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jueves, 26 de mayo de 2022

CARTA XIII. De la fiesta del milagro de S. Cristóbal.

CARTA XIII. 

De la fiesta del milagro de S. Cristóbal

De la fiesta del milagro de S. Cristóbal.

Mi querido hermano: Una de las cosas notables que ofrecen los breviarios de esta iglesia es la fiesta del milagro de S. Cristóbal en el día 10 de Julio. Las lecciones del impreso en 1533 refieren la historia de este modo. 

Ejus festum Valentia X Julii celebratur, propter miraculosam ejusdem ecclesiae dedicationem. Cùm enim ecclesia, quae nunc est monialium sancti Christophori, tunc synagoga esset judaeorum, et judaei, ut fertur, ter (aquí falta algo) Christophori voce divinitùs moniti Christi fidem accipere renuissent; contigit ut dominicae nocte IX Julii anno MCCCXCl puerorum tumultu à populo interemptis judaeorum multis, reliqui ad sedem confugientes baptismum expostularint. Quare posteram die, quae Julii X fuit, ab episcopo, et omni clero, magno applausu populi, sinagoga in ecclesiam dicata fuit S. Christophori: cujus lampadarum lumine divinitùs accenso, oleo succrescente, eoque perunctis multis infirmis et sanatis, baptizati fuerunt judaeorum ad septem millia. 

En este hecho convienen cuantos han escrito del monasterio de religiosas agustinas de S. Cristóbal, que viven en dicha sinagoga desde el año 1409, trasladadas desde el segundo convento que fundaron en Alcira el año 1394: pues las establecidas por el rey don Jayme el I el año 1273 fueron transportadas cuarenta y tres años después a Xátiva al monasterio de Monsant, con el título de santa María Magdalena, como dije en mi primera carta. He visto y copiado la relación que hicieron los jurados de Valencia en el libro manual de consejos núm XIX. fol. 242, escrita el día 10 inmediato a la supuesta matanza de los judíos; y algunas cartas fechas en los días siguientes, donde dichos jurados hablan como testigos (a: Algunos de estos documentos se publicarán en el apéndice bajo el número VI.).

De estos documentos tan auténticos resulta: lo 1.° que (1) no se oyeron las supuestas voces de S. Cristóbal, de las cuales, como de un hecho tan señalado, hubieran hecho mención los jurados, así como refieren la aparición del santo mártir a un judío solo, y la visión del crucifijo a otro. 

2.° Que no fueron siete mil los muertos de los judíos, sino unos ciento, y que a esta matanza no dieron ocasión las voces de S. Cristóbal, ni menos el motín de los niños; sino el haber irritado los judíos a los cristianos con la muerte de uno de ellos.

3.° Que los judíos que había en esta ciudad, a excepción de muy pocos, corrieron ansiosos al bautismo con su rabino, y el noble Samuel Abravalla, que se llamó después Alfonso Ferrández de Vilanova (persona, entre ellos, de quien hasta ahora no he hallado más noticia); y que siguieron su ejemplo los de Xátiva, Alcira, Gandía, Liria, Cullera, Orihuela, Murviedro y Castellón de la Plana.

4.° Que con la prisa y multitud de los que se bautizaron faltó el crisma en la catedral y en las iglesias parroquiales de esta ciudad el día 13 de Julio de dicho año a la hora de comer; y que después por la tarde hallaron llenas las crismeras, aun las antiguas y deterioradas, que estaban sin uso había más de tres años.

5.° Que (2) de esta milagrosa renovación se hizo averiguación judicial por el oficial eclesiástico, y se formalizaron instrumentos públicos, deponiendo los jurados como testigos oculares. Sucedieron además nuevos milagros en confirmación del primero, que como el juez eclesiástico para examinar si era verdadero crisma el que se halló en la parroquia de santa Catalina, le vaciase en una vasija nueva, al volverle a la crismera, le halló tan multiplicado, que no pudo caber en ella. En la de san Andrés, burlándose un clérigo extranjero de la credulidad de los que tenían por crisma milagroso aquel licor, tal vez puesto con fraude, en el momento se vio seca y vacía la crismera, la cual volvió repentinamente a llenarse como antes, luego que el clérigo postrado pidió perdón de su ligereza. Iguales prodigios se vieron en Murviedro y Castellón de la Plana.

6.° Que las lámparas nuevas de la iglesia de S. Cristóbal se encendieron por sí mismas, sin que nadie llegase (sens ma humanál), aumentándose su aceite sin disminución, con el cual, ungidos los enfermos, experimentaban milagrosas curaciones

7.° Que dicha iglesia pudo intitularse de S. Cristóbal, porque un judío al principio del motín (3) vio en lo alto de la sinagoga un hombre muy corpulento y robusto (4) con un niño en los hombros, a semejanza de como pintan a S. Cristóbal (veu sobre la sumitat de la sinagoga un hom fort, gran e soberch, ab una creatura en lo coll, á semblans que hom pinta à sent Cristófol). Por lo demás, dicen, no podemos hallar quien le dio este título ni por qué causa (no podem trobar qui fó entitulador, ne perque). Y cierto no hablaran así, si hubiera dicho S. Cristóbal repetidas veces: judíos, salid de mi casa. Con esto se ve lo que hay de verdadero y de incierto en las lecciones de dicho breviario de 1533, y en Escolano y otros historiadores de este suceso, cuya variedad en la relación de sus circunstancias, y la falta de documentos, dio ocasión a los editores de las actas de los santos a que pusiesen en duda la verdad de esta historia: majorem pro historiam hujus apparitionis firmitatem desiderari, ut credi possit tamquam vera (act. ss. 25 Jul. comm. praev. in vit. S. Cristoph. § IV. n. 37).

Tampoco parece muy averiguado que la consagración de la iglesia se hiciese el día 10 de Julio de dicho año por el obispo; porque don Jayme de Aragón, que lo era entonces, estaba en la corte del papa desde el año 1388, en la cual permanecía aún en 2 de Septiembre de 1391, como se ve por la carta que los jurados le escribieron ese día, haciéndole relación de lo ocurrido, y suplicándole que volviese luego a su iglesia por el peligro en que estaban sus ovejas, o si esto no podía, procurase a lo menos que fuesen socorridas con la presencia de un correspondiente pastor (fer, le dicen, que de qualque convinent pastor sien prestament provehides); con las cuales palabras no parece poderse componer, como algunos quieren, que por ese tiempo se hallase en esta Diócesis don fr. Jayme de Formentera, del orden de S. Agustín, obispo Christopolitano, y auxiliar de esta Diócesis.

Como quiera, es difícil señalar por que tiempo empezó a celebrarse en esta iglesia la fiesta de aquel milagro. En casi todos sus misales, así MSS., como impresos, se halla al día 10 de Julio la fiesta de S. Cristóbal con misa y oraciones comunes, que nada indican de tal historia, de la cual verosímilmente hubieran compuesto parte a lo menos de los responsorios, alleluia, ofertorio y comunión, como se ve practicado en la de S. Lázaro, S. Onofre y otros con menos motivo. En el breviario MS. el año 1464, que se conserva en este archivo y en la parroquia de los santos Juanes, hay seis lecciones propias y breves al estiló de aquel tiempo, en las cuales se cuenta la vida y martirio de S. Cristóbal; pero se omite el milagro de la sinagoga, cuya primera mención es del breviario de 1533, cuando pasados 142 años, por no haberse tenido presentes los documentos donde se refiere el hecho con exactitud, pudo haber en él mezcla de algunas circunstancias inciertas, y silencio de otras ciertas y muy substanciales, cual es el aumento del aceite de las lámparas, de que hablan los jurados como testigos.

Quisiera oír tu dictamen sobre estos puntos, y sobre lo que tiempos pasados hablamos de las actas de S. Cristóbal, que han dado motivo a mutuas contestaciones de varios católicos y a impugnaciones de algunos contra los herejes, que con falta de piedad y de crítica (5), pretenden negar la existencia de este santo mártir; del cual acaso volveré a hablar otro día, si me resuelvo a decir de algunas reliquias de esta ciudad. Bueno sería poder sacar alguna copia de las más insignes: y esto espero para decidirme del todo. Valencia 30 de Enero de 1803. 

