRIMONIUM

REGENDUM, AC REFICIENDUM

ELECTO.

SINGULARI DOCTRINA, VITAE INTEGRITATE, MAGNANIMITATE,

MODESTIA, LITERATORUM FAUTORI; & OPTIMIS MORIBUS

EXIMIO.

IN MEDIOLANI STATU MAGNO CANCELLARIO,

TANDEM MADRITI REGIO CONSILIARIO,

FISCIQ; PATRONO IN SUPREMO ITALIAE SENATU,

REGIORUMQUE DIPLOMATUM ADSERVATORI PRAECLARISSIMO.

NICOLAUS TOPPIUS I. C.

EJUS PERPETUO HEROI

ELOGIUM HOC UTINAM PERPETUUM

DEVOTO ANIMO POSUIT.

ANNO REPARATAE SALUTIS M.DC.LXXVIII.

IDIBUS IULIJ.


V. FR. ANTONIO MARIGÓ.

1682.

Religioso mercenario, hijo de la ciudad de Valencia, bautizado en la parroquia de Santa Catalina mártir, a 23 de febrero de 1607. Fue maestro en su religión, y después de otros muy merecidos honores, murió a 27 de diciembre de 1682. Cuya ejemplar vida escribió el P. Nolasco Risón, como lo expresa Ximeno, tomo 2, pág. 134.

Estando nuestro venerable conventual en Valencia, acabó de escribir en 18 de abril de 1678 la obra siguiente: 1. Tratado de la presencia de Dios nuestro señor para que los viadores creyentes vivan en continua fee, y memoria de su divina majestad siempre les hace y mira. Manuscrito, cuyo original vi en poder de Fr. Lorenzo Quiles, mercenario, y archivero que fue del convento del Puig.


FR. JOSÉ FAVORES.

1682.

Religioso dominico, natural de Valencia, de quien Ximeno, tomo 2, pág. 92, dice que publicó en Roma: Epitome singularium gestorum Sancti Ludovici Bertran, en dicha capital, por Angelo Tinas, en el año 1671, en 16; y que después vuelto de su viaje reimprimió en castellano este Epítome, dedicándole a la ciudad de Valencia. La traducción, pues, tiene este título: 1. Sumario de la vida del segundo apóstol Valenciano, el glorioso P. S. Luis Bertrán canonizado solemnemente por nuestro santísimo Papa Clemente X, a 12 de abril este año 1671. En Valencia, por Gerónimo Vilagrasa, año 1617, en 4.° 


D. FRANCISCO LA GUARDIA Y BELLVÍS.

1686.

Generoso del reino de Valencia, cuyo título consta por el libro: Sacro Monte Parnaso, que aunque anónimo, sabemos fue su autor el P. Vicente Claudio, de la compañía de Jesús. Fue un poeta de más que mediano numen, haciendo mucho papel en el referido libro, pues tiene una cuartilla glosada en cuatro décimas en la pág. 3; endechas reales al sueño, pág. 27; un romance, página 65; un soneto, pág. 187. Y como esta obra se imprimió en Valencia en 1686, colocamos en él a nuestro poeta.


FRANCISCO RAMÓN GONZÁLEZ.

1686.

Valenciano; poeta desconocido, licenciado y capellán, como se firma en la dedicatoria del libro antes insinuado: Sacro Monte Parnaso; en este, pues, tiene muchas poesías, la mayor parte en lemosín, como son: décimas en las páginas 56, 80, 104, 117, y 140; quintillas también en valenciano, pág. 89; redondillas, pág. 110; un romance lemosín, página 157; otro en castellano, en la 164; octavas lemosinas, pág. 174; endechas reales en castellano, página 202, y un romance endecasílabo en la pág. 219. Todas ellas podían formar un volumen, por lo que es acreedor este poeta hagamos honorífica mención de él, colocándolo en esta Biblioteca.


JUAN CENTELLAS.

1686.

Valenciano, aunque ignoramos el lugar de su nacimiento. Publicó: 1. Documentos espirituales de la esposa de la cruz: que dedicó a D. Francisco Lloris de la Torreta, canónigo de Valencia, con fecha en la misma ciudad a 30 de mayo de 1686. Valencia, por Pablo Fernández y Lorenzo Mercer, año 1686, en 16.


D. ISIDORO MATEU Y SANZ.

1687.

Sin duda hermano de don Lorenzo Mateu y Sanz, del que habla Ximeno, tomo 2, pág. 85.