NOTAS Y OBSERVACIONES. 

(1) Que no se oyeron las supuestas voces. Mientras que no se presenten otros documentos, parece que deben tenerse por inciertas las voces de S. Cristóbal a los judíos, repetidas, como dicen, hasta tercera vez, por guardar acerca de ellas uniforme silencio, no sólo los jurados que cuentan hasta las más menudas circunstancias del suceso, sino aun los mismos judíos convertidos, que no hubieran callado este milagro para gloria de Dios, así como publicaron otros con que se acreditaba el poder de la gracia, y justificaban ellos su prudencia en haber recibido el bautismo. En las palabras también que se ponen en boca del santo mártir hallo la expresión de que llevó en sus hombros a Cristo, cosa puesta en duda con harta razón por los editores de sus actas, como veremos luego. Escolano dio a estas voces de S. Cristóbal mayor extensión; sus palabras son estas: "estando algunos rabinos (pone rabines) y sacerdotes dentro de ella (la sinagoga) sintieron súbitamente una espantosa voz, que salía de debajo las gradas que agora son del altar mayor y les dijo: judíos, dejaos ya de ofender a Dios en seguir vuestros caminos errados, pues hasta las oraciones que aquí estáis ofreciéndole, se convierten en culpas contra vosotros, y en ruina de vuestras almas y vidas. Yo soy Cristóbal, uno de los siervos de Jesucristo, gran Rey de la gloria, que le llevé en mis hombros: convertíos a él, y doleos de vuestro obstinado error. Recibid el bautismo y desocupadme esta casa, que el Señor ordena que se dedique a mi nombre, y de su parte os amonesto que si ponéis en duda mis palabras descargará sobre todos un nublado de persecuciones, y yo derribaré vuestra sinagoga sobre vosotros. (Escolano hist. de Val. lib. V. cap. 10).

(2) De esta milagrosa renovación se hizo averiguación judicial. Entiendo que esta multiplicación (de que hay innumerables ejemplos en la Escritura e historia eclesiástica) pudo hacerse, como de otros casos semejantes juzga santo Tomás, no criando Dios nueva materia, sino convirtiendo una materia en otra, a la manera que dice san Agustín haber alimentado Cristo con cinco panes a cinco mil hombres, del modo que con pocos granos produce muchas mieses, lo cual hace no criando nueva materia, sino disponiendo el jugo de la tierra y las demás substancias que concurren a la formación del grano para que pueda servir de alimento. Y así extraña Benedicto XIV que en la Rota se hubiese tenido por de santo Tomás, y por más probable la sentencia que exige nueva creación de materia para las multiplicaciones milagrosas. (Bened. XIV. de beatif. et beator. canoniz. lib. IV. p. I. cap. 12). 

En la prueba de este milagro hallo las condiciones prudentes que ahora exige la silla apostólica, para no aventurar su juicio en materia tan delicada. 

1.° Consta que existía determinada cantidad de crisma dentro de cada ampolla: 2.° que llegó a consumirse todo este crisma en las ceremonias del bautismo solemne de los muchos conversos: 3.° que se multiplicó lo bastante para volver a llenar las ampollas luego que se vaciaron: 

4.° no aparece sospecha de fraude en este hecho, así por ser muchas las crismeras que se hallaron llenas, como por haber sucedido esta multiplicación en distintas partes y a la misma hora, y a vista de las personas principales de la ciudad, eclesiásticos y seglares: 

5.° añádese el fin de esta maravilla, que fue santo, ordenado a completar la obra de tan milagrosa conversión.

Siendo cierto este milagro, entiendo que es verdadero crisma el que se halló en las redomas, y que pudo servir para las ceremonias bautismales, como el consagrado por el obispo. Si no fuera este verdadero crisma, en vano hubiera obrado Dios esta maravilla, dirigida a que no faltase el crisma para los fines porque lo establece la Iglesia. A Dios le es fácil suplir milagrosamente por sí mismo con su bendición todo lo que necesita una materia para servir a los ministerios eclesiásticos.

(3) Vio en lo alto de la sinagoga un hombre fuerte &c. Semejante a esta es la aparición de S. Cristóbal a la virgen Friderunda que cuenta Leibnitz (de scriptoribus brunsvicensibus t. 1. pág. 580), diciendo: praestantissimum egregiae formae miraeque longitudinis gloriosissimum Christi martyrem S. Christophorum... aspexit. Ni de aquí se infiere que realmente hubiese sido gigante S. Cristóbal, que de esto hablaremos después. Suele Dios acomodarse a las opiniones del pueblo en lo que no es contra la verdad, y no lo es que S. Cristóbal hubiese sido gigante en el espíritu, esto es, en la fortaleza y las demás virtudes, que es lo que quiso manifestar al que vio esta visión, caso que fuese cierta. No son nuevas estas figuras simbólicas en las apariciones. S. Gregorio M. cuenta que S. Benito vio subir al cielo a santa Escolástica en forma de paloma, y a S. Germán, obispo de Capua, en un globo de fuego, y dos de sus monjes le vieron a él en su muerte subir por un camino muy adornado e iluminado con lámparas. Pudiéramos añadir la aparición simbólica de Benedicto IX, que da por cierta Baronio con la autoridad de Humberto y de S. Pedro Damiano. (Baron. ad ann. 1054), y la de Inocencio III a santa Lutgarda, atestiguada por Spondano (ad ann. 1216): Pagi (vit. Innoc. III n. 110): Fleury (hist. eccl. lib. LXXVII), y 

otros críticos; pero no es de nuestro propósito entrar en estas contestaciones (V. acta ss. 16 Junii vita S. Lutgardis, et Jac. Sicommar. not. XXV vitae S. Bartholom. IV. abb. Cryptae ferratae ex vet. cod. edit.) 

Traigo esto para probar que en las apariciones caben símbolos, y que de ellas nada puede deducirse sobre la inteligencia literal de todas sus circunstancias. ¿Qué hubiera de verdad en la visión de Daniel, si entendiésemos materialmente la descripción que hace la santa Escritura de aquel varón que se le apareció vestido de lino, y ceñido con un cinturón de oro? Otro tanto digo de los ángeles que en figura humana aparecieron a Lot, a Abraham y a Tobías. 

(4) Con un niño en los hombros. Molano y Solerio tienen por fábula el diálogo que se cuenta en la leyenda de oro, entre S. Cristóbal y el ermitaño que le exhortó a que pasase los caminantes por un río, con cuya ocasión mereció llevar sobre sus hombros a Cristo en figura de un niño pasajero.

Añade Molano que esta es una representación simbólica ad significandum quod sicut homine, sic et re fuerit verus Christophorus, sive Christiferus: y Vidas dice: Christophoro, infixum quod eum usque in corde gerebas. 

- Pictores Christum dant tibi ferre humeris.

Otros creen que este paso no fue por río, sino por el mar, lo que es de todo punto inverosímil: y el obispo Vidas atribuye a esta opinión el haber supuesto en S. Cristóbal la estatura gigantesca.

Quem gestans quoniam multa es perpessus amara 

Te pedibus faciunt ire per alta maris, 

Id quia non poteras nisi vasti corporis usu, 

Dant membra immanis, quanta gigantis erant. 

(5) Pretenden negar la existencia de este santo mártir. Chamiero (epist. jesuit. p. 46), Stigelio (carm. de S. Christoph.), y Chytreo (in onom.) y otros sectarios tienen por fábula, no sólo cuanto se refiere de la vida y martirio de S. Cristóbal, sino también de la existencia del santo, dando por cierto que la ignorancia del pueblo y la desidia de los pastores ha dado lugar a que este, que ellos llaman sagrado emblema, se transforme en imagen de un santo mártir, distinguido con el nombre de S. Cristóbal (Christophorus), con que debió significarse en alguna pintura jeroglífica un valeroso y esforzado predicador, o un intrépido confesor de la fe. A cuya sentencia parece haber inclinado Juan Pierio en sus jeroglíficos (lib. XV, in fin.)

Esta duda de la existencia de S. Cristóbal es infundada y temeraria, constando por testimonios de muy remota antigüedad el culto de este santo mártir en la Iglesia de oriente y occidente. A pesar de esto, no podemos menos de confesar la gran variedad con que de su vida y martirio hablan los escritores antiguos y modernos. Los griegos, que hacen su fiesta a 9 de Mayo, dicen que fue bautizado por S. Babilas, el antioqueno, y que padeció en la persecución de Decio. Los antiguos martirologios geronimianos, Floro, Usuardo y Adón, y otros del siglo IX, ponen su fiesta a 25 de Julio en Lycia, otros en Sicilia, otros en Samón o Amón, Salmón o Salmos, que Adón y Usuardo dicen pertenecer a Lycia, y Tillemont llama ciudad desconocida, y por ventura es el famoso pueblo de Grecia, junto a la Calabria ulterior, que ahora llaman Creepacuore, o la isla de este nombre en el mar Egeo, vulgarmente llamada Samandrachi, o tal vez la otra isla de Samos enfrente de Efeso, en el mar Icario o de Nicaria, conocida con el título de Samos Junonia, por el culto que en ella se daba a Juno. Aun pone de peor condición esta controversia la credulidad de nuestro Bivar, que engañado por el supuesto cronicón de Máximo, y dando por cierto que el Samos de S. Cristóbal es lo mismo que Solima, dice, que del nombre de aquella ciudad se llamaron solimos sus moradores; cuyo sueño desvaneció Solerio con el testimonio de Homero y de Strabon (Estrabón) (act. ss. 25 Jul. diss. praev. laud. §. VII, núm. 78. 79). Mombricio, Pedro de Natalibus, Surio, Vicelio están muy discordes en los hechos de este santo mártir.

Tillemont, por unas actas MSS., que dice haber leído de nuestro santo, juzga que hay en ellas mezcla de fábulas. Bolando fue del mismo parecer. Solerio lo demuestra por el cotejo de grandes contradicciones que halló en los varios códices de ellas que pudo haber a la mano (diss. laud. §. 10. 11.), y Baronio añade que nada halló mejor sobre S. Cristóbal que lo que se lee en el oficio mozárabe. Pero esta corrupción de las actas de S. Cristóbal en nada perjudica a la verdad de su existencia. ¿Cuántas falsedades se han mezclado en las vidas, no diré de san Pantaleón, de S. Jorge, de santa Catarina, de santa Margarita, de santa Cristina y de otros santos de los primeros tiempos; sino aun de S. Isidoro y de sus santos hermanos, y aun de S. Vicente Ferrer? Serario dejó sólidamente establecida esta verdad. 

Belarmino, tratando este punto (de ss. beatitudine lib. I, cap. 20.) contra los herejes, dice: sanctorum quorundam historias apocryphas quidem et incertas esse, non tamen propterea sanctos ipsos numquam fuisse. 

La estatura gigantesca de S. Cristóbal nada tiene de inverosímil, si damos por cosa sentada, como lo es, la existencia de los gigantes antiguos, y aun de personas de extremada altura entre gentes de estatura regular. La estatura agigantada de Og, rey de Basan, puede colegirse de su cama, que tenía nueve codos de largo, como está escrito en el Deuteronomio. Solus quippe Og rex Basan resisterat, de stirpe gigantum. Monstratur lectus ejus ferreus qui est in Rabbath filiorum Ammon, novem cubitos habens longitudinis, et quatuor latitudinis, ad mensuram cubiti virilis manus (Deuter. III. II). San Agustín (de civ. Dei lib. XV. cap. 9) dice: antiquorum magnitudinis corporum, inventa plerumque ossa, quoniam diuturna sunt, etiam multò posterioribus saeculis produnt. 

(Aquí me viene a la memoria San Balandrán, y el gigante de la película vasca Handia, además del valle de Baztán : rey Og de Basan)

El mismo santo doctor (ib. cap. XXIII.) dice que en Roma poco antes de la invasión de los godos hubo una mujer corpore quodam modo giganteo... ad quam visendam mirabiles fierent mortalium conventus. 

Nicéforo (hist. eccl. lib. XXIV. cap. 37.) cuenta que en el imperio de Teodosio nació en la Siria un gigante que tenía de alto cinco codos y un palmo, y que se llamaba Antonio: y que en su tiempo vivió, y que también le vio, un hombre de semejante estatura. Y esto sin retroceder a Heródoto (lib. I), que del cadáver de Orestes dice que tenía siete codos: ni a Plinio (hist. nat. lib. VII. cap. 16), que asegura que en Creta se halló otro cadáver de 46 codos; y que en el imperio de Claudio se trajo de Arabia otros de más de cuatro brazas; ni a Julio Salino (polyhistor. c. V. et XIV), y Apolonio Tyaneo (ap. Philostrat. lib. V), que aseguran haberse hallado otros tales cadáveres en varios sepulcros.

Gerónimo Magio (diss. de gigantib.), dice: Melchior Guilandinus Borussus.... mihi narravit se, cùm anno à Christo nato 1559 in Africam captivus esset perductus, Juliae Caesareae calvariam gigantis mirae magnitudinis vidisse, quam hispani duo identidem captivi, dum aratro terram prosciderent, exarassent... Hujus autem calvariae ambitum spithamarum fuisse undecim idem retulit, seque ab hispanis illis, cum mox diligentius de re percunctaretur, audivisse eodem loco, quo calvaria illa reperta esset, reliqua etiam cadaveris ossa mirae, ut symmetriae ratio exposcebat, magnitudinis superfuisse. Y poco después. Venetiis in cruciferorum ecclesiam asservatur os femoris divi Christophori, licet parte ex altera comminutum, tantae magnitudinis, ut eorum quae de viri hujus proceritate legimus, fides visu adstrui possit. Y luego. Nostram etiam aetate Paulum III pont. max. ossa quaedam humana monstrosae magnitudinis habuisse, non obscurae fidei aulici mihi narrarunt. Pero aún esta estatura de S. Cristóbal y las demás 

circunstancias con que se le pinta, no había inconveniente en que las tuviésemos por simbólicas, para denotar la alteza y fortaleza de espíritu con que este santo varón llevó a Cristo en su cuerpo por entre las aguas de las tribulaciones y calamidades presentes, como lo notó Vidas en su himno.

A Jesucristo mismo es muy común en el lenguaje de los PP. y DD. llamarle gigante, tomando este nombre de la comparación simbólica de David, exultavit ut gigas, para significar la fortaleza de su omnipotencia en la protección y salvación de los suyos, en cuyo sentido le llama un himno antiguo suae gigas ecclesiae (ap. Clyctoveum elucid. p. I. in hymn. Fit porta), o para denotar la unión de las dos naturalezas en la persona del Verbo. Así le llama S. Ambrosio gigantem.... biformis geminaeque naturae, cuya autoridad alega el sínodo de Francfort, recordando a los obispos de España un himno de la natividad del Señor, en que aquel padre vuelve a llamar a Cristo: geminae gigas substantiae (V. Teophil. Rayn. de Christo lib. I. n. 13. seq.) De esta especie de símbolos, respecto de los santos, quedan aún mayores vestigios en la antigüedad eclesiástica, no ya en los escritos, sino en estatuas y pinturas: tal es, por ejemplo, la imagen del dragón hollado y alanceado, y arrojado al mar por Constantino y sus tropas, que dice haber visto por sus ojos Eusebio Cesariense (de vitam Constant. lib. III. cap. 3). Símbolo del triunfo que con su conversión consiguió él de satanás, llamado serpiente y basilisco y dragón en la divina Escritura. Tal es el otro cuadro dado por una persona desconocida a Senodo, subdiácono de la iglesia de Uzala, en que estaba pintado S. Esteban en ademán de llamar a la puerta de la ciudad con el ástil de la santa cruz, y de arrojar de ella y de oprimir debajo de sus pies un dragón de fuego, que el día anterior se había visto en el aire (Evod. episc. Uzal. de miraculis S. Stephani libro II. c. 4). 

Semejante a estas es la pintura de S. Jorge a caballo, alanceando a un dragón, y librando de sus garras a una humilde doncella; símbolo que no perjudicando en nada a la verdad de la existencia de este santo mártir, como dicen Serario (litan. lib. III. q. 20), y Teophilo Raynaudo (simbol. antonian. §. I.) contra Lutero, Melanton y otros herejes, denota su patrocinio respecto de alguna región que le implora, como juzga Baronio (martyr. 23 April.), o la defensa que presta la Iglesia contra el dragón infernal, que es la opinión de Villavicencio (de ratione stud. theol. c. VII).