Fue muy inclinado a la poesía, como se ve en los versos que se hallan de él a la pág. 166 del libro: luces de la aurora, de D. Francisco de la Torre, y a las páginas 211, y 239 del libro de fiestas a nuestra señora de los desamparados, por el mismo Latorre; también en los folios 42 y 100 de la real academia que celebró Valencia en 6 de noviembre de 1668 con motivo de cumplir 7 años el rey Carlos II, impresa por Gerónimo Vilagrasa, año 1669, en 4.° Además hay una erudita aprobación al libro intitulado: varios romances escritos a los sucesos de la liga sagrada desde el sitio de Viena, hasta la restauración de Buda, y otras plazas conseguidas en tres años, en que se celebran doce héroes insignes de estos tiempos, por el hermano Antonio Fajardo de Acevedo, ermitaño de la ermita de S. Antonio de la villa de Carcagente (Carcaixent), impreso en Valencia por Jaime Bordázar, en el año 1687, en 12.° después de cuya aprobación hay cuatro décimas del dicho Mateu, una en castellano, otra en valenciano, otra en latín, y otra en italiano.


D. MARCO ANTONIO ORTÍ Y MOLES.

1687.

Natural de Valencia, de quien trata Ximeno, tomo 2, pág. 103. Se añade que hay poesías suyas en la pág. 18 del libro: Academia celebrada en Valencia en 5 de febrero de 1685, impreso en esta ciudad por Vicente Cabrera, en 4.° Al principio del libro: Fiestas por la canonización de Santo Tomás de Villanueva, historiadas por su padre D. Marco Antonio Ortí, hay unas redondillas; y un soneto al fin del sermón de exequias del V. Arbuixec, predicado por el arcediano Ballester; finalmente, hay versos del mismo en el Parnaso de S. Francisco Xavier, pág. 224, expresando ser obra póstuma, y es así, porque se imprimió dicho libro en 1687.


V. FR. DOMINGO ALEGRE.

1687.

De quien trata Ximeno, tomo 2, pág. 102. Se añade a sus obras: 1. Quaresma sobre las 42 mansiones de los hijos de Israel en el desierto, aplicado a cada mansión por su orden uno de los Evangelios de las Dominicas y Ferias que en ella ocurren. Manuscrito. Esta cuaresma contiene 45 sermones, escritos todos de su mano, y llenas sus márgenes de adiciones doctas y curiosas. Síguese inmediatamente después de la tabla: 2. Varios sermones que en el progreso de la Cuaresma suelen predicarse; escritos también de su mano, en 61 folios. Luego después se sigue:

3. Quaresma sobre las 42 generaciones del primer capítulo de San Mateo aplicado a cada Patriarca uno de los Evangelios de los Domingos y Ferias que en ella ocurren.

Están también de su letra escritos en 286 folios. Síguese:

4. Sermones para misiones y pláticas vespertinas. Consta de 41 folios.

5. Commentarius in Tractat. Sphaera Johannis de Sacro Boscho. Manuscrito de su letra, en 8.° Después de este Comentario que expresa ya Ximeno, se siguen:

6. Quaesita varia Astronomica, manuscrito. Sigue:

7. De modo theorico directionum de tempore effectus et successionis et alia ejusmodi. Manuscrito. El elogio de las actas que copia Ximeno, no es del capítulo celebrado en Barcelona, sino en Valencia, a 15 de abril de 1690.


FR. CIRILO DE ALICANTE. (Cirilo Pascual Ibarra)

1688.

Religioso capuchino. Ilustrando el artículo de este autor, que trae Ximeno, tomo 2, pág.  96, diremos que fue hijo de D. Francisco Pascual y doña Ana Ibarra: nació en 1618. De edad de 16 años vistió el hábito de capuchino en Valencia, día 21 de septiembre de 1634; donde permaneció hasta su muerte acaecida en el convento de dicha ciudad en 26 de febrero de 1688. Era un orador célebre, dotado de una gracia particular para el púlpito, que le acarreó el honor de ser nombrado predicador de S. M.

En las fiestas que se hicieron en la villa de Onteniente, por el Breve de Alejandro VII, predicó el primer sermón, según consta de la relación que de ellas escribió el Dr. D. José Navarro, por estas palabras: “Llegado el tiempo del sermón (día 13 de septiembre de 1662) subió a predicar el primero el M. R. P. Fr. Cirilo de Alicante, guardián de PP. Capuchinos de Valencia:::: cuya erudición y eminentes letras, aún el clarín sonoro de la fama no es capaz para publicarlas y aplaudirlas::::” Continúa elogiándole, y después también en la introducción a la Justa poética que hizo la nobilísima villa de Onteniente a la Purísima Concepción de María Santísima.


D. ONOFRE VICENTE DE IXAR, PORTUGAL, MOMPALAU Y ESCRIVÁ.

1688.

Natural de la ciudad de Valencia. Segundo conde de la Alcudia y Gestalgar, barón de Xalón y Gata, de quien habla Ximeno, tomo 2, pág. 104. Añádese.

1. Genealogía de las casas de Escrivá, Monsoriu, Mompalau y Ferrer. Manuscrito que cita Franckenau, bibliot. heráldica, pág. 323, y en la siguiente 24 dice que escribió también: 2. Historia universal de España, formada con elegancia, noticias selectas y pureza de estilo. Manuscrito.