Otro tanto debe decirse de la pintura del arcángel san Miguel pisando un dragón con espada desenvainada en la mano derecha, y un peso en la izquierda, cuyos símbolos, conformes a la verdad de la religión, explicó Teophilo Raynaudo (de Christo lib. V. sect. 4. c. 7. et symbol. anton. §. I. n. 4.), desvaneciendo los recelos de Molano (hist. imag. lib. III. c. 39), y la equivocación con que nuestro Blas Viegas (in Apocalyps. c. XII. comm. I. sect. XVIII. n. 7.) colige de esta pintura que S. Miguel ejerce el juicio particular. Tal es la pintura de un león en los cuadros de san Gerónimo, bien sea para denotar su amor a la soledad, como juzgan Molano (de imagin. lib. III. cap. 42) y Petreyo (ad cronic. carthusiens. Dorlandi lib. III. §. 5), o su generoso esfuerzo e intrepidez contra los luciferianos, pelagianos y otros herejes, como juzga Baronio (annal. ad an. 420). Otro tanto puede decirse del fuego y del puerco que suelen añadirse en los cuadros de S. Antonio abad, denotando el puerco sus victorias contra el demonio, atestiguadas por S. Atanasio; y el fuego su fervor en la práctica de las virtudes, o su experimentado patrocinio contra la enfermedad del fuego sacro, llamada después vulgarmente fuego de S. Antón, y más conocida con el nombre griego herpes, o contra la llama de la lujuria, como cree Gerson (p. IV. serm. de S. Anton. consid. 3), o contra los ardores del infierno, que es la sentencia de santo Tomás (in 4. dist. 45. que. 3. art. 2. ad 2); bien que aun esto lo entiende Raynaudo de la erupción cutánea de las herpes, a la cual en un himno de S. Antonio se la llama infernalis herpes, y contra cuyo estrago, que en algunos reinos de Europa fue horrible, especialmente en los siglos XI y XII, invocó la Iglesia la intercesión de este santo abad, diciéndole en una de sus oraciones: Deus, qui concedis obtentu beati Antonii morbidum ignem extingui, et membris aegris refrigeria praestari.

Por estas muestras se ve que estando autorizada por la Iglesia la práctica, no sólo de mostrar con expresiones simbólicas las virtudes de los santos, sino de adornar con símbolos y jeroglíficos sus mismas imágenes; no fuera extraño que hubiera seguido esta costumbre en las estatuas y cuadros de S. Cristóbal. A pesar de estas tan sólidas reflexiones intentó Serario probar que sin este recurso a los símbolos usados por la antigüedad eclesiástica, puede darse por cierta la estatura agigantada de S. Cristóbal, en lo cual apenas hay quien le siga. Imposible no es, ni aun inverosímil; pero no es cosa averiguada. Nuestro Interián de Ayala establece sólidamente esta exposición simbólica de la supuesta estatura de S. Cristóbal, y alega unos versos latinos de la catedral de Sevilla, escritos en el siglo XVI, por donde se ve que esta era opinión recibida en España (pict. christ. lib. VII. cap. 2). 

catedral de Sevilla


jueves, 13 de agosto de 2020

Falacia nacionalista, castellano impuesto por la fuerza en Cataluña

La posición estratégica de Cataluña, puerta hacia el resto de Europa y bañada por el Mediterráneo, ha convertido su historia en un constante mestizaje cultural. Al contrario de lo que afirman los nacionalistas, en esta región española el catalán no ha sido el único idioma y, desde luego, el castellano nunca fue introducido a la fuerza. Ambos idiomas, y otros, convivieron en Cataluña sin confrontación hasta el siglo XX. 

Loís Alibèrt: dialèctes occitans, catalan comprés
Loís Alibèrt: dialèctes occitans, catalan comprés


Como relata Jordi Canal en « Historia mínima de Cataluña» (Turner), el catalán se originó en el noreste peninsular y en el sur de la Galia a partir del latín vulgar que introdujeron los romanos durante la conquista. La alta penetración que tuvo la cultura romana, sobre todo en el litoral, hizo a su idioma inmune a la influencia celta, griega, fenicia e ibérica. Solo en la zona pirenaica la influencia latina fue menor, hasta el punto de que en Ribagorza y Pallars se habló hasta la época carolingia una modalidad del vasco. (Y la universidad Sertoriana ?)

Al igual que con otras lenguas peninsulares es imposible saber el momento exacto en el que el latín vulgar, en la variante de este territorio, evolucionó a un incipiente catalán. Algunos filólogos sugieren el primitivo romance se conformó entre los siglos VII y VIII. Lo que está claro es que durante la Edad Media Cataluña y el resto de territorio peninsular fueron multilingües. El catalán –como señala Jordi Canal– «nunca, a lo largo de la historia, ha sido la única lengua en Cataluña. Ha coexistido, tanto en sus formas habladas como escritas, con otras lenguas, igualmente consideradas como propias por una porción más o menos amplia de catalanes». De esta forma, la convivencia entre el latín, la lengua de oc, el aragonés y el catalán fue lo habitual en Cataluña. (Te dejas el valenciano).

La convivencia medieval entre lenguas.

La lengua de oc o provenzal fue la lengua cultural de lo que es hoy en día el sur de Francia y las regiones vecinas durante todo el periodo medieval, particularmente a través de los trovadores y trobairitz. En Cataluña la penetración fue amplia e, incluso cuando dejó de usarse a nivel oral, la poesía se siguió cultivando en lengua de oc durante siglos, no así la prosa (también la prosa). De modo que esta tradición no se rompió definitivamente hasta el siglo XV con la obra del valenciano Ausìas March, autor de «Llir entre cards», aunque hay que aclarar que se trató de un texto en valenciano.

Los Reyes Católicos, Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla.
Los Reyes Católicos, Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla.

La convivencia entre el aragonés y el catalán también se extendió durante varios siglos. No obstante, dentro de la Corona de Aragón, conformada por los reinos sometidos al Rey de Aragón (Aragón, los Condados catalanes, Valencia, las islas baleares, parcialmente Sicilia, Córcega, Cerdeña, Nápoles y los ducados de Atenas y Neopatria), la lengua no era el eje vertebrador, ni el factor común, sino la sumisión a la jurisdicción de un Rey y de una dinastía, la Casa de Aragón. Cada uno de los territorios conservó su propia lengua y en la Cancillería real, organizada por Jaime II, los funcionarios dominaban a la perfección el catalán, el aragonés y el latín, del mismo modo que lo hacían los comerciantes y la incipiente burguesía. En la Corte, por su parte, se hablaba o el aragonés o el catalán dependiendo del lugar en el que estuviera establecida. La influencia entre ambas lenguas fue inevitable.

La clerecía no catalana llegada en esos años se esforzó en aprender la lengua catalana y los jesuitas, por ejemplo, se cuidaron de escoger solo a catalanes para trabajar en la región.

La lengua de las élites: el castellano.

La edad de oro de la literatura castellana, entre los siglos XVI y XVII, vincularon en Cataluña la idea de que este idioma era propio de las letras cultas. De las 38 obras impresas en Lérida (Ilerda, Leyda, Lleida) en las dos primeras décadas del siglo XVII, doce eran en latín y el resto en castellano; mientras que ninguno en catalán. Pero mientras en las librerías catalanas las obras más vendidas eran en castellano, con un éxito inédito de los textos de Santa Teresa de Ávila; en las calles casi todo el mundo hablaba catalán. «En Cataluña el pueblo común no entiende el castellano», afirmaba todavía en 1636 un clérigo de esta región española. Entonces, ¿cómo y cuándo se produjo el proceso de asimilación del castellano entre las clases bajas?

Cuadro de Felipe V (considerado por el nacionalismo la bestia negra de Cataluña) en el Almudín de Játiva.
Cuadro de Felipe V (considerado por el nacionalismo la bestia negra de Cataluña) en el Almudín de Játiva.

El proceso comenzó con la práctica de las élites de Barcelona del bilingüismo por una razón pragmática e inmediata. La administración del virrey y la Inquisición manejaban el castellano como lengua vehicular y quien quería influenciar en estos organismos requería conocer esta lengua. Un amplio sector de las clases altas prefería hablar castellano en vez del idioma del vulgo y educar a sus hijos en esta lengua, así como realizar los discursos públicos en ella. De las élites, el castellano se trasladó finalmente al pueblo con el paso de los siglos, pese a lo cual el catalán sobrevivió en una «modalidad infradesarrollada», de espaldas a la alta cultura.

La lengua hablada en Cataluña fue casi exclusivamente el catalán hasta finales del siglo XIX. Lo que contradice el mito nacionalista de que después de 1714, cuando se produjo el asedio de Barcelona que puso fin a la Guerra de Sucesión, hubo un intento desde la Corte de Madrid de erradicar el catalán. En este sentido, sí es cierto que las Leyes de Nueva Planta exigieron el uso general del castellano en la administración, con el fin de unificar las ordenanzas administrativas. Lo que no evitó que el catalán siguiera usándose en la vida pública y privada de forma mayoritaria. Así las cosas, no hay que olvidar que en la corte de Felipe V la lengua oficial era el francés y los despachos importantes se realizaban en esta lengua. El castellano no era ya una lengua tan predilecta como se podría esperar... En cuanto a la alta cultura, el idioma efectivo era el italiano, lejos de la edad de oro de la literatura castellana un siglo antes.

De la represión franquista a la nacionalista.

El castellano fue asimilado de forma progresiva desde arriba, mientras que el catalán seguía vivo abajo sin que fuera objeto de agresiones de ningún tipo. A finales de siglo XIX fue perdiendo influencia, sobre todo en las grandes ciudades. Durante la dictadura de Primo de Rivera se intentó limitar su uso, pero aquella intentona tuvo pocos efectos prácticos. No así con la dictadura Franquista, donde la lengua catalana fue penalizada en todos los ámbitos a modo de castigo contra una zona considerada rebelde por el bando nacional. La publicación y venta de libros en catalán quedaron restringidos, e incluso hubo intromisiones en la esfera privada con la obligación de bautizar a los niños con nombres castellanos.

César Cervera, has leído
https://www.dolcacatalunya.com/2014/03/cuando-franco-premiaba-libros-en-catalan/ ? Te hace falta leer más. 

Una vez finalizó el periodo dictatorial, la Generalitat trató de revertir todo el proceso valiéndose de algunos de los mismos instrumentos represivos pero, esta vez, contra el castellano. El objetivo de las últimas décadas ha sido el de controlar y casi eliminar el papel del idioma más hablado hoy en la vida pública y privada de Cataluña: el castellano.

https://www.lavanguardia.com/vangdata/20150420/54430743206/retrato-linguistico-de-catalunya-en-cinco-graficos-interactivos.html#:~:text=El%2080%2C4%25%20de%20la,es%20la%20lengua%20m%C3%A1s%20habitual.

Los nacionalistas (catanazis) han empleado el separatismo lingüístico como arma arrojadiza y la Generalitat ha relegado el castellano a una posición secundaria, a pesar de que los estudios sobre el uso del catalán apuntan a que el castellano es el idioma más habitual. Según la encuesta de usos lingüísticos de la población de 2013, realizada por la Generalitat, el catalán es el idioma habitual del 36,3% de la población de Cataluña, mientras que el castellano lo es para el 50,7% de los habitantes.

La tendencia parece clara. En el mencionado libro de Kamen, se atreve a pronosticar que en el futuro el catalán pueda acabar en la lista de la UNESCO de lenguas europeas en amenaza de extinción, como le ha ocurrido al euskera (vascuence) recientemente. «No es sorprendente, porque el bilingüismo regional nunca ha funcionado en ninguna parte, en ningún país. En España, todas las lenguas minoritarias están amenazadas por el avance del castellano», sostiene el hispanista.

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https://www.abc.es/historia/abci-falacia-nacionalista-castellano-impuesto-fuerza-cataluna-201709270118_noticia.html

https://www.abc.es/autor/cesar-cervera-1068/

jueves, 13 de febrero de 2020

Fórnoles, Peñarroya, pleito, Pedro Bel Caldú


La forsada absorsió de Fórnols per Penarroija (també Castelserás va sé absorbit per Alcañís), per raó dels seus deutes, va ficá en guárdia a datres pobles que estaben a una situasió pareguda. La lucha de Fórnols, per a recuperá la seua autonomía perduda, va sé seguida en ressel y expectassió per los pobles veíns. Los oprimits, al seu llarg camí de recuperasió, van contá en la solidaridat y lo apoyo de atres pobles de la contornada.