Hay poesías suyas, glosando una cuartilla en la pág. 210; y pág. 307 del libro de luces de la aurora, de D. Francisco Latorre; y en la vida de S. Pedro Pascual, titulada: La cándida flor del Turia, al principio hay un soneto de nuestro autor.


VICENTE IZQUIERDO.

1689.

Sacerdote, natural de la ciudad de Valencia, del que trata Ximeno, tomo 2, pág. 109. Se añade la obra siguiente: 1. Antigüedad de la Metropolitana iglesia, catálogo de sus obispos y arzobispos, y excelentes grandezas de que está adornada. Manuscrito en 4.° que original he tenido en mi poder.


FR. SEBASTIÁN DIONISIO COLERA. (Cólera)

1690.

Carmelita, natural del lugar de Manises, cerca de Valencia, de quien habla Ximeno, tomo 2, pág. 89, colocándolo en el año 1681. Se añade que nació en 7 octubre de 1651. Fue instruidísimo en las matemáticas, teniendo muchas disputas con su contemporáneo el P. Tosca, a quien proponía grandes dificultades. Hizo una lucida oposición en esta universidad a la cátedra de matemáticas, y no habiéndola logrado, marchó a Salamanca, donde la obtuvo en aquella universidad, y regentándola, murió por los años de 1690.

Consta así de un manuscrito que dejó en el Carmen de Valencia el maestro Fr. José Despuig. Además de las obras que cita Ximeno, escribió:

1. Tractatus theologicus et dogmaticus Agiographicus de theologia Scripturistica seu Agiographica id est de verbo scripto, sive de Sacra Scriptura, manuscrito en 4.° Obra que aunque en estilo menos culto, no deja de contener cosas dignas y excelentes. Se conservaba este manuscrito en el convento de Valencia.

2. Manuscritos varios y de varias materias; comenzóle (como él mismo dice) en 1 de enero de 1678, residiendo en el convento de Játiva, en un tomo en folio que comprende 309 fojas.

3. Suma Astrónomo-lógica, propónese lo mejor y más selecto de toda la Astronomía y Astrología, así especulativa como práctica, recogido de los mejores y más graves autores, así antiguos como modernos, que de esta materia han escrito; y especialmente ajustado a la racional y física astrología gálica del célebre Juan Bautista Morino, restaurador de la astrología. Comenzóse a 13 de junio del año 1690. Autor el P. Fr. Sebastián Dionisio Cólera de Avinent, carmelita valenciano. Ofrécela a los ingenios españoles. Trasladóla de su original Emmanuel Llorens su amantísimo discípulo. Manuscrito en 4.° Está dividido en dos partes, la primera trata de la astronomía, y la segunda de la astrología. La he tenido en mi poder.

FR. CRISTÓBAL BAS.

1691.

Religioso mercenario. A más de lo que nos dice Ximeno en su tomo 2, pág. 109, tratando de este autor, puede conocerse su excelente ingenio y esmero en la poesía, por la obra del núm. 2: Afectos de un corazón contrito, que es un acto de contrición en cuartillas continuadas, que forman un coloquio místico, dirigido al santo Cristo de la capilla de S. Juan de Letrán, en su convento de la merced de Valencia. En otras muchas poesías que compuso, como son: una glosa en cuatro décimas que se leen a la pág. 205 del libro intitulado: luces de la aurora, que refiere las fiestas con que el convento de S. Francisco celebró en Valencia el decreto de la concepción, impreso en 1665, en 4.° Del mismo hay una cuartilla glosada, con décimas, en el parnaso de S. Francisco Xavier, impreso en Valencia, año 1687, en 4.°, página 12; y en la 240, una poesía que comprende tres, y notada cada una con su número distinto: si se lee comenzando de la primera columna, resulta romance heroico; comenzando a leerse de la segunda columna, es romance regular de ocho sílabas; y si de la tercera, queda en clase de endechas. Escribió también: 1. Guerra contra guerra. Madrid año 1683, en 4.° ; son nos certámenes. Se publicó anónimo.


FR. DAMIÁN ESTEVE.

1692.

Religioso mercenario, hijo del convento y villa del Puig. La obra que cita Ximeno, tomo 2, pág. 114, al núm. 1, intitulada. 1. Demostración legal y política. Se imprimió, aunque variado algo el título, el año 1677, en folio.

En la librería del convento del Puig se conserva otro tomo en folio de: 2. Cartas latinas.

Son diez muy largas, en especial la nona, que es: Ad Illustrissimum D. Iohanem Caramuel Episcopum. De carmine, et de Simbolo Astronomico Pithagoraeo et Bedae. Del que ya el P. Fr. Francisco Martínez hace mención en la Historia de Nuestra Señora del Puig, lib. 1, cap. 1, pág. 8.


D. JOSÉ RAMÍREZ.

1692.