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EL EMBARGO Y SUS CONSECUENCIAS ECONÓMICAS
Fórnols había sido embargado por su cuantiosa deuda en censales. En los acuerdos formalizados por escrito (1397) ratificados por la Orden de Calatrava (1402) y por el Papa Luna (1411) ni siquiera se planteó la posibilidad de que Fórnols pudiese llegar algún día saldar su deuda. El acuerdo de embargo y absorción de Fórnols por Peñarroya se hizo efectivo por obra de los calatravos, sin que el Rey de Aragón interviniese en ninguna de sus fases.
Fórnoles
Fórnols, la basseta
Los de Fórnols, perdidas todas sus instituciones, pagaban al concejo de Peñarroya la pecha anual por la deuda y además todos los impuestos civiles y eclesiásticos sobre lo que producían y sobre los bienes inmuebles que poseían. Como contrapartida el concejo de Peñarroya se hacía cargo de los gastos de mantenimiento y reparaciones de la iglesia, la ermita, el cementerio y los edificios comunales de Fórnols. Además, Peñarroya aceptaba el compromiso  de garantizar la vigilancia y la seguridad ciudadana en todos sus términos.
LIMITACIONES E INSEGURIDAD
El Justicia de Peñarroya ejercía la jurisdicción sobre los vecinos de su nueva aldea, auxiliado en Fórnols por un Tinente (Delegado) cuyas funciones eran muy limitadas. El Tinente no podía intervenir en pleitos de cuantía superior a 50 sueldos jaqueses. Ni podía retener a un preso más de tres días sin entregarlo al Justicia de Peñarroya.
Bifurcación de caminos. Por la derecha camino de Monroyo. Por la izquierda camino de Ráfales-Fuentespalda- Peñarroya
Bifurcación de caminos. Por la derecha camino de Monroyo. Por la izquierda camino de Ráfales-Fuentespalda- Peñarroya
Unía a los dos pueblos un tortuoso camino de  herradura. Tres leguas (22 kilómetros) por terreno escarpado que trascurría con notables pendientes y desniveles por los términos de Monroyo, Fuentespalda y Ráfales. En estas condiciones  la seguridad de los habitantes de Fórnols era muy precaria. Los forajidos actuaban con total impunidad contra ellos, su detención por un solo agente era prácticamente imposible y su largo traslado multiplicaba las posibilidades de fuga.
Mapa de situación 2
Ubicación de Fórnols y Peñarroya
El concejo se había llevado a Peñarroya todos los documentos donde se recogían los privilegios concedidos por la Orden de Calatrava a la antigua villa, ahora absorbida. También se habían llevado todos los acuerdos firmados por Fórnols con Monroyo, su villa matriz, y con otras entidades. La excusa fue obtener copias notariales de los mismos. Pero el cartulario (colección de documentos) de Fórnols fue retenido en Peñarroya y nunca más se devolvió a sus vecinos. Con ello quedaron ignorantes e indefensos para exigir sus derechos.
En aquellos tiempos no existía nada parecido a un Boletín Oficial donde se publicasen las concesiones y los acuerdos. Se emitían documentos y acuerdos por duplicado, al portador, con un ejemplar para cada contratante. Cuando había un conflicto se exhibían esos documentos, o su copia notarial, y no podías defender tus derechos si no disponías del documento que los amparaba. Por esa razón los concejos guardaban celosamente esa documentación y la protegían con fuertes medidas de seguridad.
LA ESPERANZA DESESPERANZADA
Para los de Peñarroya la absorción era definitiva. Sin embargo los de Fórnolsconfiaban en el pacto, no escrito, de recuperar su autonomía cuando saldasen su deuda. Para ello reclamaban que ese derecho les fuese reconocido por escrito. Los concejos de La Fresneda y Ráfales amparaban esa pretensión de los vecinos fornolenses.
El concejo de Peñarroya, estaba muy satisfecho de la ganga conseguida en el acuerdo, y tenía el convencimiento de que Fórnols nunca sería capaz de pagar su deuda. Pero desconfiaba del apoyo que La Fresneda prestaba a las pretensiones de Fórnols, cuyos términos eran colindantes. En Peñarroya se temía que La Fresneda, donde vivía un grupo de prósperos mercaderes, llegase a un acuerdo secreto con los de Fórnols, comprase sus censales, y sustituyese a Peñarroya en los ventajosos derechos que había adquirido con la intervención.
Peñarroya de Tastavins
Peñarroya de Tastavins
Habían transcurrido más de treinta años y los de Fórnols, cansados de pagar, exigían que Peñarroya reconociese la parte de deuda ya recibida y fijase un plan para saber cuando estaría totalmente saldado el débito. Mediaron los de Ráfales, se llegó a un principio de acuerdo y Peñarroya firmó en 1431 la llamada Carta de Gracia. Un documento cuya autenticidad plantea muchas dudas por las razones que explicaré en otro post.
Recreación de Santa María de la Mola de Peñarroya (Dibujo de Desideri Lombarte)
Recreación de Santa María de la Mola de Peñarroya (Dibujo de Desideri Lombarte)
LA CARTA DE GRACIA (1431)
Según el documento, fue convocada la universidad (los 64 vecinos) de Peñarroya y la asamblea tuvo lugar en la puerta de la iglesia de Santa María de la Mola el día 2 de agosto de 1431. El Justicia y el concejo, en pleno, presidieron la reunión y estuvieron presentes, como testigos cualificados el Muy Reverendo Señor Joan Cassán, Obispo de Cerdeña y Frey Benito de Mora, Caballero de la Orden de Calatrava y Comendador de Peñarroya. También asistieron, como hombres buenos, el párroco y el Justicia de Ráfales, que habían sido los promotores de aquel acto.
Carta de Gracia 1431
Carta de Gracia 1431
En el documento se fijaba como deuda, todavía pendiente, la cantidad de 30.000 sueldos, a pagar por los de Fórnols en 120 años, a razón de 250 sueldos anuales. Y se comprometían a restituir la autonomía y los derechos de Fórnols cuando sus vecinos hubiesen saldado totalmente la deuda. Exigiendo que ningún otro pueblo pudiera sustituir a Peñarroya en aquella ventajosa situación. De esta manera se abría, a los de Fórnols, la esperanza de recuperar su autonomía en el lejano 1551.
En el libro de Peytas, conservado en el archivo privado Gil- Aznar de Peñarroya se documentan las liquidaciones originales de los años 1541 a 1613. Redactados en catalán autóctono hasta el año 1593, y en castellano los siguientes hasta 1613, salvo el de 1600 que también está en catalán de Aragón.
INSUMISIÓN Y REBELIÓN
Pasó el año 1551, la deuda estaba ya saldada, los de Peñarroya seguían cobrando la pecha y los impuestos a los de Fórnols sin ninguna intención de restituirles la autonomía como villa independiente.
Horca
Horca
Con el descubrimiento y conquista de América, la demanda del aceite de oliva creció en los mercados y en todo el Bajo Aragón hubo una gran expansión del olivar. El término de Fórnols, por su inferior altura, es más apto que el de Peñarroya para la producción olivarera y el aceite de Fórnols siempre fue muy apreciado por su extraordinaria calidad. En esta nueva situación los impuestos sobre la producción, los diezmos y las primicias de Fórnols suponían   ingresos muy sustanciosos para Peñarroya.
Los de Fórnols seguían reivindicando sus derechos perdidos y el malestar hizo insostenible la situación. En 1578  Fórnols se hizo el remolón en el pago de la pecha y dejó de enviar los presos a Peñarroya. Levantó horcas y pelleric, como símbolos de recuperación de su poder autónomo. Instalaciones que el Justicia de Peñarroya desmontó inmediatamente. Con estos actos de insumisión se abrían las hostilidades entre los dos pueblos.
El día de Santa Cruz de Mayo (día 3), víspera de Santa Mónica de 1579, había baile en la plaza de Fórnols. Llegaron el Justicia, los Jurados y alguaciles de Peñarroya, con sus insignias, varas y símbolos de autoridad, para presidir la fiesta. El pedrís (banco de piedra) de la plaza estaba ocupado por gente de Fórnols, que no quiso ceder su asiento a los jerarcas de Peñarroya. Intervinieron los alguaciles y desalojaron el pedrís, por la fuerza, para sentarse ellos y las autoridades.
Pedrís de la plaza de Fórnoles
Pedrís de la plassa de Fórnols
Dice la crónica que los de Fórnols les dixeron algunas palabras descompuestas e injuriosas y uno habló al oydo al juglar (el gaitero) el qual, luego, se dexó de tañer(tocar). Se acabó la fiesta y empezó el motín.Y, viendo que la gente se yva amotinando, se levantaron los dichos oficiales para recogerse en una casa que Peñarroya tiene en Fórnols. Y los vecinos del dicho lugar, amotinados, les fueron siguiendo tirándoles pedradas y obligándoles a recogerse en la dicha casa. Por que ya les alcançavan con las piedras. Y hirieron a uno, o más, de los de Peñarroya. Los clérigos y dos vecinos de Fórnols se interpusieron y apaciguaron a su gente, evitando que lincharan a las autoridades de Peñarroya y después acompañaron al cortejo hasta la salida del pueblo para evitar males mayores.
A pesar de haberse desplazado a Peñarroya 24 hombres de Fórnoles para pedir perdón por el ultraje a las autoridades y hacer las paces, el conflicto continuó. El 1 de enero de 1580 llegaron a Fórnoles un Jurado, un clérigo y dos recaudadores de Peñarroya para cobrar impuestos y deudas. Cierto vezino del lugar empeçó a dar voces y, nombrando la Carta de Gracia, decía: ¡Carne! ¡Carne!- Y junto con eso hacía ruydo con la boca a modo de arcabuz. Los de Fórnoles se negaron a darles cebada para sus cabalgaduras y no ofrecieron comida a la delegación de Peñarroya. Y se amotinaron de nuevo echándoles del pueblo a pedradas. Y a los corredores (recaudadores) que quedaron ejecutando, les amenaçaron que les quebrarían las piernas. Y a uno dellos, porque sacó una prenda, le tiraron una pedrada, con lo qual se fueron a Peñarroya gritándoles y tirándoles piedras por los caminos.
Lapidación
Lapidación
Días más tarde volvieron los cobradores y no encontraron a ningún pagador. Uno de los cobradores denunciaba ante el Justicia de Peñarroya que, en Fórnoles, aquella noche, le habían dado muchos pescozones (collejas) y torniscones (pellizcos), y díchole muchas palabras injuriosas. Y que al marcharse de Fórnoles sintió que, por detrás, les mofavan, gritavan y arrojavan piedras.
LA REPRESIÓN
Ante la actitud levantisca de su aldea, el Justicia de Peñarroya confeccionó una lista de 26 rebeldes y, el domingo de Septuagésima, a finales de enero de 1580, llegó de madrugada a Fórnoles con 50 o 60 hombres armados con intención de detener a los de la lista. Consiguió apresar a 8 hombres y 2 mujeres, los demás habían huido al campo. Los trasladó maniatados a Peñarroya y, a pie de horca y con el verdugo preparado, les amenazó con ahorcarlos a todos si continuaban en rebeldía pero, pasado el susto les dejó en libertad.
Iglesia de Fórnoles
Iglesia de Fórnoles
Como la insurrección continuaba, el Miércoles de Ceniza, en febrero del mismo año, las autoridades de Peñarroya se presentaron con 70 u 80 hombres armados para detener a 30 fornolenses que figuraban en una lista ampliada de rebeldes. Hubo un soplo y todos los hombres jóvenes de Fórnoles, menos el cura, huyeron al monte. El sacerdote, las mujeres, los niños y los ancianos se refugiaron en la iglesia, que entonces tenía dos puertas, una lateral y otra trasera. Los de Peñarroya tapiaron con piedras una de las puertas, y atrancaron  la otra con un cerrojo.
El cura y sus débiles feligreses permanecieron dos días encerrados sin recibir comida del exterior. Una mujer enferma, que había permanecido en su casa, sin asistencia, murió sin los últimos sacramentos por que el cura estaba encerrado. Dice la crónica (seguramente exagerando) que muchas mugeres preñadas que se recogieron en la iglesia, alteradas y hambrientas, malparieron (abortaron) y con estos y otros excesos, sacrílegamente (los de Peñarroya) profanaron la iglesia y robaron y saquearon el lugar. Y aunque el oficial Eclesiástico de Alcañiz proveyó mandamiento con censuras para que abrieran la iglesia, se detuvieron en el lugar hasta el sábado siguiente. Y huvieran muerto y acabado con toda la gente encerrada, sino fuera que Don Juan de Lanuza, comendador de La Fresneda, y otros lugares circunvecinos, venían a dar favor a los de Fórnoles y librarles de tan grave opresión. Por lo qual los de Peñarroya levantaron el cerco y volvieron a sus casas.
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El Comendador Juan de Lanuza
Regresaron a Peñarroya después de haber saqueado muchas casas y perseguido a los hombres de Fórnoles por todo el término. Se llevaron  detenidos a cuatro de los cabecillas de la rebelión, que fueron encarcelados en Peñarroya, hasta que la Real Audiencia los trasladó a Zaragoza y los dejó en libertad.
Juan de Lanuza Ajusticiado
Juan de Lanuza, ajusticiado
Resolvió el motín de Fórnoles Don Juan de Lanuza V el Mozo, entonces Comendador de La Fresneda. Quien más tarde, en 1591, ocuparía el cargo de Justicia Mayor de Aragón. Lanuza se enfrentó al rey Felipe II y fue ajusticiado alevosamente sin juicio previo, pasando a la historia como héroe defensor de los fueros de Aragón.
Ante estos agravios, los de Fórnoles, recurrieron al amparo del Consejo de las Órdenes, que declaró nula la unión de 1397, restaurando la autonomía perdida. Pero eso sólo fue el inicio de un pleito de campanillas, en el que intervinieron los abogados más prestigiosos de Aragón y duró 32 años. En mi próximo post trataré ese pleito.
BIBLIOGRAFÍA Y ENLACES
ARCHIVO GIL-AZNAR, “Llibre de la Peyta”. Peñarroya de Tastavins, 1541-1719
https://historiasdelbajoaragon.wordpress.com/2014/02/28/los-visitadores-y-el-poder-municipal-en-el-bajo-aragon-s-xv-xvi/
DE CASANATE, Matías. “Sumario del Proceso de Propiedad Juratorum de Peñarroya et Fórnoles” Caesaraugustae: Apud Petrum Cabarte, Anno Domini M.DC.XII. (Archivo municipal de Fórnoles)
HARVARD LIBRARY (Cambridge- Massachusetts- USA) (Copia notarial de 1612 del privilegio de 1337 a favor de Fórnoles)
LOMBARTE I ARRUFAT, Desideri. “Pena-roja: una vila de frontera”. Peñarroya de Tastavins (Teruel): Associació Cultural Tastavins, 1999.
 VIDIELLA, Santiago. Unión y separación de Peñarroya y Fórnoles. BHGBA Tortosa: Imprenta Querol, 1908
Un largo y costoso pleito (1578-1613) enfrentó a dos villas bajoaragonesas, Fórnoles y Peñarroya, que culminó con sentencia favorable a Fórnoles. Esta resolución terminaba con las secuelas de la crisis económica del siglo XIV, que había provocado el endeudamiento insostenible de Fórnoles y su intervención y rescate por Peñarroya.
ANTECEDENTES
En 1397 Peñarroya asumió la cuantiosa deuda, que la villa de Fórnoles había contraído durante la burbuja de los censales. Corría el año 1576 y los de Fórnoles consideraban que su deuda estaba sobradamente saldada. Según lo pactado, habían pagado religiosamente la pechade amortización, y todos sus tributos, a Peñarroya durante 180 años (6 generaciones). Su aspiración era recuperar la autonomía perdida en aquel percance, pero carecían de la documentación necesaria para hacer valer sus supuestos derechos.
Mosén Pedro Oliver
Mosén Pedro Oliver
Peñarroya consideraba que el rescate había sido una compra, no un préstamo. Fórnoles necesitaba un documento que amparase su aspiración de independencia. Pero no lo tenía porque, seguramente, ese documento no había existido nunca. Para resolver ese problema, el cura de Fórnoles mosén Pedro Oliver, apoyado por el Barón de Herbés, consiguió del Papa Gregorio XIII la emisión de una Paulina(carta de excomunión de Paulo III, que se expedía por los tribunales pontificios, para descubrir lo que se sospechaba que había sido robado u ocultado).
Colgaron la Paulina en todas las iglesias de la contornada excomulgando a quienes hubiesen robado, o estuviesen ocultando, la Carta de Gracia, supuestamente emitida el 2 de agosto de 1431 por el concejo universidad (asamblea de vecinos) de Peñarroya. En ella se reconocía el derecho de Fórnoles a recuperar su condición de villa, cuando hubiese saldado toda su deuda.
Una mano anónima, movida por el miedo a la excomunión, entregó por una ventana el ansiado documento a Juana Sobradiel, una mujer de Fórnoles. Era una noche de luna clara de primeros  de octubre de 1576. Juana corrió gozosa a entregar el preciado documento a mosén Pedro Oliver. Los de Fórnoles habían conseguido la base para reclamar sus reivindicaciones.
El contenido de la Carta de Gracia, era exactamente lo que necesitaban los abogados de Fórnoles para iniciar el largo camino hacia la libertad y la autonomía de la antigua villa. En el documento se reconocía, por el concejo y vecinos de Peñarroya, la deuda pendiente y el plazo para pagarla de 120 años (hasta 1551). Además reconocían el derecho de Fórnoles para recuperar su autonomía perdida, cuando hubiese saldado toda  la deuda. Se ha discutido mucho si la Carta de Gracia existió realmente o se creó con una burda falsificación (yo creo que era falsa). Lo indiscutible es la astucia y sagacidad, demostrada por los de Fórnoles, para crearlo si no existió, o para recuperarlo si era verdadero.
Castillo Baron de Herbés
Castillo del Barón de Herbés
PRIMERAS ACTUACIONES  
Con la Carta en la mano el 16 de octubre, los de Fórnoles instaron a Peñarroya para que cumpliese sus promesas y el día 25 del mismo mes solicitaron, en la Secretaría del Justicia de Aragón, que se validase una copia notarial del documento. De manera que pudiera utilizarse en juicio, como documento auténtico, sin presentar el original de dudosa procedencia. Al final los de Fórnoles conseguirían la copia validada por el Justicia Mayor de Aragón. 
Los de Peñarroya denunciaron los hechos en la Real Audiencia de Aragón, que declaró falsa laCarta de Gracia y les autorizó a continuar ejerciendo el poder sobre su aldea. Fórnoles recurrió el veredicto de la Real Audiencia ante el Justicia de Aragón, pero no consiguió el objetivo y fueron rechazadas de nuevo sus pretensiones de autonomía.
Real Audiencia de Aragón
Real Audiencia de Aragón
El Justicia de Peñarroya, amparado por las resoluciones de la Real Audiencia y del Justicia de Aragón se presentó en Fórnoles en 1578 para destruir las horcas y el pelleric que los de Fórnoles estaban levantando. Con ello las relaciones entre Peñarroya y los vecinos de su aldea se tensaron. Tensiones que darían lugar a los motines de 1578 -1580, que relaté en mi post Fórnoles y Peñarroya (1): El conflicto.