Presbítero, de la congregación de S. Felipe Neri, natural de Valencia, de quien Ximeno habla, tomo 2, pág. 3. Se añade que la obra del núm. 1, que de este autor trae nuestro bibliógrafo, intitulada: Via lactea, se reimprimió en Milán, esto es, Mediolani ex Tipographia Iosephi Ambrosi, Maietae 1680, en 8.°, edición anterior a la que cita Ximeno. Fue nuestro autor aficionado a la poesía, como se ve a las páginas 455, 459 y 461 del libro de fiestas a San Juan de Mata y S. Félix de Valois, del P. Rodríguez, en donde hay tres jeroglíficos de los cuales el primero llevó el tercer premio. Otras varias obras suyas de esta clase se hallan al fin del sermón de honras del V. Dr. Gaspar Blas Arbuixech, predicado por el arcediano Ballester en 1671. Sin duda era nuestro autor aficionadísimo a este ramo de poesías; pues en las honras funerales de la Reina María Luisa de Borbón, solemnizadas en esta ciudad en 1689, compuso nuestro Ramírez sesenta jeroglíficos según la obra que de ellos escribió D. José Ortí, pág. 157.


D. VICENTE TEXEDOR DE BELVÍS Y NONCADA.

1693.

Natural de S. Felipe, antes Xátiva, caballero del hábito de Montesa, señor de Montartal, capitán de caballos en el reino de Valencia, y Maesse de campo de infantería española. Era muy aficionado a la poesía, y por ello fue secretario en una academia que se celebró en su patria, respondiendo en prosa y rematando en verso a los asuntos encomendados a los poetas, y que estos proponían en prosa, concluyéndoles con una copla ya de consonantes o de asonantes; cuya academia publicó con este título: 1. Académico pensil de las musas. Dispuesto y compuesto en el breve espacio de 9 días; plantado en casa del Sr. D. Miguel Figuerola y Castro caballero de nuestra señora de Montesa; y meritísimo gobernador de la ciudad de Játiva. Valencia, por Francisco Ciprés, año 1669, en 4.° 

Hállanse versos de nuestro Texedor en los folios 239, 266 y 264 de las fiestas de la virgen de los desamparados, y en las de S. Juan de Mata, páginas 427, 502 y 528. Y amás en el de las que se hicieron en Almansa a la canonización de S. Pascual Bailón, escritas por el Dr. D. Pedro Luis Cortés, en la pág. 137 hay una glosa a una cuartilla; un soneto pág. 155, y décimas, pág. 166. Con otras que corren en diferentes certámenes y academias, tanto en su patria, como fuera de ella. Y como las referidas fiestas de Almansa se hicieron en 1692, por ello lo colocamos en este año.


FR. GASPAR NAVARRO.

1694.

Religioso carmelita, natural de Valencia, del que habla Ximeno, tomo 2, pág. 119. Se ha de añadir que de la obra del núm. 3, intitulada: Narratio Evangelica Mathaei, de la que imprimió no más un tomo, dejó el segundo concluido, y dispuesto para la estampa; pero le sobrevino la muerte, y se desapareció, como también los medios que había tomado para su publicación.

Núm. 4. Otros tratados de teología escolástica, los que son: 1. De esse Dei piusque atributis. Le concluyó día 12 de junio 1655. 2. De Scientia Dei. Día 22 de junio de 1654. 3. De voluntate Dei. Día 20 junio de 1657. 4. De sacro Triados mysterio. Lo acabó en 17 de junio 1658. 5. De sensibus sacrae scripturae. Lo acabó en 9 junio de 1666, y antes: Index Sacrorum Bibliorum voces abstrusiores referens, et exponens.


GABRIEL VERDÚ.

1694.

Natural de la villa de Catí, diócesis de Tortosa. Presbítero, doctor teólogo, beneficiado en la metropolitana de Valencia, y en ella penitenciario de su cabildo; de donde pasó a ser cura de la parroquial de la villa de Julilla, (Chulilla) arzobispado de Valencia. Escribió:

1. Descripción de Catí. Manuscrito.

2. Vida política, y muerte del Excmo. Sr. D. Fr. Isidoro Aliga arzobispo de Valencia. Manuscrito.


CRISÓSTOMO MARTÍNEZ.

1694.

Natural de Valencia, pintor de profesión, bastante diestro en su facultad, y tan laborioso, que sin embargo de estar falto de salud y accidentado del mal de gota en manos y pies, emprendió por los años 1680 unas tablas de anatomía, para cuya perfección pasó a Francia, y después a Flandes, donde delineó y grabó:

1. Veinte tablas de anatomía, inventadas, delineadas y grabadas por él todas, en pliegos de marca mayor y algunos de dos.

En cada una presenta a lo natural las partes del cuerpo humano, con propiedad y hermosura, añadiendo de letra suya al pie o al dorso de cada lámina la correspondiente explicación en español. En una de ellas, que es de dos pliegos, y contiene tres figuras humanas de estatura proporcional, hay un círculo, y dentro de él, un esqueleto de menor tamaño, y con letras de buril está firmado el autor de esta manera: Chrisostomus Martinez Hispanus, invenit delineavit, sculpsit. Cum privilegio Regit. La voz Hispanus está añadida en la impresión. 

Paran dichas tablas en poder de la ciudad de Valencia, a quien las envió desde Flandes, suplicando al mismo tiempo algún socorro para su continuación.

La ciudad, en vista de los informes y aprobación de peritos, médicos y cirujanos, deliberó se le diesen ochocientas libras para auxiliar de algún modo los gastos que inevitablemente cuestan a sus autores tales obras; pero habiéndole sobrevenido la muerte, acaecida por los años de 1694, no pudo concluir la suya, la cual aunque imperfecta, y comprensiva de solas veinte láminas, se conserva en la referida ciudad de Valencia. En un retrato suyo que poseo, grabado seguramente por él, con trofeos de su arte, tiene esculpido al pie: 

CHRISOSTOMVS MARTINES VALENTIANVS

Anagramma

ISTIC INTER SVMMOS IN ARTE SVA VOLANS

Epigramma

Quod praedocta, manu, tua Musa Poesis adumbrat 

Hoc Pictura Loquens Carmine nostra refert

Vtraque Pingentem digna te hac Laude Coronat

ISTE SVA SVMMOS INTER IN ARTE VOLAT

Hieronymus Lopes Ecclesiastes Burdigalensis Regius

Sacra Facultatis academia Burdiga.

Professor.     

Habla de nuestro Crisóstomo Rodríguez, bibliot. Valent. pág. 103.


D. FR. MARCELO MARONA.

1694.

Religioso dominico, natural de la ciudad de Valencia, de quien habla Ximeno, tomo 2, pág. 117. Se añade que además de las obras que trae de nuestro autor, compuso también: 1. Gramática en tercetos castellanos, de que hace ya mención Ximeno, pág. 117, col. 2.

2. Letanías latinas a la Virgen del Rosario, a S. Vicente Ferrer, S. Luis Bertrán, y Santo Tomás de Aquino en esdrújulos. Se han impreso, y se cantan en predicadores.

3. Rithmus in laudem S. Th. Aquin. imitando la secuencia del Corpus, que empieza así: Lauda Ecclesia Saluatorem, qui tibi quintum Doctorem, Sanctum Thomam contulit.

4. Officium de SS. Vincentio Ferrario, et Ludovico Bertrando Confesor Ord. Praed. Se imprimieron en Valencia por Gerónimo Vilagrasa, año 1673. Lo compuso para rezarle Feria II non impedita; y por eso tiene doce lecciones para otros tantos meses del año. En cada una de ellas pone primero una virtud de S. Vicente, y después dice cómo la imitó S. Luis.

5. Officium propium S. Ludovici Bertrandi Confes. Ordin. Pradic. Existe manuscrito en el archivo.

6. Oratio in solemnitate Generalium Comitiorum habita coram Rmo. Generali, et Diffinitoribus Valentiae 1647. Se conserva original en el tomo segundo de papeles varios, en 4.°, en Santo Domingo.

Las dedicatorias en la colección de las obras de Granada, impresas en Madrid por Juan García Infanzón, tres tomos en folio, son de nuestro autor, aunque van en nombre de Gabriel de León.


D. JOSÉ PÉREZ DE MONTORO.

1694.

Natural de Játiva, del que trata Ximeno, tomo 2, pág. 116. Se añade que todas las obras líricas y poéticas de este autor, se imprimieron con este título:

1. Obras póstumas, líricas, humanas de D. José Pérez de Montoro, secretario de S. M. Recogidas y dadas a la estampa por D. Juan de Moya. Madrid, en la oficina de Antonio Marín, año 1736, dos tomos en 4.°


D. PEDRO LUIS CORTÉS.

1696.

Presbítero, valenciano, nació en la villa de Ibi, reino y arzobispado de Valencia; estudió en esta universidad, en la que se graduó de maestro en artes y doctor en sagrada teología: fue en ella catedrático de filosofía, y siendo sacerdote obtuvo el curato de la santa iglesia de Orihuela, de donde se trasladó al de la parroquial de San Pedro de la villa de Novelda: por medio de permuta pasó a serlo a la de S. Salvador de la real villa de Ibi, su patria, donde permaneció hasta su muerte, acaecida el último día de octubre de 1696. Cultivó con mucha facilidad y gracia las musas, y publicó:

1. Demostraciones festivas con que la noble, antigua y siempre leal villa de Almansa celebró la canonización de su especial patrono y abogado S. Pascual Bailón, de los descalzos de S. Francisco, en su convento de Santiago, adonde vivió y obró muchos milagros. Escribiólas el Dr. Pedro Luis Cortés. Y las saca a luz D. José López de Huesca, regidor de dicha villa. Madrid, imprenta real, por Mateo de Llanos, año 1693, en 4.° 

2. Métrica oración panegírica que en variedad de metros, elogia la vida de S. Pascual Bailón. Es una poesía muy larga que corre al principio del antes referido libro.