RECURSO AL CONSEJO DE LAS ÓRDENES 
La dura represión ejercida por los de Peñarroya, para disolver los motines declarados en Fórnoles, creó una corriente de comprensión y simpatía hacia los represaliados. Los de Fórnoles, aprovechando esta corriente favorable, presentaron en 1580, su demanda al Consejo de las Órdenes, órgano supremo de Calatrava, presidido por el Rey, con sede en Castilla. Apoyaron su demanda en la copia de la Carta de Gracia  ya autentificada por la Secretaría del Justicia de Aragón. No se atrevieron a presentar el original falsificado o, al menos, manipulado.
Privilegio- Consejo Supremo de Aragón
Privilegio- Consejo Supremo de Aragón
Los de Peñarroya fueron convocados a defender su posición y no comparecieron.  Consideraban que el Consejo de las Órdenes, con sede en Castilla, no era competente para resolver litigios territoriales en el Reino de Aragón y que ningún aragonés podía ser obligado a litigar fuera del Reino. Así lo manifestaron en un memorial que enviaron al Rey y al Consejo de Súplica en 1584. Estaban en lo cierto, pero no era momento propicio para este tipo de reivindicaciones. Las tensiones de la nobleza aragonesa con el Rey, por cuestiones de fueros, llevarían al patíbulo, 7 años más tarde, al Justicia de Aragón D. Juan de Lanuza el Mozo.