Fue fiscal de la justa y vexamen de las poesías que se presentaron en estas fiestas. Y en ellas hay de nuestro Cortés las siguientes: canción y octavas, en la 138; una glosa con cuatro décimas, página 152, un romance en la 157; y pág. 167, otras décimas; y el vexamen, pág. 171.

Consta que era natural de Ibi, porque en la pág. 103, dice: “la devoción que toda mi vida tengo al santo, y ser uno de los milagros aprobados por la sacra congregación de ritos, para la gloria de su canonización, la fuente de la villa de Ibi, mi patria...”

En la pág. 206 hay un romance al milagro que S. Pascual Bailón hizo en la real villa de Ibi, con Domingo Pérez (que hoy vive, dice), y fue que al invocar su nombre dio un golpe con un azadón entre unas peñas, y salió una fuente que no ha faltado jamás: es uno de los aprobados para su canonización. Este romance es composición también de nuestro Cortés. 


FRANCISCO LLORENS.

1696.

Natural de la ciudad de Valencia, ciudadano, jurado en cap (o primero) de la dicha ciudad en el año 1656. Fue enviado con una embajada en representación del ayuntamiento a Felipe III, y con este motivo compuso lo siguiente: 1. Informe a la Magestad del Rey nuestro Señor D. Felipe el grande, III de la Corona de Aragón, que propuso Francisco Llorens en justificación de haber resuelto su embajada la ciudad y consejo general, y de las otras deliberaciones que fueron medio para su ejecución. Valencia, sin año ni nota de impresor, en folio.

Este escrito versa sobre desavenencias entre el virrey y justicia criminal, mandándole aquel que cuando fuese a verle entrase sin vara, lo que motivó a la ciudad a hacer el informe antecedente a favor del justicia criminal.

Francisco Llorens tuvo tanto crédito en la ciudad, que sirvió muchísimas veces el empleo de jurado, y otros, como fueron en los años 1652, 53, 56, 64, 72, 74, 75, 76, 80, 83, 91, 93, 94 y 1696, por lo que le colocamos en este año.


VICENTE CARBONELL.

1696.

Natural de la villa de Alcoy, del que habla Ximeno, tomo 2, pág. 71, al año 1672. Se añade que trabajó: 1. Representación histórico-genealógica que dio a S. M. Impresa en 1696, en folio. En ella recuerda y refiere su alcurnia y ascendencia por grados, desde el capitán Poncio Carbonell, que vino a la conquista del reino de Valencia, hasta el mismo D. Vicente Carbonell. He visto un ejemplar. Hay otro manuscrito, acaso el original que se guarda registrado en el archivo de la bailía general y real patrimonio, armario número 15 de papeles en folio, que contiene varios manuscritos auténticos, reales cédulas, privilegios y ejemplares de memoriales.

Siendo impresa dicha Representación en 1696, colocamos en él a nuestro escritor.


V. RUFINA ROS DE JESÚS.

1697.

Natural de la ciudad de Orihuela, donde nació, y fue bautizada martes 5 de febrero de 1658 en la parroquia de santa Justa y Rufina: fueron sus padres Ginés Ros y Vicenta Martínez. Tomó el hábito de la tercera orden de S. Francisco, martes 25 de marzo de 1681. Era sobrina del V. hermano Gerónimo Tomás de Casanova y Sanchiz, que murió en Granada, y cuya vida escribió D. José Vicente Ortí y Mayor, como dice Ximeno, tomo 2 de escritores valencianos, folio 316, columna 1: allí mismo consta escribió dicho Ortí también la de nuestra Rufina. Ambas vidas existían originales manuscritas en el archivo del real monasterio de S. Miguel de los Reyes, cajón de papeles de la casa real de Nápoles &c. Murió en jueves 1 de agosto de 1697, a los 39 años de su edad; fue enterrada en la iglesia del convento de S. Gregorio de religiosos franciscos descalzos, y llevado su cadáver en hombros de sacerdotes, celebrándole exequias en la parroquial de Santa Justa y Rufina miércoles 21 de agosto del referido año: dijo la oración fúnebre su director el P. Fr. Pedro Domingo, religioso francisco descalzo en la provincia de S. Juan Bautista, y se reimprimió dicho año en Orihuela por Jaime Mesnier. En 4.° De orden de su director escribió 1. Su vida, manuscrita.

Compuso unas poesías para expresar su afecto en la noche de Navidad, como más extensamente consta de su vida ya insinuada por D. Vicente Ortí.


FR. JOSÉ PARDO DE LA CASTA.

1698.

Religioso carmelita, natural de Valencia. A lo que dice Ximeno, tomo 2, pág. 127, al núm. 3, hablando de este autor, añadimos que cultivó las musas, como se manifiesta en las poesías que insertó en la página 35 de la academia que se celebró en Valencia, titulada: Sol de academias. También hay un romance en la pág. 394 del libro compuesto por el P. Rodríguez de fiestas a S. Juan de Mata y S. Félix de Valois. Y en el libro intitulado: luces de la aurora, que son de fiestas a la purísima concepción, historiadas por D. Francisco de la Torre, las hay también en las páginas 208, 296 y 315.


FR. JUAN BAUTISTA FORT.

1698.

Religioso dominico, natural de la ciudad de Valencia, e hijo de hábito del convento de predicadores de dicha ciudad. Fue discípulo del célebre maestro Lerma, de dicho orden, y un varón observantísimo, teólogo muy docto, predicador y poeta. Tuvo muchos oyentes en sus sermones, siendo tal su fama, que predicó diez cuaresmas, esto es, desde el año 1689, hasta el de 1698 inclusive, en el lugar de Belloch.

Escribió: 1. Sermones, tres tomos en 4.° Manuscritos que se guardaban en el convento de predicadores.

2. Sermón de los santos patriarcas S. Juan de Mata y S. Félix de Valois, fundadores de la orden de la santísima trinidad. Valencia por Benito Macé, año 1669, en 4.°

3. El prodigio de Belloch. Auto sacramental de la milagrosa imagen de la virgen del adyutorio, la cual está en el término de la villa de Belloch: manuscrito que dice el canónigo de Tortosa Jaime Mateu, en la historia del referido pueblo, pág. 6, tenía en su poder, y se había representado en dicho lugar en 14 de agosto de 1690.

             

FR. JOSÉ DOMINGO PONTÍ. 

1698.

Religioso dominico, natural de la ciudad de Valencia, de quien habla Ximeno, tomo 2, pág. 132. Fue muy instruido en la lengua latina, como lo manifiesta la carta que en el año 1659, siendo secretario del obispo de Vique D. Francisco Crespí de Valdaura, escribió en nombre de este, a su santidad, suplicando la canonización de S. Toribio, arzobispo, de Lima. También era excelente poeta latino, como lo prueban los 18 dísticos que hizo a la fiesta de la traslación de los santos mártires Luciano y Marciano, celebrada en Vique, día 24 de agosto 1664; y se llevó el premio del certamen poético. Están dichos versos en la pág. 503 de sus manuscritos, y en la 479 se halla: “Síguese un elogio en oración panegírica, que se recitó en el convento de Sta. Catalina mártir de la orden de predicadores al ángel Sto. Tomás de Aquino, en su día del año 1657, la cual dispuso en hexámetros, y la tomó de memoria un licenciado artista, que para imprimirla se añadió.”

Síguense después muchas poesías castellanas en el volumen de sus memorias, y aunque no se expresa que sea autor el maestro Pontí, es muy natural que fueran suyas. En este mismo volumen de sus obras, que es el número con el tomo 14 de papeles varios en folio, y se conserva en el convento de predicadores de Valencia.

Se hallan otras obras manuscritas de nuestro autor, a saber: 1. Las moscas de S. Narcís de Gerona.

2. Noticias curiosas.

3. Noticias necesarias assi á los que leen como á los que escriven Historias, Computos, y Chronologias, que son primeros principios para este fin.

4. Historia verdadera de los Santos Mártires Abdón y Senén Reyes de Persia martirizados en Roma y traídos à Arlés del Rosellón.

5. Noticias mathematicas, diferente de la obra del núm. 2 citada por Ximeno.

5. De la aplicación de las Misas.

7. Camino llano para religiosos y religiosas.

8. Tratado de oración para principiantes y novicios, que concluye con estas palabas: “Este breve raudálico le ofrece para que refresque el Novicio principiante con obsecuente voluntad el M. Fr. José Pontí, calificador del Sto. Oficio en Predicadores de Valencia.” Y luego añade. “Mas prosigamos algo de santos ejercicios...” Y seguidamente pone este título: Qué empleos se podrán hacer después de la oración mental.

D. JOSÉ SALA.

1699.

Natural de la villa de Elche, reino de Valencia, canónigo, maestre escuela en la colegial de Alicante y su catedrático de escritura, calificador del santo oficio en los Reinos de Valencia y Murcia, y examinador sinodal en el obispado de Orihuela. Publicó:

1. Sermón panegírico a S. Juan Bautista en las fiestas que se celebraron en la ciudad de Alicante en hacimiento de gracias por la feliz elección de Gran Maestre de Malta en el eminentísimo señor D. Ramón de Perellós y Rocafull. Orihuela por Jaime Mesnier, año 1699, en 4.° Lo publica Juan Bautista Carciniani, cónsul de la nación maltesa, con una breve relación de lo actuado en dichas fiestas.