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Juan de Lanuza
En 1586 el Consejo de las Órdenes, ante la contumacia y la ausencia de los de Peñarroya, dio por buenas las razones de Fórnoles y autorizó la segregación de ambas villas. Declaró nulos los acuerdos de absorción de 1397, restaurando la autonomía y la libertad de Fórnoles, como villa independiente. Pero los de Peñarroya, amparados por las resoluciones de los tribunales con sede en Aragón, ignoraron la sentencia emitida en Castilla y continuaron, por las buenas y por las malas, ejerciendo su poder sobre Fórnoles.
FelipeIII (Velázquez)
Felipe III (Velázquez)
El 15 de mayo de 1608 el rey Don Felipe III confirmó, en Valdemoro, el Privilegio de desmembración y separación de Fórnoles y Peñarroya, para zanjar de una vez el engorroso pleito entre dos villas perdidas en su inmenso imperio.  Lo hizo por su doble condición como de Rey de Aragón y como Gran Maestre y Administrador de la Orden de Calatrava. Y para que no hubiese dudas, cuatro días más tarde, fue despachado en Zaragoza, como Privilegio Real, por el Consejo Supremo de Aragón el 19 de mayo de 1608.

 JAQUE AL REY
A pesar de todo, los de Peñarroya siguieron en sus trece y, por ello, sus Jurados y concejo fueron citados el 31 de julio de 1608, para contestar a la demanda que Fórnoles había presentado para que se ejecutase la sentencia real. Los de Peñarroya intentaron rebatir todos los argumentos de Fórnoles, negando además la capacidad del Rey para despojar a Peñarroya de sus derechos adquiridos. El pleito terminó a finales de 1613 y Fórnoles recuperó su categoría de villa y todas sus instituciones perdidas en el lejano 1397. La Edad Media había muerto y el Renacimiento alcanzaba su plenitud en la villa. Para la gente de Fórnoles fue un acontecimiento histórico que cumple, estos días, su 400 aniversario.  
Fórnoles
Fórnoles
En marzo del año siguiente (1614), apenas tres meses después, el flamante nuevo concejo reunió en la plaza a todos los vecinos de Fórnoles, que aprobaron por unanimidad la norma que regularía su convivencia en el futuro: Estatutos y hordinaciones civiles y criminales. Hechas y hordenadas por los Justicia, Jurados, Concejo y Universidad de la Villa de Fórnoles. El original de este documento lo guardan en Estados Unidos, en la Biblioteca de Derecho de la universidad de Harvard (Massachussets). Por la importancia y curiosidad del documento, le dedicaré un post en el futuro.
Privlegio- Consejo Sup. Aragón (fin)
Privilegio- Consejo Superior de Aragón

PROCESO DE PROPIEDAD JURATORUM DE FÓRNOLES ET PEÑARROYA
Con este nombre es conocido el famoso pleito que tuvo en vilo muchos años a todo el Bajo Aragón. Algunas aldeas de Alcañiz, entre ellas La Codoñera, que deseaban independizarse de Alcañiz, estuvieron pendientes del desenlace del Juratorum y, más tarde, utilizaron en sus demandas los argumentos jurídicos validados por el pleito de Fórnoles y Peñarroya.
Juratorum
Juratorum
 Los juristas más prestigiosos del momento, en Aragón, intervinieron como abogados. Por parte de Fórnoles intervinieron Matías de Casanate, a quien Latassa calificaba de sabio. Su hermano Luis era calificado como uno de los mayores astros de la jurisprudencia. Matías fue padre del Cardenal D. Jerónimo de Casanate. También abogó por Fórnoles el prestigioso Doctor Arpayón, abogado de mucho prestigio en los tribunales de la época, en todo Aragón.
Por Peñarroya abogaron Matías de Bayetola y Cabanillas, catedrático de Zaragoza y escritor notable, que ostentó importantes cargos en la administración del Reino. Y Jerónimo Ardid, ilustre hijo de Valdealgorfa, el más experto conocedor de los derechos de la Orden de Calatrava en el Bajo Aragón. A ese tema dedicó la mayor parte de su erudita obra escrita.
Participaron como testigos, presentados por ambas partes, más de cien hombres de los propios pueblos y de los cercanos. Entre los favorables a Fórnoles había testigos de Belmonte, Ráfales, La Fresneda, Torre del Comte, Valderrobres y, sobre todo, de La Codoñera. Uno de los cuales, Lorenzo Vilella, era descalificado por hacer pasquines contra los clérigos de La Codoñera.Entre los testigos de Fórnoles había gente de peso, como tres notarios de Zaragoza y el Conde de Fuentes. Los testigos de Peñarroya eran de Monroyo, La Cerollera, Valjunquera, Beceite, La Fresneda y un notario de Zaragoza.
Sentencia de Felipe III (inicio)
Sentencia de Felipe III (inicio)
Son muy fuertes, y curiosas, las descalificaciones de algunos testigos por: tener intereses o parientes en el pueblo… ser hijo del cura … ser pobre que no tiene qué comer… estar catorce años divorciado de su mujer… ser bandolero y salteador de caminos… estar retirado en Aragón por una muerte que hizo en Valencia, etc. 
En aquellos tiempos aún no había máquinas de escribir, pero ya se había inventado la imprenta. La escritura manual es difícil y engorrosa de leer e interpretar y eran muchas las personas que intervenían. Para  hacer más cómoda la lectura, cada parte hizo imprimir sus escritos de alegaciones, réplicas, dúplicas y contrarréplicas. Esta circunstancia ha facilitado la conservación de varias copias perfectamente legibles.
Sentencia Felipe III (final)
Sentencia Felipe III (final)
Tengo localizadas tres copias de las alegaciones de Fórnoles: en el propio Ayuntamiento, en el archivo diocesano de Zaragoza y en la biblioteca de la Universidad de Harvard (USA). Las de Peñarroya están en el archivo privado Gil-Aznar del mismo pueblo y en el Diocesano de Zaragoza. Probablemente exista otra copia en el Archivo Histórico Nacional de Madrid (Sección órdenes militares) pero no he podido comprobarlo.
Los temas jurídicos siempre son áridos y engorrosos y poco amenos. En este caso, he intentado concentrar, en cuatro folios escasos, el contenido de los varios cientos de páginas, de que se compone el pleito. Los abogados de entonces cobraban por cada folio escrito. Los narradores de ahora lo hacemos, únicamente, por el interés que estos temas puedan suscitar entre quienes nos leen.
BIBLIOGRAFÍA Y ENLACES
ARCHIVO GIL-AZNAR, “Allegación del D. Geronymo Ardit por la villa de Peñarroya contra Fórnoles”. Peñarroya de Tastavins. 1613.
Enlace villa Andorra
DE CASANATE, Matías. “Sumario del Proceso de Propiedad Juratorum de Peñarroya et Fórnoles” Caesaraugustae: Apud Petrum Cabarte, Anno Domini M.DC.XII. (Archivo municipal de Fórnoles)
HARVARD LIBRARY (Cambridge- Massachusetts- USA) (Copia notarial de 1614 de  los  “Estatutos y hordinaciones civiles y criminales. Hechas y hordenadas por los Justicia, Jurados, Concejo y Universidad de la Villa de Fórnoles”.  http://pds.lib.harvard.edu/pds/view/19768130