En una carta de un anónimo, que precede a la dedicatoria que hace el dicho Carciniani al mismo D. Ramón de Perellós, se dice que nuestro Sala tenía compuestas:

2. Muchas obras de Cuaresmas, varios panegíricos, resoluciones y otros escritos.

Y más abajo se explica de esta suerte: “Oh! quiera Dios que así mismo salgan a luz todos sus escritos, y noticiosos desvelos escolásticos y morales, para que sea por ellos el autor conocido, como por espejo de las edades presentes y venideras, no encerrándose su esclarecido nombre en sola su Ilicitana patria.”


MATÍAS RAMÍREZ.

1699.

De quien habla Rodríguez, Bibliot. Valentina, folio 330, col. 2, y le omite Ximeno. Fue natural de la villa de S. Mateo. Doctor en medicina, y maestro de letras humanas en la ciudad de Alcañiz, en Aragón. Escribió: 1. Gramática de Príncipes. Impreso en Zaragoza. “Así me lo han ministrado (dice Rodríguez) de S. Matheo”, y no sabiendo el año en que se imprimió su gramática, lo colocamos a fines del siglo XVII.


D. FREY HIPÓLITO DE SAMPER Y GORDEJUELA.

1700.

Del orden de Montesa, natural de Valencia, del que habla Ximeno, tomo 2, pág. 135. Fue persona de tantas prendas, que mereció los mayores honores de varios autores, entre ellos D. José Pellicer de Ossau y Tovar, en su Sincello de las iglesias, en la prefacion y dedicatoria. Además de las muchas obras que cita Ximeno, escribió también: 1. Breve relación de la milagrosa imagen de nuestra señora de los desamparados de la ciudad de Valencia y de la copia que goza esta Corte (de Madrid) en la iglesia del real hospital de los Reinos de la Corona de Aragón.

Corre al principio del sermón que predicó el P. Fr. José de Madrid a 9 de febrero 1686, publicado por el mismo Samper en dicho año, con el título siguiente: Gratulación sacra en la primera solemnidad que dedicó a la santa imagen de nuestra señora de los desamparados, nuevamente erigida y colocada en el real hospital de nuestra señora de Monserrate de esta Corte &c.


FR. JOSÉ CARBÓ.

Natural de Valencia, religioso trinitario calzado (del que habla Rodríguez, Bibliot. Valent. folio 483). Fue hijo de hábito del convento de su patria, maestro en teología, y ministro. Logró tener un gran numen para la poesía, como se ve en el certamen celebrado en Valencia el año 1668 a S. Juan de Mata y S. Félix de Valois, comprendido en el libro de fiestas a dichos santos, del P. Rodríguez; pues en él escribió el vexámen que está a las páginas 503 y siguientes, y también hay poesías suyas en las páginas 426, 438, 466, 476 y 483. Son de Carbó los primeros versos de todos los asuntos que para el certamen se propusieron, como lo declara el autor del libro, pág. 425. También tiene versos en el Parnaso de S. Francisco Xavier, pág. 266; y en las páginas 78, 98 y 99 de la academia celebrada en el palacio real de Valencia, al cumpleaños de Carlos II; y en otra academia que se celebró en esta ciudad, impresa por Vicente Cabrera, año 1685, a las páginas 19 y 20. En el libro: Funesto jeroglífico, que es de exequias a Felipe IV, celebradas en Valencia, año 1666, hay poesías en la página 115, y también al principio. Las hay en el libro de fiestas a nuestra señora de los desamparados, en las páginas 218, 231, 255, 259 y 282. En el libro: luces de la aurora, pág. 245, y en lemosín 332, hay versos de Carbó. Y como el padre Rodríguez, hablando de este religioso no dice haber muerto en 1700, le colocamos en este año.


FR. AGUSTÍN ÁVILA.

1700.

Religioso franciscano de la provincia de Valencia, natural de Concentaina. Pasó a Guatemala (Goatemala), donde vivió 40 años sirviendo de ejemplar por sus virtudes monásticas. En el mismo día de su fallecimiento, como dice Beristain (1: en su biblioteca, pág. 125), que fue a fines del siglo XVII, se predicó en la iglesia de su convento el Elogio fúnebre, en que después de ponderar el orador su humildad profunda, su penitencia asombrosa, su celo apostólico, sus éxtasis frecuentes, y otros prodigios singulares de santidad, añadió sin escándalo y aun sin admiración del auditorio, que desde la fundación del orden seráfico apenas se encontraría un hijo de San Francisco que hubiese observado con más perfección que el P. Ávila la regla de su santo patriarca. Escribió y se conserva en la biblioteca del convento principal de Guatemala: 1. Libro de la explicación de la doctrina cristiana en lengua Kiche.                     

Continúa en los anónimos.